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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO CONTRA AISLAMIENTO Y TORTURA — TLAXCALA
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUZGADO DE DISTRITO EN TLAXCALA: [ESPECIFICAR JUZGADO DE DISTRITO CON COMPETENCIA EN TLAXCALA, E.G., JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA]
MATERIA: PENAL
ASUNTO: AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DE ACTOS DE AISLAMIENTO Y TORTURA.
I. ACTOR
Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
Calidad en que actúa: [INDICAR, E.G., "INDICIADO", "PROCESADO", "SENTENCIADO"] en el procedimiento penal (NÚMERO DE CAUSA O EXPEDIENTE PENAL).
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE TLAXCALA, INCLUYENGO COLONIA, CÓDIGO POSTAL Y MUNICIPIO).
II. AUTORIDADES RESPONSABLES
- AUTORIDAD PRIMERA RESPONSABLE: [NOMBRE Y CARGO DEL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO O POLICÍA INVESTIGADORA RESPONSABLE DIRECTA, E.G., "AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO A LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE TLAXCALA"].
- AUTORIDAD SEGUNDA RESPONSABLE: [NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO DE LA INSTITUCIÓN DONDE SE PRESUNTAMENTE SE EJECUTARON LOS ACTOS, E.G., "DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL (NOMBRE) EN TLAXCALA"].
- AUTORIDAD TERCERA RESPONSABLE: EL JUEZ DE CONTROL O TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO DEL (ESPECIFICAR JUZGADO O TRIBUNAL PENAL EN TLAXCALA) QUE CONOCE DEL PROCEDIMIENTO PENAL PRINCIPAL.
III. ACTOS RECLAMADOS
Se reclaman por violatorios de las garantías de legalidad, seguridad jurídica, integridad personal y dignidad humana, los siguientes actos:
- El aislamiento injustificado y prolongado del actor en una celda de castigo o condiciones incomunicadas dentro del (NOMBRE DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL O LUGAR DE DETENCIÓN EN TLAXCALA), sin orden judicial, sin causa legalmente justificada y sin acceso a defensa adecuada, ocurrido a partir del día (FECHA DE INICIO) y hasta la fecha de presentación de este escrito.
- Los actos constitutivos de tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes, consistentes en: [DESCRIBIR DETALLADAMENTE LOS HECHOS, E.G., GOLPES, ASFIXIA, POSICIONES FORZADAS, AMENAZAS DE DAÑO FÍSICO O PSICOLÓGICO, PRIVACIÓN DE SUEÑO, ALIMENTO O ATENCIÓN MÉDICA], ejecutados por personal de la autoridad responsable en las instalaciones de (LUGAR ESPECÍFICO) los días (FECHAS ESPECÍFICAS).
- La omisión de las autoridades judiciales (tercera responsable) de investigar, hacer cesar y sancionar los actos antes descritos, a pesar de haber sido debidamente puestos en su conocimiento mediante (ESPECIFICAR MEDIO, E.G., INCIDENTE, SOLICITUD ESCRITA) presentado el día (FECHA).
Estos actos vulneran de manera directa e inmediata los derechos fundamentales del actor.
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Los actos reclamados violan las siguientes garantías constitucionales y preceptos legales:
- Art. 1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Prohíbe toda discriminación, la esclavitud y garantiza los derechos humanos. La tortura está absolutamente prohibida.
- Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Nadie puede ser privado de la libertad sino por mandato escrito de autoridad competente. El aislamiento sin causa legal viola este principio.
- Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Nadie puede ser molestado en su persona sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento. Los actos de tortura son la máxima molestia arbitraria.
- Art. 19 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Establece los plazos máximos de detención ante el Ministerio Público. El aislamiento prolongado excede cualquier forma legal de privación de la libertad.
- Art. 20 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Inciso A, fracción I: Derecho a que se presuma su inocencia. La tortura busca forzar una confesión, anulando este derecho.
