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V1Contestación con Excepción de Falsedad de Firma en Pagaré — Veracruz
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA EN PAGARÉ

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO: (JUZGADO ___ DE PRIMERA INSTANCIA DEL ESTADO DE VERACRUZ, ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL)

MATERIA: MERCANTIL

ASUNTO: JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL ESTADO DE VERACRUZ, ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL
P R E S E N T E

(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, VERACRUZ), actuando en mi propio derecho y carácter, y autorizando para tales efectos al Lic. (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito vengo a CONTESTAR LA DEMANDA promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), dentro del juicio ejecutivo mercantil que sigue sobre cobro de un pagaré, radicado en este juzgado con el expediente número (NÚMERO DE EXPEDIENTE), y al efecto:

I. EXCEPCIONES PREVIAS

En términos de lo dispuesto por el Art. 1392 Código de Comercio, opongo las siguientes excepciones previas:

  1. EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE LA FIRMA PUESTA EN EL TÍTULO EJECUTIVO. De conformidad con el Art. 1395 Código de Comercio, fracción I, me deslindo por completo de la firma que aparece estampada en el pagaré que la actora exhibe como título ejecutivo. La rúbrica que ahí aparece no es de mi puño y letra, ni me pertenece, por lo que el documento carece de validez en mi contra. Esta excepción es peremptoria y debe resolverse antes de cualquier otra cuestión, pues de ser acogida, el título perdería su fuerza ejecutiva.

Fundamento esta excepción en el principio de autonomía de la voluntad y en la naturaleza formal del título de crédito. Un pagaré es un documento literal y autónomo, cuya eficacia y fuerza ejecutiva dependen, entre otros requisitos, de la firma auténtica del suscriptor. La falsedad de la firma vicia de raíz la obligación cambiaria pretendida.

II. HECHOS

  1. El día (FECHA DE NOTIFICACIÓN) fui notificado legalmente de la demanda ejecutiva promovida en mi contra.
  2. En dicha demanda, la actora exhibe un pagaré al número (NÚMERO DEL PAGARÉ) por la cantidad de (CANTIDAD EN LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMERO)) pesos, con vencimiento el día (FECHA DE VENCIMIENTO), supuestamente suscrito por mí.
  3. Manifiesto bajo protesta de decir verdad que NUNCA suscribí el pagaré en cuestión. No recibí la cantidad por la que fue librado, ni tuve relación comercial alguna con la actora o con el supuesto beneficiario original que motive dicha obligación.
  4. La firma que aparece en el documento es una falsificación. No se corresponde con mi rúbrica habitual, la cual estoy dispuesto a cotejar mediante el peritaje correspondiente.
  5. Por lo tanto, la obligación cambiaria que se me pretende imputar es inexistente.

III. PRUEBAS

Para la comprobación de los hechos antes relatados y de la excepción de falsedad, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. PRUEBA PERICIAL CALIGRÁFICA. Ofrezco prueba pericial en grafoscopía y documentoscopía, a fin de que un perito oficial compare la firma puesta en el pagaré ejecutado con muestras indubitadas de mi firma auténtica. Dichas muestras indubitadas podrán obtenerse de:
    • Mi credencial para votar con fotografía vigente.
    • Mi pasaporte vigente.
    • Mi licencia de conducir vigente.
    • Documentos que obren en el archivo de este juzgado donde haya estampado mi firma auténtica.
    Esta prueba es esencial para acreditar la falsedad material de la firma, tal como lo establece la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  2. PRUEBA CONFESIONAL. Ofrezco la confesional de la actora, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), para que bajo protesta de decir verdad declare:
    • Si conoce personalmente al suscrito.
    • En qué lugar, fecha y circunstancias se suscribió el pagaré.
    • Si entregó personalmente la cantidad de dinero mencionada en el título y en qué forma se realizó dicha entrega.
    • Quién estuvo presente en el acto de la firma.
  3. PRUEBA DOCUMENTAL. Aporto copias certificadas de los documentos de identificación antes mencionados (credencial de elector, pasaporte, licencia) para que sirvan como base de cotejo para el perito.

Me conduzco en los términos del Art. 1184 Código de Comercio y siguientes, relativos a la oferta y desahogo de pruebas.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Mi defensa se fundamenta en las siguientes disposiciones legales y criterios jurisprudenciales:

