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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO CONTRA RETENCIÓN MINISTERIAL PROLONGADA
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA
PRESENTE.
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, CHIHUAHUA), señalando como medio de contacto el correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO) y teléfono (TELÉFONO); actuando en mi propio derecho y carácter, y bajo protesta de decir verdad, expongo:
I. ACTOS RECLAMADOS
Por medio del presente escrito, formulo demanda de amparo indirecto en contra de los actos de autoridad que a continuación señalo:
- La retención ministerial prolongada e injustificada de mi persona, efectuada el día (FECHA DE LA RETENCIÓN), aproximadamente a las (HORA) horas, en (LUGAR DE LOS HECHOS, MUNICIPIO, CHIHUAHUA), por elementos de la (AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO O CORPORACIÓN POLICIAL).
- La omisión de las autoridades ministeriales y/o policiales de poner a mi disposición, sin dilación alguna, ante la autoridad judicial competente, a pesar de haber transcurrido un plazo manifiestamente excesivo y violatorio de las garantías constitucionales.
AUTORIDADES RESPONSABLES:
- AUTORIDAD PRIMERA (EJECUTORA): El Agente del Ministerio Público adscrito a la (FISCALÍA O AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECÍFICA), con domicilio en (DOMICILIO DE LA FISCALÍA).
- AUTORIDAD SEGUNDA (JERÁRQUICA SUPERIOR): El Fiscal General del Estado de Chihuahua, con domicilio en (DOMICILIO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO).
AUTORIDADES DEBIDAS: El Juez de Control del (JUZGADO DE CONTROL O DISTRITO CORRESPONDIENTE), con domicilio en los tribunales de Chihuahua.
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Los actos reclamados violan de manera directa y patente las siguientes garantías constitucionales y preceptos legales:
- El Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, párrafo tercero, que establece: "Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial...". La retención prolongada sin presentación ante juez constituye una denegación de justicia pronta.
- El Art. 19 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone: "Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso...". La violación comienza desde el momento en que, existiendo una retención ministerial (privación de la libertad), se omite poner al indiciado a disposición del juez, impidiendo que corra el plazo constitucional.
- El Art. 136 Código Nacional de Procedimientos Penales, que regula la retención por ministerio de ley, estableciendo en su fracción I que la persona deberá ser puesta a disposición de la autoridad ministerial "sin dilación alguna".
- El Art. 137 Código Nacional de Procedimientos Penales, que señala los supuestos y límites de la retención ministerial, la cual debe ser lo más breve posible y sólo para los fines de identificación o investigación inmediata.
- El Art. 1 Ley de Amparo, en relación con el Art. 103 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que otorgan el derecho a instar el juicio de amparo contra actos de autoridad que vulneren garantías individuales.
III. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES
- RETENCIÓN MINISTERIAL. SU PROLONGACIÓN INJUSTIFICADA CONSTITUYE UNA PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD PERSONAL (TESIS: 1a./J. 50/2023 (11a.)). La jurisprudencia establece que cuando la retención ministerial excede el tiempo estrictamente necesario para los fines legales (identificación o investigación inmediata), se convierte en una privación ilegal de la libertad, violatoria del artículo 16 constitucional, y justifica la procedencia del amparo para restituir al quejoso en el pleno goce de su garantía de libertad.
- GARANTÍA DE DEBIDO PROCESO. EL PLAZO PARA LA DETENCIÓN ANTE AUTORIDAD JUDICIAL COMIENZA A CORRER DESDE EL MOMENTO EN QUE EL INDICIADO ES PUESTO A DISPOSICIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO (TESIS: 1a./J. 32/2022 (11a.)). Esta tesis refuerza que la obligación de presentar ante un juez es inmediata. La dilación en la puesta a disposición judicial, manteniendo al individuo bajo custodia ministerial, afecta el núcleo de la garantía de legalidad en la detención.
- PRINCIPIO DE EXCLUSIÓN POR VIOLACIÓN A GARANTÍAS. LA PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD VICIA EL POSTERIOR PROCEDIMIENTO PENAL (TESIS: 1a./J. 88/2021 (11a.)). Aunque aplicable en etapas posteriores, esta tesis subraya la gravedad de la violación, pues una detención que inicia con una retención ministerial prolongada e ilegal puede contaminar todo el proceso subsiguiente, incluyendo la posible vinculación a proceso.
IV. HECHOS
- El día (FECHA DE LA RETENCIÓN), a aproximadamente las (HORA) horas, fui retenido por elementos de (CORPORACIÓN) en (LUGAR), bajo el argumento de [MOTIVO ALEGADO POR LA AUTORIDAD, EJ. "REVISIÓN DE DOCUMENTOS", "INVESTIGACIÓN", ETC.].
- Desde ese momento, he permanecido bajo custodia de la autoridad ministerial, específicamente en (LUGAR DE LA RETENCIÓN, EJ. AGENCIA DEL MP, INSTALACIONES POLICIALES).