- Art. 1 Código Penal Federal en relación con el Art. 3 Código Penal Federal y el Art. 4 Código Penal Federal: La tortura es un delito grave tipificado a nivel federal, aplicable en todo el territorio nacional, incluido Tlaxcala.
- Art. 136 Código Nacional de Procedimientos Penales: Prohíbe expresamente la incomunicación, la intimidación o la tortura para obtener la declaración o información.
- Art. 20 Código Nacional de Procedimientos Penales: Establece los derechos de la víctima del delito de tortura, incluyendo la investigación efectiva.
- Art. 1 Ley de Amparo: El juicio de amparo tiene por objeto proteger a las personas frente a actos de autoridad que vulneren sus derechos humanos.
- Art. 107 Ley de Amparo: Fracción VIII. Establece la competencia del Juez de Distrito para conocer del amparo indirecto contra actos de autoridad que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, incomunicación, deportación o expulsión, o alguno de los prohibidos por el Art. 22 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (incluye la tortura).
V. TESIS JURISPRUDENCIALES
- TORTURA. LA CONFESIÓN OBTENIDA BAJO ESTA CONDICIÓN CARECE TOTALMENTE DE VALOR PROBATORIO (CONTRADICCIÓN DE TESIS 293/2013). La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que cualquier declaración o información obtenida mediante tortura es nula de pleno derecho y no puede ser utilizada en ningún procedimiento, ni siquiera para desvirtuar la presunción de inocencia.
- GARANTÍAS DE SEGURIDAD JURÍDICA Y DE LEGALIDAD. EL AISLAMIENTO O INCOMUNICACIÓN DE UN INDICIADO, SIN JUSTIFICACIÓN LEGAL, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A DICHAS GARANTÍAS (Tesis: 1a. CXXVII/2014 (10a.)). La Corte sostiene que la incomunicación, al ser una medida extrema que agrava la restricción de la libertad, requiere de una estricta justificación legal y control judicial. Su aplicación arbitraria viola los artículos 14, 16 y 19 constitucionales.
- TORTURA. LA CARGA DE LA PRUEBA PARA ACREDITAR QUE NO SE INFLIGIÓ RECAE EN LA AUTORIDAD, CUANDO EXISTAN DENUNCIAS CREÍBLES O INDICIOS (Tesis: 1a. CXLV/2015 (10a.)). Derivado del principio pro persona y de la prohibición absoluta de la tortura, cuando el quejoso alega razonablemente haber sido torturado, corresponde a la autoridad demostrar que los actos no ocurrieron o que fueron lícitos, invirtiéndose la carga de la prueba.
VI. PRETENSIONES
Por lo expuesto y fundado, solicito a este Honorable Juzgado de Distrito:
- Que se ADMITA la presente demanda de amparo.
- Que se ORDENE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de oficio, en los términos del Art. 124 Ley de Amparo, para que de manera inmediata cese el aislamiento injustificado del actor y se le brinde atención médica integral e independiente, garantizando su integridad física y psicológica.
- Que una vez substanciado el juicio, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al actor, declarando INCONSTITUCIONALES Y NULOS los actos de aislamiento y tortura descritos.
- Que se ORDENE a las autoridades responsables:
- Abstenerse de cualquier nuevo acto de tortura, maltrato o aislamiento injustificado.
- Realizar de inmediato una investigación efectiva, imparcial y exhaustiva por parte de una autoridad distinta y ajena a la posible responsable, sobre los hechos de tortura denunciados.
- Dar vista al Fiscalía General de la República para la investigación del delito de tortura, tipificado en el Art. 3 Código Penal Federal.
- Desahogar las pruebas que ofrezca el actor.
VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS
- DOCUMENTAL PÚBLICA: Copia certificada del expediente penal (NÚMERO) radicado ante el Juzgado de Control de (TLAXCALA), en específico las actas donde conste la puesta a disposición, las solicitudes de atención médica o las quejas por maltrato.
