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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTESTACIÓN DE DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)
JUZGADO: (JUZGADO EN MATERIA MERCANTIL DEL ESTADO DE DURANGO)
MATERIA: EJECUTIVA MERCANTIL
ACTOR/DEMANDANTE: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR)
DEMANDADO: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO)
I. DATOS GENERALES DEL CONTESTATARIO
Nombre: (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO)
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE DURANGO, CON CÓDIGO POSTAL)
Representante Legal (en su caso): (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
Personalidad que ostenta: (ESPECIFICAR, EJ. APODERADO LEGAL, ADMINISTRADOR ÚNICO, ETC.)
Documento que la acredita: (ESPECIFICAR, EJ. ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO X, PODER NOTARIAL, ETC.)
II. ANTECEDENTES Y POSTURA FRENTE A LA DEMANDA
Por medio del presente escrito, y en mi carácter de (ESPECIFICAR CARÁCTER), acudo ante este Honorable Juzgado de lo Mercantil del Estado de Durango, para contestar la demanda ejecutiva mercantil promovida en mi contra por (NOMBRE DEL ACTOR), radicada con el expediente número (NÚMERO DE EXPEDIENTE), manifestando lo siguiente:
- NEGACIÓN DE LOS HECHOS: De conformidad con lo dispuesto por el Art. 1346 Código de Comercio, niego en su totalidad los hechos expuestos en la demanda que me son imputados, en virtud de que [EXPLICAR BREVEMENTE LOS MOTIVOS DE LA NEGACIÓN, EJ. EL TÍTULO NO ES AUTÉNTICO, LA OBLIGACIÓN ESTÁ PAGADA, NO EXISTE LA RELACIÓN JURÍDICA INVOCADA, ETC.].
- EXCEPCIONES PROCESALES: En mi carácter de demandado, opongo las siguientes excepciones procesales para que se declare la improcedencia de la presente ejecución:
- FALTA DE PERSONALIDAD DEL ACTOR: El actor carece de personalidad jurídica para ejercitar la acción, ya que [FUNDAMENTAR, EJ. NO ES EL TITULAR LEGÍTIMO DEL TÍTULO DE CRÉDITO, NO ACREDITA SU CAPACIDAD O REPRESENTACIÓN, ETC.], conforme al Art. 1054 Código de Comercio.
- FALTA DE JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Este Juzgado carece de jurisdicción y/o competencia para conocer del presente asunto, dado que [FUNDAMENTAR, EJ. EL TÍTULO DE CRÉDITO SE SUSCRIBIÓ EN OTRO ESTADO, EL DOMICILIO CONVENCIONAL PARA CUMPLIMIENTO SEÑALA OTRO LUGAR, ETC.]. La competencia en materia mercantil se rige por el Art. 1055 Código de Comercio y la jurisdicción es improrrogable por voluntad de las partes, según la Fracción I del Artículo 104 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- DEFECTO PROCESAL EN LA DEMANDA: La demanda presenta defectos esenciales que impiden la válida prosecución del juicio, tales como [ESPECIFICAR, EJ. NO SE ACOMPAÑA EL TÍTULO EJECUTIVO EN FORMA LEGAL, FALTA LA NOTIFICACIÓN PERSONAL PREVIA, ETC.], en contravención de lo establecido en los Art. 1391 y 1392 Código de Comercio.
- CADUCIDAD DE LA ACCIÓN: La acción ejecutiva ha caducado. El título de crédito que se pretende ejecutar data del día (FECHA DEL TÍTULO), por lo que han transcurrido más de (NÚMERO) años desde su vencimiento, extinguiéndose la acción conforme al Art. 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para la letra de cambio, y normas análogas aplicables a otros títulos.
