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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CARTA DE DESPIDO JUSTIFICADO
Fundado en el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo
Para el Estado de Baja California Sur
Lugar y fecha: (CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ASUNTO: Terminación de la relación de trabajo por causas imputables al trabajador.
Para: (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR)
(DOMICILIO COMPLETO DEL TRABAJADOR, CON COLONIA, CÓDIGO POSTAL Y MUNICIPIO, BAJA CALIFORNIA SUR)
Registro Federal de Contribuyentes (RFC): (RFC DEL TRABAJADOR)
De: (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DE LA EMPRESA O PATRÓN)
Representada legalmente por: (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL)
[DOMICILIO FISCAL Y LABORAL COMPLETO DE LA EMPRESA, CON COLONIA, CÓDIGO POSTAL Y MUNICIPIO, BAJA CALIFORNIA SUR]
Registro Federal de Contribuyentes (RFC): (RFC DE LA EMPRESA)
Registro Patronal ante el IMSS: (REGISTRO PATRONAL)
Por medio del presente documento, y con fundamento en lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y la jurisprudencia aplicable, me dirijo a usted de la manera más atenta para comunicarle la terminación de su relación laboral con esta empresa, efectiva a partir de la fecha de la presente notificación.
Dicha terminación se encuentra plenamente justificada y fundada en las siguientes causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón, previstas en el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo:
I. HECHOS Y CAUSAS QUE MOTIVAN EL DESPIDO:
Durante su empleo en el puesto de (PUESTO QUE OCUPABA EL TRABAJADOR), usted ha incurrido en una o varias de las siguientes conductas, las cuales constituyen causas de despido justificado:
- Engaño o falta de probidad: [DESCRIBIR DE MANERA DETALLADA, CLARA Y CONCRETA LOS HECHOS QUE CONSTITUYEN EL ENGAÑO O FALTA DE PROBIDAD, INCLUYENDO FECHAS, PERSONAS INVOLUCRADAS Y CONSECUENCIAS PARA LA EMPRESA. EJEMPLO: "El día 15 de octubre de 2026, usted falsificó la firma del Lic. Juan Pérez en un reporte de gastos por la cantidad de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.), con la intención de obtener un reembolso indebido."]. Esta conducta vulnera el Artículo 134 de la LFT.
- Actos de violencia, amenazas, injurias o malos tratamientos: [DESCRIBIR DE MANERA DETALLADA LOS ACTOS, ESPECIFICANDO FECHAS, LUGARES, TESTIGOS Y LA PERSONA O PERSONAS AFECTADAS. EJEMPLO: "El día 20 de octubre de 2026, en las instalaciones de la empresa ubicadas en (DIRECCIÓN), y en presencia de los testigos (NOMBRE DE TESTIGOS), usted profirió insultos y amenazas de agresión física en contra de su compañero de trabajo, el Sr. (NOMBRE), alterando gravemente la disciplina y el ambiente laboral."].
- Negligencia que afecte la productividad o seguridad: [DESCRIBIR LA NEGLIGENCIA, LAS ADVERTENCIAS PREVIAS (SI LAS HUBO), EL DAÑO CAUSADO Y CÓMO AFECTÓ LA SEGURIDAD O PRODUCTIVIDAD. EJEMPLO: "A pesar de haber sido advertido por escrito el día 5 de octubre de 2026 sobre el protocolo de seguridad para el manejo de la máquina 'X', usted lo incumplió deliberadamente el día 18 de octubre, provocando una avería que detuvo la línea de producción por 8 horas y generó un riesgo inminente para sus compañeros."].
- Revelación de secretos de fabricación o asuntos reservados: [DESCRIBIR QUÉ INFORMACIÓN SE REVELÓ, A QUIÉN, Y POR QUÉ ES RESERVADA. EJEMPLO: "Usted compartió, sin autorización alguna, el listado de clientes estratégicos y sus condiciones comerciales especiales con un competidor directo, la empresa 'Y', durante el mes de septiembre de 2026, como lo demuestra la comunicación electrónica adjunta."].
