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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
AMPARO DIRECTO CONTRA SENTENCIA PENAL
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE DEL JUICIO PENAL)
JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO
JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
PRESENTE.
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, ESTADO DE MÉXICO), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE COMPLETO DE LA PERSONA AUTORIZADA), quien exhibe identificación oficial con fotografía, y manifestando que tengo el carácter de (INDIQUE SI ES SENTENCIADO, DEFENSOR, ETC.) en el juicio penal de mi interés, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS DE HECHOS
- El día (FECHA DE LA SENTENCIA), el [ÓRGANO JURISDICCIONAL QUE DICTÓ LA SENTENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA O TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO] con número de expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE), dictó sentencia condenatoria en mi contra.
- Dicha sentencia me impuso la pena de (DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA PENA IMPUESTA: DURACIÓN, MULTA, REPARACIÓN DEL DAÑO, ETC.) por el delito de (NOMBRE DEL DELITO) previsto en el Artículo (Número) del Código Penal Federal.
- Contra dicha resolución interpuse el recurso de apelación en tiempo y forma, el cual fue resuelto por el (TRIBUNAL DE ALZADA QUE CONOCIÓ DEL RECURSO) mediante auto de fecha (FECHA DEL AUTO QUE RESUELVE LA APELACIÓN), confirmando en todos sus términos la sentencia condenatoria de primera instancia.
- Considero que la sentencia definitiva (la confirmada por el tribunal de alzada) adolece de violaciones procesales y constitucionales que afectan mis derechos fundamentales, las cuales se detallan en las siguientes:
CLÁUSULAS DE DERECHO Y VIOLACIONES SEÑALADAS
I. VIOLACIÓN AL DERECHO A UNA DEFENSA ADECUADA Y AL DEBIDO PROCESO.
Se viola el derecho a una defensa adecuada consagrado en el Artículo 20 Apartado A fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el principio de contradicción del Artículo 15 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ya que durante el desarrollo del juicio, el órgano jurisdiccional [DESCRIBA CON PRECISIÓN EL ACTO U OMISIÓN: EJ. NO PERMITIÓ EL DESAHOGO DE PRUEBA OFRECIDA, NO TUVO EN CUENTA ARGUMENTOS ESENCIALES DE LA DEFENSA, ETC.].
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido en la Tesis: 1a. CXLIX/2019 (10a.) que "EL DERECHO A UNA DEFENSA ADECUADA, CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 20, APARTADO A, FRACCIÓN IX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, COMPRENDE LA OBLIGACIÓN DE LAS AUTORIDADES DE GARANTIZAR LA EFECTIVA PARTICIPACIÓN DEL IMPUTADO EN EL PROCESO PENAL". Esta garantía fue vulnerada en el presente caso.
II. VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA.
Se transgrede el principio de presunción de inocencia establecido en el Artículo 20 Apartado B fracción I de la Constitución Política y en el Artículo 6 del Código Nacional de Procedimientos Penales, dado que la sentencia recurrida funda la condena en [SEÑALE LA FALTA: EJ. PRUEBAS INSUFICIENTES, PRESUNCIONES NO PERMITIDAS, CARGA INDEBIDA DE LA PRUEBA, ETC.].
Al respecto, la SCJN sostiene en la Tesis: 1a. CXLV/2022 (10a.) que "EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EXIGE QUE LA SENTENCIA CONDENATORIA SE SUSTENTE EN PRUEBA LÍCITA, SUFICIENTE Y OBJETIVA, Y QUE CUALQUIER DUDA RAZONABLE SE RESUELVA A FAVOR DEL IMPUTADO". La resolución impugnada incumple este estándar.
III. VIOLACIÓN A LA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN.
Se quebranta el derecho a una resolución fundada y motivada previsto en el Artículo 14 de la Constitución Política y en el Artículo 180 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ya que la sentencia definitiva carece de una exposición clara, lógica y jurídica de las razones por las cuales se desestimaron los argumentos de la defensa y se valoraron las pruebas de cargo, incurriendo en [DESCRIBA LA FALTA: EJ. OMISIÓN DE ANÁLISIS, CONTRADICCIÓN INTERNA, APLICACIÓN ERRÓNEA DE LA NORMA PENAL, ETC.].
