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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
ACTA DE ASAMBLEA PARA OTORGAMIENTO DE PODERES
EN LA CIUDAD DE TEPIC, NAYARIT
En la ciudad de Tepic, Estado de Nayarit, siendo las (HORA) horas del día (DÍA) del mes de (MES) del año (AÑO), se reunieron en (DOMICILIO COMPLETO DE LA REUNIÓN, CIUDAD, NAYARIT) los señores que al calce firman, quienes manifestaron ser los legítimos representantes y/o apoderados de las personas morales que integran la Asamblea de la sociedad mercantil denominada (NOMBRE COMPLETO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL), inscrita en el Registro Público de Comercio del Estado de Nayarit bajo el folio mercantil electrónico número (FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO), con domicilio social en (DOMICILIO SOCIAL COMPLETO, CIUDAD, NAYARIT), actuando en los términos de sus respectivos poderes, los cuales se encuentran debidamente inscritos en el citado registro y se exhibieron copias certificadas de los mismos para los efectos legales a que haya lugar.
Declararon reunidos en Asamblea (ORDINAL: EXTRAORDINARIA / ORDINARIA), debidamente convocada y constituida legalmente, con el quórum requerido por la ley y los estatutos sociales, para tratar el siguiente:
ÚNICO PUNTO DEL DÍA: OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACIÓN Y DOMINIO.
Abierta la sesión y puesta a discusión el punto único del día, después de ser ampliamente discutido, se procedió a votación, obteniéndose por unanimidad de los votos el siguiente:
ACUERDO ÚNICO:
PRIMERO. Se confiere PODER GENERAL AMPLÍSIMO, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, en los términos más amplios que prevea el Art. 2554 Código de Comercio y el Art. 2557 Código de Comercio, así como las disposiciones aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a favor de la(s) persona(s) siguiente(s):
- Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO 1)
- Nacionalidad: (NACIONALIDAD)
- Edad: (EDAD)
- Estado Civil: (ESTADO CIVIL)
- Ocupación: (OCUPACIÓN)
- Domicilio: (DOMICILIO COMPLETO DEL APODERADO)
- Identificación Oficial: (SEÑALAR TIPO, NÚMERO Y VIGENCIA, EJ. INE)
(En caso de más de un apoderado, agregar lista numerada y especificar en cláusula posterior si actúan conjunta o indistintamente).
SEGUNDO. El poder otorgado incluirá, de manera enunciativa mas no limitativa, las siguientes facultades:
- Para Pleitos y Cobranzas: Para representar a la sociedad en toda clase de juicios, sean ordinarios, ejecutivos, especiales, sumarios o verbales, ante toda clase de autoridades judiciales, federales o locales (incluyendo los Juzgados del Poder Judicial del Estado de Nayarit y los del Fuero Federal con competencia en la entidad), administrativas, laborales, fiscales y agrarias. Para promover toda clase de recursos, incluyendo amparos directos e indirectos, en los términos del Ley de Amparo. Para transigir, desistirse, someter a arbitraje, recibir pagos, dar finiquitos y otorgar descargos. Para cobrar toda clase de créditos y otorgar los correspondientes recibos.
- Para Actos de Administración: Para administrar todos los bienes de la sociedad. Para celebrar, modificar, rescindir y dar por terminados toda clase de contratos, incluyendo arrendamientos, prestación de servicios, obra, etc. Para abrir, operar y cancelar cuentas bancarias. Para girar, endosar, aceptar, avalar y protestar títulos de crédito, conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Para solicitar y obtener créditos, préstamos y financiamientos. Para representar a la sociedad ante toda autoridad administrativa, incluyendo el SAT, IMSS, INFONAVIT y autoridades municipales en Nayarit.
- Para Actos de Dominio: Para comprar, vender, gravar (con hipoteca, prenda, usufructo, etc.), permutar y donar toda clase de bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la sociedad. Para promover e inscribir los actos anteriores en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Nayarit y en cualquier otro registro público.
- Facultades Complementarias: Para otorgar, sustituir, revocar y limitar poderes, sin necesidad de ratificación. Para comparecer ante fedatarios públicos (Notarios Públicos y Corredores Públicos de Nayarit) para otorgar toda clase de instrumentos públicos. Para realizar todos los actos de tramitación, gestión y representación necesarios para el cumplimiento de este mandato.