- Ausencias injustificadas: [ESPECIFICAR LAS FECHAS DE AUSENCIAS, QUE DEBEN SER MÁS DE TRES VECES EN UN PERIODO DE TREINTA DÍAS, Y LA FALTA DE COMUNICACIÓN O JUSTIFICANTE. EJEMPLO: "Se ausentó injustificadamente de sus labores los días 3, 10, 17 y 24 de octubre de 2026, sin notificar a su supervisor ni presentar justificante médico o de otra índole, a pesar de haber sido requerido para ello."] conforme al Artículo 170 de la LFT.
- Desobediencia o falta de colaboración: [DESCRIBIR LAS ÓRDENES DESOBEDECIDAS, QUE DEBEN SER LÍCITAS Y RELACIONADAS CON EL TRABAJO, Y LA FORMA EN QUE SE MANIFESTÓ LA DESOBEDIENCIA. EJEMPLO: "El día 25 de octubre de 2026, se le instruyó por escrito realizar una auditoría de inventario en el almacén central. Usted se negó explícitamente a cumplir dicha orden, argumentando que no era su responsabilidad, a pesar de que dicha tarea está contemplada en su descripción de puesto."].
Lo anterior se hace del conocimiento de usted en cumplimiento del principio de certeza jurídica y del derecho de audiencia, en términos de lo establecido por la Tesis Aislada 1a. CCCXXI/2016 (10a.) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual establece que el patrón debe comunicar al trabajador, de manera clara y precisa, los hechos que se le imputan como causa de rescisión.
II. FUNDAMENTO LEGAL:
Las conductas antes descritas se subsumen en las fracciones del Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, específicamente en las fracciones (INDICAR LAS FRACCIONES APLICABLES, EJ: II, V, VI y IX).
Asimismo, se aplica lo dispuesto por el Artículo 45 de la misma ley, en relación con la causal de despido justificado.
De conformidad con la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 10/2016 (10a.) de la SCJN, para que opere la causal de rescisión sin responsabilidad para el patrón, es necesario que la conducta del trabajador sea grave, que se acredite su existencia y que efectivamente impida el desarrollo normal de la relación laboral. Los hechos aquí descritos cumplen con dichos requisitos.
Adicionalmente, la Tesis Aislada 1a. CXXVII/2015 (10a.) señala que la carga de la prueba de los hechos que constituyen la causa de rescisión corresponde al patrón. Para tal efecto, esta empresa cuenta con los elementos probatorios necesarios (documentales, testimoniales, etc.) que acreditan plenamente los hechos imputados.
III. CONSECUENCIAS LEGALES:
Derivado de lo anterior, y con fundamento en el Artículo 46 de la Ley Federal del Trabajo, la terminación de la relación laboral se lleva a cabo SIN RESPONSABILIDAD PARA ESTA EMPRESA.
Por lo tanto, usted no tiene derecho a recibir indemnización constitucional alguna conforme al Artículo 50 de la LFT.
Sin embargo, y en estricto cumplimiento de la ley, tiene derecho a que se le liquiden las siguientes prestaciones e indemnizaciones a las que legalmente sí procede en este supuesto:
- Parte proporcional de aguinaldo: Correspondiente al período laborado del 1 de enero de (AÑO) a la fecha de despido.
- Parte proporcional de prima vacacional: Sobre los días de vacaciones generados y no disfrutados en el período correspondiente.
- Salarios vencidos: Por los días laborados y no pagados del período (FECHA INICIO DEL PERIODO) a la fecha de despido.
- Indemnización por concepto de Artículo 48: Tres meses de salario integrado, al no existir causa justificada para el despido según la presunción legal, la cual esta empresa se apresta a desvirtuar con las pruebas correspondientes en el juicio que pudiera promoverse. Este pago se ofrece en un sentido de buena fe y sin reconocimiento de responsabilidad.
- Indemnización del Artículo 50, fracción II: Veinte días de salario por cada año de servicios prestados, calculados sobre el salario diario integrado.
- Prestaciones de ley: Cualquier otra prestación o cantidad que se encuentre pendiente de pago y sea de carácter obligatorio.
