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V1Contestación con Excepción de Falsedad de Firma en Pagaré — Zacatecas
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTESTACIÓN CON EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA EN PAGARÉ

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO: (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DE ZACATECAS)

ASUNTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL EN EL ESTADO DE ZACATECAS

Por medio del presente escrito, comparece (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO), señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD, ZACATECAS, C.P.), y autorizando para tales efectos al Lic. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR), con cédula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL), a quien confiero poder para pleitos y cobranzas en los términos del Art. 1394 Código de Comercio, para los efectos legales a que haya lugar, y

EXPONGO:

Que vengo a contestar la demanda ejecutiva mercantil promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), radicada con el número de expediente antes referido, la cual se funda en un título de crédito nominado pagaré, supuestamente suscrito por mi persona.

Manifiesto de manera formal y expresa que NI SUSCRIBÍ NI AUTORICÉ LA FIRMA QUE APARECE EN EL PAGARÉ exhibido por el actor como fundamento de su acción ejecutiva. La rúbrica que en dicho documento consta es FALSA y no me pertenece, por lo que no existe obligación alguna de mi parte derivada de ese título.

I. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. La acción ejecutiva mercantil se encuentra regulada por el Art. 1391 Código de Comercio, el cual establece que para que proceda, el título debe ser "legítimo y completo en su forma". La falsedad de la firma del obligado principal destruye la legitimidad del título, impidiendo la procedencia de la vía ejecutiva.

2. El Art. 8 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito dispone que la firma es el elemento esencial para la existencia del título de crédito. La falta de firma auténtica o su falsedad, priva al documento de su carácter de título ejecutivo en contra del supuesto firmante.

3. El Art. 17 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito establece que el obligado en un título de crédito sólo se libera pagando a quien aparezca como titular del derecho consignado en el propio título. Sin embargo, este principio presupone la autenticidad de la firma del obligado. Si la firma es falsa, no existe obligación que liberar.

4. De conformidad con el Art. 1396 Código de Comercio, procede la oposición del demandado mediante excepciones, entre las cuales se encuentra la falsedad de la firma puesta en el título, la cual debe ser declarada por el Juez para que cese la ejecución.

II. EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA

En ejercicio de mi derecho de defensa y con fundamento en los artículos antes citados, opongo la EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE LA FIRMA que en el pagaré aparece.

Sostengo que la firma estampada en el documento base de la ejecutiva es materialmente distinta a mi firma autógrafa habitual. Para demostrar esta divergencia, ofrezco como medios de prueba:

  1. PRUEBA PERICIAL: Se solicita la designación de un perito en grafoscopía y documentoscopía, adscrito a la lista del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas, quien deberá cotejar la firma cuestionada del pagaré con muestras indubitadas de mi firma. Dichas muestras indubitadas serán proporcionadas al perito y pueden consistir en:
    • Mi credencial para votar con fotografía vigente.
    • Mi pasaporte vigente.
    • Contratos bancarios o firmas en instituciones públicas donde conste mi rúbrica auténtica.
  2. PRUEBA CONFESIONAL: Se ofrece la confesional judicial de mi persona, para declarar bajo protesta de decir verdad que nunca suscribí el pagaré en cuestión, desconozco su origen y la firma que ostenta no es la mía.
  3. PRUEBA DOCUMENTAL: Se acompañan copias certificadas de (ESPECIFICAR DOCUMENTOS CON FIRMA AUTÉNTICA, EJ. LICENCIA DE MANEJO, CONTRATO DE ARRENDAMIENTO) para que sirvan como elementos de comparación para el perito designado.

III. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. Registro Digital: 2021554 (Tesis Aislada, Novena Época). Materia(s): Común. "PAGARÉ. LA FALSEDAD DE LA FIRMA DEL OBLIGADO PRINCIPAL, ACREDITADA MEDIANTE PRUEBA PERICIAL, IMPIDE LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN EJECUTIVA MERCANTIL". Esta tesis establece que una vez acreditada la falsedad de la firma, el título carece de eficacia ejecutiva contra el presunto firmante, debiendo sobreseerse la ejecución.
  2. Registro Digital: 2013678 (Tesis de Jurisprudencia, Novena Época). Materia(s): Común. "EJECUTIVA MERCANTIL. LA OPOSICIÓN POR FALSEDAD DE LA FIRMA DEL TÍTULO, DEBE DECLARARSE PROCEDENTE CUANDO SE DEMUESTRE QUE AQUELLA NO CORRESPONDE AL OBLIGADO". Reitera que la carga de la prueba de la autenticidad de la firma, una vez impugnada, recae en el actor ejecutante, y si se demuestra la falsedad, la excepción es procedente.
  3. Registro Digital: 2007892 (Tesis Aislada, Décima Época). Materia(s): Común. "MEDIOS DE PRUEBA EN LA EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA. LA PRUEBA PERICIAL ES IDÓNEA Y PREFERENTE PARA ACREDITARLA, SIN QUE SEA NECESARIO ALEGAR NI PROBAR QUIEN SUSCITÓ LA FALSIFICACIÓN". Esta tesis refuerza que para prosperar la excepción, basta acreditar la no autenticidad de la firma, sin necesidad de identificar al falsario.

