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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
ACTA DE ASAMBLEA PARA OTORGAMIENTO DE PODERES
EN LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, A LOS (DÍA) DÍAS DEL MES DE (MES) DEL AÑO (AÑO)
I. IDENTIFICACIÓN DE LA ASAMBLEA Y DE LA SOCIEDAD
Se reunieron en (DOMICILIO COMPLETO DE LA REUNIÓN, CIUDAD DE PUEBLA, PUE.) los señores que al final se identifican, quienes manifestaron ser los accionistas y/o apoderados legales de la sociedad mercantil denominada (NOMBRE COMPLETO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL), constituida en escritura pública número (NÚMERO), otorgada ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD, ESTADO), el día (DÍA) de (MES) de (AÑO), e inscrita en el Registro Público de Comercio de Puebla bajo la inscripción número (NÚMERO DE INSCRIPCIÓN), con Registro Federal de Contribuyentes (RFC DE LA SOCIEDAD), con domicilio social en (DOMICILIO SOCIAL COMPLETO, CIUDAD DE PUEBLA, PUE.), con el objeto de celebrar la Asamblea (ORDINARIA/EXTRAORDINARIA) de Accionistas, para tratar el siguiente:
ÚNICO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: Otorgamiento de poderes generales y/o especiales para actos de administración, dominio y pleitos y cobranzas.
Declaran los comparecientes que la convocatoria para la presente Asamblea se realizó de conformidad con lo establecido en el Art. 181 Ley General de Sociedades Mercantiles y los estatutos sociales, habiéndose cumplido con los requisitos de anticipación y publicación correspondientes.
II. VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM Y DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LA ASAMBLEA
Efectuada la verificación correspondiente por el Secretario de la Asamblea, se constató la presencia de los accionistas que representan el (PORCENTAJE EJEMPLO: 100%) del capital social, integrado por (NÚMERO TOTAL DE ACCIONES) acciones ordinarias, nominativas y de voto, todas ellas suscritas y pagadas en su totalidad. En consecuencia, se declaró legalmente instalada la Asamblea, con el quórum suficiente para deliberar y tomar resoluciones válidas, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 182 Ley General de Sociedades Mercantiles y el artículo (NÚMERO) de los estatutos sociales.
III. DELIBERACIONES Y RESOLUCIONES
Puesto a discusión el único punto del orden del día, y después de un amplio intercambio de opiniones, los accionistas presentes, por unanimidad, acordaron lo siguiente:
- OTORGAR PODER AMPLIO Y SUFICIENTE a favor de (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO O APODERADOS), con identificación oficial vigente (credencial para votar / pasaporte) número (NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN), con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO DEL APODERADO).
- El poder otorgado tendrá el carácter de [GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN / GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS / ESPECIAL, SEÑALANDO FACULTADES], con las facultades expresas que se detallan a continuación, las cuales se entienden sin limitación alguna, en los términos más amplios que permita la ley, incluyendo las facultades generales a que se refieren los Art. 2554 y 2555 del Código de Comercio, así como las necesarias para el cumplimiento del mandato.
FACULTADES ESPECÍFICAS OTORGADAS:
- Para Actos de Administración: Administrar los bienes muebles e inmuebles de la sociedad; celebrar, modificar y rescindir contratos de arrendamiento, comodato, prestación de servicios y obra; contratar personal; abrir, operar y cancelar cuentas bancarias; girar cheques y realizar transferencias; obtener créditos y financiamientos; representar a la sociedad ante instituciones bancarias, crediticias y de seguros.
- Para Actos de Dominio y Gravamen: Comprar, vender, permutar, gravar (mediante hipoteca, prenda, fideicomiso) y en general, realizar cualquier acto de dominio sobre los bienes de la sociedad, hasta por un valor máximo de (MONTO EN LETRA Y NÚMERO, EJ: QUINIENTOS MIL PESOS M.N. ($500,000.00 M.N.)) por operación.
- Para Pleitos y Cobranzas: Representar a la sociedad en toda clase de juicios, procedimientos y actuaciones administrativas, judiciales o arbitrales; interponer demandas, contestarlas, desistirse, transigir, comprometer en árbitros, recibir pagos y dar finiquitos; otorgar y suscribir toda clase de títulos de crédito (pagarés, letras de cambio) en los términos del Art. 9 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; cobrar y exigir el pago de créditos a favor de la sociedad.
- Facultades Complementarias: El apoderado contará con la facultad de sustituir el poder, con las mismas o menores facultades, y de revocar las sustituciones que otorgue, sin necesidad de rendir informe de la sustitución, en términos del Art. 2557 Código de Comercio.
Se hace expresa mención de que el otorgamiento de este poder no implica limitación alguna a las facultades del representante legal de la sociedad, quien conserva la totalidad de sus atribuciones.
IV. RATIFICACIÓN Y VIGENCIA
Se acuerda que el presente poder surtirá efectos desde la fecha de su autorización ante Fedatario Público y tendrá una vigencia de (DURACIÓN EN AÑOS, EJ: CINCO (5)) años, pudiendo ser revocado en cualquier momento por la Asamblea de Accionistas. El poder se otorga con las formalidades del Art. 2553 Código de Comercio y para los efectos del Art. 2558 Código de Comercio.
