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V1Testamento Público Abierto — Aguascalientes
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

TESTAMENTO PÚBLICO ABIERTO

NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA: (NÚMERO DE ESCRITURA)

NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO: (NOMBRE COMPLETO DEL NOTARIO PÚBLICO)

NÚMERO DE NOTARÍA: (NÚMERO DE NOTARÍA)

LUGAR DE OTORGAMIENTO: Ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.

FECHA DE OTORGAMIENTO: (DÍA) de (MES) del año (AÑO).

PRIMERA. COMPARECENCIA E IDENTIFICACIÓN DEL TESTADOR

Comparece ante mí, (NOMBRE COMPLETO DEL NOTARIO PÚBLICO), Notario Público número (NÚMERO DE NOTARÍA) del Estado de Aguascalientes, debidamente inscrito en el Colegio de Notarios del Estado de Aguascalientes, el señor(a) (NOMBRE COMPLETO DEL TESTADOR), a quien conozco personalmente y doy fe de su identidad, presentando para tal efecto la siguiente identificación oficial vigente: (ESPECIFICAR TIPO DE IDENTIFICACIÓN, EJ. CREDENCIAL PARA VOTAR, PASAPORTE) con número (NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN), expedida por (AUTORIDAD EXPEDIDORA). Es de nacionalidad mexicana, mayor de edad, con estado civil (ESTADO CIVIL DEL TESTADOR), con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL TESTADOR, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, ESTADO), dedicado(a) a la actividad de (OCUPACIÓN U OFICIO DEL TESTADOR).

Manifiesta encontrarse en pleno uso de sus facultades mentales, sin padecer enfermedad, vicios o influencia alguna que afecte su libre voluntad, por lo que actúa con plena capacidad legal para disponer de sus bienes, en los términos del Art. 450 Código Civil Federal y del Art. 1305 Código Civil Federal.

SEGUNDA. DECLARACIÓN DE VOLUNTAD Y TIPO DE TESTAMENTO

El compareciente expresa de manera libre, espontánea y solemne su voluntad de otorgar su TESTAMENTO PÚBLICO ABIERTO, en los términos establecidos en el Art. 1511 Código Civil Federal y siguientes, así como en las disposiciones aplicables del Código Civil del Estado de Aguascalientes. Declara que este instrumento deroga y deja sin efecto cualquier otro testamento, codicilo o disposición testamentaria que hubiese otorgado con anterioridad.

TERCERA. DECLARACIÓN SOBRE HIJOS Y CÓNYUGE

Para los efectos legales correspondientes, el testador declara bajo protesta de decir verdad:

  1. Que tiene (NÚMERO) hijo(s) de nombre(s) y edad(s):
    (ENLISTAR NOMBRE COMPLETO Y EDAD DE CADA HIJO).
    [SI NO TIENE HIJOS, ESCRIBIR: "No tengo hijos, ni descendientes conocidos."].
  2. Que su cónyuge o concubina/concubinario es: [NOMBRE COMPLETO DEL CÓNYUGE O PAREJA, O "NO APLICA"].
  3. Que no tiene personas que dependan económicamente de él/ella, distintas a las antes mencionadas. (O, EN SU CASO, ESPECIFICAR).

CUARTA. NOMBRAMIENTO DE ALBACEA

El testador nombra como su ALBACEA a la persona de su entera confianza, (NOMBRE COMPLETO DEL ALBACEA), con domicilio en (DOMICILIO DEL ALBACEA), a quien confiere las facultades más amplias que por ley le corresponden, incluyendo las de administración, liquidación y partición de la herencia, sin necesidad de rendir fianza, en los términos del Art. 1676 Código Civil Federal y del Art. 1680 Código Civil Federal.

En caso de que el albacea nombrado no pueda o no quiera aceptar el cargo, se designa como sustituto a (NOMBRE COMPLETO DEL ALBACEA SUSTITUTO).

QUINTA. LEGADO DE BIENES Y DESIGNACIÓN DE HEREDEROS

El testador, en uso de la facultad que le confiere el Art. 1281 Código Civil Federal, dispone libremente de sus bienes y derechos de la siguiente manera:

  1. HEREDEROS UNIVERSALES: Instituye como sus únicos y universales herederos, por partes iguales, a:
    [ENLISTAR NOMBRE COMPLETO Y PARENTESCO DE CADA HEREDERO UNIVERSAL, EJ. "1. JUAN PÉREZ GÓMEZ, MI HIJO."].
  2. LEGADOS ESPECÍFICOS (Legatarios): Deja los siguientes legados particulares a favor de las personas señaladas:
    • Dejo el inmueble ubicado en (DIRECCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE), a favor de (NOMBRE COMPLETO DEL LEGATARIO).
    • Dejo la cuenta bancaria número (NÚMERO DE CUENTA) en (NOMBRE DEL BANCO), a favor de (NOMBRE COMPLETO DEL LEGATARIO).
    • (AGREGAR O ELIMINAR LEGADOS SEGÚN SEA NECESARIO).
    Estos legados se entenderán libres de gravámenes, salvo los que existan al momento del fallecimiento del testador, conforme al Art. 1580 Código Civil Federal.

En caso de que alguno de los herederos o legatarios fallezca antes que el testador, su parte acrecerá a los demás herederos instituidos, salvo disposición en contrario, según lo establecido en el Art. 1321 Código Civil Federal.