III. DEFENSAS DE FONDO
Sin perjuicio de lo anterior, y en el supuesto de que este Tribunal considere superadas las excepciones anteriores, formulo las siguientes defensas de fondo:
- PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN: La obligación contenida en el título de crédito que se pretende ejecutar se encuentra totalmente pagada. El pago se realizó el día (FECHA DE PAGO) mediante (FORMA DE PAGO, EJ. TRANSFERENCIA, CHEQUE, ETC.), con folio/recibo número (NÚMERO DE COMPROBANTE). El pago extingue la obligación, de acuerdo con el Art. 2176 del Código Civil Federal, aplicable supletoriamente.
- NOVACIÓN, COMPENSACIÓN O CONFUSIÓN: La obligación original se modificó por (NOVACIÓN, COMPENSACIÓN O CONFUSIÓN) mediante el acuerdo celebrado con el actor con fecha (FECHA DEL ACUERDO), por lo que el título ejecutivo ha perdido su eficacia. Esto se fundamenta en los Art. 2203 y siguientes del Código Civil Federal.
- VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO O FALTA DE CAPACIDAD: El título de crédito adolece de vicios en el consentimiento ((ERROR, DOLO, VIOLENCIA O MALA FE)) y/o fue suscrito por persona que carecía de capacidad legal o facultades para obligar a la sociedad demandada, conforme a los Arts. 5 y 6 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y los Arts. 1795 y siguientes del Código Civil Federal.
- FALTA DE AUTENTICIDAD O ALTERACIÓN DEL TÍTULO: Se desconoce la autenticidad de la firma que me atribuyen en el título de crédito, o bien, el título presenta alteraciones materiales no consentidas ((ESPECIFICAR)), por lo que debe desecharse la ejecución, en términos del Art. 16 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
IV. FUNDAMENTOS JURISPRUDENCIALES
Se ofrecen como fundamento las siguientes tesis jurisprudenciales emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
- EJECUCIÓN MERCANTIL. EL PAGO TOTAL DE LA OBLIGACIÓN CONSTITUYE UNA DEFENSA DE FONDO QUE DEBE ACREDITARSE EN EL JUICIO EJECUTIVO. (Tesis: 1a. CCCXXI/2014 (10a.)). Esta tesis sostiene que el pago es una excepción de fondo que, de acreditarse, extingue la obligación y por ende la acción ejecutiva.
- TÍTULOS DE CRÉDITO. LA FALTA DE AUTENTICIDAD DE LA FIRMA DEL OBLIGADO CONSTITUYE UNA DEFENSA QUE PUEDE HACERSE VALER EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. (Tesis: 1a. CXXV/2008 (9a.)). Esta tesis confirma que el demandado puede oponerse a la ejecución desconociendo la autenticidad de su firma, correspondiendo al actor probar su autenticidad.
- JURISDICCIÓN EN MATERIA MERCANTIL. ES IMPRORROGABLE POR VOLUNTAD DE LAS PARTES. (Tesis: P. IX/2011 (9a.)). Reitera el carácter de orden público de las normas sobre jurisdicción, por lo que cualquier cláusula que contravenga el Artículo 104 constitucional es nula.
V. PRUEBAS OFRECIDAS
Para acreditar las excepciones y defensas antes planteadas, ofrezco las siguientes pruebas:
- DOCUMENTAL PÚBLICA: Copia certificada del acta constitutiva y poderes de la sociedad (NOMBRE DE LA SOCIEDAD), para acreditar la falta de personalidad o capacidad del firmante del título.
- DOCUMENTAL PRIVADA:
- Comprobantes de pago (transferencias, recibos, estados de cuenta) que acreditan el pago total de la obligación.
- Contratos o acuerdos posteriores que modificaron la obligación original (novación).
- Correspondencia (emails, oficios) que demuestre los vicios en el consentimiento o el acuerdo de compensación.
- PERICIAL CALIGRÁFICA: Se ofrece una prueba pericial caligráfica, a cargo de perito oficial o particular, para demostrar la falta de autenticidad de la firma que se me atribuye en el título ejecutivo.