V. APLICACIÓN DE TESIS JURISPRUDENCIALES
Los comparecientes reconocen que el alcance e interpretación del poder otorgado se sujetará a la legislación aplicable y a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entre los que se encuentran:
- Registro: 2011553 - PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS. LAS FACULTADES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 2554 DEL CÓDIGO DE COMERCIO SON DE CARÁCTER TAXATIVO. La SCJN ha establecido que las facultades enumeradas en dicho artículo son limitativas, por lo que para actos que excedan de ellas, se requiere un poder especial.
- Registro: 2003672 - PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN. EL APODERADO CON ESA FACULTAD NO PUEDE REALIZAR ACTOS DE DOMINIO. Se confirma la distinción entre actos de administración y de dominio, siendo estos últimos los que transfieren el derecho de propiedad o constituyen gravámenes reales, requiriendo facultad expresa.
- Registro: 2024781 - REVOCACIÓN DEL PODER. SU EFICACIA FRENTE A TERCEROS REQUIERE SU OPONIBILIDAD, LA CUAL SE LOGRA CON SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO. La revocación del poder notificada únicamente al apoderado no es oponible a terceros de buena fe mientras no se inscriba en el RPC.
VI. AUTORIZACIÓN PARA PROTOCOLIZACIÓN
Se faculta expresamente al C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O DE QUIEN PRESIDIÓ LA ASAMBLEA), en su carácter de Presidente del Consejo de Administración / Administrador Único, para que, en representación de la sociedad, comparezca ante el Notario Público o Corredor Público de su elección en el Estado de Puebla, a fin de protocolizar el presente acta y solicitar la autorización de la escritura pública correspondiente al poder otorgado, obligando a la sociedad con todos los gastos, derechos y honorarios que se generen.
VII. LECTURA, APROBACIÓN Y FIRMAS
Siendo las (HORA) horas, se procedió a la lectura íntegra del presente acta, la cual fue aprobada en todos sus términos por la totalidad de los accionistas presentes. No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la sesión, firmando los comparecientes en constancia de su conformidad.
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA:
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO Y FIRMA)
Acciones representadas: (NÚMERO)
SECRETARIO DE LA ASAMBLEA:
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO Y FIRMA)
Acciones representadas: (NÚMERO)
ACCIONISTAS ASISTENTES:
- Nombre: (NOMBRE COMPLETO ACCIONISTA 1) - Acciones: (NÚMERO) - Firma: _________________________
- Nombre: (NOMBRE COMPLETO ACCIONISTA 2) - Acciones: (NÚMERO) - Firma: _________________________
- Nombre: (NOMBRE COMPLETO ACCIONISTA 3) - Acciones: (NÚMERO) - Firma: _________________________
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código de Comercio
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Ley General de Sociedades Mercantiles
📋 Instrucciones de Llenado
- (DÍA) (MES) (AÑO): Indique la fecha completa de la celebración de la Asamblea (ej., 15 de octubre de 2026).
- (DOMICILIO COMPLETO DE LA REUNIÓN...): Escriba la dirección física donde se llevó a cabo la reunión (calle, número, colonia, código postal, ciudad, Puebla).
- (NOMBRE COMPLETO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL): El nombre oficial de la sociedad tal como aparece en su escritura constitutiva (ej., "COMERCIALIZADORA EJEMPLO, S.A. DE C.V.").
- (NÚMERO), (NÚMERO) de (CIUDAD, ESTADO): Datos exactos de la escritura pública de constitución: número de escritura, número del notario y lugar de otorgamiento.
- (NÚMERO DE INSCRIPCIÓN): Número de folio mercantil o inscripción en el Registro Público de Comercio de Puebla.
- (RFC DE LA SOCIEDAD): Registro Federal de Contribuyentes de la sociedad.
- (DOMICILIO SOCIAL COMPLETO...): Domicilio fiscal registrado de la sociedad.
- (ORDINARIA/EXTRAORDINARIA): Tache lo que no corresponda. Es Extraordinaria si modifica estatutos (como agregar un apoderado) o trata asuntos no previstos para la Ordinaria.
- (PORCENTAJE EJEMPLO: 100%): Inserte el porcentaje del capital social representado en la Asamblea (debe ser el necesario según estatutos para sesionar).
- (NÚMERO TOTAL DE ACCIONES): Número total de acciones en que está dividido el capital social.
- (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO...): Nombre(s) completo(s) de la(s) persona(s) física(s) a quien(es) se les otorga el poder.
- (NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN): Número de la credencial para votar (INE) o pasaporte del apoderado.
- (DOMICILIO COMPLETO DEL APODERADO): Domicilio donde el apoderado recibirá notificaciones judiciales y extrajudiciales.
- (GENERAL PARA ACTOS... / ESPECIAL...): Especifique el tipo de poder. Si es "Especial", detalle las facultades específicas en el listado.
- (MONTO EN LETRA Y NÚMERO...): Establezca un límite monetario para actos de dominio. Si no desea límite, puede omitir, pero es altamente recomendable establecerlo.
- (DURACIÓN EN AÑOS, EJ: CINCO (5)): Defina la vigencia del poder. Puede ser "por tiempo indefinido", pero una vigencia determinada facilita su gestión.
- (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL...): Nombre de la persona autorizada para protocolizar el acta.
- (HORA): Hora de finalización de la Asamblea (ej., 18:30 horas).
- Firmas: Deben firmar el Presidente, el Secretario y todos los accionistas asistentes, anotando el número de acciones que representa cada uno.
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