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V1Contestación de Demanda Ejecutiva Mercantil — Aguascalientes
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN DE DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO: (JUZGADO EN LO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AGUASCALIENTES)

MATERIA: EJECUTIVA MERCANTIL

ACTOR/DEMANDANTE: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR)

DEMANDADO: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO)

I. DATOS GENERALES DEL PROCESO

Ante el Juzgado que se sirva conocer del presente asunto, comparezco, (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL DEMANDADO), en mi carácter de (CARGO, EJ. APODERADO LEGAL, REPRESENTANTE LEGAL) de la sociedad mercantil denominada (RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO), debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES), señalando como correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO) y número telefónico (TELÉFONO), para los efectos del presente juicio, y en estricto derecho expongo:

Que por medio del presente escrito, y en los términos de los artículos 1390 y 1391 del Código de Comercio, vengo a contestar la demanda ejecutiva mercantil promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR), radicada con el número de expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE), manifestando lo siguiente:

II. SOBRE LA PERSONALIDAD Y LA REPRESENTACIÓN

Manifiesto que tengo la personalidad jurídica suficiente para comparecer en este juicio, en representación de la sociedad demandada, (RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO). Anexo a la presente contestación, copia simple del instrumento público que acredita mi nombramiento y facultades, el cual se encuentra vigente y me otorga facultades expresas para pleitos y cobranzas, conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y el artículo 17 del Código de Comercio.

III. SOBRE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Me reservo el derecho de pronunciarme sobre la jurisdicción y competencia de este Tribunal, hasta en tanto se desahoguen las pruebas ofrecidas y se aclaren los hechos controvertidos. No obstante, manifiesto que, de conformidad con el artículo 1055 del Código de Comercio, el fuero competente para conocer de este asunto es el del domicilio del demandado, que se encuentra en (CIUDAD, AGUASCALIENTES), por lo que este Juzgado Mercantil con sede en el Distrito Judicial correspondiente es competente para conocer del presente asunto.

IV. CONTESTACIÓN ESPECÍFICA A LOS HECHOS DE LA DEMANDA

En los términos del artículo 1391 del Código de Comercio, contesto los hechos expuestos en la demanda de la siguiente manera:

  1. Respecto al hecho de que se celebró un contrato mercantil: [NEGAR, ADMITIR O ADMITIR CON PRECISIONES. EJ: SE ADMITE que se celebró un contrato de compraventa mercantil con fecha (FECHA), pero se niega que su incumplimiento sea imputable al demandado].
  2. Respecto a la existencia del título ejecutivo (pagaré, letra de cambio, etc.): [NEGAR, ADMITIR O ADMITIR CON PRECISIONES. EJ: SE NIEGA que el documento anexo a la demanda (pagaré) reúna los requisitos de literalidad y autonomía previstos en los artículos 170 y 17 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, por carecer de (ESPECIFICAR FALTA, EJ. FIRMA AUTÓGRAFA, FECHA CIERTA DE VENCIMIENTO).]
  3. Respecto al monto reclamado y su liquidación: [NEGAR, ADMITIR O ADMITIR CON PRECISIONES. EJ: SE NIEGA que el monto capital reclamado sea correcto, ya que no se han tomado en cuenta los pagos parciales realizados, los cuales se acreditarán en el ofrecimiento de pruebas. Se niega también el cálculo de intereses moratorios por ser excesivo y no ajustarse a lo pactado o a la tasa legal aplicable].
  4. Respecto al vencimiento del plazo y la falta de pago: [NEGAR, ADMITIR O ADMITIR CON PRECISIONES. EJ: SE ADMITE que el plazo estipulado venció, pero SE NIEGA que la obligación sea exigible en los términos planteados, toda vez que existió un acuerdo de prórroga o reestructura tácito entre las partes, que será demostrado en el presente juicio].

En este sentido, me adhiero a lo establecido en la tesis jurisprudencial 1a./J. 33/2023 (11a.) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece: "EL PAGARÉ. PARA QUE SEA EJECUTIVO, DEBE CONTENER LA PROMESA INCONDICIONAL DE PAGAR UNA SUMA DETERMINADA DE DINERO Y LA ESPECIFICACIÓN DEL LUGAR Y LA FECHA EN QUE SE SUSCRIBE, ASÍ COMO LA DEL LUGAR Y FECHA DEL VENCIMIENTO".

V. EXCEPCIONES PROCESALES Y DEFENSAS

En virtud de lo anterior, opongo las siguientes excepciones y defensas para que se declare la improcedencia de la vía ejecutiva o la nulidad del procedimiento:

  1. Falta de Personalidad del Actor: Opongo la excepción de falta de personalidad del actor, toda vez que no ha acreditado suficientemente su carácter para ejercitar la acción, ya que (ESPECIFICAR RAZÓN, EJ. EL TÍTULO NO ESTÁ ENDOSADO A SU FAVOR, EL PODER ANEXO NO ES SUFICIENTE).
  2. Falta de Requisitos de Forma del Título Ejecutivo: El título en que se funda la demanda (pagaré/letra de cambio) carece de los requisitos esenciales que la ley exige para ser considerado título ejecutivo, conforme a los artículos 76 y 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, específicamente (DETALLAR FALTA).
  3. Pago o Cumplimiento Parcial/Total: Alego el pago parcial/total de la obligación. Los abonos realizados, que ascienden a la cantidad de $(MONTO), no han sido descontados del adeudo reclamado. Este pago será acreditado mediante la prueba documental que ofrezco.
  4. Prescripción de la Acción Ejecutiva: Opongo la excepción de prescripción de la acción ejecutiva. La obligación documentada en el título vencido el (FECHA DE VENCIMIENTO), y la presente demanda se presentó el (FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA), habiendo transcurrido más del plazo de tres años establecido en el artículo 1045 del Código de Comercio para el ejercicio de la acción cambiaria.

