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V1Amparo contra Retención Ministerial Prolongada — Querétaro
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO CONTRA RETENCIÓN MINISTERIAL PROLONGADA

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
PRESENTE.

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, QUERÉTARO), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE DEL PERSONA AUTORIZADA PARA RECIBIR NOTIFICACIONES), y haciendo del conocimiento de este Honorable Tribunal que mi número de teléfono es (TELÉFONO) y mi correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO), ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

I. ACTOS RECLAMADOS

Vengo a promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, en contra de la retención ministerial prolongada de la que soy víctima, ordenada y ejecutada por el Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, adscrito a la [AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECÍFICA, E.G., "AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECIALIZADA EN..." O "DE LA ZONA..."], sin que hasta el momento se haya dictado auto de vinculación a proceso o de libertad en mi favor, violándose con ello las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

Los actos de autoridad concretos que reclamo son:

  1. La orden de retención ministerial dictada el día (FECHA DE LA RETENCIÓN), sin causa legal que la justifique más allá del plazo constitucional.
  2. La continuación de mi privación de la libertad, bajo la figura de retención ministerial, sin que se haya cumplido con el plazo máximo previsto en el Art. 19 del Código Nacional de Procedimientos Penales y en el Art. 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  3. La omisión de la autoridad ministerial y/o judicial de resolver mi situación jurídica, ya sea mediante el auto de vinculación a proceso o el de libertad, dentro del plazo legal.

II. AUTORIDADES RESPONSABLES

Señalo como AUTORIDADES RESPONSABLES de los actos reclamados:

  1. El Agente del Ministerio Público de la (AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO ESPECÍFICA), de la Fiscalía General del Estado de Querétaro.
  2. El Fiscal General del Estado de Querétaro, en su carácter de superior jerárquico y titular de la institución.
  3. En su caso, el Juez de Control del [JUZGADO DE CONTROL ESPECÍFICO, E.G., "JUZGADO DE CONTROL DEL DISTRITO JUDICIAL DE QUERÉTARO"], por su omisión en vigilar el cumplimiento de los plazos constitucionales y legales.

III. NORMAS GENERALES VIOLADAS

Los actos antes descritos violan las siguientes normas de carácter general:

  • Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consagra la garantía de legalidad.
  • Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece los requisitos y plazos para la privación de la libertad.
  • Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que regula los plazos máximos de la retención ministerial y la obligación de la autoridad de resolver la situación jurídica del indiciado.
  • Artículo 19 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que desarrolla los plazos constitucionales para la retención.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO Y TESIS JURISPRUDENCIALES

La retención ministerial es una medida cautelar de carácter excepcional, sujeta a plazos perentorios. El artículo 19 constitucional, párrafo tercero, establece de manera clara que la autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos graves, podrá decretar la prisión preventiva oficiosa. Sin embargo, para llegar a esa instancia, primero debe cumplirse con el plazo de retención ministerial.

El citado artículo 19 constitucional, en su párrafo segundo, dispone que "Todo maltratamiento en la aprehensión o en las prisiones, toda molestia que se infiera sin motivo legal, toda gabela o contribución, en las cárceles, son abusos que serán corregidos por las leyes y reprimidos por las autoridades". La retención más allá del plazo legal constituye, en sí misma, un maltrato y una molestia inferida sin motivo legal.

El Art. 19 del CNPP precisa estos plazos: cuarenta y ocho horas para delitos que no tengan prevista como pena privativa de la libertad la de tres años o menor, y hasta noventa y seis horas para los delitos graves. Vencido este plazo sin que se haya dictado el auto de vinculación a proceso, el indiciado deberá ser puesto en libertad de inmediato.

Tesis Jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

  1. RETENCIÓN MINISTERIAL. EL PLAZO MÁXIMO PARA SU DURACIÓN ES DE NOVENTA Y SEIS HORAS (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 19, PÁRRAFO TERCERO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS). Registro: 2021554. Esta tesis establece de manera enfática que el plazo máximo constitucional para la retención ministerial es de 96 horas, sin excepción. Su superación configura una violación flagrante a los derechos fundamentales.
  2. PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. SU DECRETO NO PUEDE BASARSE EN UNA RETENCIÓN MINISTERIAL QUE HAYA EXCEDIDO EL PLAZO CONSTITUCIONALMENTE ESTABLECIDO. Registro: 2019821. La SCJN ha determinado que si la retención ministerial previa al decreto de prisión preventiva violó el plazo legal, toda la secuela procedimental posterior se ve viciada, incluyendo la posible prisión preventiva.
  3. GARANTÍA DE DEBIDO PROCESO. RESULTA VIOLADA CUANDO SE MANTIENE LA RETENCIÓN DE UNA PERSONA SIN QUE SE DICTE EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO DENTRO DEL PLAZO LEGAL. Registro: 2005678. La Corte sostiene que el derecho a un debido proceso incluye el derecho a que la restricción de la libertad personal se sujete estrictamente a los plazos que la ley establece.