SEXTA. DISPOSICIONES ESPECIALES Y PROHIBICIONES

El testador establece las siguientes disposiciones:

  1. SUSTITUCIÓN FIDEICOMISARIA: [EN CASO DE APLICAR, DESCRIBIR LA SUSTITUCIÓN Y NOMBRAR AL FIDUCIARIO Y LOS FIDEICOMISARIOS. SI NO APLICA, DEJAR EN BLANCO O ESCRIBIR "NO APLICA"].
  2. PROHIBICIÓN DE ACRECER: (SI DESEA PROHIBIR EL ACRECIMIENTO ENTRE CIERTOS HEREDEROS, ESPECIFICAR).
  3. DISPOSICIONES FUNERARIAS: Expresa su deseo de que sus restos sean [ESPECIFICAR, EJ. "INHUMADOS" O "CREMADOS"] y que el sepelio sea de carácter [EJ. "PRIVADO"].
  4. DESHEREDACIÓN: El testador manifiesta que no deshereda a ninguno de sus herederos forzosos. [O, EN SU CASO, FUNDAMENTAR LA CAUSA DE DESHEREDACIÓN CONFORME AL Art. 1357 Código Civil Federal].

En relación con la capacidad para testar y la libertad de testar, se aplica lo dispuesto en la tesis jurisprudencial: "TESTAMENTO. LA CAPACIDAD PARA OTORGARLO SE DETERMINA CON BASE EN EL MOMENTO DE SU CELEBRACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES)." (Registro Digital: 2028232).

SÉPTIMA. DECLARACIÓN DE BIENES (INVENTARIO AD-REFERÉNDUM)

Para los fines de identificación, el testador declara que su patrimonio se compone, entre otros, de los siguientes bienes:

  1. INMUEBLES:
    • Casa habitación en (DIRECCIÓN 1).
    • Terreno en (DIRECCIÓN 2).
    • (AGREGAR O ELIMINAR SEGÚN SEA NECESARIO).
  2. MUEBLES:
    • Vehículo marca (MARCA), modelo (MODELO), placas (NÚMERO DE PLACAS).
    • Cuenta de inversión en (INSTITUCIÓN FINANCIERA).
    • (AGREGAR O ELIMINAR SEGÚN SEA NECESARIO).

El testador aclara que esta enumeración es enunciativa y no limitativa, y que la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones formarán parte de la herencia, conforme al Art. 1280 Código Civil Federal.

OCTAVA. LECTURA, RATIFICACIÓN Y FIRMAS

Habiéndose leído íntegramente este instrumento en voz alta por el Notario, en presencia de los testigos instrumentales que al final se mencionan, el compareciente manifestó entenderlo plenamente y ratificó en su totalidad su contenido como su libre y espontánea voluntad.

Así lo otorgaron y firmaron por ante mí, el Notario, quien doy fe de todo lo anterior, de la capacidad legal del testador y de haberse observado las formalidades legales correspondientes, en el lugar y fecha antes señalados.

Reconozco la firma del testador y la de los testigos.


EL TESTADOR
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTADOR)
(FIRMA DEL TESTADOR)


TESTIGOS INSTRUMENTALES

1. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
(FIRMA DEL TESTIGO 1)

2. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
(FIRMA DEL TESTIGO 2)


EL NOTARIO PÚBLICO
(NOMBRE COMPLETO DEL NOTARIO PÚBLICO)
(FIRMA Y SELLO DEL NOTARIO PÚBLICO)
Notario Público No. (NÚMERO DE NOTARÍA)
Estado de Aguascalientes

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

  • Código Civil Federal (Título Tercero, Capítulos I al VIII del Libro Cuarto).
  • Código Civil para el Estado de Aguascalientes (Disposiciones supletorias y de competencia).
  • Ley del Notariado para el Estado de Aguascalientes.

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTADOR): Escribir nombre(s), apellido paterno y apellido materno, tal como aparecen en la identificación oficial.
  2. (ESTADO CIVIL DEL TESTADOR): Especificar: Soltero, Casado, Divorciado, Viudo, o en Concubinato.
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Incluir calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
  4. (NOMBRE COMPLETO DEL ALBACEA): Proporcionar datos completos de la persona encargada de ejecutar el testamento. Es recomendable obtener su consentimiento previo.
  5. (ENLISTAR NOMBRE COMPLETO Y PARENTESCO...): Listar a todos los herederos universales, indicando claramente su parentesco (ej. "mi hijo", "mi cónyuge", "mi hermano").
  6. (DIRECCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE): Para legados específicos, describir con la mayor precisión posible el bien (ej. para inmuebles: calle, número, col., CP, ciudad, folio real).
  7. (NOMBRE COMPLETO DEL LEGATARIO): Identificar plenamente a la persona que recibirá el legado específico.
  8. (ESPECIFICAR... DISPOSICIONES FUNERARIAS): Indicar preferencias claras sobre el destino del cuerpo (inhumación o cremación) y tipo de ceremonia.
  9. Testigos: Deben ser mayores de edad, con plena capacidad jurídica, y no deben ser herederos, legatarios o el cónyuge del Notario. Se requiere su nombre completo y firma.

Nota importante sobre la legítima: Recuerde que la ley reserva una porción de la herencia (la legítima) para ciertos herederos forzosos (descendientes, ascendientes y cónyuge). La libre disposición solo recae sobre la parte restante (mejoras y tercio de libre disposición), conforme al Art. 1362 Código Civil Federal y la tesis jurisprudencial: "HEREDEROS FORZOSOS. EL CÓNYUGE SUPÉRSTITE FORMA PARTE DE ELLOS (LEGISLACIÓN CIVIL COMÚN)." (Registro Digital: 2010041).

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