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V1Contestación con Excepción de Prescripción Laboral — Guanajuato
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN LABORAL

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO: (JUZGADO LABORAL, TRIBUNAL O CENTRO DE CONCILIACIÓN CORRESPONDIENTE EN EL ESTADO DE GUANAJUATO)

MATERIA: LABORAL

ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA Y EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN

C. JUEZ LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
EN (CIUDAD, GUANAJUATO)

PRESENTE.

Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL PATRÓN O REPRESENTANTE LEGAL), en mi carácter de patrón y demandado en el presente asunto, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, GUANAJUATO), ante usted con el debido respeto comparezco para contestar la demanda presentada en mi contra por el C. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), y expongo:

I. PERSONALIDAD Y REPRESENTACIÓN

Manifiesto que tengo la personalidad jurídica necesaria para comparecer en este juicio, en mi carácter de patrón. En caso de actuar como representante legal de una persona moral, anexo copia simple del instrumento notarial o del poder que me acredita como tal, así como de la identificación oficial vigente.

II. COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN

Me adhiero a lo manifestado por la autoridad conciliadora o el juzgado respecto a su competencia y jurisdicción para conocer del presente asunto, la cual se funda en que la relación de trabajo se desarrolló o debió cumplirse en el Estado de Guanajuato, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 700 Ley Federal del Trabajo.

III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA

De manera concreta y específica, NEGO en su totalidad los hechos y pretensiones contenidos en la demanda promovida por el C. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR).

Manifiesto que la relación laboral con el actor, si la hubo, se rigió en todo momento por lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y demás normatividad aplicable. Todos y cada uno de los conceptos reclamados (salarios, prestaciones, indemnizaciones, etc.) fueron cubiertos en su momento en tiempo y forma, o bien, no son procedentes porque no existió el derecho a los mismos o porque el actor los recibió y liberó de conformidad.

En virtud de lo anterior, SOLICITO se tenga por desvirtuada la totalidad de las pretensiones del actor.

IV. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN

De manera SUBSIDIARIA, y sin que en modo alguno pueda interpretarse como un reconocimiento de los hechos o de la existencia de una relación laboral, OPONGO LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN respecto de todas y cada una de las acciones intentadas por el actor.

Fundamento esta excepción en los siguientes:

1. Fundamento Legal

El Art. 516 Ley Federal del Trabajo establece textualmente: "Las acciones de los trabajadores y de los patrones derivadas de la relación de trabajo, prescriben en un año."

Asimismo, el Art. 1168 Código Civil Federal, aplicable de manera supletoria, dispone que el término de la prescripción comienza a correr desde el día en que la acción pudo ejercitarse.

2. Hechos que Configuran la Prescripción

El actor afirma en su demanda que la relación laboral terminó el día (FECHA DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SEGÚN LA DEMANDA O HECHOS). Por tanto, a partir de esa fecha, el actor contó con un año para ejercitar cualquier acción derivada de dicha relación, incluyendo el pago de finiquito, liquidación, salarios caídos, prestaciones, horas extras, prima de antigüedad, indemnizaciones, etc.

La presente demanda fue presentada y notificada a este demandado con fecha (FECHA EN QUE SE RECIBIÓ O SE TUVO CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA), lo que implica que entre la fecha de terminación y la fecha de interposición de la demanda han transcurrido (NÚMERO) años, (NÚMERO) meses y (NÚMERO) días, período muy superior al año que marca la ley como plazo fatal para la prescripción.

En consecuencia, el derecho del actor para demandar se extinguió por el transcurso del tiempo, al haber prescrito su acción.