TERCERO. Las facultades conferidas se entenderán en los términos más amplios permitidos por la ley, incluyendo las que requieren cláusula especial conforme al Art. 2557 Código de Comercio. El presente poder SÍ INCLUYE facultades para actos de dominio (compraventa, gravamen) y para otorgar, sustituir y revocar poderes. Se faculta expresamente al(la/los/las) apoderado(s) para que pueda(n) actuar indistintamente, salvo que en el instrumento público de protocolización se especifique lo contrario.
CUARTO. El presente poder tendrá una vigencia de [DURACIÓN EN AÑOS, MESES O "INDEFINIDA"] a partir de la fecha de su protocolización ante Notario Público, y podrá ser revocado por la Asamblea de la sociedad en cualquier tiempo, mediante acuerdo que se protocolice de la misma manera. La sociedad podrá ratificar los actos realizados por el apoderado con posterioridad a la revocación, si así lo decide.
QUINTO. Se faculta al apoderado o, en su defecto, al Presidente del Consejo de Administración o al Administrador Único de la sociedad, según corresponda, para que comparezca ante el Notario Público de su elección en el Estado de Nayarit, a fin de protocolizar el presente acuerdo y solicitar las testimoniales o certificaciones que sean necesarias para su inscripción en el Registro Público de Comercio del Estado de Nayarit y, en su caso, en el Registro Público de la Propiedad, con el fin de que surta efectos frente a terceros, de conformidad con el Art. 23 Ley General de Sociedades Mercantiles.
No habiendo más asuntos que tratar, se dio por terminada la sesión, leyéndose la presente acta por los concurrentes, quienes manifestaron su conformidad y la firman para constancia.
NOMBRE Y FIRMA DEL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA
(NOMBRE COMPLETO)
(FIRMA)
NOMBRE Y FIRMA DEL SECRETARIO DE LA ASAMBLEA
(NOMBRE COMPLETO)
(FIRMA)
NOMBRES Y FIRMAS DE LOS ASAMBLEÍSTAS O REPRESENTANTES
1. (NOMBRE COMPLETO DE LA PERSONA MORAL O FÍSICA) - (FIRMA)
2. (NOMBRE COMPLETO DE LA PERSONA MORAL O FÍSICA) - (FIRMA)
3. (NOMBRE COMPLETO DE LA PERSONA MORAL O FÍSICA) - (FIRMA)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código de Comercio
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Ley General de Sociedades Mercantiles
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Art. 17, sobre administración de justicia)
📋 Instrucciones de Llenado
- (HORA), (DÍA), (MES), (AÑO): Indicar la fecha y hora exacta de la celebración de la asamblea.
- (DOMICILIO COMPLETO DE LA REUNIÓN...): Indicar la dirección completa (calle, número, colonia, código postal, ciudad) donde se lleva a cabo físicamente la reunión de la asamblea.
- (NOMBRE COMPLETO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL): Escribir la razón social exacta de la sociedad, tal como aparece en su acta constitutiva y registro público.
- (FOLIO MERCANTIL ELECTRÓNICO): Anotar el número de folio mercantil electrónico asignado en el Registro Público de Comercio de Nayarit.
- (DOMICILIO SOCIAL COMPLETO...): Indicar el domicilio social registrado de la sociedad.
- (ORDINAL: EXTRAORDINARIA / ORDINARIA): Tachar o eliminar la opción que no corresponda. Una asamblea para otorgar poderes generales suele ser extraordinaria.
- Datos del Apoderado: Llenar todos los campos entre corchetes con la información precisa del o los apoderados. Si son varios, repetir la lista y definir en el texto si actúan "conjuntamente" (todos deben firmar) o "indistintamente" (cualquiera puede actuar solo).
- (DURACIÓN...): Especificar el tiempo de vigencia del poder (ej., "5 años", "10 años"). Si se desea que sea por tiempo indefinido hasta su revocación, se puede escribir "INDEFINIDA".
- Firmas: Deben firmar el Presidente y el Secretario de la Asamblea (designados en la misma reunión), así como todos los asambleístas o sus representantes legales. Junto al nombre, indicar si firman por sí mismos o en representación de una persona moral.
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Sobre este documento: Acta de Asamblea para Otorgamiento de Poderes — Nayarit
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