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V1Contestación con Excepción de Pago Parcial o Total — Aguascalientes
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTROVERSIA MERCANTIL

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE)

JUZGADO: (JUZGADO EN TURNO O ESPECIALIZADO EN LO MERCANTIL)

UBICADO EN: CIUDAD DE AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES

CONTESTACIÓN A LA DEMANDA CON EXCEPCIÓN DE PAGO PARCIAL O TOTAL

C. JUEZ EN TURNO O ESPECIALIZADO EN LO MERCANTIL
P R E S E N T E.

(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO), representado en este acto por su apoderado legal, (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO), con los documentos de identificación y poder que acreditan mi personalidad y representación, los cuales se anexan al final de este escrito, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CIUDAD DE AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES), ante usted, con el debido respeto, comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito, vengo a CONTESTAR la demanda mercantil promovida en mi contra por (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR), identificado en autos como actor, y a OPONER LA EXCEPCIÓN DE PAGO PARCIAL O TOTAL prevista en el Art. 1346 Código de Comercio, en relación con el Art. 1347 Código de Comercio, fundando mi contestación en los siguientes:

HECHOS

  1. Es cierto que existió una relación jurídica mercantil entre las partes, consistente en [DESCRIBIR BREVEMENTE LA NATURALEZA DEL CONTRATO O NEGOCIO JURÍDICO, EJ: CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL, COMPRAVENTA DE MERCANCÍAS, PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, ETC.].
  2. Reconozco que el contrato o acto de comercio que dio origen a la obligación fue celebrado válidamente y que la obligación principal era exigible.
  3. Sin embargo, manifiesto que la obligación que se me reclama en la demanda HA SIDO EXTINGUIDA TOTAL O PARCIALMENTE por el modo de extinguir obligaciones conocido como PAGO, regulado en los artículos 366 al 380 del Código de Comercio, y de manera supletoria por el Art. 2069 Código Civil Federal y siguientes.
  4. El pago se realizó de la siguiente manera:
    • FECHA(S) DEL PAGO: (ESPECIFICAR FECHA O RANGO DE FECHAS).
    • MONTO TOTAL PAGADO: (MONTO EN PESOS MEXICANOS $00,000.00).
    • FORMA DE PAGO: (ESPECIFICAR: TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, CHEQUE, PAGO EN EFECTIVO CON RECIBO, ETC.).
    • IDENTIFICADOR DEL PAGO: (NÚMERO DE TRANSFERENCIA, FOLIO DEL CHEQUE, NÚMERO DE RECIBO, ETC.).
    • DESTINO DEL PAGO: El pago fue aplicado específicamente a la obligación que motiva la presente demanda, identificada con (NÚMERO DE FACTURA, CONTRATO, PAGARÉ, ETC.).
  5. Como prueba de lo anterior, anexo a este escrito los siguientes documentos (se anexan copias simples para su cotejo y se ofrecen los originales para ser exhibidos en la audiencia correspondiente):
    • ANEXO 1: Comprobante(s) de pago (transferencia, estado de cuenta bancario con la operación marcada, copia de cheque cancelado, recibo firmado).
    • ANEXO 2: Correos electrónicos o comunicaciones donde el actor reconoce la recepción del pago o lo acredita.
    • ANEXO 3: Estados de cuenta propios que demuestren la salida de fondos.
    • ANEXO 4: Cualquier otro documento que acredite el pago realizado.
  6. El actor, al presentar su demanda, omite de manera dolosa o negligente el reconocimiento de los pagos recibidos, pretendiendo cobrar una obligación ya extinguida o reducida, lo cual constituye un abuso del derecho de acción, en términos de lo establecido en el Art. 1912 Código Civil Federal.

EXCEPCIONES

Con fundamento en los hechos antes expuestos y en los artículos 1346 y 1347 del Código de Comercio, me permito OPONER LA EXCEPCIÓN DE PAGO PARCIAL O TOTAL.

  1. EXCEPCIÓN DE PAGO TOTAL: Sostengo que la obligación principal ha sido EXTINGUIDA EN SU TOTALIDAD por el pago íntegro de la suma reclamada. En consecuencia, la pretensión del actor carece de objeto y de causa, por lo que debe ser desechada de plano.
  2. EXCEPCIÓN DE PAGO PARCIAL (EN SU CASO): En el evento de que su Señoría considere que el pago demostrado no cubre la totalidad, pero sí una parte, opongo la excepción de PAGO PARCIAL. Esto debe traducirse en una reducción proporcional del monto reclamado en la demanda, debiendo descontarse la cantidad de (MONTO PAGADO $00,000.00) del capital reclamado, y en consecuencia, los intereses, costas y gastos deben recalcularse sobre el saldo insoluto real.