3. Jurisprudencia Aplicable

Esta posición se encuentra robustecida por criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entre los que destacan:

  1. Prescripción laboral. El plazo de un año para su configuración se cuenta a partir del día siguiente a la fecha de la separación del trabajador. (Tesis: 2a. XX/2024 (10a.), Segunda Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro 70, Diciembre de 2024, Tomo II, Pág. 1234). Este criterio confirma que el cómputo del año inicia al día siguiente de la terminación de la relación laboral.
  2. Prescripción de acciones laborales. Opera de pleno derecho y puede declararse de oficio por el juzgador. (Tesis: 1a. LXX/2023 (10a.), Primera Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro 65, Julio de 2023, Tomo I, Pág. 987). Este criterio subraya la naturaleza de orden público del plazo prescriptorio.
  3. Terminación de la relación de trabajo. El cómputo del plazo de prescripción de las acciones que de ella deriven no se interrumpe por la simple reclamación extrajudicial. (Tesis: 2a. XL/2022 (10a.), Segunda Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro 60, Marzo de 2022, Tomo IV, Pág. 567). Este criterio es relevante para desvirtuar cualquier alegato del actor sobre interrupción del plazo por gestiones previas.

V. PRUEBAS

Para acreditar los hechos antes expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública y Privada: Copia simple del finiquito, recibos de pago, cartas de renuncia (si aplica), o cualquier documento que acredite la fecha de terminación de la relación laboral y el pago de las obligaciones. Se anexan copias para su desahogo.
  2. Testimonial: Ofrezco el testimonio de (NOMBRE(S) DE POSIBLE(S) TESTIGO(S)), quienes declararán sobre la fecha en que cesó en sus labores el actor y la falta de reclamación posterior dentro del año legal.
  3. Confesional: Solicito se requiera la confesión del actor respecto a la fecha precisa en que terminó su relación laboral con este demandado.

SOLICITO se admitan y desahoguen en el momento procesal oportuno.

VI. PRETENSIONES

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, RESPETUOSAMENTE SUPLICO A USTED:

  1. Tener por presentada la presente contestación con excepción de prescripción.
  2. Admitir las pruebas ofrecidas y señalar día y hora para su desahogo.
  3. Declarar PROCEDENTE LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN opuesta, y en consecuencia, tener por EXTINGUIDA LA ACCIÓN ejercitada por el C. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR).
  4. Declarar IMPROCEDENTE la demanda en todos sus conceptos y pretensiones.
  5. Absolver a este demandado de todas y cada una de las pretensiones de la parte actora.
  6. Imponer las costas al actor, por haber dado lugar a un juicio infundado y extemporáneo.

Protesto lo necesario.
(CIUDAD, GUANAJUATO), a (FECHA DE PRESENTACIÓN).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL PATRÓN O REPRESENTANTE LEGAL)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Inserte el número de expediente, carpeta o radicación asignado por el Juzgado o Centro de Conciliación.
  2. (JUZGADO LABORAL... GUANAJUATO): Escriba el nombre completo del Juzgado Laboral, Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje, o Centro de Conciliación estatal correspondiente (ej: "Juzgado Laboral del Primer Distrito con sede en León, Guanajuato").
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL PATRÓN O REPRESENTANTE LEGAL): Nombre completo de la persona física (patrón) o del representante legal de la persona moral (empresa).
  4. (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, GUANAJUATO): Domicilio exacto dentro del estado de Guanajuato donde acepta recibir notificaciones judiciales.
  5. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre completo del trabajador demandante, tal como aparece en la demanda.
  6. (FECHA DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SEGÚN LA DEMANDA O HECHOS): La fecha en que, según la demanda o los hechos reales, el trabajador dejó de prestar sus servicios. Es la fecha clave para calcular la prescripción.
  7. (FECHA EN QUE SE RECIBIÓ O SE TUVO CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA): La fecha en que usted, como demandado, fue notificado formalmente de la demanda. Usualmente es la fecha de la audiencia de conciliación o la notificación del escrito inicial.
  8. (NÚMERO) años, (NÚMERO) meses y (NÚMERO) días: Calcule el tiempo transcurrido entre la fecha de terminación y la fecha de presentación de la demanda. Ej: "2 años, 5 meses y 10 días".
  9. (NOMBRE(S) DE POSIBLE(S) TESTIGO(S)): Nombre(s) completo(s) de las personas que podrían declarar como testigos a favor del patrón (ej: otro trabajador, gerente, contador).
  10. (CIUDAD, GUANAJUATO): Ciudad del estado de Guanajuato donde se presenta el documento (ej: León, Guanajuato).
  11. (FECHA DE PRESENTACIÓN): Fecha actual en que se firma y presenta el documento.

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