📍 ¿En qué estado estás?
La plantilla se adaptará a las leyes de tu entidad.
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO CONTRA AISLAMIENTO Y TORTURA — ZACATECAS
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE ZACATECAS: [ESPECIFICAR NÚMERO Y SEDE, EJM: "JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE ZACATECAS, CON RESIDENCIA EN ZACATECAS, ZAC."]
ASUNTO: DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS A LA INTEGRIDAD PERSONAL, A LA LIBERTAD PERSONAL Y A LAS GARANTÍAS DEL DEBIDO PROCESO, EN PARTICULAR CONTRA ACTOS DE TORTURA Y AISLAMIENTO.
I. ACTOR (QUEJOSO)
Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
Calidad en que actúa: Imputado / Indiciado / Procesado.
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE ZACATECAS, INCLUYENDO CÓDIGO POSTAL)
Centro de Reclusión: (NOMBRE DEL CENTRO PENITENCIARIO O LUGAR DE DETENCIÓN EN ZACATECAS, SI APLICA)
II. AUTORIDADES RESPONSABLES
- Autoridad Primera Responsable: [NOMBRE Y CARGO DEL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL O ESTATAL, O JUEZ DE CONTROL QUE CONOCE DEL CASO, EJM: "AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE ZACATECAS ADSCRITO A (UNIDAD)"]
- Autoridad Segunda Responsable: [NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE DIRECTAMENTE EJECUTÓ O TOLERÓ LOS ACTOS, EJM: "DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL (NOMBRE) EN ZACATECAS"]
- Autoridad Tercera Responsable (si aplica): (NOMBRE Y CARGO DE OTRA AUTORIDAD INVOLUCRADA, COMO POLICÍA INVESTIGADORA)
III. HECHOS
El quejoso, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), manifiesta bajo protesta de decir verdad:
- Que el día (FECHA DE LOS HECHOS), fue privado de su libertad por elementos de (ESPECIFICAR CORPORACIÓN POLICIAL) en (LUGAR DE LOS HECHOS, ZACATECAS).
- Que desde el momento de su detención y durante su traslado y presentación ante el Ministerio Público, fue objeto de maltratos físicos y psicológicos consistentes en: [DESCRIBIR DETALLADAMENTE LOS ACTOS DE TORTURA O MALTRATO, EJM: GOLPES, ASFIXIA, DESCARGAS ELÉCTRICAS, AMENAZAS, SIMULACIONES DE EJECUCIÓN, ETC.].
- Que con posterioridad, y como parte de una estrategia para quebrantar su voluntad y obtener una declaración autoinculpatoria, fue sometido a régimen de aislamiento prolongado e incomunicación en [ESPECIFICAR LUGAR, EJM: "CELDA DE CASTIGO DEL CERESO"] desde el día (FECHA DE INICIO) hasta el día [FECHA DE TÉRMINO O "LA ACTUALIDAD"], sin contacto con su familia, defensor o médico independiente, y en condiciones inhumanas de (DESCRIBIR CONDICIONES, EJM: FALTA DE LUZ, HIGIENE, ALIMENTACIÓN ADECUADA).
- Que como consecuencia directa de dichos actos, el quejoso se vio obligado a firmar una declaración ministerial bajo coacción, la cual ha sido incorporada a la carpeta de investigación (NÚMERO DE CARPETA O EXPEDIENTE) radicada ante (ESPECIFICAR FISCALÍA O JUZGADO).
- Que ha presentado quejas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Zacatecas y/o la Fiscalía correspondiente, sin que hasta la fecha se haya obtenido una respuesta efectiva para cesar las violaciones.
IV. ACTOS RECLAMADOS
Se reclaman los siguientes actos de autoridad, por ser violatorios de garantías individuales:
- El sometimiento a tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes, en violación al Art. 22 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al Art. 1 Código Penal Federal en relación con los artículos 3, 4, 5 y 7 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura.
- La imposición de régimen de aislamiento prolongado e incomunicación, como forma de tortura psicológica y violación al derecho a un trato digno, contrario al Art. 1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al Art. 19 Código Nacional de Procedimientos Penales.
- La obtención y utilización de la declaración autoinculpatoria arrancada mediante tortura, como medio de prueba, en violación al derecho a no autoincriminarse y a la presunción de inocencia, garantizados por el Art. 20 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Art. 156 Código Nacional de Procedimientos Penales.