V. HECHOS

Relato sucinto de los hechos:

  1. El día (FECHA), aproximadamente a las (HORA) horas, fui detenido/retenido por elementos de (POLICÍA ESTATAL, MINISTERIAL, ETC.) en (LUGAR DE LOS HECHOS).
  2. Fui puesto a disposición del Ministerio Público de la (AGENCIA ESPECÍFICA) el mismo día (FECHA).
  3. Desde ese momento y hasta la fecha de presentación de este escrito, he permanecido bajo retención ministerial, sin que se me haya informado de mis derechos de manera completa, ni se haya dictado auto de vinculación a proceso o de libertad.
  4. Han transcurrido más de (ESPECIFICAR HORAS, E.G., 96, 120, 144) horas desde mi puesta a disposición, excediendo con creces el plazo máximo legal de retención ministerial, incluso para el supuesto de delito grave (96 horas).
  5. He solicitado por conducto de mi defensor y de manera personal que se respete mi derecho y se me ponga en libertad, sin que la autoridad ministerial haya dado cumplimiento a este mandato legal.

VI. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente SUPLICO A ESTE HONORABLE TRIBUNAL:

  1. Se sirva admitir la presente demanda de amparo.
  2. Se decrete la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de plano y de manera provisional, ordenando a las autoridades responsables que de inmediato pongan en LIBERTAD a mi persona, en tanto se resuelve el presente juicio de garantías, por tratarse de un acto evidentemente violatorio de garantías constitucionales y cuya continuación causaría daños de imposible reparación.
  3. Una vez substanciado el juicio, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, declarando la inconstitucionalidad de los actos reclamados por violación a los artículos 14, 16 y 19 de la Constitución Federal y al artículo 19 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
  4. Se ordene a las autoridades responsables que respeten mi libertad, absteniéndose de volver a privarme de ella por los mismos hechos que motivaron la retención reclamada, sin seguir el procedimiento legal correspondiente.
  5. En caso de que la autoridad responsable pretenda decretar la prisión preventiva oficiosa, se le notifique que dicha medida no puede basarse en una retención ministerial que ya ha excedido el plazo legal, conforme a la tesis jurisprudencial antes citada.

VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública: Copia certificada del acta de puesta a disposición o de los asientos registrales en el libro de gobierno de la agencia del Ministerio Público, la cual solicito a este Honorable Tribunal se requiera de oficio a la autoridad responsable.
  2. Declaración Testimonial: La de los C.C. (NOMBRE(S) DEL/LOS TESTIGO(S)), quienes declararán sobre los hechos de mi detención y retención.
  3. Presuncional: Se funda en lo dispuesto por el Art. 396 del CNPP, presumiéndose ciertos los hechos afirmados por el actor cuando la autoridad responsable no rinda su informe justificado o no aporte los elementos de convicción solicitados.

VIII. ANEXOS

Para los fines legales a que haya lugar, anexo los siguientes documentos:

  1. Copia simple de mi identificación oficial vigente.
  2. Copia simple del poder notarial o carta poder firmada en presencia de dos testigos que acredite la personalidad de quien me representa, en caso de que no comparezca personalmente.
  3. Documento que precise el domicilio señalado para oír notificaciones.

PROTESTO LO NECESARIO.

Lugar y Fecha: (CIUDAD, QUERÉTARO), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

___________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
ACTOR

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial.
  2. (DOMICILIO): Indique calle, número, colonia, código postal, ciudad y estado (Querétaro). Este será el domicilio para recibir notificaciones del juicio.
  3. (PERSONA AUTORIZADA): Si autoriza a otra persona para recibir notificaciones, escriba su nombre completo. Si no, puede tachar o escribir "No aplica".
  4. (TELÉFONO Y CORREO): Proporcione datos de contacto vigentes.
  5. (AGENCIA DEL MP): Especifique la Agencia del Ministerio Público exacta donde se encuentra su carpeta de investigación (ej. "Agencia del Ministerio Público Especializada en Robo de la Zona Centro").
  6. (FECHAS Y HORAS): Sea lo más preciso posible con la fecha y hora de su detención/retención. Calcule el total de horas transcurridas.
  7. (JUZGADO DE CONTROL): Si conoce el número o distrito judicial del Juzgado de Control que lleva o llevaría su caso, especifíquelo.
  8. (NOMBRE(S) DE TESTIGO(S)): Escriba el nombre completo de las personas que puedan declarar sobre su detención y retención. Deben ser mayores de edad y proporcionar su domicilio.
  9. (CIUDAD, FECHA): La ciudad debe ser en el estado de Querétaro. La fecha debe ser el día de la firma del escrito.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Formato de Poder General para Pleitos y Cobranzas: Para acreditar la representación legal de un familiar o abogado.
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  • Recurso de Revisión en Amparo Indirecto: Para impugnar la resolución del Juez de Distrito en este mismo juicio.
  • Queja por Violación a Derechos Humanos ante la CNDH: Documento complementario para presentar ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Red Nacional de Abogados

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