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V1Carta de Despido Justificado (Art. 47 LFT) — Nayarit
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CARTA DE DESPIDO JUSTIFICADO (ART. 47 LFT) — NAYARIT

Fecha: (FECHA ACTUAL, ej. 15 de enero de 2026)

Asunto: Notificación de Terminación de la Relación de Trabajo por Causa Justificada.

Para: (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR(A))
Domicilio conocido: (DOMICILIO COMPLETO DEL TRABAJADOR, CIUDAD, NAYARIT)
Registro Federal de Contribuyentes: (RFC DEL TRABAJADOR)

De: (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DEL PATRÓN O EMPRESA)
Representante Legal: (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO FISCAL O SOCIAL DE LA EMPRESA, CIUDAD, NAYARIT)
Registro Federal de Contribuyentes: (RFC DE LA EMPRESA)

Por medio del presente documento y con fundamento en lo dispuesto por el Art. 47 de la Ley Federal del Trabajo (en adelante LFT), me permito comunicarle de manera formal la terminación de su relación laboral con esta empresa, efectiva a partir de la fecha de la presente notificación.

Dicha terminación se considera justificada, al haberse actualizado una o varias de las causas previstas en el citado artículo, específicamente la fracción (SELECCIONAR UNA O VARIAS: I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI), la cual se describe a continuación:

DESCRIPCIÓN DE LA CAUSA DE DESPIDO JUSTIFICADO

[DESCRIBIR DE MANERA DETALLADA, CLARA Y CRONOLÓGICA LOS HECHOS QUE CONSTITUYEN LA CAUSA DE DESPIDO. INCLUIR FECHAS, LUGARES, PERSONAS INVOLUCRADAS Y CUALQUIER OTRO ELEMENTO RELEVANTE. ADJUNTAR PRUEBAS COMO DOCUMENTOS, TESTIMONIOS O ACTAS SI LAS HUBIERE].

Los hechos antes descritos configuran claramente una violación grave a sus obligaciones laborales, de conformidad con el Art. 47 de la LFT, y con lo establecido en la tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) identificada como 1a./J. 20/2016 (10a.), la cual sostiene que: "DESPIDO JUSTIFICADO. EL PATRÓN DEBE ACREDITAR PLENAMENTE LOS HECHOS QUE LO MOTIVAN, ASÍ COMO SU GRAVEDAD, PARA QUE PROCEDA LA TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SIN RESPONSABILIDAD PARA AQUÉL."

Asimismo, se hace referencia a la tesis jurisprudencial 1a./J. 46/2015 (10a.), que establece: "TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO POR CAUSAS JUSTIFICADAS. EL PATRÓN DEBE PROBAR QUE LOS HECHOS QUE LA MOTIVAN SON VERDADEROS, SUFICIENTES Y GRAVES, Y QUE SE ACTUALIZA ALGUNO DE LOS SUPUESTOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO."

CONSECUENCIAS LEGALES

Derivado de lo anterior, y al tratarse de un despido justificado, la empresa se libera de la obligación de pagar las indemnizaciones previstas en el Art. 50 de la LFT. Sin embargo, y en estricto cumplimiento a la ley, tenemos el deber de liquidar las prestaciones e indemnizaciones que por ley le corresponden y que no están sujetas a responsabilidad para el patrón, conforme a lo siguiente:

  1. Finiquito: Se le pagará el finiquito integrado por:
    • Salarios vencidos y proporcionales hasta la fecha de terminación.
    • Parte proporcional del Art. 87 LFT (prima vacacional).
    • Parte proporcional del Art. 80 LFT (aguinaldo).
    • Prestaciones e indemnizaciones específicas establecidas en su contrato individual de trabajo, si las hubiera.
  2. Indemnización Constitucional (Art. 123 Apartado A, Fracción XXI): No procede, al existir causa justificada para el despido.
  3. Prima de Antigüedad (Art. 162 LFT): Procederá únicamente si usted cuenta con una antigüedad mayor a quince (15) años, independientemente de la causa de despido.

ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN Y EFECTOS PERSONALES

Le solicitamos que en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, acuda a las instalaciones de la empresa en (DIRECCIÓN DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS, NAYARIT) para:

  1. Firmar el recibo de finiquito correspondiente.
  2. Recibir el pago mediante (FORMA DE PAGO: CHEQUE, TRANSFERENCIA, EFECTIVO).
  3. Entregar toda la documentación, herramientas, equipos, uniformes, llaves, tarjetas de acceso y cualquier otro bien propiedad de la empresa que tenga en su poder.

De no realizar la entrega de los bienes mencionados, nos veremos en la necesidad de iniciar las acciones legales correspondientes por el delito de apropiación indebida, previsto en el Art. 254 del Código Penal Federal.

COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN

Para cualquier controversia derivada de la presente terminación laboral, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados del Trabajo del Poder Judicial del Estado de Nayarit, o en su defecto, de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Nayarit, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el Art. 700 y siguientes de la LFT.

Finalmente, se le recuerda su obligación de guardar confidencialidad sobre la información, procesos, clientes y secretos industriales o comerciales de la empresa a la que tuvo acceso durante su empleo, obligación que subsiste después de la terminación del contrato, conforme a los principios de buena fe y lealtad, y en atención a la tesis jurisprudencial 1a./J. 35/2017 (10a.): "DEBER DE CONFIDENCIALIDAD DE LOS TRABAJADORES. SU INCUMPLIMIENTO PUEDE CONSTITUIR UNA CAUSA JUSTA DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL."

Sin otro particular, le deseo éxito en sus futuros proyectos.

Atentamente,

(LUGAR DE FIRMA, ej. Tepic, Nayarit)




_________________________________________
(NOMBRE Y FIRMA AUTÓGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PATRÓN)
Representante Legal de (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA)

C.c.p. Expediente personal del trabajador.
C.c.p. Archivo.


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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (FECHA ACTUAL, ej. 15 de enero de 2026): Inserte la fecha en la que se redacta y entrega la carta.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL TRABAJADOR(A)): Escriba el nombre completo del empleado tal como aparece en su documentación oficial.
  3. (DOMICILIO COMPLETO DEL TRABAJADOR, CIUDAD, NAYARIT): Anote el domicilio actual donde el trabajador recibe notificaciones.
  4. (RFC DEL TRABAJADOR): Registro Federal de Contribuyentes del empleado.
  5. (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL COMPLETA DEL PATRÓN O EMPRESA): Razón social exacta de la empresa empleadora.
  6. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL): Nombre de la persona autorizada para firmar en representación de la empresa.
  7. (DOMICILIO FISCAL O SOCIAL DE LA EMPRESA, CIUDAD, NAYARIT): Domicilio oficial de la empresa para efectos legales y notificaciones.
  8. (RFC DE LA EMPRESA): Registro Federal de Contribuyentes de la empresa.
  9. (SELECCIONAR UNA O VARIAS: I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI): Indique la(s) fracción(es) del Artículo 47 LFT en las que se fundamenta el despido (ej. "II, V").
  10. (DESCRIBIR DE MANERA DETALLADA...): En este espacio, redacte una narración objetiva, con fechas, hechos específicos y cualquier evidencia disponible que demuestre la causa de despido. Sea lo más preciso posible.
  11. (DIRECCIÓN DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS, NAYARIT): Especifique la dirección exacta donde el trabajador debe presentarse para el trámite de finiquito.
  12. (FORMA DE PAGO: CHEQUE, TRANSFERENCIA, EFECTIVO): Señale el método acordado para entregar el pago del finiquito.
  13. (LUGAR DE FIRMA, ej. Tepic, Nayarit): Ciudad y estado donde se firma el documento.
  14. (NOMBRE Y FIRMA AUTÓGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PATRÓN): Firma original y nombre en letra molde de quien representa legalmente a la empresa.

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Sobre este documento: Carta de Despido Justificado (Art. 47 LFT) — Nayarit

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