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V1Contestación con Excepción de Falsedad de Firma en Pagaré — Guanajuato
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA EN PAGARÉ

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUZGADO: (JUZGADO ESPECÍFICO, EJ. JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUANAJUATO)
MATERIA: MERCANTIL
ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EJECUTIVA POR PAGARÉ

C. JUEZ DE LO CIVIL Y MERCANTIL EN TURNO
PRESENTE.

Por medio del presente escrito y con el debido respeto, comparece (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, GUANAJUATO), señalando como correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO) y número telefónico (TELÉFONO), actuando en mi propio derecho y carácter, y al tenor de las siguientes:

EXPOSICIÓN DE HECHOS

PRIMERO. El día (FECHA DE NOTIFICACIÓN), fui debidamente notificado de la demanda ejecutiva promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR/DEMANDANTE), quien pretende el cobro de la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA), derivada de un documento denominado pagaré con número (NÚMERO DEL PAGARÉ, SI APLICA), supuestamente suscrito por mí con fecha (FECHA DEL PAGARÉ) y con vencimiento el (FECHA DE VENCIMIENTO).

SEGUNDO. De manera categórica, formal y bajo protesta de decir verdad, manifiesto que NO RECONOZCO la firma que aparece estampada en dicho documento como la mía. En ningún momento suscribí el pagaré que se me atribuye, ni recibí la cantidad que en él se consigna, ni tuve relación jurídica alguna con el actor que justifique la emisión de dicho título de crédito. Por lo tanto, el documento presentado es falso en cuanto a mi firma.

TERCERO. Dado que la acción ejecutiva se funda en un título de crédito que requiere para su eficacia la firma auténtica del suscriptor, y que dicha autenticidad es impugnada, corresponde al actor la carga de probar la legitimidad de la firma, conforme a lo establecido en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

PRETENSIONES

1. Que se tenga por contestada la demanda en los términos que aquí expreso.
2. Que se declare la FALSEDAD DE MI FIRMA en el pagaré exhibido por el actor.
3. Que, en consecuencia, se NIEGUE LA ACCI��N EJECUTIVA promovida en mi contra y se me absuelva de las pretensiones de la demanda.
4. Que se condene al actor al pago de las costas y gastos del presente juicio.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Para sustentar lo anterior, me apoyo en las siguientes disposiciones legales y criterios jurisprudenciales:

  1. El artículo 17 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) establece que la firma es el elemento esencial y requisito indispensable para la existencia del título de crédito. Sin firma auténtica, el documento carece de validez como título ejecutivo.
  2. El artículo 18 de la misma LGTOC dispone que la falsedad de la firma puesta en un título de crédito, declarada por sentencia que cause ejecutoria, extingue la acción cambiaria contra la persona a quien se atribuye la firma falsificada.
  3. El artículo 139 del Código de Comercio establece que en los juicios ejecutivos, el demandado podrá oponer excepciones que tiendan a destruir la acción, como lo es la falsedad de la firma.
  4. El artículo 1136 del Código de Comercio señala que la excepción de falsedad de firma en un título de crédito debe proponerse al contestar la demanda, tal como se hace en el presente escrito.
  5. En materia de carga de la prueba, el artículo 1214, fracción IV, del Código de Comercio establece que si el demandado niega la firma, corresponde al demandante probar su autenticidad.

JURISPRUDENCIA APLICABLE

  1. Tesis: I.3o.C. J/33 (11a.), "Pagaré. La falsedad de la firma del suscriptor es una excepción que destruye la acción cambiaria (legislación vigente a partir del 1o. de enero de 2024)". Esta tesis de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirma que la declaración de falsedad de firma extingue la acción ejecutiva derivada del pagaré.
  2. Tesis: I.3o.C. J/34 (11a.), "Pagaré. La carga de la prueba de la autenticidad de la firma corresponde al demandante cuando el demandado la desconoce (legislación vigente a partir del 1o. de enero de 2024)". Este criterio refuerza el principio de que, ante la negativa de la firma, es el actor quien debe acreditar su legitimidad mediante prueba pericial u otros medios.
  3. Tesis Aislada (Civil) 2003675, "Pagaré. Si el demandado desconoce la firma que se le atribuye, la carga de la prueba corresponde al actor, quien debe demostrar la autenticidad de aquélla." Criterio reiterado que aplica en el procedimiento mercantil.

EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA

En virtud de lo expuesto y fundado, formalmente OPONGO LA EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA en contra del pagaré que sirve de base a la demanda. Mi firma en dicho documento es falsa, no la puse yo, y por lo tanto, el título carece de validez como título ejecutivo en mi contra.