- La omisión de las autoridades responsables de investigar de oficio los hechos de tortura denunciados, violando el Art. 4 Código Nacional de Procedimientos Penales y el principio pro persona.
V. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículos 1, 14, 16, 19, 20 y 22.
- Ley de Amparo: Art. 1 Ley de Amparo, Art. 107 Ley de Amparo (en su fracción VIII, sobre la ineficacia de pruebas obtenidas violando derechos fundamentales).
- Código Nacional de Procedimientos Penales: Art. 19 CNPP (Derechos de la persona imputada), Art. 156 CNPP (Prohibición de prueba ilícita), Art. 289 CNPP (Exclusión de prueba obtenida violando derechos fundamentales).
- Código Penal Federal: Art. 1 CPF (Definición y prohibición de tortura en su Título Vigésimo Quinto).
- Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
- Jurisprudencia de la SCJN:
- Tesis: 1a. CXLVII/2019 (10a.) "TORTURA. LA PRUEBA OBTENIDA BAJO ESTA CONDICIÓN DEBE DESECHARSE POR ILÍCITA, SIN NECESIDAD DE ACREDITAR SU EFECTIVA INFLUENCIA EN EL CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN." (Época: Décima Época, Registro: 2021552).
- Tesis: 1a. C/2017 (10a.) "PRESIÓN PSICOLÓGICA O AISLAMIENTO PROLONGADO COMO MODALIDADES DE TORTURA. SU ACREDITACIÓN GENERA LA INEFICACIA PROBATORIA DE LA DECLARACIÓN RENDIDA EN ESAS CONDICIONES." (Época: Décima Época, Registro: 2010155).
- Tesis: P. LXIII/2018 (10a.) "INCOMUNICACIÓN. SU IMPOSICIÓN COMO MEDIDA CAUTELAR ES INCONSTITUCIONAL, YA QUE CONSTITUYE UNA FORMA DE TORTURA PSICOLÓGICA." (Época: Décima Época, Registro: 2016719).
VI. PETICIONES (SUPLICA)
Por tanto, al tenor de lo dispuesto en los artículos 107 y 116 de la Ley de Amparo, respetuosamente suplico a Usted, Señor Juez de Distrito:
- PRIMERO. Se tenga por interpuesta la presente demanda de amparo indirecto en todos sus términos y se admita para los efectos legales conducentes.
- SEGUNDO. Se decrete la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de plano y de manera provisional, ordenando de inmediato: a) Cesar todo acto de tortura, maltrato o aislamiento en contra del quejoso; b) Garantizar su integridad física y psicológica; c) Facilitar de inmediato un examen médico-psicológico forense independiente por parte del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura o peritos designados por este Juzgado; d) Permitir el acceso pleno de su defensor y familiares.
- TERCERO. Una vez concedida la suspensión definitiva, se PROHÍBA A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES continuar con el régimen de aislamiento, incomunicación o cualquier forma de maltrato, y se les obligue a respetar irrestrictamente los derechos humanos del quejoso.
- CUARTO. En la sentencia de fondo, se OTORGUE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL para los efectos de: a) Declarar nula e ineficaz la declaración ministerial obtenida mediante tortura y aislamiento, con la consecuencia de su exclusión total del procedimiento penal; b) Ordenar a la autoridad ministerial responsable que inicie, de oficio, la investigación penal por el delito de tortura; c) Reponer al quejoso en el pleno goce de sus derechos constitucionales violados.
VII. ANEXOS
- Copias de la presente demanda para cada una de las autoridades responsables y para el tercero interesado (Ministerio Público).
- Copia simple de identificación oficial del quejoso.
- Copia del auto de vinculación a proceso o de la carpeta de investigación, si se tiene a la mano.
- Copias de las quejas presentadas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Zacatecas y/o Fiscalía (si existen).
- Lista de testigos (si aplica): (NOMBRES Y DOMICILIOS DE PERSONAS QUE PUEDAN DECLARAR SOBRE LOS HECHOS).
PROTESTO LO NECESARIO.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, ZACATECAS), A (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).
NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL: _________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL DEFENSOR (si actúa con representación): _________________________
REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES: (RFC DEL DEFENSOR, SI APLICA)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Penal Federal
- Código Nacional de Procedimientos Penales
- Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Si ya tiene un número de expediente en el Juzgado de Distrito, anótelo. Si es una demanda nueva, déjelo en blanco o ponga "NUEVO INGRESO".
- (ESPECIFICAR NÚMERO Y SEDE...): Indique el Juzgado de Distrito competente en Zacatecas. La competencia generalmente corresponde al Juzgado del lugar donde se cometieron los actos reclamados o donde radique la autoridad responsable.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba el nombre completo del quejoso, tal como aparece en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Proporcione un domicilio físico dentro del estado de Zacatecas para recibir notificaciones oficiales. Si está internado, puede ser el del centro de reclusión.
- (NOMBRE DEL CENTRO PENITENCIARIO...): Si el quejoso está privado de la libertad, especifique el nombre completo del centro donde se encuentra.
- (NOMBRE Y CARGO DEL AGENTE...): Identifique con la mayor precisión posible a la autoridad que está conociendo del procedimiento penal principal (Ministerio Público o Juez de Control). Consulte la carpeta de investigación.
- (NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO...): Identifique al director del penal, custodios, policías u otros servidores públicos que hayan ejecutado directamente los actos de tortura o aislamiento.
- (FECHA DE LOS HECHOS), (LUGAR DE LOS HECHOS...), (DESCRIBIR DETALLADAMENTE...): Sea lo más específico y detallado posible en la narración de los hechos. Incluya fechas, horas, nombres o descripciones de los agresores, tipo de maltratos, duración del aislamiento y consecuencias físicas/psicológicas. Esta parte es crucial.
- (NÚMERO DE CARPETA O EXPEDIENTE): Anote el número de carpeta de investigación o expediente penal que se le haya asignado.
- (NOMBRES Y DOMICILIOS...): Si tiene testigos que puedan corroborar los hechos (otros internos, familiares que lo visitaron, personal médico), liste sus nombres y datos de contacto.
- (CIUDAD, ZACATECAS), A (DÍA) DE (MES) DE (AÑO): Fecha y lugar de firma de la demanda.
- FIRMAS: La demanda debe ser firmada por el quejoso o por su defensor. Si la firma el defensor, debe anotar su RFC.
📄 Plantillas Relacionadas
¿Este documento superó tus conocimientos legales?
Un error de redacción puede costarte tu patrimonio. Contacta a un abogado experto y verificado en tu estado ahora mismo. Ellos harán el trabajo pesado por ti.
Sobre este documento: Amparo contra Aislamiento y Tortura — Zacatecas
Formato gratuito de amparo contra aislamiento y tortura — zacatecas. Incluye jurisprudencia de la SCJN, artículos de ley con hipervínculo y guía de llenado paso a paso.
Fundamentado en: codigo-penal-federal, codigo-nacional-de-procedimientos-penales.
Más de 15,000+ descargas exitosas
Únete a miles de ciudadanos, abogados y empresarios mexicanos que protegen su patrimonio sin pagar honorarios excesivos.
Mostrando 9 de 542 reseñas recientes
Preguntas Frecuentes
Resuelve tus dudas antes de descargar tu formato legal.
Sí. Todos nuestros formatos están redactados con base en el Código Civil Federal, Código de Comercio y leyes generales aplicables. En caso de legislaciones estatales, la estructura es 100% compatible y solo debes adaptar la entidad federativa en los espacios indicados.
No obligatoriamente. Están diseñadas para que cualquier ciudadano pueda rellenarlas y presentarlas. Sin embargo, para juicios complejos (como amparos o divorcios contenciosos), siempre recomendamos que un profesional titulado revise el documento final antes de ingresarlo al juzgado.
Al descargar la versión completa, obtienes el formato listo para usarse. Deberás llenar los espacios en blanco resaltados (como NOMBRES, FECHAS y CANTIDADES) en tu procesador de textos favorito (Word, Google Docs, etc.) y posteriormente imprimirlo para su firma.
Nuestro equipo legal revisa constantemente las tesis de jurisprudencia de la SCJN y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para garantizar que no utilices artículos derogados.
Nuestra prioridad es que resuelvas tu situación legal. Si consideras que el formato no cumple con los estándares descritos, tienes 7 días para solicitar la revisión y te ofreceremos una solución o devolución del 100%.