- DOCUMENTAL PRIVADA: Fotografías que muestren las lesiones físicas del actor, fechadas después de los hechos.
- TESTIMONIAL: Declaración de (NOMBRE(S) DE TESTIGO(S)), quien(es) tiene(n) conocimiento directo de los hechos (e.g., otros internos, visitantes, personal que presenció actos o sus consecuencias). Se ofrecen (NÚMERO) testigos.
- PERICIAL MÉDICA: Dictamen médico-psicológico expedido por un perito independiente (propuesto por la defensa o designado por este Tribunal) para que examine al actor y determine la existencia, naturaleza y secuelas de lesiones físicas y psicológicas compatibles con tortura.
- INSPECCIÓN JUDICIAL: Que este Honorable Juzgado se traslade a la celda o instalaciones donde se presuntamente ocurrieron los hechos, en el (NOMBRE DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL EN TLAXCALA), para constatar las condiciones de la misma.
VIII. ANEXOS
- Original del poder notarial o carta poder con firma autógrafa reconocida que acredita la personalidad del suscrito abogado patrocinador.
- Copia simple de identificación oficial del actor.
- Copia de la solicitud o incidente presentado ante la autoridad tercera responsable (Juez de Control) denunciando los hechos (si se cuenta con ella).
- Fotografías que se ofrecen como prueba (en copia simple para el expediente).
- Lista de testigos con sus generales y domicilio para recibir citatorios.
PROTESTO LO NECESARIO.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, TLAXCALA), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL LICENCIADO PATROCINADOR)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO PROFESIONAL EN TLAXCALA)
Teléfono: (TELÉFONO) | Correo Electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Penal Federal
- Código Nacional de Procedimientos Penales
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. Lo asignará el Juzgado.
- (ESPECIFICAR JUZGADO DE DISTRITO...): Indique el Juzgado de Distrito con sede en Tlaxcala al que se dirige. Ej: "Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala".
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno de la persona que sufre los actos reclamados.
- [INDICAR, E.G., "INDICIADO"...]: Especifique la situación procesal exacta del actor en el procedimiento penal principal.
- (NÚMERO DE CAUSA O EXPEDIENTE PENAL): Anote el número de carpeta de investigación o expediente judicial penal.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio real en Tlaxcala donde el actor pueda recibir notificaciones oficiales.
- (NOMBRE Y CARGO DEL AGENTE...): Identifique con la mayor precisión posible al servidor público presuntamente responsable directo de los actos.
- (NOMBRE DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL...): Nombre oficial del penal, centro de detención o instalación donde ocurrieron los hechos.
- (FECHA DE INICIO) / (FECHAS ESPECÍFICAS): Use formato DD/MM/AAAA. Sea lo más preciso posible.
- (DESCRIBIR DETALLADAMENTE LOS HECHOS...): Narre con claridad, sin lenguaje soez pero con precisión, los actos de tortura o maltrato. Incluya métodos, partes del cuerpo afectadas, duración, frases dichas, etc.
- (LUGAR ESPECÍFICO): Describa el sitio dentro de la institución (e.g., "celda 5 del módulo de alta seguridad", "baños del área de custodia").
- (ESPECIFICAR MEDIO, E.G., INCIDENTE...): Indique cómo se le informó al juez (por escrito, verbalmente en audiencia, etc.).
- (NOMBRE(S) DE TESTIGO(S)): Nombre completo de las personas que puedan declarar a favor del actor. Si son otros internos, incluya su número de matrícula.
- (CIUDAD, TLAXCALA) / (DÍA) / (MES) / (AÑO): Fecha y lugar de firma del escrito.
- (NOMBRE COMPLETO DEL LICENCIADO PATROCINADOR): Nombre del abogado que presenta la demanda.
- (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL): Cédula profesional federal del abogado patrocinador.
- (DOMICILIO PROFESIONAL EN TLAXCALA): Oficina o despacho del abogado.
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Sobre este documento: Amparo contra Aislamiento y Tortura — Tlaxcala
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