La jurisprudencia de la SCJN, en la Tesis: P. LXIII/2018 (10a.), precisa que "LA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES ES UNA GARANTÍA QUE PERMITE A LAS PARTES CONOCER LAS RAZONES JURÍDICAS Y FACTUALES QUE LLEVARON AL JUEZ A DICTAR DETERMINADA DECISIÓN, A EFECTO DE PODER IMPUGNARLA". Esta garantía fue vulnerada.
PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, respetuosamente solicito a este Honorable Juzgado de Distrito:
- Se tenga por interpuesto el presente JUICIO DE AMPARO DIRECTO en contra de la sentencia definitiva dictada el (FECHA DE LA SENTENCIA DEFINITIVA O DEL AUTO QUE RESUELVE LA APELACIÓN) en el expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE).
- En virtud de las violaciones procesales y constitucionales señaladas, se OTORGUE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL para los efectos del Artículo 82 de la Ley de Amparo.
- En consecuencia, se DECLARE LA NULIDAD DE LA SENTENCIA RECURRIDA y se ordene la reposición del procedimiento a partir del momento en que se cometió la violación, o bien, se dicte la resolución que corresponda conforme a derecho, garantizando el pleno respeto a mis derechos fundamentales.
- En caso de estar privado de la libertad, se decrete la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO para los efectos del Artículo 124 de la Ley de Amparo, a fin de que cese su ejecución mientras se resuelve el presente juicio.
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Este Juzgado de Distrito es competente para conocer del presente amparo directo con fundamento en los artículos 107 fracción VIII de la Constitución Política y 46 fracción I de la Ley de Amparo, ya que el acto reclamado (sentencia definitiva) fue dictado por autoridades judiciales del Estado de México, cuya residencia se encuentra dentro del territorio de este Distrito Judicial.
ANEXOS
- Copia certificada de la sentencia de primera instancia.
- Copia certificada del auto del tribunal de alzada que resuelve el recurso de apelación y confirma la sentencia.
- Copia simple de la constancia de personalidad o poder con el que actúa el promovente, en su caso.
- Comprobante de domicilio en el Estado de México.
- Identificación oficial del quejoso y de la persona autorizada para oír notificaciones.
PROTESTO LO NECESARIO.
Lugar y fecha: (CIUDAD, ESTADO DE MÉXICO), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
_____________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR O SU REPRESENTANTE LEGAL)
FIRMA
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Penal Federal
- Código Nacional de Procedimientos Penales
📋 Instrucciones de Llenado
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial y en el juicio penal.
- (CALLE, NÚMERO, COLONIA...): Proporcione un domicilio real y accesible dentro del Estado de México para recibir notificaciones.
- (NOMBRE COMPLETO DE LA PERSONA AUTORIZADA): Si autoriza a alguien más, escriba su nombre. De lo contrario, puede poner "Mismo quejoso".
- (INDIQUE SI ES SENTENCIADO, DEFENSOR, ETC.): Especifique su carácter en el juicio (ej. "sentenciado", "defensor particular", "defensor público").
- (FECHA DE LA SENTENCIA) / (NÚMERO DE EXPEDIENTE): Copie estos datos exactamente de las resoluciones originales.
- (DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA PENA...): Transcriba la parte dispositiva de la sentencia donde se señala la pena.
- (NOMBRE DEL DELITO) / Artículo {número}: Indique el delito y el número exacto del artículo del Código Penal Federal que se le imputa.
- (ÓRGANO JURISDICCIONAL...) / (TRIBUNAL DE ALZADA...): Escriba el nombre completo del Juzgado o Tribunal que dictó la resolución.
- (DESCRIBA CON PRECISIÓN EL ACTO U OMISIÓN...): En cada violación, detalle de manera clara y concreta el hecho que considera violatorio. Evite generalidades.
- (CIUDAD, ESTADO DE MÉXICO) / (DÍA) de (MES) de (AÑO): Lugar y fecha de presentación del escrito.
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