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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO CONTRA RETENCIÓN MINISTERIAL PROLONGADA
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE COAHUILA
PRESENTE.
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, COAHUILA), autorizando para tal efecto al C. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO), y proporcionando los datos de identificación siguientes:
- Lugar de nacimiento: (CIUDAD, ESTADO)
- Nacionalidad: Mexicana
- Estado Civil: (ESTADO CIVIL)
- Ocupación: (OCUPACIÓN)
- Clave Única de Registro de Población (CURP): (CURP)
Por mi propio derecho, respetuosamente expongo:
I. ACTOS RECLAMADOS
Vengo a promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, en contra de los actos de autoridad que a continuación señalo, los cuales estimo violatorios de las garantías individuales que en su oportunidad expresaré.
- La retención ministerial prolongada e injustificada de mi persona, efectuada por elementos de la (AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO O CORPORACIÓN POLICIAL), adscritos a (DELEGACIÓN, FISCALÍA O COMANDANCIA ESPECÍFICA), con sede en (CIUDAD, COAHUILA).
- La omisión de dichas autoridades de poner a mi disposición, sin dilación alguna, ante la autoridad judicial competente, en los términos que establece el Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Art. 136 Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Cualquier otro acto de autoridad que durante la tramitación del presente juicio se derive o se relacione con la privación ilegal de mi libertad.
AUTORIDADES RESPONSABLES:
- El Agente del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado de Coahuila, con sede en (CIUDAD, COAHUILA), o quien ejerza sus funciones.
- El titular de la (CORPORACIÓN POLICIAL QUE REALIZÓ LA DETENCIÓN) en el Estado de Coahuila, o quien ejerza sus funciones.
- El Juez de Control del Distrito Judicial de (DISTRITO JUDICIAL EN COAHUILA), Estado de Coahuila, por lo que pueda resultar responsable.
II. HECHOS
- El día (FECHA DE LA DETENCIÓN), aproximadamente a las (HORA) horas, en (LUGAR ESPECÍFICO DE LA DETENCIÓN, CIUDAD, COAHUILA), fui detenido/retengo por elementos de la (CORPORACIÓN POLICIAL).
- Los elementos policiales no exhibieron en ese momento una orden de aprehensión debidamente fundada y motivada, ni existía flagrancia delictiva por mi parte. La causa o motivo de mi detención fue [DESCRIBIR BREVEMENTE EL MOTIVO ALEGADO POR LA AUTORIDAD, EJ. "PRESUNTA PARTICIPACIÓN EN..."].
- Fui trasladado a las instalaciones de la (AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO O COMANDANCIA), ubicada en (DIRECCIÓN).
- Desde mi ingreso a dichas instalaciones y hasta el momento de presentar este escrito, he permanecido bajo custodia de las autoridades ministeriales y policiales, sin que se me haya puesto a disposición de un Juez de Control para que se determine mi situación jurídica.
- Han transcurrido más de (NÚMERO) horas desde mi detención, sin que se cumpla con el mandato constitucional y legal de presentarme ante la autoridad judicial. Durante este tiempo, no se me ha informado de mis derechos, no se me ha permitido comunicarme con un familiar o con mi defensor, y he sido sometido a interrogatorios sin la asistencia legal adecuada.
- Esta retención prolongada bajo custodia ministerial, sin control judicial, constituye una privación ilegal de la libertad personal.
III. GARANTÍAS INDIVIDUALES VIOLADAS
Los actos antes descritos violan de manera directa y patente las siguientes garantías individuales reconocidas por la Constitución Federal:
- Artículo 16 Constitucional: Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En el caso de flagrancia, el detenido deberá ser puesto a disposición inmediata de la autoridad judicial sin dilación alguna. La retención ministerial prolongada sin presentación ante juez viola este precepto.
- Artículo 14 Constitucional: A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. La privación de libertad sin intervención judicial viola el derecho al debido proceso.
- Artículo 20, Apartado B, Fracción I Constitucional: Se presume la inocencia de toda persona mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa. La retención prolongada sin control judicial contradice esta presunción.
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Artículo 103 y 107 Constitucionales: Que establecen el juicio de amparo como medio de control de la constitucionalidad de los actos de autoridad.
- Artículo 1 y 5 de la Ley de Amparo: Que regulan el procedimiento y los supuestos para la procedencia del juicio de amparo.
- Artículo 136 del Código Nacional de Procedimientos Penales: "El Ministerio Público, una vez que cumpla con lo establecido en el artículo anterior, deberá poner sin demora al imputado a disposición del juez de control, junto con los datos que establezca la ley y el informe de la detención." Establece el plazo máximo de 48 horas para la puesta a disposición, salvo en casos de delincuencia organizada donde será de 96 horas. El plazo se cuenta desde el momento de la detención.
- Artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales: "Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo anterior, el imputado deberá ser puesto en libertad de inmediato, sin perjuicio de que la investigación continúe."
V. TESIS JURISPRUDENCIALES
- RETENCIÓN MINISTERIAL PROLONGADA. CONSTITUYE PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD PERSONAL (TESIS: 1a. CCCXXXVII/2016 (10a.)). La retención de una persona por parte del Ministerio Público más allá del plazo legal para ponerla a disposición del juez, constituye una privación ilegal de la libertad personal, ya que la custodia del imputado corresponde exclusivamente al órgano jurisdiccional una vez cumplido dicho término, por lo que la prolongación indebida de la retención ministerial viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica.
