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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO CONTRA RETENCIÓN MINISTERIAL PROLONGADA
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA
PRESENTE.
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, SONORA), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO), al amparo de lo dispuesto por los artículos 1, 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4, 5, 8, 107 y demás relativos de la Ley de Amparo, respetuosamente expongo:
I. ACTOS RECLAMADOS
Vengo a promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, en contra de la retención ministerial prolongada e ilegal de mi persona, efectuada por elementos de la [AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL O ESTATAL, E.G., FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA O FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA], con sede en (DOMICILIO DE LA AGENCIA, CIUDAD, SONORA), y en contra de cualquier autoridad que resulte responsable, particularmente el (JUEZ DE CONTROL O TRIBUNAL SENTENCIADOR, EN SU CASO) del (JUZGADO O TRIBUNAL CON SEDE EN SONORA).
Los actos reclamados consisten en:
- La privación ilegal de la libertad (retención ministerial) que sufrí desde aproximadamente las (HORA INICIAL) horas del día (FECHA INICIAL), sin que se me haya puesto a disposición de la autoridad judicial competente dentro del plazo constitucional de 48 horas, violándose así mi derecho a la libertad personal y al debido proceso.
- La omisión de dichas autoridades de decretar mi libertad al vencimiento del plazo constitucional para mi puesta a disposición, previsto en el artículo 16 constitucional y en el artículo 136 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Mi petición se funda en las siguientes disposiciones:
- El artículo 16 constitucional, párrafo sexto, establece que toda persona detenida deberá ser puesta a disposición de la autoridad judicial sin dilación alguna y a más tardar dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su detención.
- El artículo 136 del Código Nacional de Procedimientos Penales precisa que el Ministerio Público contará con un plazo de cuarenta y ocho horas, a partir de que el imputado quede a su disposición, para decidir si ejercita o no la acción penal. De no hacerlo dentro de dicho plazo, el imputado deberá ser puesto en libertad de inmediato.
- El artículo 137 del mismo Código señala que, en caso de ejercitar la acción penal, el Ministerio Público deberá presentar al imputado ante el Juez de Control dentro de las cuarenta y ocho horas antes referidas.
- La violación a estos plazos constituye una privación ilegal de la libertad, contraria al artículo 14 constitucional (principio de legalidad) y al artículo 17 (prohibición de la prisión por deudas civiles y de la detención arbitraria).
III. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES
- RETENCIÓN MINISTERIAL. EL PLAZO DE CUARENTA Y OCHO HORAS PARA LA PUESTA A DISPOSICIÓN DEL IMPUTADO ANTE EL JUEZ DE CONTROL ES IMPRORROGABLE. (Tesis: 1a. CCCXXI/2016 (10a.)). Esta tesis de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que el plazo constitucional de 48 horas es máximo e improrrogable. Su incumplimiento, por sí solo, configura una violación a las garantías de legalidad y libertad personal.
- DETENCIÓN ILEGAL. LA PROLONGACIÓN INJUSTIFICADA DE LA RETENCIÓN MINISTERIAL CONFIGURA ESTE ILÍCITO. (Tesis: I.3o.P.18 P (10a.)). Los Tribunales Colegiados han sostenido que mantener a una persona bajo custodia del Ministerio Público más allá del plazo legal, sin causa justificada y sin ponerla a disposición judicial, constituye una detención ilegal que vulnera derechos fundamentales.
- AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD JUDICIAL DE DECRETAR LA LIBERTAD DEL IMPUTADO CUANDO HA TRANSCURRIDO EL PLAZO PARA SU PUESTA A DISPOSICIÓN. (Tesis: IV.1o.P. J/14 (10a.)). Esta jurisprudencia confirma que el amparo es el medio idóneo para reclamar la omisión del juez de control al no ordenar la libertad cuando el Ministerio Público incumple el plazo de las 48 horas.
IV. HECHOS
- El día (FECHA DE LA DETENCIÓN O RETENCIÓN), aproximadamente a las (HORA) horas, fui detenido/retendido por elementos de (AUTORIDAD QUE REALIZÓ LA DETENCIÓN, E.G., POLICÍA ESTATAL, FEDERAL, MINISTERIO PÚBLICO), en (LUGAR DE LOS HECHOS, CIUDAD, SONORA).