IV. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a su Señoría:

  1. Tener por presentado este escrito de contestación y por opuesta la excepción de falsedad de firma.
  2. Admitir los medios de prueba ofrecidos (pericial, confesional y documental), señalando día y hora para su desahogo, de conformidad con lo establecido en el Art. 1348 Código de Comercio y siguientes.
  3. En virtud de la excepción opuesta, y con fundamento en el Art. 1396 Código de Comercio, se sirva SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO EJECUTIVO hasta en tanto se resuelva sobre la falsedad de la firma, ya que de prosperar esta excepción, el título carecerá de fuerza ejecutiva en mi contra.
  4. Una vez desahogadas las pruebas, declarar procedente la excepción de falsedad de firma, sobreseyendo definitivamente la ejecución mercantil promovida en mi contra y condenando en costas al actor.

Protesto lo necesario.
Zacatecas, Zac., a (FECHA DE PRESENTACIÓN).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO)
DEMANDADO

LIC. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR)
CÉDULA PROFESIONAL: (NÚMERO DE CÉDULA)
FIRMA

ANEXOS:

  1. Copia simple de la demanda para constancia.
  2. Copia certificada de (DOCUMENTO 1 CON FIRMA AUTÉNTICA).
  3. Copia certificada de (DOCUMENTO 2 CON FIRMA AUTÉNTICA).
  4. Poder notarial o carta poder con firma autógrafa del mandante para el patrocinador (si aplica).
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Si bien este caso se centra en la falsedad de la firma, en asuntos mercantiles es común requerir cálculos de intereses moratorios o actualizaciones. Te recomendamos consultar con un especialista para el cálculo preciso de intereses conforme al Art. 362 Código de Comercio.

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Anotar el número completo del expediente judicial asignado por el juzgado.
  2. (JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO MERCANTIL...): Escribir el nombre completo del juzgado mercantil de Zacatecas que conoce del asunto (ej. "Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Mercantil del Estado de Zacatecas").
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL DEMANDADO): Nombre(s) y apellidos del demandado, tal como aparece en su identificación oficial.
  4. (DOMICILIO COMPLETO...): Indicar calle, número, colonia, ciudad, estado (Zacatecas) y código postal donde acepta recibir notificaciones.
  5. (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR): Nombre completo del licenciado en derecho que patrocina al demandado.
  6. (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Número de cédula profesional federal del abogado patrocinador.
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s) y apellidos del demandante, como se lee en la demanda.
  8. (ESPECIFICAR DOCUMENTOS CON FIRMA AUTÉNTICA...): Describir claramente los documentos que se anexan como muestra de firma auténtica (ej. "Credencial para votar vigente", "Contrato de apertura de cuenta bancaria").
  9. (FECHA DE PRESENTACIÓN): Colocar la fecha en que se presenta el escrito ante el juzgado (día, mes y año).
  10. (DOCUMENTO 1 CON FIRMA AUTÉNTICA): En la sección de anexos, especificar el primer documento anexado.
  11. (DOCUMENTO 2 CON FIRMA AUTÉNTICA): En la sección de anexos, especificar el segundo documento anexado.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Escrito de Oposición a Embargo (Dentro de Ejecutiva Mercantil): Para oponerse a un embargo derivado de la misma ejecutiva mientras se resuelve la excepción.
  • Demanda Mercantil Ordinaria por Falsificación de Firma: Para iniciar un juicio ordinario en contra del falsificador, una vez acreditada la falsedad.
  • Recurso de Apelación en Materia Mercantil: En caso de que la resolución sobre la excepción sea desfavorable y se decida impugnarla.
  • Contestación a Demanda Mercantil Ordinaria (Con Reconvención): Si el actor transforma la ejecutiva en ordinaria o para un caso distinto.
  • Solicitud de Medidas Cautelares (En Juicio Ordinario): Para solicitar el aseguramiento de bienes del presunto falsificador.
Red Nacional de Abogados

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