- TESTIMONIAL: Se ofrecen los testimonios de (NOMBRES DE TRES A CINCO TESTIGOS, CON SUS DOMICILIOS), quienes declararán sobre [HECHOS ESPECÍFICOS QUE ACREDITAN, EJ. EL PAGO, LA FALTA DE CAPACIDAD, LOS VICIOS EN LA NEGOCIACIÓN, ETC.].
PETICIÓN DE DESAHOGO: Se solicita respetuosamente a este Tribunal que, una vez admitidas las pruebas, se señale día y hora para su desahogo dentro del plazo legal.
VI. PETITORIO
Por lo expuesto y fundado, solicito a este Honorable Juzgado de lo Mercantil del Estado de Durango:
- Tener por presentada la presente contestación de demanda con todas sus excepciones y defensas.
- Admitir las pruebas ofrecidas y señalar día y hora para su desahogo.
- Declarar la improcedencia de la acción ejecutiva, sobreseyendo el presente juicio y absolviéndome de todas y cada una de las pretensiones de la demanda.
- En el supuesto remoto de no ser atendidas las peticiones anteriores, se declare la caducidad de la acción o la nulidad del título ejecutivo.
- Condenar al actor al pago de costas y honorarios en mi favor, en los términos del Art. 1096 Código de Comercio.
PROTESTO LO NECESARIO.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, DURANGO), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
NOMBRE Y FIRMA DEL CONTESTATARIO O SU REPRESENTANTE LEGAL
(_______________________________________)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código de Comercio
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
- Ley General de Sociedades Mercantiles
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Código Civil Federal (aplicación supletoria)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Inserte el número de expediente asignado por el Juzgado al momento de la presentación de la demanda.
- (JUZGADO EN MATERIA MERCANTIL DEL ESTADO DE DURANGO): Escriba el nombre completo del Juzgado de Primera Instancia en Materia Mercantil con sede en Durango que conoce del asunto (ej: "Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Mercantil del Estado de Durango").
- (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR/DEMANDADO): Anote el nombre completo si es persona física, o la razón social exacta registrada si es persona moral (sociedad).
- (DOMICILIO COMPLETO...): Proporcione un domicilio físico dentro del estado de Durango donde acepta recibir notificaciones judiciales. Incluya calle, número, colonia, código postal, ciudad y municipio.
- (EXPLICAR BREVEMENTE LOS MOTIVOS...): Describa de manera concisa y clara por qué niega los hechos de la demanda. Sea específico (ej: "el pagaré fue falsificado", "se realizó el pago el 15 de octubre de 2025", "la persona que firmó no tenía facultades").
- (FUNDAMENTAR, EJ. NO ES EL TITULAR...): En cada excepción o defensa, sustituya este texto por el argumento concreto que respalda su postura. Relacione el hecho con la ley.
- (FECHA DEL TÍTULO), (FECHA DE PAGO), (NÚMERO DE COMPROBANTE), (FECHA DEL ACUERDO): Sustituya por las fechas y datos reales de su caso. La precisión es crucial.
- (NOMBRES DE TRES A CINCO TESTIGOS...): Liste los nombres completos y domicilios de las personas que pueden declarar a su favor. Asegúrese de que estén dispuestos a colaborar.
- (CIUDAD, DURANGO), (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha y lugar de firma del documento. Debe ser la ciudad en Durango donde se encuentra su representante o usted.
- (_______________________________________): Firma autógrafa de la persona física demandada o de su representante legal debidamente acreditado.
📄 Plantillas Relacionadas
- Reconvención en Juicio Mercantil: Para formular una demanda contra el actor dentro del mismo juicio.
- Escrito de Oposición al Embargo: Para oponerse a una medida de embargo dictada dentro del juicio ejecutivo.
- Demanda Mercantil Ordinaria: Para iniciar un juicio ordinario por incumplimiento de contrato o daños y perjuicios.
- Promoción de Pruebas (Anexo): Para ofrecer y describir con detalle cada documento o prueba pericial.
- Recurso de Apelación en Materia Mercantil: Para impugnar una resolución desfavorable dictada por el Juzgado de primera instancia.
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