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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CARTA DE DESPIDO JUSTIFICADO
(Con fundamento en el Art. 47 de la Ley Federal del Trabajo)
Fecha: (FECHA ACTUAL, ej. 15 de enero de 2026)
Lugar: (CIUDAD, MUNICIPIO), Durango.
Para: (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR(A))
Domicilio conocido: (DOMICILIO COMPLETO DEL TRABAJADOR(A))
Registro Federal de Contribuyentes (RFC): (RFC DEL TRABAJADOR(A))
De: (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DEL PATRÓN O EMPRESA)
Representada por: (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL)
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO FISCAL O SOCIAL DE LA EMPRESA, DURANGO)
Registro Federal de Contribuyentes (RFC): (RFC DE LA EMPRESA)
ASUNTO: TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL POR CAUSAS JUSTIFICADAS
Por medio del presente documento, y con estricto apego a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo (en adelante LFT), en particular su Artículo 47, se le notifica de manera formal la terminación de su relación laboral con (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DEL PATRÓN O EMPRESA), derivada de causas imputables a su persona que justifican plenamente su despido, sin responsabilidad alguna para la empresa.
Su contrato individual de trabajo, celebrado el (FECHA DE INGRESO), queda rescindido a partir de esta fecha, sin necesidad de cumplimiento de preaviso alguno y sin derecho a la indemnización constitucional prevista en el Artículo 50 de la LFT.
I. HECHOS Y CAUSAS DE LA TERMINACIÓN
La decisión de dar por terminada la relación laboral se fundamenta en los siguientes hechos, los cuales constituyen violaciones graves a sus obligaciones contractuales y legales, configurando causas de rescisión sin responsabilidad para el patrón, de conformidad con las fracciones aplicables del Artículo 47 de la LFT:
- (DESCRIPCIÓN CLARA, CONCRETA Y DETALLADA DEL PRIMER HECHO). Este acto constituye una causal de despido justificado prevista en el Artículo 47, fracción (INDICAR FRACCIÓN APLICABLE, ej. II, III, IX, etc.) de la LFT.
- (DESCRIPCIÓN CLARA, CONCRETA Y DETALLADA DEL SEGUNDO HECHO, SI APLICA). Este acto constituye una causal de despido justificado prevista en el Artículo 47, fracción (INDICAR FRACCIÓN APLICABLE) de la LFT.
- (DESCRIPCIÓN CLARA, CONCRETA Y DETALLADA DE OTROS HECHOS, SI APLICA). Estos actos configuran adicionalmente la causal prevista en el Artículo 47, fracción (INDICAR FRACCIÓN APLICABLE) de la LFT.
Los hechos antes descritos han sido debidamente comprobados mediante [ESPECIFICAR MEDIOS DE PRUEBA, ej.: actas administrativas, reportes de supervisión, testimonios, documentos, grabaciones (respetando la ley), etc.], los cuales obran en el expediente laboral correspondiente.
II. FUNDAMENTO JURÍDICO
El presente despido se funda en las siguientes disposiciones legales y criterios jurisprudenciales:
- Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo: Establece las causas en que el patrón puede rescindir la relación de trabajo sin incurrir en responsabilidad. Las conductas descritas en el numeral anterior encuadran específicamente en las fracciones (LISTAR FRACCIONES APLICABLES) de dicho precepto.
- Artículo 45 de la Ley Federal del Trabajo: Señala que la relación de trabajo puede terminarse por voluntad de una de las partes, justificando la causa cuando la ley así lo exija, como es el presente caso.
- Artículo 784 de la Ley Federal del Trabajo: En relación con la competencia, establece que los conflictos laborales se ventilarán ante la Junta de Conciliación y Arbitraje del lugar donde se presten los servicios, que en este caso es Durango.
- Tesis Jurisprudencial de la SCJN (1a./J. 33/2023 (11a.)): "DESPIDO JUSTIFICADO. EL PATRÓN DEBE ACREDITAR LA REALIZACIÓN DE LA CONDUCTA IMPUTADA AL TRABAJADOR Y QUE ÉSTA SE SUBSUME EN ALGUNA DE LAS CAUSALES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO." Este criterio refuerza la obligación del patrón de probar los hechos, carga que en este caso se satisface con los elementos documentales y probatorios con que se cuenta.
- Tesis Jurisprudencial de la SCJN (1a./J. 152/2021 (11a.)): "TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO POR CAUSAS JUSTIFICADAS. EL DESPIDO DEBE NOTIFICARSE AL TRABAJADOR DE MANERA PERSONAL O POR ESCRITO, SEÑALANDO CON PRECISIÓN LOS HECHOS QUE LO MOTIVAN." La presente carta cumple con este requisito formal esencial.
- Tesis Aislada de la SCJN (1a. CCCXVII/2022 (10a.)): "ACOSO Y HOSTIGAMIENTO SEXUAL. CONSTITUYEN CAUSAS DE RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRÓN, CONFORME AL ARTÍCULO 47, FRACCIÓN XV, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO." (Aplicable si la causa involucra este tipo de conductas).
