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V1Testamento Público Abierto
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

TESTAMENTO PÚBLICO ABIERTO

NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA: (NÚMERO DE ESCRITURA)

NOMBRE DEL NOTARIO PÚBLICO: (NOMBRE COMPLETO DEL NOTARIO)

NÚMERO DE NOTARÍA: (NÚMERO)

LUGAR DE OTORGAMIENTO: (CIUDAD Y ESTADO)

FECHA: (DÍA) DE (MES) DE (AÑO)

I. IDENTIFICACIÓN DEL TESTADOR

Comparece ante mí, el Notario Público número (NÚMERO) de esta ciudad, el señor(a) (NOMBRE COMPLETO DEL TESTADOR), mayor de edad, con estado civil de (SOLTERO/A, CASADO/A, VIUDO/A, DIVORCIADO/A, EN CONCUBINATO), de nacionalidad mexicana, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, ESTADO), identificándose con su credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, número (NÚMERO DE CREDENCIAL), con folio (FOLIO) y vigencia hasta (FECHA DE VIGENCIA).

Manifiesta encontrarse en pleno uso de sus facultades mentales, sin padecer enfermedad, trastorno o condición alguna que afecte su voluntad, y que actúa libre y espontáneamente, sin coerción, dolo o violencia de ninguna especie.

II. DECLARACIÓN DE VOLUNTAD TESTAMENTARIA

El compareciente expresa su voluntad de otorgar testamento público abierto, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1495 Código Civil Federal y siguientes, haciendo uso de la facultad que le confiere el Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para disponer libremente de sus bienes a título de herencia.

Declara conocer las limitaciones establecidas en la ley, particularmente las relativas a la porción legítima de los herederos forzosos, conforme al Art. 1362 Código Civil Federal.

III. DESIGNACIÓN DE HEREDEROS Y LEGATARIOS

En virtud de lo anterior, y en ejercicio de la libertad testamentaria reconocida por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Tesis: 1a. CXXVII/2016 (10a.)), el testador instituye como sus únicos y universales herederos, por partes iguales, a las siguientes personas:

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL HEREDERO 1), con parentesco de (PARENTESCO, EJ. HIJO/A), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN, NÚMERO).
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL HEREDERO 2), con parentesco de (PARENTESCO, EJ. HIJO/A), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN, NÚMERO).
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL HEREDERO 3), con parentesco de (PARENTESCO, EJ. CÓNYUGE), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN, NÚMERO).

Los herederos antes mencionados sucederán al testador en todos sus derechos y obligaciones transmisibles, de conformidad con el Art. 1281 Código Civil Federal.

LEGADOS ESPECÍFICOS

Además, el testador ordena los siguientes legados:

  1. Deja en legado a favor de (NOMBRE COMPLETO DEL LEGATARIO 1) el bien inmueble ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE), libre de gravámenes, conforme al Art. 1388 Código Civil Federal.
  2. Deja en legado a favor de (NOMBRE COMPLETO DEL LEGATARIO 2) la cantidad de $(CANTIDAD EN PESOS) ( (CANTIDAD CON LETRA) PESOS 00/100 M.N.), que se pagará de la masa hereditaria común.

IV. SUSTITUCIONES HEREDITARIAS

El testador establece las siguientes sustituciones, en los términos del Art. 1398 Código Civil Federal:

Sustitución vulgar: En caso de que alguno de los herederos instituidos fallezca antes que el testador, o no quiera o no pueda aceptar la herencia, se llamará a sus herederos en el orden y proporción que corresponda.

Sustitución de fideicomiso (fideicomisaria): Se instituye como fiduciario a (NOMBRE COMPLETO DEL FIDUCIARIO) y como fideicomisario a (NOMBRE COMPLETO DEL FIDEICOMISARIO), para que el primero administre el (PORCENTAJE)% de la herencia y la entregue al segundo cuando cumpla la edad de (EDAD) años, según lo permitido por el Art. 1402 Código Civil Federal.

V. DESIGNACIÓN DE ALBACEAS Y TESTAMENTARIOS

El testador nombra como albacea a (NOMBRE COMPLETO DEL ALBACEA), con las facultades de administración, partición y pago, conforme a los artículos 1676 y 1681 Código Civil Federal. En caso de que el albacea designado no pueda o no quiera desempeñar el cargo, se nombra como sustituto a (NOMBRE COMPLETO DEL ALBACEA SUSTITUTO).

Se designa como contador-partidor al propio albacea, con las facultades establecidas en el Art. 1696 Código Civil Federal.

VI. DISPOSICIONES ESPECIALES Y RECONOCIMIENTO DE HIJOS

El testador declara que tiene (NÚMERO) hijos, cuyos nombres y edades son:

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL HIJO 1), de (EDAD) años.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL HIJO 2), de (EDAD) años.

Reconoce como sus únicos y universales herederos forzosos a los hijos antes mencionados y a su cónyuge, (NOMBRE DEL CÓNYUGE), a quienes les corresponde la porción legítima de conformidad con el Art. 1362 Código Civil Federal y la jurisprudencia de la SCJN (Tesis: 1a. CXXV/2015 (10a.)). La porción de libre disposición es instituida a favor de (NOMBRE DEL BENEFICIARIO DE LA LIBRE DISPOSICIÓN).

Se establece la cláusula de desheredación para el caso de que alguno de los herederos forzosos incurra en alguna de las causas señaladas en el Art. 1374 Código Civil Federal.