  1. El Art. 8 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito establece que la firma es un requisito esencial de los títulos de crédito. La falta de firma auténtica priva al documento de su eficacia como título ejecutivo.
  2. El Art. 1395 Código de Comercio señala que la falsedad de la firma puesta en el título es una excepción peremptoria que puede oponerse en el juicio ejecutivo.
  3. El Art. 1396 Código de Comercio dispone que cuando se oponga la excepción de falsedad de firma, el juez debe decretar y practicar la prueba pericial correspondiente, suspendiendo el curso del juicio principal hasta su resolución.
  4. Jurisprudencia de la SCJN: La Tesis Aislada 1a. CXXVII/2013 (10a.) establece: "PAGARÉ. LA FALSEDAD DE LA FIRMA DEL SUSCRIPTOR CONSTITUYE UNA EXCEPCIÓN PERENTORIA EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL." Este criterio confirma que dicha excepción debe resolverse de plano, paralizando la ejecución.
  5. Jurisprudencia de la SCJN: La Tesis Aislada 1a. CXLVI/2014 (10a.) señala: "JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EL RECONOCIMIENTO DE FIRMAS CUANDO SE ALEGA SU FALSEDAD, DEBE REALIZARSE MEDIANTE PRUEBA PERICIAL." Resalta la obligación del juzgador de ordenar el peritaje cuando se plantea esta controversia.
  6. Jurisprudencia de la SCJN: La Tesis Aislada 1a. LXXVII/2019 (10a.) precisa: "EXCEPCIONES PERENTORIAS EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. SU PROCEDENCIA OBEDECE A QUE DESTRUYEN LA ACCIÓN O IMPIDEN SU NACIMIENTO, POR LO QUE DEBEN RESOLVERSE ANTES DE CUALQUIER OTRA CUESTIÓN." Reitera la prelación para resolver la falsedad de firma.

V. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a su Señoría:

  1. Tener por presentado este escrito de contestación de demanda y por opuestas las excepciones previas en él contenidas.
  2. En virtud de haber opuesto la EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE LA FIRMA, se sirva decretar la SUSPENSIÓN DEL JUICIO EJECUTIVO en los términos del Art. 1396 Código de Comercio, hasta en tanto se resuelva sobre dicha excepción.
  3. Se admitan las pruebas ofrecidas, señalando día y hora para su desahogo, especialmente la PRUEBA PERICIAL CALIGRÁFICA, ordenando se recaben las muestras indubitadas de mi firma de los documentos de identificación aportados y del archivo del juzgado.
  4. Una vez desahogadas las pruebas, y acreditada la falsedad de mi firma en el pagaré, se tenga por no existente la obligación cambiaria, se deseche la demanda ejecutiva y se me absuelva de las pretensiones de la actora, condenándola al pago de costas y honorarios.
  5. En el supuesto, que no admito, de que no se acredite la falsedad, solicito se me conceda el plazo legal para oponer excepciones dilatorias y de fondo, así como para ofrecer las pruebas correspondientes.

Protesto lo necesario.

(CIUDAD, VERACRUZ) A (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
DEMANDADO

LIC. (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR)
CÉDULA PROFESIONAL No. (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)
PATROCINADOR


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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anota el número completo del expediente judicial asignado al juicio.
  2. (JUZGADO ___ DE PRIMERA INSTANCIA...): Completa con el nombre exacto del Juzgado de Primera Instancia en Materia Mercantil de Veracruz que conoce del caso (ej: "Juzgado Primero de Primera Instancia...").
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Escribe tu nombre completo, tal como aparece en tu identificación oficial.
  4. (DOMICILIO COMPLETO...): Proporciona un domicilio completo (calle, número, colonia, código postal, ciudad, estado) donde aceptas recibir notificaciones legales.
  5. (NOMBRE DEL ABOGADO PATROCINADOR): Nombre completo del licenciado que te representa.
  6. (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Número de cédula profesional federal de tu abogado.
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre completo de la persona o empresa que te demandó.
  8. (NÚMERO DEL PAGARÉ): Número de serie o folio que aparece en el pagaré cuestionado.
  9. (CANTIDAD EN LETRA) / ((CANTIDAD EN NÚMERO)): La cantidad por la que fue librado el pagaré, primero en letra y después entre paréntesis en número (ej: "CINCUENTA MIL -50,000.00-").
  10. (FECHA DE VENCIMIENTO): Fecha de vencimiento que aparece en el pagaré.
  11. (FECHA DE NOTIFICACIÓN): Fecha en que fuiste notificado oficialmente de la demanda.
  12. (CIUDAD, VERACRUZ) A (DÍA) DE (MES) DE (AÑO): Lugar y fecha en que se presenta este escrito.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Incidente de Oposición a Embargo: Para oponerte a un embargo derivado de un juicio ejecutivo.
  • Escrito de Solicitud de Fianza para Levantar Embargo: Para ofrecer garantía y solicitar el levantamiento de un embargo precautorio.
  • Contestación de Demanda Mercantil con Excepciones de Fondo: Para cuando, además de la falsedad, se opongan excepciones como el pago, la prescripción o la compensación.
  • Demanda de Juicio Ordinario Mercantil: Para iniciar un juicio declarativo (no ejecutivo) por diversas controversias mercantiles.
  • Reconvención en Juicio Mercantil: Para formular una demanda contra el actor dentro del mismo juicio.
Red Nacional de Abogados

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