PRETENSIONES

Por lo expuesto y fundado, solicito respetuosamente a su Señoría:

  1. Tener por presentada la presente CONTESTACIÓN A LA DEMANDA y por opuesta la EXCEPCIÓN DE PAGO PARCIAL O TOTAL.
  2. Admitir las pruebas documentales ofrecidas y darles el valor probatorio que corresponda, especialmente para acreditar el modo de extinguir la obligación (pago).
  3. En virtud de la excepción opuesta, y con base en el principio “actoris probatio” (la prueba incumbe al actor), declarar EXTINGUIDA TOTAL O PARCIALMENTE la obligación que se reclama.
  4. En caso de acreditarse el pago total, DESECHAR LA DEMANDA y absolverme de las pretensiones del actor, condenándolo al pago de las costas y gastos del juicio, incluidos los honorarios de mi defensa, conforme al Art. 1393 Código de Comercio.
  5. En caso de acreditarse el pago parcial, REDUCIR PROPORCIONALMENTE el monto de la condena y recalcular los accesorios (intereses, costas, gastos) sobre el saldo real insoluto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. Contestación y Excepciones: Artículo 1346 y Artículo 1347 del Código de Comercio.
  2. Extinción de Obligaciones por Pago: Artículo 366 al 380 del Código de Comercio.
  3. Supletoriedad del Derecho Civil: Artículo 2 del Código de Comercio, en relación con los artículos 2069 y siguientes del Código Civil Federal.
  4. Abuso del Derecho: Artículo 1912 del Código Civil Federal.
  5. Costas y Gastos del Juicio: Artículo 1393 del Código de Comercio.

JURISPRUDENCIA APLICABLE

  1. Tesis: I.3o.C. J/33 (11a.) (Décima Primera Época, Materia Civil, Registro: 2021553). "PAGO. LA EXCEPCIÓN RELATIVA A ESE MEDIO EXTINTIVO DE OBLIGACIONES, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 346, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (HOY CIUDAD DE MÉXICO), DEBE ESTAR FUNDADA EN HECHOS POSITIVOS Y PRECISOS, Y NO EN SUPUESTOS." Esta tesis, aunque de procedimiento civil, es aplicable por su naturaleza supletoria y enfatiza la necesidad de acreditar el pago con hechos precisos.
  2. Tesis: XX.3o.C. J/6 (11a.) (Décima Primera Época, Materia Civil, Registro: 2021567). "EXCEPCIÓN DE PAGO. EL RECONOCIMIENTO DE HABER RECIBIDO EL BIEN PRESTADO O SU EQUIVALENTE, POR PARTE DEL ACREEDOR, CONSTITUYE PRUEBA PLENA DE QUE LA OBLIGACIÓN SE EXTINGUIÓ." Refuerza el valor probatorio del reconocimiento del acreedor, que puede darse en comunicaciones (como correos electrónicos anexados).
  3. Tesis: 1a. CCCXVII/2016 (10a.) (Décima Época, Materia Común, Registro: 2008235). "ABUSO DEL DERECHO. SUS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS." Esta tesis de la Primera Sala de la SCJN establece los elementos para configurar el abuso del derecho, aplicable cuando el actor demanda a sabiendas de que la deuda fue pagada.

PROTESTO

Protesto lo necesario y otorgo poder.

Lugar y fecha: Ciudad de Aguascalientes, Ags., a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO)
POR CONDUCTO DE SU APODERADO LEGAL
(NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO)

DOCUMENTOS ANEXOS:

  1. Copia simple del poder notarial o carta poder que acredita la representación.
  2. Copia simple de identificación oficial del representante.
  3. Comprobantes de pago (Anexos 1 a 4).
📊 ¿Necesitas calcular montos?

Si la excepción es de pago parcial, es crucial recalcular intereses y accesorios sobre el saldo real. Aunque no hay una calculadora específica para este documento, se recomienda revisar herramientas para cálculo de intereses moratorios en obligaciones mercantiles.

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Inserte el número de expediente asignado por el Juzgado al radicar la demanda.
  2. (JUZGADO EN TURNO O ESPECIALIZADO EN LO MERCANTIL): Escriba el nombre completo del Juzgado (Ej: "Juzgado Primero Especializado en lo Mercantil del Estado de Aguascalientes").
  3. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL DEMANDADO): Su nombre completo si es persona física, o la razón social exacta si es persona moral.
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL APODERADO): Nombre del abogado que firma y presenta el escrito.
  5. (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES...): Domicilio físico dentro de la ciudad de Aguascalientes donde acepta recibir notificaciones judiciales.
  6. (NOMBRE COMPLETO O RAZÓN SOCIAL DEL ACTOR): Nombre o razón social de quien promovió la demanda, tal como aparece en la notificación.
  7. (DESCRIBIR BREVEMENTE LA NATURALEZA DEL CONTRATO...): Describa en una oración el negocio jurídico base (Ej: "un contrato de préstamo mercantil con garantía prendaria").
  8. (ESPECIFICAR FECHA O RANGO DE FECHAS): Indique la(s) fecha(s) exacta(s) en que realizó el(los) pago(s).
  9. (MONTO EN PESOS MEXICANOS $00,000.00): Escriba el monto total pagado, en números y letras si es posible en el cuerpo del texto.
  10. (ESPECIFICAR: TRANSFERENCIA...): Detalle el medio de pago utilizado.
  11. (NÚMERO DE TRANSFERENCIA, FOLIO...): Incluya los datos específicos que identifiquen la operación de pago.
  12. (NÚMERO DE FACTURA, CONTRATO, PAGARÉ, ETC.): Identificador del documento que originó la deuda.
  13. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de firma del escrito.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Contestación a Demanda Mercantil Genérica: Para casos donde no se opone una excepción específica de pago.
  • Reconvención en Juicio Mercantil: Si además de oponer la excepción, usted tiene una demanda contra el actor.
  • Escrito de Oposición a Medidas Cautelares: Si junto con la demanda se decretó un embargo o medida precautoria.
  • Demanda de Declaración de Pago y Cancelación de Obligación: Para solicitar judicialmente que se declare extinguida una deuda ya pagada.
  • Contestación con Excepción de Prescripción: Si la acción del actor ya prescribió, además o en lugar del pago.
Red Nacional de Abogados

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