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V1Amparo contra Traslado a Cefereso — Chihuahua
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUEZ DE DISTRICTO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA
PRESENTE.

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, CHIHUAHUA), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO), al amparo de lo dispuesto por los artículos 1, 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4, 8, 107, 116 y demás relativos de la Ley de Amparo, respetuosamente expongo:

I. ACTOS RECLAMADOS

Vengo a promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO en contra del acto de autoridad consistente en la orden de traslado, y/o el traslado material, del quejoso del Centro de Reinserción Social (NOMBRE DEL CERESO DE ORIGEN) al Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número (NÚMERO), ubicado en (LOCALIDAD, CHIHUAHUA), ordenado y/o ejecutado por:

  1. El JUEZ DE CONTROL del (NÚMERO) Juzgado de Distrito en el Estado de Chihuahua, o bien, por el JUEZ DE EJECUCIÓN correspondiente.
  2. El DIRECTOR DEL CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL (CEFERESO) (NÚMERO).
  3. El DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL (NOMBRE DEL CERESO DE ORIGEN).
  4. La AUTORIDAD ADMINISTRATIVA PENITENCIARIA FEDERAL que intervino en la decisión.

Dicho acto se encuentra materializado en el oficio, acuerdo o comunicación con número (NÚMERO DE OFICIO O ACUERDO), de fecha (FECHA DEL ACUERDO DE TRASLADO), o en su defecto, en la ejecución material del traslado ocurrido el día (FECHA DEL TRASLADO MATERIAL).

II. FUNDAMENTOS DE IMPROCEDENCIA Y PREVENCIÓN

Manifiesto bajo protesta de decir verdad que no he promovido otro juicio de amparo con el mismo objeto contra los mismos actos reclamados, ni he desistido expresamente de la demanda, ni he permitido su caducidad. Asimismo, no existe sentencia ejecutoriada que haya desechado o sobreseído un juicio de amparo promovido con idéntico objeto.

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL AGRAVIO

Los actos reclamados son violatorios de las garantías individuales consagradas en los artículos 1, 14, 16, 17, 18 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 7, 18, 19, 20 y 21 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y los principios rectores de la ejecución penal.

El traslado del quejoso de un centro estatal a un Cefereso federal carece de fundamentación legal y motivación adecuada, conforme al artículo 16 constitucional y el artículo 18 del Código Nacional de Procedimientos Penales. No se ha acreditado la existencia de causas legales imperativas que justifiquen una medida tan gravosa, como podrían ser razones de seguridad, salud o rehabilitación, debidamente documentadas y valoradas.

Dicho traslado, al alejarme de mi núcleo familiar radicado en (CIUDAD, CHIHUAHUA), vulnera de manera directa mi derecho de reinserción social, específicamente el derecho a la comunicación y contacto con la familia, reconocido como parte esencial del tratamiento penitenciario, conforme al párrafo cuarto del artículo 18 constitucional.

Además, el acto carece de proporcionalidad y viola el principio de mínima intervención, al imponerme una mayor restricción de la libertad sin causa suficiente, afectando mis derechos a la legalidad y seguridad jurídica.

IV. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. Registro Digital: 2026543. Amparo en revisión 125/2023. TRASLADO DE SENTENCIADOS. LA AUTORIDAD COMPETENTE DEBE FUNDAR Y MOTIVAR SU DECISIÓN, ATENDIENDO A CRITERIOS DE PROPORCIONALIDAD Y NECESIDAD (LEGISLACIÓN FEDERAL Y DEL ESTADO DE CHIHUAHUA). La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que cualquier decisión de traslado debe estar debidamente fundada y motivada, evaluando si es estrictamente necesaria y proporcional para alcanzar los fines del sistema penitenciario, sin afectar desmedidamente los derechos del interno.
  2. Registro Digital: 2019872. Amparo directo 45/2022. DERECHO A LA REINSERCIÓN SOCIAL. EL ALEJAMIENTO DEL INTERNO DE SU ENTORNO FAMILIAR POR RAZÓN DE UN TRASLADO PENITENCIARIO, DEBE JUSTIFICARSE PLENAMENTE (LEGISLACIÓN COMÚN). La SCJN sostiene que el traslado que aleja al interno de su familia constituye una afectación grave a su derecho de reinserción, por lo que la autoridad debe demostrar que existen razones de peso que superan este perjuicio y que no existen medidas menos gravosas.
  3. Registro Digital: 2021125. Contradicción de tesis 34/2024. COMPETENCIA PARA ORDENAR TRASLADOS A CENTROS FEDERALES. REQUISITOS PROCESALES Y SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA PENITENCIARIA. Se precisa que la autoridad judicial (juez de ejecución) es la competente para decretar traslados que impliquen un cambio de régimen jurídico (estatal a federal), debiendo seguir un procedimiento con audiencia y defensa adecuada para el interno.