- Posteriormente fui trasladado a las instalaciones de la (AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO), ubicada en (DOMICILIO), donde quedé a disposición del Agente del Ministerio Público (NOMBRE DEL AGENTE MP, SI SE CONOCE).
- A la fecha de presentación de este escrito, han transcurrido más de (NÚMERO) horas desde mi puesta a disposición del Ministerio Público, sin que se me haya presentado ante autoridad judicial alguna, ni se haya dictado auto de vinculación a proceso, ni mucho menos se haya decretado mi libertad.
- Durante este tiempo, no se me ha informado de manera clara y precisa de mis derechos, ni se me ha permitido comunicarme con mi familia o defensor de manera efectiva. Tampoco se me ha presentado una orden de aprehensión o detención debidamente fundada y motivada.
- Esta retención prolongada carece de fundamento legal, ya que ha excedido el plazo máximo de cuarenta y ocho horas establecido en la Constitución y en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
V. PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, solicito a este Honorable Juzgado de Distrito en el Estado de Sonora:
- Que se tenga por interpuesto este JUICIO DE AMPARO INDIRECTO en contra de los actos de autoridad señalados.
- Que en virtud de la violación flagrante a las garantías constitucionales antes mencionadas, y dada la urgencia del caso por tratarse de la libertad personal, se ADMITA la demanda y se OTORGUE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de oficio, en términos del artículo 128 de la Ley de Amparo, ordenando mi libertad inmediata y cesación de la retención ilegal.
- Que una vez substanciado el juicio, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, confirmando la suspensión y dejando sin efectos los actos reclamados.
- Que se impongan las sanciones correspondientes a las autoridades responsables por la violación a las garantías individuales.
VI. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Este Juzgado de Distrito en el Estado de Sonora es competente para conocer del presente juicio de amparo, dado que los actos reclamados se están ejecutando o pretenden ejecutarse dentro de su circunscripción territorial, conforme a lo dispuesto por los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Federal y 46 de la Ley de Amparo.
VII. ANEXOS
- Copia simple de identificación oficial del actor (INE o pasaporte).
- Documento que acredite el domicilio señalado (en su caso).
- Copia de cualquier notificación, acta o documento relacionado con la retención, si se cuenta con ella.
PROTESTO LO NECESARIO.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, SONORA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
ATENTAMENTE,
(NOMBRE COMPLETO Y FIRMA DEL ACTOR O SU REPRESENTANTE LEGAL)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Penal Federal
- Código Nacional de Procedimientos Penales
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la primera presentación. La autoridad lo asignará.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial.
- (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, SONORA): Indique un domicilio real y accesible dentro del estado de Sonora para recibir notificaciones.
- (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO): Nombre de la persona que puede recibir notificaciones en su domicilio. Puede ser un familiar.
- (AGENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL O ESTATAL...): Especifique la autoridad que lo tiene retenido (ej. "Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora, Agencia de...").
- (DOMICILIO DE LA AGENCIA, CIUDAD, SONORA): Dirección exacta de dicha agencia.
- (JUEZ DE CONTROL O TRIBUNAL SENTENCIADOR...): Si conoce el juzgado o tribunal que eventualmente conocería su caso, menciónelo. Si no, ponga "el Juez de Control competente en Sonora".
- (HORA INICIAL) / (FECHA INICIAL): Hora y fecha exacta en que inició su retención o detención.
- (FECHA DE LA DETENCIÓN O RETENCIÓN) / (HORA): Repita la fecha y hora del hecho inicial.
- (AUTORIDAD QUE REALIZÓ LA DETENCIÓN...): Indique qué cuerpo policial o autoridad lo detuvo físicamente.
- (LUGAR DE LOS HECHOS, CIUDAD, SONORA): Sitio donde fue detenido.
- (NOMBRE DEL AGENTE MP, SI SE CONOCE): Nombre del Agente del Ministerio Público que lleva su carpeta de investigación.
- (NÚMERO): Número total de horas que ha estado retenido (debe ser mayor a 48).
- (CIUDAD, SONORA) / (DÍA) / (MES) / (AÑO): Lugar y fecha en que firma el documento.
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Sobre este documento: Amparo contra Retención Ministerial Prolongada — Sonora
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