- DETENCIÓN ILEGAL. SU CONFIGURACIÓN CUANDO EL MINISTERIO PÚBLICO NO PONE AL INDICIADO A DISPOSICIÓN DEL JUEZ EN EL PLAZO LEGAL (TESIS: 1a. C/2015 (10a.)). Existe detención ilegal cuando el Ministerio Público no pone al indiciado a disposición del juez dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su detención, pues la autoridad ministerial carece de facultades para conservar la custodia de una persona más allá de dicho plazo, ya que la custodia del imputado corresponde exclusivamente al órgano jurisdiccional una vez cumplido dicho término.
- AMPARO DIRECTO. EL PLAZO PARA INTERPONERLO EN CONTRA DE UNA RETENCIÓN MINISTERIAL PROLONGADA SE CUENTA A PARTIR DE QUE EL QUEJOSO TUVO CONOCIMIENTO DE LA MISMA (TESIS: IV.1o.A. J/13 (10a.)). En el amparo directo promovido contra una retención ministerial prolongada, el plazo de quince días para interponer la demanda se cuenta a partir del día siguiente en que el quejoso tuvo conocimiento de la retención, y no de la detención inicial, ya que son actos reclamables distintos.
VI. PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, respetuosamente
SUPLICO A USTED, SEÑOR JUEZ,
- Se sirva admitir la presente demanda de amparo.
- Se decrete la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de plano y de manera provisional, ordenando a las autoridades responsables que de inmediato me pongan en LIBERTAD, o en su defecto, que sin mayor dilación me pongan a disposición del Juez de Control competente para que se determine mi situación jurídica, toda vez que el acto reclamado es evidentemente violatorio de garantías individuales y su continuación causaría daños de difícil reparación.
- Una vez concedida la suspensión, se CONFIRME en la audiencia constitucional.
- Se mande practicar las diligencias necesarias para acreditar los hechos expuestos, tales como oficios a las autoridades responsables para que informen lo conducente.
- En la audiencia constitucional, una vez analizadas las pruebas y los informes, se OTORGUE LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, declarando la violación de las garantías individuales señaladas, y en consecuencia, se decrete mi libertad inmediata si para ese momento aún no se ha regularizado mi situación ante el juez penal.
- En general, se me otorguen todas las constancias y se me haga saber el contenido de las mismas.
VII. ANEXOS
Para los fines legales a que haya lugar, anexo los siguientes documentos (en copia simple):
- Identificación oficial vigente del actor.
- Comprobante de domicilio.
- Cualquier documento que acredite la detención o retención (ej. notificación familiar, constancia de la autoridad, etc.).
PROTESTO LO NECESARIO.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, COAHUILA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
FIRMA
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Nacional de Procedimientos Penales
- Código Penal Federal (como referencia en materia de tipos penales)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, comenzando por apellidos.
- (DIRECCIÓN COMPLETA): Proporcione un domicilio real y accesible en el estado de Coahuila para recibir notificaciones.
- (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO): Nombre de la persona que puede recibir notificaciones en su domicilio si usted no se encuentra.
- (DATOS DE IDENTIFICACIÓN): Llene todos los campos con su información personal verídica.
- (AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO O CORPORACIÓN POLICIAL): Especifique el nombre completo de la autoridad que lo detuvo (ej. "Policía Estatal de Coahuila", "Fiscalía General del Estado de Coahuila, Agencia de Saltillo").
- (DELEGACIÓN, FISCALÍA O COMANDANCIA ESPECÍFICA): Sea lo más específico posible sobre la dependencia.
- (CIUDAD, COAHUILA): Indique la ciudad donde ocurrieron los hechos y donde radica la autoridad (Saltillo, Torreón, Monclova, Piedras Negras, etc.).
- (DISTRITO JUDICIAL EN COAHUILA): Consulte el distrito judicial correspondiente a la ciudad (ej. "Saltillo", "Torreón", "Norte").
- (FECHA Y HORA DE LA DETENCIÓN): Precise con la mayor exactitud posible.
- (LUGAR ESPECÍFICO DE LA DETENCIÓN): Describa la calle, colonia, punto de referencia.
- (NÚMERO DE HORAS TRANSCURRIDAS): Calcule el tiempo exacto desde su detención hasta la presentación de este escrito. Si supera las 48 horas (o 96 en caso de delincuencia organizada), es fundamental destacarlo.
- (DESCRIBIR BREVEMENTE EL MOTIVO): Escriba la razón que, según la autoridad, motivó su detención.
- (LUGAR Y FECHA): Ciudad en Coahuila donde presenta el amparo y la fecha actual.
📄 Plantillas Relacionadas
- Amparo Contra Orden de Aprehensión (para cuando existe una orden judicial pero se considera ilegal).
- Amparo por Detención Ilegal en Flagrancia (cuando la detención se realiza por flagrancia pero no se cumplen los requisitos legales).
- Formato de Notificación a Familiares por Detención (para que un familiar pueda iniciar trámites).
- Solicitud de Declaratoria de Incompetencia (para cambiar un juicio penal a otro fuero o jurisdicción).
- Recurso de Revisión en Amparo Penal (para impugnar una sentencia de amparo desfavorable).
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