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V1Contestación con Excepción de Prescripción Laboral — Querétaro
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTROVERSIA INDIVIDUAL DE TRABAJO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE QUERÉTARO

ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA CON EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN

JUNTA ESPECIAL: (NÚMERO DE LA JUNTA ESPECIAL, EJ. 1, 2, 3, ETC.)

PRESENTE.-

Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL PATRÓN O REPRESENTANTE LEGAL), en mi carácter de [PATRÓN O REPRESENTANTE LEGAL, EJ. "PATRÓN" O "APODERADO LEGAL"] de la empresa (RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DEL PATRÓN), con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CALLE, NÚMERO, COLONIA, C.P., CIUDAD, QUERÉTARO), señalando como correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO) y número telefónico (NÚMERO DE TELÉFONO), ante esta Autoridad Laboral, respetuosamente comparezco para contestar la demanda presentada por el C. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), en los siguientes:

TERMINOS DE CONTESTACIÓN

PRIMERO. EXCEPCIÓN DE FALTA DE PERSONALIDAD Y CALIDAD. En este acto, manifiesto que tengo la personalidad y calidad jurídica necesarias para contestar la presente demanda, en mi carácter antes mencionado. Acredito dicha personalidad con el documento que en copia simple acompaño a este escrito, marcado como Documento A.

SEGUNDO. EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMACIÓN PROCESAL PASIVA. De manera enunciativa más no limitativa, señalo que no soy el patrón legítimo del actor, ya que [EXPLICAR BREVEMENTE LA RAZÓN, EJ. "LA RELACIÓN LABORAL SE TUVO CON UNA EMPRESA DISTINTA", "EL ACTOR PRESTÓ SUS SERVICIOS A UN TERCERO", ETC.]. Por lo tanto, carezco de legitimación procesal pasiva para ser demandado en este juicio. Lo anterior, sin perjuicio de la excepción principal que se hace valer en el siguiente punto.

TERCERO. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN. EXCEPCIÓN PRINCIPAL. Me opongo a la procedencia de la demanda en todos sus conceptos, por haber prescrito la acción que pretende ejercitar el actor, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 516 Ley Federal del Trabajo.

El actor manifiesta en su escrito de demanda que la relación laboral terminó el día (FECHA DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SEGÚN LA DEMANDA). Sin embargo, la presente demanda fue presentada ante esta Junta el día (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, SEGÚN EL ACUSE DE RECIBO), lo que implica que entre la fecha de terminación y la fecha de interposición de la demanda han transcurrido (NÚMERO) años y (NÚMERO) meses, es decir, más de los dos años que establece la ley como plazo máximo para ejercitar las acciones derivadas de la relación de trabajo.

El Art. 516 Ley Federal del Trabajo establece textualmente: "Las acciones derivadas de la relación de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que el trabajador haya sido despedido, o a la que haya presentado su renuncia, o a aquella en que haya sido rescindida o terminada la relación o el contrato de trabajo. Las acciones de los trabajadores que sean separados de su trabajo prescriben en dos meses." La jurisprudencia ha sido clara en señalar que este plazo es de prescripción y no de caducidad, pero su inobservancia extingue el derecho a reclamar.

En apoyo de lo anterior, me permito invocar los siguientes criterios jurisprudenciales:

  1. Tesis: 2a. CXXVII/2016 (10a.) de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con rubro: "PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO. EL PLAZO PARA SU EJERCICIO COMIENZA A CONTARSE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA FECHA EN QUE EL TRABAJADOR HAYA SIDO DESPEDIDO O SE HAYA DADO POR TERMINADA AQUELLA." Esta tesis confirma que el cómputo del plazo inicia al día siguiente de la terminación.
  2. Tesis: 2a./J. 36/2015 (10a.) de la Segunda Sala de la SCJN, con rubro: "PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO. EL PLAZOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 516 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO SON DE CARÁCTER EXTINTIVO." Este criterio enfatiza la naturaleza extintiva del plazo, por lo que una vez transcurrido, el derecho se extingue.
  3. Tesis: 1a. CXXXVII/2014 de la Primera Sala de la SCJN, con rubro: "PRESCRIPCIÓN. LA EXCEPCIÓN QUE LA HACE VALER PUEDE DECLARARSE DE OFICIO POR EL TRIBUNAL LABORAL." Lo que demuestra la importancia fundamental de esta figura en el proceso laboral.

Por lo expuesto, al haber transcurrido más de dos años desde la terminación de la relación laboral sin que el actor ejercitara sus acciones, las mismas se encuentran plenamente prescritas, por lo que debe declararse la extinción de la acción y, en consecuencia, sobreseer en el juicio.