VII. DECLARACIÓN DE BIENES Y DEUDAS (INVENTARIO AD-REFERÉNDUM)

Para los efectos de este testamento, el testador declara, bajo protesta de decir verdad, que su patrimonio se compone, aproximadamente, de los siguientes bienes y deudas:

BIENES INMUEBLES:

  1. Casa habitación ubicada en (DOMICILIO 1), con valor aproximado de $(VALOR).
  2. Terreno ubicado en (DOMICILIO 2), con valor aproximado de $(VALOR).

BIENES MUEBLES:

  1. Vehículo marca (MARCA), modelo (MODELO), placas (NÚMERO DE PLACAS), valor aproximado $(VALOR).
  2. Cuenta de inversión en (INSTITUCIÓN BANCARIA), con saldo aproximado de $(VALOR).

DEUDAS U OBLIGACIONES:

  1. Crédito hipotecario con (INSTITUCIÓN), saldo pendiente aproximado de $(VALOR).

Se aclara que este inventario es enunciativo y no limitativo, y que el albacea deberá formar el inventario formal y definitivo a la muerte del testador, conforme al Art. 1683 Código Civil Federal.

VIII. PROHIBICIONES, INHABILITACIONES Y OTRAS DISPOSICIONES

El testador prohíbe expresamente que los herederos y legatarios pretendan la nulidad de este testamento por vicios de forma o de fondo, salvo los casos expresamente previstos por la ley, en atención a la jurisprudencia que establece la presunción de validez del acto notarial (Tesis: 1a. LXXVII/2014 (10a.)).

Se instituye la cláusula de inoficiosidad, en virtud de la cual, si algún heredero forzoso impugna este testamento sin causa legal suficiente, perderá el derecho a la porción de libre disposición que pudiera corresponderle.

IX. LECTURA, RATIFICACIÓN Y FIRMAS

Habiéndose leído íntegramente este instrumento en voz alta por el Notario Público, el testador manifestó comprender perfectamente su contenido y alcance legal, y ratificó en su totalidad las disposiciones en él contenidas, sin modificación alguna.

En constancia, se firma el presente testamento público abierto por el testador, los testigos instrumentales y el Notario Público, en el lugar y fecha antes señalados.

EL TESTADOR

_________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL TESTADOR)

TESTIGOS INSTRUMENTALES

1. _________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)

Identificado con: (DOCUMENTO, NÚMERO)

2. _________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)

Identificado con: (DOCUMENTO, NÚMERO)

EL NOTARIO PÚBLICO

_________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL NOTARIO)

Notario Público No. (NÚMERO)
(CIUDAD, ESTADO)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA)

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTADOR): Escribir nombre(s), apellido paterno y apellido materno tal como aparecen en la credencial para votar.
  2. (DOMICILIO COMPLETO): Incluir calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
  3. (NÚMERO DE CREDENCIAL): Anotar el número de la credencial para votar (INE/IFE).
  4. (PARENTESCO, EJ. HIJO/A): Especificar con claridad el parentesco (ej. "hijo", "cónyuge", "hermano").
  5. (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN, NÚMERO): Para herederos y legatarios, indicar el tipo de identificación (INE, pasaporte) y su número.
  6. (DOMICILIO COMPLETO DEL INMUEBLE): Para legados de bienes inmuebles, detallar la ubicación completa.
  7. (CANTIDAD EN PESOS) / (CANTIDAD CON LETRA): Para legados en dinero, escribir la cifra en números y entre paréntesis, con letra.
  8. (NOMBRE COMPLETO DEL FIDUCIARIO/FIDEICOMISARIO): En sustituciones fideicomisarias, identificar plenamente a las personas.
  9. (PORCENTAJE) / (EDAD): En la sustitución fideicomisaria, indicar el porcentaje de la herencia afectado y la edad para la entrega.
  10. (NOMBRE COMPLETO DEL ALBACEA): Nombre completo de la persona encargada de ejecutar la voluntad testamentaria.
  11. (NOMBRE DEL CÓNYUGE) / (NOMBRE COMPLETO DEL HIJO): Listar a todos los herederos forzosos (cónyuge e hijos).
  12. (NOMBRE DEL BENEFICIARIO DE LA LIBRE DISPOSICIÓN): Persona a quien se deja la parte de la herencia de la que se puede disponer libremente.
  13. (DOMICILIO 1) / (VALOR): En el inventario, describir cada bien y asignar un valor comercial aproximado.
  14. (INSTITUCIÓN) / (VALOR): Para deudas, señalar el acreedor y el monto pendiente aproximado.
  15. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO): Los testigos deben ser mayores de edad, estar en pleno uso de sus facultades mentales y no ser parientes del testador, del notario o de los beneficiarios.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Acta de Aceptación y Adjudicación de Herencia: Para que los herederos acepten formalmente la herencia.
  • Poder General para Pleitos y Cobranzas: Para designar un representante legal en asuntos judiciales y de cobro.
  • Testamento Vital (Voluntades Anticipadas): Para expresar disposiciones sobre cuidados médicos futuros.
  • Acta de Declaratoría de Herederos (Intestado): Para el caso de que una persona fallezca sin testamento.
  • Contrato de Fideicomiso Testamentario: Para desarrollar y formalizar las disposiciones fideicomisarias del testamento.
Red Nacional de Abogados

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