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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTROVERSIA LABORAL INDIVIDUAL
CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUZGADO: (JUZGADO LABORAL DEL ESTADO DE HIDALGO, EJ. JUZGADO PRIMERO DE LO LABORAL CON RESIDENCIA EN PACHUCA)
ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA LABORAL
ACTOR: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
DEMANDADO: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL PATRÓN DEMANDADO)
REPRESENTANTE LEGAL: (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO)
A (NOMBRE DEL JUEZ LABORAL), JUEZ DE LO LABORAL DEL ESTADO DE HIDALGO, en el presente expediente, respetuosamente comparezco en mi carácter de representante legal de la parte demandada, (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PATRÓN DEMANDADO), y ante usted expongo:
I. INTRODUCCIÓN Y COMPARECENCIA
Por medio del presente escrito, acudo a contestar la demanda promovida en mi contra por el C. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), en los términos del Art. 873 Ley Federal del Trabajo y demás relativos. Me opongo a todas y cada una de las pretensiones de la parte actora, por considerarlas infundadas en derecho y, de manera principal, por estar extinguidas por la causal de prescripción prevista en la ley.
II. HECHOS
- Se niegan de manera total y categórica los hechos expuestos en la demanda que no se ajusten a la verdad, en términos del Art. 784 Ley Federal del Trabajo.
- Se admite únicamente que existió una relación laboral entre las partes, la cual dio inicio el día (FECHA DE INGRESO) y concluyó de manera definitiva el día (FECHA DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL), por la causa de (ESPECIFICAR CAUSA: TÉRMINO DE CONTRATO, RENUNCIA, DESPIDO, ETC.).
- Se desconoce cualquier otro hecho no mencionado expresamente en este escrito.
- El actor interpuso la presente demanda el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA), fecha que es crucial para el análisis de la excepción que se plantea.
III. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN
De manera principal y como excepción perentoria, opongo la PRESCRIPCIÓN de las acciones laborales intentadas por el actor, en los términos del Art. 516 Ley Federal del Trabajo, el cual establece textualmente: "Las acciones de los trabajadores derivadas de los contratos individuales y colectivos de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible."
En aplicación de dicha norma, se tiene lo siguiente:
- Fecha de exigibilidad: Todas las obligaciones y derechos derivados de la relación laboral, incluyendo las prestaciones e indemnizaciones reclamadas, se hicieron exigibles a partir del día siguiente a la terminación de la relación de trabajo, es decir, a partir del día (FECHA SIGUIENTE A LA TERMINACIÓN).
- Plazo de prescripción: Conforme al artículo citado, el actor contaba con el plazo de un año para ejercer sus acciones, plazo que comenzó a correr el (FECHA SIGUIENTE A LA TERMINACIÓN) y concluyó el (FECHA DE PRESCRIPCIÓN (UN AÑO DESPUÉS)).
- Interposición extemporánea: La demanda fue presentada el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA), fecha que es notoriamente posterior a la fecha límite de prescripción ((FECHA DE PRESCRIPCIÓN)). Por lo tanto, al momento de interponer su demanda, el actor ya había perdido su derecho a ejercer la acción por haber transcurrido íntegramente el plazo de un año establecido en la ley.
Esta interpretación se encuentra respaldada por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual ha sido firme en señalar que el plazo de prescripción es de orden público y opera de pleno derecho. A continuación, se citan tesis relevantes:
- Tesis: 2a. CXXVII/2014 (10a.) - "PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES LABORALES. EL PLAZO DE UN AÑO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 516 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ES DE ORDEN PÚBLICO." Esta tesis establece que el plazo no puede ser alterado por las partes y su cumplimiento extingue la acción.
- Tesis: 1a. CXXIX/2015 (10a.) - "PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. EL TÉRMINO PARA SU CONFIGURACIÓN SE CUENTA A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA FECHA EN QUE LA OBLIGACIÓN SEA EXIGIBLE." Reitera el modo de cómputo del plazo, confirmando que inicia al día siguiente del hecho generador.
- Tesis: 2a. XXX/2018 (10a.) - "PRESCRIPCIÓN LABORAL. LA EXCEPCIÓN CORRESPONDIENTE PUEDE HACERSE VALER EN CUALQUIER TIEMPO DEL JUICIO, INCLUSO DE OFICIO POR EL TRIBUNAL." Esta tesis refuerza la procedencia de la presente excepción y su importancia como cuestión de orden público.
Por lo expuesto, al haberse configurado la prescripción, las acciones del actor se encuentran jurídicamente extinguidas, por lo que carece de derecho para pretender el pago de las prestaciones reclamadas.
IV. PRETENSIONES DE LA DEMANDA
En virtud de la excepción de prescripción que se hace valer, todas y cada una de las pretensiones de la demanda, ya sea que se refieran a:
- Indemnización constitucional (Art. 50 Ley Federal del Trabajo).
