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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
JUICIO DE AMPARO
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI APLICA)
ACTO RECLAMADO: Orden de Comparecencia
AUTORIDAD RESPONSABLE: (NOMBRE COMPLETO DEL JUEZ DE CONTROL, MINISTERIO PÚBLICO O AUTORIDAD EMISORA)
QUEJOSO: (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO)
I. ANTECEDENTES Y HECHOS
El quejoso, (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO), con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, COLIMA), manifiesta que con fecha (FECHA DE LA ORDEN DE COMPARECENCIA), la Autoridad Responsable, con sede en (DOMICILIO DE LA AUTORIDAD, TRIBUNAL O FISCALÍA, COLIMA), emitió una orden de comparecencia identificada con el número (NÚMERO DE EXPEDIENTE O OFICIO DE LA ORDEN), en el marco de la carpeta de investigación (NÚMERO DE CARPETA DE INVESTIGACIÓN), por los presuntos hechos relacionados con [DESCRIPCIÓN BREVE DEL HECHO QUE SE INVESTIGA, EJ. "LESIONES"].
Dicha orden, notificada el (FECHA DE NOTIFICACIÓN), ordena al quejoso presentarse el día (FECHA DE LA COMPARECENCIA) a las (HORA DE LA COMPARECENCIA), en el lugar (DIRECCIÓN DEL LUGAR DE LA COMPARECENCIA), so pena de declararlo en rebeldía y ejercer la coerción estatal para su aprehensión. El quejoso considera que dicha orden viola sus derechos fundamentales, toda vez que [EXPLICAR BREVEMENTE LOS MOTIVOS, EJ. "carece de fundamentación legal suficiente", "se emitió sin respetar el principio de presunción de inocencia", "vulnera el derecho a una defensa adecuada"].
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El presente juicio de amparo se promueve con fundamento en los siguientes preceptos legales:
- Art. 103 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 107 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que regulan el juicio de amparo.
- Art. 1 Ley de Amparo, 5 Ley de Amparo, 8 Ley de Amparo, 107 Ley de Amparo, 116 Ley de Amparo y 128 Ley de Amparo.
- Art. 2 Código Nacional de Procedimientos Penales (Principios rectores), 19 Código Nacional de Procedimientos Penales (Comparecencia), 136 Código Nacional de Procedimientos Penales (Formalidades de las órdenes de comparecencia) y 140 Código Nacional de Procedimientos Penales (Efectos de la comparecencia).
- Art. 1 Código Penal Federal (Principio de legalidad).
III. VIOLACIONES PROCESALES Y CONSTITUCIONALES
El quejoso alega que la orden de comparecencia reclamada adolece de las siguientes violaciones:
- Violación al Principio de Legalidad y al Debido Proceso: La orden no cumple con los requisitos mínimos establecidos en el Art. 136 Código Nacional de Procedimientos Penales, al no expresar de manera clara y precisa los hechos que se investigan y la fundamentación legal que justifica la comparecencia, vulnerando el derecho a una defensa adecuada consagrado en el Art. 20, apartado A, fracción II, de la Constitución Federal.
- Violación al Principio de Presunción de Inocencia: La orden, en su redacción o en la forma en que fue emitida, trata al quejoso como si ya fuera culpable, exigiendo su comparecencia bajo amenaza desproporcionada, contraviniendo el Art. 20, apartado B, fracción I, de la Constitución Federal y el principio establecido en el Art. 2, fracción I, Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Violación a la Libertad Personal y a la Proporcionalidad: La amenaza de coerción (aprehensión) por el simple hecho de no comparecer, sin que medie una valoración judicial sobre la necesidad y proporcionalidad de dicha medida en el contexto específico de la investigación, afecta indebidamente la libertad personal del quejoso, garantizada por el Art. 14 y 16 Constitucionales.
IV. TESIS JURISPRUDENCIALES
- Presunción de inocencia. Su contenido esencial. (Tesis: 1a. CXLVIII/2019 (10a.), SCJN). La presunción de inocencia implica que toda persona debe ser tratada como inocente, lo que impone a las autoridades la carga de la prueba, prohíbe declaraciones o tratos que presupongan la culpabilidad y exige que las restricciones a derechos sean excepcionales, justificadas y proporcionales. La orden de comparecencia debe respetar este estándar.
- Comparecencia por ministerio de ley. El juez de control debe valorar la procedencia de decretarla, atendiendo a las circunstancias del caso. (Tesis: I.3o.P.14 P (10a.), SCJN). La emisión de una orden de comparecencia no es automática; el juez debe realizar un análisis de necesidad y pertinencia, considerando elementos como la gravedad del hecho, la conducta procesal del imputado y el riesgo de fuga. Su omisión vicia el acto.