III. CONSECUENCIAS LEGALES DE LA TERMINACIÓN
Derivado de lo anterior y conforme a la LFT:
- La terminación de la relación laboral es efectiva a partir de la recepción de esta notificación.
- No existe obligación para el patrón de otorgar preaviso, conforme al Artículo 47 en relación con el Artículo 49 de la LFT.
- No existe obligación para el patrón de pagar indemnización constitucional alguna (Artículo 50 LFT).
- La empresa se obliga únicamente al pago de las partes proporcionales que le correspondan conforme a la ley, las cuales se detallan en el siguiente apartado.
IV. LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 50 en relación con los Artículos 87, 89 y 162 de la LFT, se le liquidarán y pagarán las siguientes cantidades, correspondientes a conceptos devengados y no causados por el despido en sí:
- Salarios vencidos: $(MONTO) correspondientes al periodo del (FECHA INICIO PERIODO) al (FECHA TÉRMINO PERIODO).
- Parte proporcional de Aguinaldo: $(MONTO) calculada sobre (DIAS DE AGUINALDO POR AÑO) días por el tiempo laborado en el año en curso.
- Parte proporcional de Prima Vacacional: $(MONTO) calculada sobre los días de vacaciones proporcionales correspondientes al periodo (PERIODO) y al porcentaje establecido.
- Vacaciones no gozadas (días proporcionales): (NÚMERO) días correspondientes al periodo (PERIODO).
- Otras prestaciones o bonos devengados y pendientes de pago: $(MONTO) por concepto de (ESPECIFICAR CONCEPTO).
SUMA TOTAL A PAGAR (FINIQUITO): $(MONTO TOTAL) (Monto escrito: (MONTO EN LETRA)).
El pago de la cantidad antes referida se hará efectivo en el momento de la entrega de esta notificación y de la firma del correspondiente recibo de finiquito y liquidación, el cual se pondrá a su disposición. Se le solicita devolver todo equipo, herramienta, documentación, uniformes, llaves, credenciales y cualquier bien propiedad de la empresa que tenga en su poder.
V. COMPETENCIA Y ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS
En caso de controversia, las partes se someten expresa e irrevocablemente a la competencia de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Durango, con domicilio en (DIRECCIÓN APROXIMADA DE LA JUNTA LOCAL, DURANGO), renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el Artículo 784 de la LFT.
La firma al calce de la copia de esta carta, o del recibo de finiquito correspondiente, no implica conformidad con la causa del despido, pero sí la recepción de la notificación y, en su caso, la aceptación del pago de los conceptos listados en el apartado IV, en liquidación total de todas las obligaciones derivadas de la relación laboral.
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
📋 Instrucciones de Llenado
- (FECHA ACTUAL, ej. 15 de enero de 2026): Inserte la fecha en que se entrega físicamente la carta.
- (CIUDAD, MUNICIPIO): Especifique la ciudad y municipio de Durango donde se emite la carta (ej.: Durango, Durango; Gómez Palacio, Durango).
- (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR(A)): Escriba el nombre completo del empleado tal como aparece en su documentación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO DEL TRABAJADOR(A)): Anote el domicilio actual conocido del trabajador.
- (RFC DEL TRABAJADOR(A)) / (RFC DE LA EMPRESA): Incluya los Registros Federales de Contribuyentes correspondientes.
- (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DEL PATRÓN O EMPRESA): Nombre legal de la empresa o patrón.
- (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL): Nombre de quien firma con facultades para representar a la empresa.
- (DOMICILIO FISCAL O SOCIAL DE LA EMPRESA, DURANGO): Domicilio oficial de la empresa en el estado de Durango.
- (FECHA DE INGRESO): Fecha en que el trabajador inició labores.
- (DESCRIPCIÓN CLARA...): Describa los hechos con la mayor precisión posible: fechas, lugares, personas involucradas, conductas específicas. Relacione cada hecho con la fracción exacta del Artículo 47 LFT que invoca (ej.: "cometer actos inmorales en el lugar de trabajo (Art. 47, frac. II)").
- (ESPECIFICAR MEDIOS DE PRUEBA): Enumere brevemente la evidencia con que cuenta (actas, correos, reportes, etc.).
- (MONTO) / (DIAS...) / (PERIODO): Calcule y anote los montos y periodos exactos para cada concepto del finiquito. Use la calculadora sugerida para verificar.
- (DIRECCIÓN APROXIMADA DE LA JUNTA LOCAL, DURANGO): Incluya la dirección de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Durango.
IMPORTANTE: Se recomienda entregar esta carta en presencia de dos testigos y solicitar al trabajador una firma de recibido en una copia. En caso de negativa, dejar constancia con los testigos. Consulte a un abogado laboral antes de su emisión.
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(NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL)
REPRESENTANTE LEGAL DE (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DEL PATRÓN O EMPRESA)
RECIBÍ CONFORME (Firma del Trabajador):
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(NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR(A))
Fecha: ______/______/______
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Sobre este documento: Carta de Despido Justificado (Art. 47 LFT) — Durango
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