CUARTO. NEGACIÓN GENÉRICA Y ESPECÍFICA. En virtud de la excepción de prescripción que hago valer, la cual extingue la acción, me limito a negar en lo general todos y cada uno de los hechos y conceptos reclamados en la demanda que no sean expresamente admitidos en este escrito. De manera específica, y sin que ello implique reconocimiento de relación laboral alguna ni revitalización de acción prescrita, niego los siguientes extremos de la demanda: [ENUMERAR BREVEMENTE LOS HECHOS O CONCEPTOS PRINCIPALES QUE SE NIEGAN, EJ. "Niego que mi representada haya despedido al actor", "Niego que se deban prestaciones omitidas", "Niego la existencia de horas extras no pagadas"].

QUINTO. OFERTA DE PRUEBAS. Sin admitir relación laboral vigente al momento de la demanda y para el caso de que esta Autoridad considere no procedente la excepción de prescripción (lo cual protesto), ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública. El escrito de demanda y su acuse de recepción, para acreditar la fecha de su presentación.
  2. Documental Privada. En su caso, cualquier documento que obre en poder del actor o de esta Autoridad que señale la fecha de terminación de servicios, como finiquitos, recibos de liquidación o comunicaciones (marcados como Documento B).
  3. Confesional. La confesional del actor, para que bajo la protesta de decir verdad declare sobre la fecha precisa en que terminó su relación laboral con mi representada.
  4. Testimonial. Los testimonios de los C.C. (NOMBRE(S) DE POSIBLE(S) TESTIGO(S)), quienes declararán sobre la fecha en que cesó el actor en sus labores.

Solicito se reciban las pruebas ofrecidas, se señale día y hora para su desahogo y se me notifique personalmente.

SEXTO. PETICIONES. Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a esta Autoridad:

  1. Tener por presentado este escrito de contestación, con sus excepciones y oferta de pruebas.
  2. Admitir las excepciones de falta de personalidad, falta de legitimación procesal pasiva y, de manera principal, la EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN.
  3. En virtud de la prescripción de la acción, declarar extinguida la misma y, en consecuencia, SOBRESEER EN EL JUICIO, absolviéndome de todas y cada una de las pretensiones de la demanda.
  4. En el supuesto (improcedente) de que no se estime la excepción de prescripción, admitir las pruebas ofrecidas, señalar día y hora para su desahogo y continuar con el procedimiento.
  5. En todo caso, notificarme personalmente de las resoluciones que se emitan.

PROTESTO LO NECESARIO.

LUGAR Y FECHA: Ciudad de Querétaro, Querétaro, a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE

(NOMBRE COMPLETO DEL PATRÓN O REPRESENTANTE LEGAL)
(FIRMA)

ANEXOS:

  1. Copia simple del Documento A (acreditación de personalidad).
  2. Copia simple del Documento B (si se cuenta con él, documento que indique fecha de terminación).
  3. Copia del escrito de demanda para los efectos legales a que haya lugar.
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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Inserte el número de expediente, radicación o folio que asignó la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Querétaro al momento de presentar la demanda.
  2. (NÚMERO DE LA JUNTA ESPECIAL): Indique el número de la Junta Especial que conoce del asunto (ej. 1, 2, 3, etc.). Esta información suele estar en el acuse de recibo o en la notificación.
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL PATRÓN O REPRESENTANTE LEGAL): Escriba su nombre completo si es el patrón persona física, o el nombre del representante legal o apoderado si es una persona moral.
  4. (PATRÓN O REPRESENTANTE LEGAL): Especifique su carácter: "Patrón", "Representante Legal", "Apoderado Legal", etc.
  5. (RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DEL PATRÓN): Nombre completo de la empresa o negocio demandado, tal como está registrado.
  6. (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES): Domicilio exacto dentro del estado de Querétaro donde acepta recibir notificaciones oficiales.
  7. (CORREO ELECTRÓNICO) y (NÚMERO DE TELÉFONO): Datos de contacto actualizados.
  8. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Copie el nombre del trabajador demandante tal como aparece en la demanda.
  9. (EXPLICAR BREVEMENTE LA RAZÓN): En la excepción de falta de legitimación, describa concisamente por qué cree no ser el patrón legítimo.
  10. (FECHA DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SEGÚN LA DEMANDA): La fecha que el actor alega como día de despido, renuncia o terminación.
  11. (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA): La fecha que aparece en el acuse de recibo de la Junta.
  12. (NÚMERO) años y (NÚMERO) meses: Calcule el tiempo transcurrido entre las dos fechas anteriores.
  13. (ENUMERAR BREVEMENTE...): Liste los hechos clave de la demanda que, de manera preventiva, niega.
  14. (NOMBRE(S) DE POSIBLE(S) TESTIGO(S)): Nombre completo de las personas que podrían declarar sobre la fecha de terminación (empleados, supervisores, etc.).
  15. (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha actual de elaboración del documento.

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