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V1Acta de Asamblea para Otorgamiento de Poderes — Durango
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

ACTA DE ASAMBLEA PARA OTORGAMIENTO DE PODERES

EN LA CIUDAD DE DURANGO, DURANGO, siendo las (HORA) horas del día (DÍA) del mes de (MES) del año (AÑO), se reunieron en (DOMICILIO COMPLETO DE LA REUNIÓN, CIUDAD Y ESTADO) los señores que al calce suscriben, quienes manifestaron ser los ACCIONISTAS O SOCIOS que integran la totalidad del capital social de la sociedad mercantil denominada (RAZÓN SOCIAL COMPLETA DE LA SOCIEDAD), inscrita en el Registro Público de Comercio del Estado de Durango bajo el folio mercantil electrónico número (FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO), con domicilio social en (DOMICILIO SOCIAL COMPLETO, CIUDAD, ESTADO), representada en este acto por su (PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN / ADMINISTRADOR ÚNICO / ETC.), el C. (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de convocante, a fin de celebrar la ASAMBLEA (ORDINARIA/EXTRAORDINARIA) DE ACCIONISTAS O SOCIOS, para tratar el siguiente:

ÚNICO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA:

OTORGAMIENTO DE PODERES GENERALES Y ESPECIALES.

Declarada legalmente instalada la Asamblea por contar con la totalidad del capital social representado, según consta en la lista de asistencia que se integra a este acta, se dio inicio a la discusión del único punto del orden del día.

El señor (NOMBRE DEL PRESIDENTE O MODERADOR), en su carácter de (PRESIDENTE DEL CONSEJO/MODERADOR), expuso a la Asamblea la conveniencia y necesidad de otorgar poderes amplios a favor de uno o varios apoderados, para la mejor realización de los negocios sociales y la agilidad en la gestión de la empresa. Se sometió a discusión y votación la siguiente propuesta concreta:

PRIMERO. Se confiere PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, incluso aquellas para transigir, comprometer en árbitros, desistirse del juicio y absolver posiciones, en los términos del Art. 2554 Código de Comercio y del Art. 2557 Código de Comercio, a favor de:

  • Apoderado 1: (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO 1)
  • Apoderado 2: [NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO 2, O ESCRIBIR "NO APLICA"]

SEGUNDO. Se confiere PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, con las facultades a que se refieren los ordinales del Art. 2554 Código de Comercio, así como para actos de dominio que no requieran cláusula especial, a favor de:

  • Apoderado 1: (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO 1)
  • Apoderado 2: [NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO 2, O ESCRIBIR "NO APLICA"]

TERCERO. Se confiere PODER ESPECIAL con las siguientes facultades específicas, las cuales requieren cláusula especial de conformidad con el Art. 2557 Código de Comercio y el Art. 9 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito:

  1. Para gravar y enajenar bienes inmuebles de la sociedad.
  2. Para otorgar fianzas, avales y garantías de cualquier naturaleza a favor de terceros.
  3. Para suscribir, endosar, avalar y en general, obligarse a través de títulos de crédito (letras de cambio, pagarés, cheques).
  4. Para contraer créditos, préstamos y otorgar prendas sin desplazamiento.
  5. Para comparecer ante cualquier autoridad administrativa, fiscal o laboral, incluyendo el Instituto Mexicano del Seguro Social y las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para defender los intereses de la sociedad.
Este poder especial se otorga a favor de:
  • Apoderado 1: (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO 1)
  • Apoderado 2: [NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO 2, O ESCRIBIR "NO APLICA"]

CUARTO. Se establece que los poderes otorgados en los puntos anteriores podrán ser ejercidos de manera (CONJUNTA O SOLIDARIA - ELEGIR UNA) por los apoderados designados. Asimismo, se faculta a los apoderados para que puedan (GRANTAR SUB-PODERES CON / SIN) sustitución de facultades, según lo permitido por el Art. 2556 Código de Comercio.

QUINTO. La vigencia de los poderes conferidos será por el término de (NÚMERO) AÑOS/MESES, a partir de la fecha de su protocolización ante Notario Público, sin perjuicio de su revocación en cualquier tiempo por la Asamblea de Socios o Accionistas.

La propuesta fue discutida y, habiéndose puesto a votación, fue APROBADA POR UNANIMIDAD por los socios o accionistas presentes, quienes representan el 100% (cien por ciento) del capital social de la empresa.

En este acto, se hace constar que la presente Asamblea se celebró observando las formalidades establecidas en los artículos 181, 182 y 183 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, así como lo dispuesto en los estatutos sociales de la empresa.

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por terminada la sesión, procediéndose a la firma del presente acta por parte de todos los asistentes, en señal de conformidad.

EN FE DE LO ANTERIOR, SE FIRMA EL PRESENTE ACTA EN EL LUGAR Y FECHA SEÑALADOS EN EL ENCABEZADO.


NOMBRE Y FIRMA DEL PRESIDENTE/MODERADOR:
(NOMBRE COMPLETO)
_________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL SECRETARIO (EN SU CASO):
(NOMBRE COMPLETO)
_________________________

LISTA DE ASISTENCIA Y PORCENTAJE DE CAPITAL REPRESENTADO

  1. Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL SOCIO/ACCIONISTA 1) - Porcentaje de Capital: [%] - Firma: _________________________
  2. Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL SOCIO/ACCIONISTA 2) - Porcentaje de Capital: [%] - Firma: _________________________
  3. Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL SOCIO/ACCIONISTA 3) - Porcentaje de Capital: [%] - Firma: _________________________

SUMA TOTAL DEL CAPITAL SOCIAL REPRESENTADO: 100%


⚖️ FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y TESIS RELEVANTES

El otorgamiento de poderes por parte de una sociedad mercantil encuentra su fundamento en los artículos 2554, 2555, 2556 y 2557 del Código de Comercio, que regulan los poderes generales y especiales. La competencia de la asamblea para otorgarlos deriva de lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles y en los estatutos sociales.