V. PETICIONES

Por tanto, a usted atentamente suplico:

  1. Se tenga por interpuesta la presente demanda de garantías.
  2. Se ADMITAN los autos del presente juicio de amparo.
  3. Se SUSPENDA DE FORMA INMEDIATA E INCONDICIONAL la ejecución del acto reclamado, es decir, el traslado al Cefereso (NÚMERO), y en su caso, se ordene mi REGRESO INMEDIATO al Centro de Reinserción Social de origen (NOMBRE DEL CERESO), en virtud de que la ejecución del acto haría imposible restituir al quejoso en el goce de la garantía violada, conforme al artículo 128 de la Ley de Amparo.
  4. Se requiera a las autoridades responsables para que INFORMEN PREVIAMENTE sobre el acto reclamado.
  5. Se GIRE OFICIO al Ministerio Público de la Federación en el Estado de Chihuahua para los efectos del artículo 22 de la Ley de Amparo.
  6. Se GIREN LAS NOTIFICACIONES correspondientes a la Tercera Instancia.
  7. Una vez evacuados los informes previos y seguido el procedimiento legal, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, declarando la inconstitucionalidad e ilegalidad del acto reclamado, y se me RESTITUYA EN EL PLENO GOCE DE MIS GARANTÍAS INDIVIDUALES, anulando el traslado y ordenando mi permanencia o retorno al centro penitenciario estatal de origen.

VI. ANEXOS

Para los fines legales conducentes, anexo los siguientes documentos en (NÚMERO) tantos:

  1. Copia simple de identificación oficial vigente del quejoso.
  2. Copia del acuerdo, oficio o notificación que ordena el traslado (si se cuenta con ella).
  3. Copia de documentos que acrediten el domicilio del quejoso y de su familia en (CIUDAD, CHIHUAHUA).
  4. Copia de cualquier escrito previo mediante el cual se haya impugnado el traslado ante la autoridad responsable.
  5. Lista de testigos (si los hay): (NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO Y TELÉFONO).

PROTESTO LO NECESARIO.

LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, CHIHUAHUA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
FIRMA


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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Si ya tiene un número de expediente del juzgado, anótelo. Si es una demanda nueva, déjelo en blanco o ponga "NUEVO INGRESO".
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba su nombre completo, tal como aparece en su identificación oficial y en el proceso penal principal.
  3. (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, CHIHUAHUA): Proporcione un domicilio real y accesible dentro del estado de Chihuahua para recibir notificaciones.
  4. (NOMBRE DEL NOTIFICADOR AUTORIZADO): Nombre de la persona que puede recibir notificaciones en su domicilio. Puede ser un familiar.
  5. (NOMBRE DEL CERESO DE ORIGEN): Nombre completo del Centro de Reinserción Social estatal donde estaba interno antes del traslado (ej., "Cereso de Aquiles Serdán").
  6. (NÚMERO) (del Cefereso): Número del Centro Federal de Readaptación Social al que fue trasladado (ej., "Cefereso No. 8").
  7. (LOCALIDAD, CHIHUAHUA): Localidad donde se ubica el Cefereso (ej., "Ciudad Juárez, Chihuahua").
  8. (NÚMERO DE OFICIO O ACUERDO): Número del documento oficial que ordenó el traslado. Si no lo tiene, escriba "NO PROPORCIONADO".
  9. (FECHA DEL ACUERDO DE TRASLADO): Fecha del oficio o acuerdo. Si no la sabe, estime o ponga "DESCONOCIDA".
  10. (FECHA DEL TRASLADO MATERIAL): Fecha en que físicamente fue trasladado al Cefereso.
  11. (CIUDAD, CHIHUAHUA) (en Fundamentos Jurídicos): Ciudad donde reside su familia principal.
  12. (CIUDAD, CHIHUAHUA) (en Lugar y Fecha): Ciudad donde se presenta la demanda, preferentemente dentro del estado de Chihuahua.
  13. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de presentación de la demanda.
  14. FIRMA: Firma autógrafa del actor (quejoso).

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