- Debido proceso. Las resoluciones judiciales deben estar debidamente fundamentadas y motivadas. (Tesis: 1a. CXXI/2012, SCJN). Toda resolución, incluida una orden de comparecencia, debe expresar las razones jurídicas y factuales que la sustentan. Una orden carente de motivación suficiente viola el derecho al debido proceso legal.
V. PETICIONES
Por tanto, a usted, Juez de Distrito en el Estado de Colima, respetuosamente solicito:
- SE ADMITA la presente demanda de amparo.
- SE SUSPENDA de manera inmediata los efectos de la orden de comparecencia identificada con el número (NÚMERO DE EXPEDIENTE O OFICIO DE LA ORDEN), emitida el (FECHA DE LA ORDEN) por la Autoridad Responsable, en tanto se resuelve el presente juicio de garantías, por tratarse de un acto de imposible reparación que causaría un perjuicio irreparable al quejoso en su libertad y presunción de inocencia.
- SE NOTIFIQUE personalmente la suspensión a la Autoridad Responsable, para su estricto cumplimiento.
- SE CLAUSURE la suspensión concedida una vez que la Autoridad Responsable rinda el informe justificado o, en su caso, se dicte el fallo constitucional.
- En definitiva, SE CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso, para los efectos de que se declare la inconstitucionalidad de la orden de comparecencia reclamada, dejándola sin efectos, y se le restituya al quejoso en el pleno goce de sus derechos constitucionales violados.
VI. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS
- Documental Pública: Copia certificada de la orden de comparecencia reclamada.
- Documental Pública: Acuse de recibo o constancia de notificación de dicha orden.
- Documental Pública: Copia de la identificación oficial del quejoso.
- Confesional: Se ofrece la confesión de la Autoridad Responsable, para que manifieste bajo protesta de decir verdad sobre los hechos que dieron lugar a la emisión de la orden de comparecencia y su fundamentación.
VII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Se acude ante este Honorable Juzgado de Distrito con residencia en el Estado de Colima, por ser el competente para conocer de los actos reclamados que se ejecuten o pretendan ejecutarse dentro de su circunscripción territorial, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 50, 107, fracción IX, de la Ley de Amparo, y el Art. 104, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII. DESIGNACIÓN DE DOMICILIO
Señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, COLIMA).
IX. PROTESTA DE LEY
Protesto lo necesario bajo el apercibimiento de las sanciones legales correspondientes.
Lugar y fecha: (CIUDAD, COLIMA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
EL QUEJOSO
(NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO)
(FIRMA)
REPRESENTANTE LEGAL (SI APLICA)
(NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR)
Cédula Profesional Federal: (NÚMERO DE CÉDULA)
(FIRMA)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Penal Federal
- Código Nacional de Procedimientos Penales
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE, SI APLICA): Si ya tiene un número de expediente asignado por el juzgado de amparo, anótelo. De lo contrario, déjelo en blanco.
- (NOMBRE COMPLETO DEL JUEZ DE CONTROL, MINISTERIO PÚBLICO O AUTORIDAD EMISORA): Escriba el nombre completo y cargo de la autoridad que emitió la orden de comparecencia (ej. "Juez de Control del Centro de Justicia Penal de Colima", "Agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado de Colima").
- (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO): Nombre completo del promovente del amparo, tal como aparece en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio real y actual en el estado de Colima donde recibirá notificaciones del juzgado de amparo.
- (FECHA DE LA ORDEN...), (NÚMERO DE EXPEDIENTE...), (NÚMERO DE CARPETA...): Estos datos deben copiarse exactamente de la orden de comparecencia reclamada.
- (DESCRIPCIÓN BREVE DEL HECHO...): Describa de manera concisa el delito o hecho que se investiga según la orden (ej. "fraude", "robo", "posesión de...").
- (EXPLICAR BREVEMENTE LOS MOTIVOS...): Argumente, en una o dos oraciones, por qué la orden viola sus derechos. Sea específico (ej. "no indica los hechos concretos que justifican mi comparecencia", "fue emitida por el MP sin control judicial previo").
- (CIUDAD, COLIMA), (DÍA) de (MES) de (AÑO): Lugar y fecha de elaboración de la demanda.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO PATROCINADOR) y (NÚMERO DE CÉDULA): Complete solo si actúa con representante legal. Si el quejoso se representa a sí mismo, puede eliminar estas líneas.
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