Solicito a este Honorable Tribunal que, una vez admitida la presente contestación, se decrete la apertura del incidente de falsedad de firma, se ordene la práctica de la prueba pericial caligráfica que ofrezco en el apartado siguiente, y se cite al actor para que, en su caso, ofrezca las pruebas que estime pertinentes para acreditar la autenticidad de la rúbrica en cuestión.

OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar la falsedad de la firma, OFRESCO:

  1. Prueba Pericial Caligráfica: Se solicita el cotejo de la firma cuestionada en el pagaré, con las firmas indubitadas mías que obran en el expediente o que se puedan obtener de documentos públicos o privados. Se propone como perito a (NOMBRE DEL PERITO PROPUESTO), o en su defecto, al que designe este Honorable Tribunal.
  2. Prueba Documental Pública: Se ofrecen copias certificadas de mi firma en mi credencial para votar vigente (INE) y en mi pasaporte, las cuales servirán como elementos de comparación indubitados.
  3. Prueba Confesional: En caso necesario, me ofrezco a declarar en estrados para ratificar bajo protesta de decir verdad que no suscribí el documento.

Asimismo, REQUIERO al actor para que exhiba el original del pagaré al momento de desahogar las pruebas, a fin de que el perito pueda realizar un examen directo y minucioso del documento cuestionado.

JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Manifiesto que no impugno la jurisdicción ni la competencia de este Honorable Juzgado con sede en el Estado de Guanajuato, por tratarse de un asunto mercantil y tener mi domicilio dentro de su circunscripción territorial.

ÚLTIMA. PETITORIO

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a este Honorable Tribunal:

  1. Tener por interpuesta la presente CONTESTACIÓN a la demanda ejecutiva.
  2. Admitirla en todos sus términos y tener por opuesta la EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA.
  3. Decretar la apertura del INCIDENTE DE FALSEDAD y ordenar el desahogo de las pruebas ofrecidas, especialmente la pericial caligráfica.
  4. En su momento, declarar la falsedad de mi firma en el pagaré, negar la acción ejecutiva, absolviéndome de las pretensiones de la demanda.
  5. Condenar al actor al pago de las costas y gastos del juicio.
  6. Oír y proveer lo que sea justo y conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO.

Lugar y fecha: (CIUDAD, GUANAJUATO), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

Atentamente,
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)

DOCUMENTOS ANEXOS

  1. Copia simple de la demanda y sus anexos.
  2. Copia de mi identificación oficial (INE) para acreditar personalidad.
  3. Documentos que contengan mis firmas indubitadas (ej. copia de INE y pasaporte) para cotejo.
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Si bien este caso se centra en la falsedad de firma, en asuntos mercantiles es común requerir cálculos de intereses moratorios o actualizaciones. Te recomendamos consultar con un profesional para el cálculo preciso de intereses conforme al Código de Comercio.

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Anota el número de expediente, juicio o radicación que aparece en la notificación de la demanda.
  2. (JUZGADO ESPECÍFICO...): Escribe el nombre completo del Juzgado que notificó la demanda (ej. "Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil del Distrito Judicial de León, Guanajuato").
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Tu nombre completo, tal como aparece en tu identificación oficial.
  4. (DOMICILIO COMPLETO...): Tu domicilio real para recibir notificaciones dentro del estado de Guanajuato.
  5. (CORREO ELECTRÓNICO) y (TELÉFONO): Datos de contacto actualizados.
  6. (FECHA DE NOTIFICACIÓN): La fecha en que recibiste oficialmente la demanda.
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR/DEMANDANTE): El nombre de la persona o empresa que te está demandando.
  8. (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA): La cantidad que se te reclama (ej. "$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)").
  9. (NÚMERO DEL PAGARÉ, SI APLICA): El número de serie o folio del pagaré, si es que tiene.
  10. (FECHA DEL PAGARÉ) y (FECHA DE VENCIMIENTO): Las fechas que aparecen en el documento.
  11. (NOMBRE DEL PERITO PROPUESTO): Si conoces a un perito caligráfico, escribe su nombre. Si no, puedes dejar "al que designe este Honorable Tribunal".
  12. (CIUDAD, GUANAJUATO) y (FECHA): Lugar y fecha de elaboración del documento.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Incidente de Falsedad de Firma (Mercantil): Para desarrollar el incidente específico una vez admitida la excepción.
  • Oficio de Designación de Perito: Para solicitar formalmente al Tribunal la designación del perito caligráfico.
  • Contestación de Demanda Ejecutiva con Excepción de Pago: Si además de la falsedad, se pagó total o parcialmente el documento.
  • Reconvención por Daños y Perjuicios: Para demandar al actor por los daños derivados de presentar un documento con firma falsa.
  • Demanda Penal por Falsificación de Documentos: Para iniciar la acción penal correspondiente ante el Ministerio Público.
Red Nacional de Abogados

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