Me apoyo en la tesis jurisprudencial 1a. CCCXXVII/2014 (10a.) de la SCJN: "PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN CAMBIARIA DIRECTA. EL PLAZOS DE TRES AÑOS SE CUENTA A PARTIR DEL DÍA DEL VENCIMIENTO DEL TÍTULO DE CRÉDITO".

Así como en la tesis aislada 1a. CCLXXVII/2012 (10a.): "LETRA DE CAMBIO. LA FALTA DE ALGUNO DE LOS REQUISITOS QUE EXIGE EL ARTÍCULO 76 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, IMPIDE QUE SEA CONSIDERADA COMO TÍTULO EJECUTIVO".

VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

En los términos de los artículos 1204 y 1205 del Código de Comercio, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Prueba Documental Pública y Privada: Se ofrecen los siguientes documentos (se anexan copias simples, exhibiéndose los originales al desahogo):
    • Escritura pública de constitución y poderes de (RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO).
    • Comprobantes de pago (transferencias, recibos) que acreditan los abonos realizados por un total de $(MONTO).
    • Correspondencia electrónica (emails) que demuestra el acuerdo de reestructura o prórroga de la deuda.
    • Contrato marco que modifica las condiciones originales de la obligación.
  2. Prueba Confesional: Se ofrece la confesional de la parte actora, para que bajo protesta de decir verdad declare sobre los hechos relativos a los acuerdos de modificación de pagos y la recepción de los abonos realizados.
  3. Dictamen Pericial: Se ofrece dictamen pericial en caligrafía y documentología, a cargo de perito oficial del Tribunal, para que determine la autenticidad o falsedad de la firma estampada en el título ejecutivo (si aplica).

Solicito se admitan, se corra traslado a la contraparte para su desahogo y, en su momento, se señale día y hora para la audiencia de recepción de pruebas.

VII. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a este Honorable Tribunal:

  1. Tener por presentado este escrito de contestación de demanda y excepciones.
  2. Admitir las excepciones de falta de personalidad, falta de requisitos del título, pago y prescripción opuestas.
  3. En consecuencia, declarar la improcedencia de la vía ejecutiva y, en su caso, la nulidad del procedimiento, o bien, la reducción del monto reclamado.
  4. Admitir las pruebas ofrecidas, señalando día y hora para su desahogo.
  5. En el supuesto de que no se acojan las excepciones, solicito se declare la substanciación del juicio a la vía ordinaria, conforme al artículo 1394 del Código de Comercio.
  6. En el estado procesal que guarda el juicio, absolver los posiciones que en derecho correspondan.
  7. Proceder en todo conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO.

(LUGAR, AGUASCALIENTES), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).


____________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL)
Representante Legal de (RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO)
Cédula Profesional / Identificación Oficial: (NÚMERO)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Inserte el número de expediente asignado por el Juzgado al momento de la admisión de la demanda.
  2. (JUZGADO EN LO MERCANTIL...): Complete con el nombre completo del Juzgado en lo Mercantil del Distrito Judicial correspondiente en Aguascalientes (ej: "Juzgado Primero en lo Mercantil del Distrito Judicial de Aguascalientes").
  3. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR/DEMANDADO): Escriba el nombre completo de la persona física o la razón social exacta de la persona moral, tal como aparece en la demanda y en los documentos constitutivos.
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL...): Nombre completo de la persona física que firma el escrito, en su carácter de apoderado, representante legal, etc.
  5. (CARGO, EJ. APODERADO LEGAL...): Especifique el cargo que justifica su representación (Apoderado Legal, Representante Legal, Gerente General, etc.).
  6. (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio físico dentro del estado de Aguascalientes donde recibirá notificaciones judiciales. Incluir calle, número, colonia, código postal y municipio.
  7. (CORREO ELECTRÓNICO) y (TELÉFONO): Datos de contacto para posibles notificaciones electrónicas o aclaraciones.
  8. (FECHA), (MONTO), (DETALLAR FALTA): En las secciones de contestación de hechos y excepciones, sustituya estos corchetes con información concreta, fechas exactas, montos específicos y descripciones detalladas de los vicios del título o los acuerdos entre partes.
  9. (LUGAR, AGUASCALIENTES), (DÍA) de (MES) de (AÑO): Lugar (ej: "Aguascalientes, Ags.") y fecha de firma del escrito.
  10. (Cédula Profesional / Identificación Oficial): Número de cédula profesional (si es abogado) o de identificación oficial (INE, pasaporte) del firmante.

IMPORTANTE: Este documento debe acompañarse de los documentos que se ofrecen como prueba (copias simples). Los originales deberán exhibirse al momento del desahogo de las pruebas. Verifique los plazos procesales para contestar demanda, que son estrictos.

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