Se le informa que el finiquito correspondiente, con el desglose detallado de los conceptos antes mencionados, se encuentra a su disposición para su revisión y, en su caso, firma, en las oficinas de esta empresa ubicadas en (DOMICILIO PARA ENTREGA DE FINIQUITO, BAJA CALIFORNIA SUR), en un horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
IV. ENTREGA DE BIENES Y DOCUMENTACIÓN:
Se le requiere entregar de manera inmediata, a la persona que para tal efecto se designe, todos los bienes muebles, herramientas, equipos, documentos, archivos digitales, llaves, credenciales, uniformes y cualquier otro material propiedad de la empresa que se encuentre en su poder. Asimismo, deberá desalojar cualquier espacio físico de la empresa (casilleros, oficinas, etc.) que estuviera utilizando.
La falta de entrega de los bienes antes referidos podría constituir el delito de apropiación indebida, previsto en el Artículo 254 del Código Penal Federal.
V. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA:
Para cualquier controversia que pudiera surgir con motivo de la presente terminación laboral, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados Laborales del Poder Judicial del Estado de Baja California Sur, o en su defecto, de los Juzgados Federales de Conciliación y Arbitraje competentes en la materia, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el Artículo 123 Apartado A, fracción XXXI de la Constitución Federal y los artículos 870 y siguientes de la Ley Federal del Trabajo.
Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
ATENTAMENTE
(NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DE LA EMPRESA O PATRÓN)
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL)
Representante Legal
ACUSE DE RECIBO
Yo, (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR), con RFC (RFC DEL TRABAJADOR), reconozco que he recibido el original de la presente Carta de Despido Justificado en la fecha antes indicada. Recibo la notificación y manifiesto que comprendo su contenido, sin que ello implique aceptación de los hechos que se me imputan.
Firma del Trabajador: _________________________________________
Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR)
Fecha de Recepción: (DÍA) de (MES) de (AÑO)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Ley Federal del Trabajo
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 123)
- Código Penal Federal (Artículo 254, para la entrega de bienes)
📋 Instrucciones de Llenado
- (CIUDAD, BAJA CALIFORNIA SUR), a (DÍA) de (MES) de (AÑO): Indique la ciudad donde se expide la carta (ej: La Paz, B.C.S.), el día, mes y año actual.
- (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR): Escriba el nombre completo del empleado a quien se despide.
- (DOMICILIO COMPLETO DEL TRABAJADOR...): Anote la dirección completa donde se pueda localizar al trabajador para notificaciones.
- (RFC DEL TRABAJADOR): Registro Federal de Contribuyentes del empleado.
- (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DE LA EMPRESA...): Razón social exacta de la empresa tal como aparece en el RFC.
- (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL): Nombre de la persona autorizada para firmar en representación de la empresa.
- (DOMICILIO FISCAL Y LABORAL...): Domicilio oficial de la empresa.
- (RFC DE LA EMPRESA) y (REGISTRO PATRONAL): Datos fiscales y de seguridad social del patrón.
- (PUESTO QUE OCUPABA EL TRABAJADOR): El cargo o puesto de trabajo que desempeñaba la persona despedida.
- (DESCRIBIR DE MANERA DETALLADA...): En cada numeral de la sección "I. HECHOS Y CAUSAS", debe redactar una descripción clara, objetiva y con la mayor cantidad de datos específicos posibles (fechas, nombres, consecuencias). Esto es crucial para fundamentar el despido. Use solo los numerales que apliquen.
- (INDICAR LAS FRACCIONES APLICABLES...): Liste los números romanos de las fracciones del Artículo 47 LFT que correspondan a las conductas descritas (ej: II, V, VI).
- (AÑO): El año en curso.
- (FECHA INICIO DEL PERIODO): Fecha de inicio del último período de pago no liquidado.
- (DOMICILIO PARA ENTREGA DE FINIQUITO...): Dirección donde el trabajador puede recoger su finiquito para firmarlo.
- Firma del Representante Legal: Debe ser firmada por la persona autorizada.
- Acuse de Recibo: Es altamente recomendable que el trabajador firme esta sección como constancia de notificación. Si se niega, se debe dejar constancia con testigos o mediante notificación fehaciente (correo certificado, fedex, etc.).
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Sobre este documento: Carta de Despido Justificado (Art. 47 LFT) — Baja California Sur
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