- Han transcurrido más de (NÚMERO) horas desde mi retención, sin que se me haya puesto a disposición del Juez de Control competente, ni se me haya informado de los motivos legales precisos que justifiquen tal privación de libertad por un plazo tan extenso.
- Durante este tiempo, (DESCRIBIR BREVEMENTE LAS CONDICIONES, SI SE LE HA NEGADO COMUNICACIÓN, ASISTENCIA JURÍDICA, ETC.).
- No existe orden de aprehensión o detención girada en mi contra por autoridad judicial alguna que justifique mi privación de libertad por este prolongado lapso.
- La retención ha excedido con creces el tiempo "estrictamente necesario" y "sin dilación alguna" que prevén los artículos 136 y 137 del CNPP, configurando una privación ilegal y arbitraria de mi libertad personal.
V. PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, respetuosamente suplico a este Honorable Juzgado de Distrito:
- SE ME OTORGUE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de los actos reclamados (retención ministerial prolongada y omisión de presentarme ante autoridad judicial).
- SE SUSPENDA DE INMEDIATO LA EJECUCIÓN DE LOS ACTOS RECLAMADOS, ordenando a las autoridades responsables que, de manera inmediata y sin condición alguna, me pongan en libertad, cesando toda restricción a mi libertad ambulatoria derivada de dicha retención.
- En caso de que exista alguna causa legal para mi detención, SE ORDENE A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES QUE SIN MÁS TRÁMITE ME PONGAN A DISPOSICIÓN DEL JUZGADO DE CONTROL COMPETENTE, para que sea dicha autoridad judicial quien, en el ámbito de sus atribuciones y respetando el plazo del artículo 19 constitucional, determine mi situación legal.
- En el supuesto de que al resolver el fondo del asunto se confirme la violación, SE DECLARE LA INEXISTENCIA DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD EN LOS TÉRMINOS EN QUE SE EFECTUÓ, con todas las consecuencias legales que ello implica para el procedimiento penal en su caso.
VI. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Este Juzgado de Distrito en el Estado de Chihuahua es competente para conocer del presente juicio de amparo, dado que los actos reclamados se están ejecutando o sus efectos se están produciendo dentro de su circunscripción territorial, conforme a lo dispuesto por el Art. 47 Ley de Amparo.
VII. ANEXOS
Se anexan para mejor proveer:
- Copia simple de identificación oficial vigente del quejoso.
- [EN CASO DE TENERLA, COPIAS DE CUALQUIER DOCUMENTO QUE ACREDITE LA HORA Y LUGAR DE LA RETENCIÓN, O NOMBRES DE LOS AGENTES].
- Lista de testigos (si aplica): (NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO Y TELÉFONO DE POSIBLES TESTIGOS).
PROTESTO LO NECESARIO.
Lugar y fecha: (CIUDAD, CHIHUAHUA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
_____________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
FIRMA DEL ACTOR O REPRESENTANTE LEGAL
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Nacional de Procedimientos Penales
- Código Penal Federal (para posibles delitos imputados en el fuero federal)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. Lo asignará el juzgado.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo tal como aparece en su identificación oficial.
- (DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES): Indique un domicilio físico completo y confiable en Chihuahua donde pueda recibir notificaciones oficiales.
- (CORREO ELECTRÓNICO Y TELÉFONO): Proporcione datos de contacto vigentes.
- (FECHA Y HORA DE LA RETENCIÓN): Sea lo más preciso posible. Si no recuerda la hora exacta, estime.
- (LUGAR DE LOS HECHOS / RETENCIÓN): Describa la calle, colonia, municipio y punto de referencia si es posible.
- (AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO O CORPORACIÓN POLICIAL): Especifique, ej.: "Policía Municipal de Juárez", "Fiscalía Regional Norte", "Guardia Nacional".
- (FISCALÍA O AGENCIA ESPECÍFICA): Si conoce el número de agencia o nombre de la fiscalía donde está retenido, escríbalo.
- (DOMICILIO DE LA FISCALÍA): Si no lo conoce, puede poner "en los conocidos de esta ciudad".
- (JUZGADO DE CONTROL): Si conoce el juzgado que usualmente atiende la zona, menciónelo. Si no, ponga "el competente".
- (MOTIVO ALEGADO): Escriba la razón que le dieron los agentes para retenerlo.
- (NÚMERO DE HORAS TRANSCURRIDAS): Calcule el tiempo total desde la retención hasta el momento de presentar la demanda.
- (DESCRIBIR CONDICIONES): Mencione si ha tenido acceso a un abogado, comida, llamadas, etc.
- (ANEXOS): Adjunte copias simples, nunca originales. Si no tiene documentos, puede omitir ese anexo pero descríbalo en los hechos.
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