La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido criterios importantes al respecto:

  1. Registro: 2011555 • Tesis: II.3o.C. J/27 • Materia(s): Civil
    "PODER. LA FALTA DE LA ESPECIFICACIÓN DE FACULTADES EN EL OTORGAMIENTO DEL MISMO, NO LO VICIA DE NULIDAD, SIEMPRE QUE SE HAYA CONFERIDO PARA UN NEGOCIO JURÍDICO DETERMINADO." Esto refuerza la validez del poder especial cuando el negocio jurídico (los actos de la sociedad) está determinado, como en este acta.
  2. Registro: 2020437 • Tesis: I.9o.C.48 C • Materia(s): Civil
    "REPRESENTACIÓN LEGAL. EL ÁMBITO DE FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA SOCIEDAD SE LIMITA A LOS ACTOS NECESARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE SU OBJETO SOCIAL, A MENOS QUE SE LE HAYAN CONFERIDO PODERES EXPRESOS MÁS AMPLIOS." Destaca la importancia de que esta acta expresamente confiera facultades que excedan la administración ordinaria.
  3. Registro: 2009677 • Tesis: I.9o.C. C • Materia(s): Común
    "PODER PARA PLEITOS Y COBRANZAS. EL APODERADO CON ESA FACULTAD NO REQUIERE DE AUTORIZACIÓN ESPECIAL PARA DESISTIRSE DE LA DEMANDA O ALLANARSE A LA RECONVENCIÓN, SI DICHOS ACTOS NO IMPLICAN ENAJENACIÓN DE DERECHOS LITIGIOSOS." Precisa el alcance de una de las facultades más comunes otorgadas.
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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (HORA), (DÍA), (MES), (AÑO): Indicar la hora y fecha exacta de celebración de la asamblea.
  2. (DOMICILIO COMPLETO...): Escribir la dirección completa (calle, número, colonia, código postal, ciudad, estado) donde se lleva a cabo físicamente la reunión.
  3. (RAZÓN SOCIAL COMPLETA DE LA SOCIEDAD): Anotar el nombre oficial de la sociedad tal como aparece en su acta constitutiva y en el Registro Público de Comercio.
  4. (FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO): Incluir el número de folio mercantil electrónico asignado por el Registro Público de Comercio de Durango.
  5. (DOMICILIO SOCIAL COMPLETO...): Indicar el domicilio fiscal registrado de la sociedad.
  6. (PRESIDENTE DEL CONSEJO...): Elegir y tachar lo que no aplica, según la estructura de la sociedad (Consejo de Administración, Administrador Único, etc.).
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL): Nombre completo de la persona que representa legalmente a la sociedad y convoca a la asamblea.
  8. (ORDINARIA/EXTRAORDINARIA): Tachar la que no corresponda. Para otorgar poderes generales de administración suele ser ordinaria; para actos que modifiquen estatutos (como ampliar facultades del representante), sería extraordinaria.
  9. (NOMBRE DEL PRESIDENTE O MODERADOR): Nombre de quien dirige la asamblea.
  10. (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO 1/2): Nombre(s) completo(s) de la(s) persona(s) física(s) a quien(es) se les otorga el poder. Si es solo uno, en "Apoderado 2" escribir "NO APLICA".
  11. (CONJUNTA O SOLIDARIA - ELEGIR UNA): Conjunta significa que deben actuar todos los apoderados juntos. Solidaria significa que cualquiera de ellos puede actuar individualmente. Tachar la que no se elija.
  12. (GRANTAR SUB-PODERES CON / SIN): Elegir si se permite al apoderado delegar las facultades en otra persona (substitución). "Con sustitución" le permite al sustituto actuar por sí mismo; "sin sustitución" significa que el apoderado original sigue siendo responsable directo.
  13. (NÚMERO) AÑOS/MESES: Definir la vigencia. Puede ser un plazo determinado (ej., 3 años) o indeterminado (en cuyo caso se puede escribir "TIEMPO INDETERMINADO").
  14. (NOMBRE COMPLETO) en firmas: Deben firmar todas las personas que se indican (Presidente, Secretario, cada socio/accionista). Junto a la firma, se debe escribir el nombre completo a máquina o impreso.
  15. Lista de Asistencia: Para cada socio o accionista, escribir su nombre completo, el porcentaje del capital social que representa (ej., 50%) y su firma autógrafa. La suma debe ser 100%.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Poder General para Pleitos y Cobranzas (Notarial): Documento formal para ser protocolizado ante Notario Público basado en esta acta.
  • Poder General para Actos de Administración (Notarial): Documento notarial que instrumenta el poder aprobado en la asamblea.
  • Acta Constitutiva de Sociedad Anónima (Durango): Documento base donde se establecen las reglas para celebrar asambleas.
  • Acta de Asamblea para Nombramiento de Administrador: Para designar al representante legal que, a su vez, podría ser un apoderado.
  • Revocación de Poder Notarial: Documento para dejar sin efectos un poder otorgado previamente, cuando sea necesario.
Red Nacional de Abogados

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