- Prima de antigüedad (Art. 162 Ley Federal del Trabajo).
- Pago de horas extras, días de descanso, vacaciones, aguinaldo, etc.
- Cualquier otra prestación o indemnización de naturaleza laboral.
… deben ser DESECHADAS en su totalidad, por carecer el actor de acción para reclamarlas, al haberse extinguido dicho derecho por el transcurso del tiempo (prescripción).
V. PRUEBAS
En el evento, altamente improbable, de que esta autoridad no estime procedente la excepción de prescripción y decida conocer del fondo del asunto, ofrezco las siguientes pruebas:
- Documental Pública: Copia certificada del contrato individual de trabajo, finiquito o cualquier documento que acredite la fecha de terminación de la relación laboral ((FECHA DE TERMINACIÓN)).
- Documental Privada: Comprobantes de pago de nómina, finiquito firmado por el actor, comunicaciones internas que acrediten el cese de labores.
- Confesional: Se solicita recibir en confesión al actor, para que precise bajo protesta de decir verdad la fecha en que terminó sus labores y la fecha en que consideró que se violaron sus derechos.
- Pericial: En su caso, dictamen pericial en materia laboral y de cálculo actuarial para precisar los montos, si así se determinara.
Se solicita se señale día y hora para la audiencia de ofrecimiento y desahogo de pruebas, en los términos del Art. 876 Ley Federal del Trabajo.
VI. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Se someto a la jurisdicción y competencia de este Honorable Juzgado Laboral del Estado de Hidalgo, en atención a que el lugar donde se prestaron los servicios o donde se ubicó el domicilio del demandado se encuentra dentro de la circunscripción territorial de este órgano jurisdiccional, conforme a lo dispuesto por el Art. 868 Ley Federal del Trabajo y la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.
VII. CONCLUSIONES Y PETITORIO
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado,
A USTED, SEÑOR JUEZ, RESPETUOSAMENTE SOLICITO:
- Tener por presentado este escrito de contestación y por hecha valer la excepción de prescripción.
- Declarar la prescripción de las acciones laborales intentadas por el actor, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por haber transcurrido el plazo de un año establecido en el Art. 516 Ley Federal del Trabajo.
- Como consecuencia de lo anterior, desechar de plano la demanda promovida, absolviendo a la parte demandada de todas y cada una de las pretensiones.
- En el supuesto no estimado, admitir las pruebas ofrecidas y señalar día y hora para su desahogo.
- Oír en favor de la parte demandada los alegatos que estime pertinentes y, en definitiva, dictar sentencia absolviéndome de lo demandado.
Protesto lo necesario.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, HIDALGO), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ATENTAMENTE,
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO)
REPRESENTANTE LEGAL DE
(NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PATRÓN DEMANDADO)
DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES:
(CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, HIDALGO)
TELÉFONO: (TELÉFONO)
CORREO ELECTRÓNICO: (CORREO ELECTRÓNICO)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Ley Federal del Trabajo
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 123)
- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Hidalgo
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Inserte el número de expediente asignado por el Juzgado al inicio del juicio.
- (JUZGADO LABORAL DEL ESTADO DE HIDALGO...): Especifique el nombre completo del Juzgado Laboral que conoce del asunto (e.g., Juzgado Segundo de lo Laboral con residencia en Tulancingo).
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s) y apellidos del trabajador demandante, tal como aparece en la demanda.
- (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL PATRÓN DEMANDADO): Nombre de la persona física o razón social de la empresa demandada.
- (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO): Nombre de quien firma el escrito, acreditando su personalidad jurídica (apoderado con poder notarial o representante legal según acta constitutiva).
- (FECHA DE INGRESO) / (FECHA DE TERMINACIÓN...): Indique las fechas exactas de inicio y fin de la relación laboral según los documentos de la empresa.
- (ESPECIFICAR CAUSA...): Describa brevemente la causa de terminación (renuncia, despido justificado, término de contrato por obra, etc.).
- (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA): Fecha en que el actor presentó su demanda inicial (generalmente se indica en el auto de admisión).
- (FECHA SIGUIENTE A LA TERMINACIÓN) / (FECHA DE PRESCRIPCIÓN...): Calcule y escriba estas fechas clave. Ejemplo: Si la relación terminó el 15/01/2025, la exigibilidad inicia el 16/01/2025 y la prescripción opera el 16/01/2026.
- (CIUDAD, HIDALGO) y (DÍA) de (MES) de (AÑO): Lugar y fecha de elaboración del escrito.
- (DOMICILIO PARA OÍR...): Domicilio físico oficial donde el Juzgado enviará notificaciones. Incluya teléfono y correo electrónico.
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