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V1Amparo contra Traslado a Cefereso
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

JUICIO DE AMPARO

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

I. ACTOR

Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

Calidad en que actúa: Inculpado / Indiciado / Procesado / Sentenciado.

Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, ESTADO)

Centro de Reinserción Social donde se encuentra recluido: (NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL CENTRO PENITENCIARIO ACTUAL)

II. AUTORIDADES RESPONSABLES

  1. Autoridad Primera Responsable: Juez de Control del Centro de Justicia Penal Federal con residencia en (CIUDAD, ESTADO), o quien legalmente corresponda.
  2. Autoridad Segunda Responsable: Ministerio Público de la Fiscalía General de la República adscrito a (UNIDAD/DELEGACIÓN), o quien legalmente corresponda.
  3. Autoridad Tercera Responsable: Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, o quien legalmente corresponda.

III. ACTOS RECLAMADOS

Se reclama la orden de traslado del actor del centro penitenciario donde actualmente se encuentra recluido, (NOMBRE DEL CENTRO ACTUAL), a un Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso), específicamente al (NOMBRE DEL CEFERESO DESTINO, SI SE CONOCE), emitida con fecha (FECHA DE LA ORDEN DE TRASLADO) por la Autoridad Primera Responsable, así como su ejecución material por parte de las Autoridades Segunda y Tercera Responsables.

Se considera que dicho acto viola las garantías de legalidad, seguridad jurídica y reinserción social del actor.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente juicio de amparo se fundamenta en los siguientes preceptos legales:

  1. El derecho a la legalidad y seguridad jurídica consagrado en el Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prohíbe la aplicación de una sanción no prevista en la ley.
  2. El derecho a la reinserción social establecido en el Art. 18 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad.
  3. Las disposiciones del Art. 134 Código Nacional de Procedimientos Penales, en relación con las medidas cautelares y su modificación, las cuales deben ser proporcionales y necesarias.
  4. Los principios de ejecución de penas previstos en el Art. 520 Código Nacional de Procedimientos Penales.
  5. El derecho de petición y acceso a la justicia del Art. 8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  6. Los artículos 1o., 103 y 107 de la Constitución Federal, regulados por la Ley de Amparo.

V. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. TRASLADO DE INTERNOS A CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL. LA AUTORIDAD JUDICIAL DEBE MOTIVAR Y FUNDAMENTAR SU DECISIÓN (TESIS AISLADA 1a./J. 10/2023 (10a.)). La autoridad judicial que ordene el traslado de un interno a un Centro Federal de Readaptación Social debe emitir una resolución debidamente motivada y fundada, en la que explique las razones de seguridad, tratamiento o reinserción que justifican la medida, ya que no se trata de un acto discrecional.
  2. EJECUCIÓN DE PENAS. EL TRASLADO DEL SENTENCIADO A UN CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL DEBE ATENDER AL PRINCIPIO DE REINSERCIÓN SOCIAL (TESIS AISLADA 1a. CXXVII/2022 (10a.)). Cualquier decisión de trasladar a un sentenciado a un Cefereso debe evaluar, de manera prioritaria, el impacto que dicho cambio tendrá en su proceso de reinserción social, garantizando que no se vean afectados sus derechos a la educación, salud, trabajo y contacto familiar sin una causa jurídicamente válida.
  3. MEDIDAS CAUTELARES. LA PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA NO AUTORIZA TRASLADOS INJUSTIFICADOS O ARBITRARIOS DEL IMPUTADO (TESIS AISLADA 1a./J. 45/2021 (10a.)). La subsistencia de una medida cautelar de prisión preventiva oficiosa no otorga a la autoridad facultades ilimitadas para disponer del interno, por lo que un traslado que no esté sustentado en razones de seguridad penitenciaria, tratamiento específico o petición fundada del propio interno, puede configurar una violación a sus derechos humanos.

VI. HECHOS Y PRETENSIONES

Hechos:

  1. El actor se encuentra sujeto a un proceso penal federal por el delito de (ESPECIFICAR DELITO, EJ: DELINCUENCIA ORGANIZADA, ROBO DE HIDROCARBUROS, ETC.), con número de expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE PENAL), radicado ante el Juzgado de Control de (CIUDAD).
  2. Desde el inicio de su detención, el (FECHA DE INGRESO), el actor ha estado recluido en el (NOMBRE DEL CENTRO PENITENCIARIO ACTUAL), donde ha desarrollado vínculos familiares, ha iniciado o dado continuidad a procesos de estudio (ESPECIFICAR, EJ: CURSOS TERMINADOS) y trabajo intramuros (ESPECIFICAR, EJ: TALLER EN EL QUE PARTICIPA), elementos esenciales para su reinserción social.
  3. El día (FECHA), sin previo aviso ni audiencia alguna donde el actor pudiera ejercer su derecho de defensa, la Autoridad Primera Responsable emitió la orden de traslado al Cefereso (NOMBRE), ubicado en (ESTADO), a cientos de kilómetros de su domicilio familiar.
  4. Dicho traslado carece de motivación alguna que justifique la necesidad y proporcionalidad de la medida. No existe reporte de incidente disciplinario grave, ni solicitud del actor, ni razón terapéutica o de seguridad penitenciaria que lo fundamente.
  5. El traslado violentará de manera irreparable el derecho a la reinserción social del actor, al alejarlo abruptamente de su núcleo familiar, interrumpir sus estudios y actividades laborales, y someterlo a un entorno carcelario de mayor restricción sin causa alguna.

Pretensiones:

  1. PRINCIPAL: Se solicita al Juez de Distrito que, con fundamento en los artículos 1o., 14, 16 y 18 de la Constitución Federal y 124 de la Ley de Amparo, conceda la SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL ACTO RECLAMADO, para que no se ejecute el traslado del actor a un Centro Federal de Readaptación Social mientras se resuelve el presente juicio de amparo.
  2. SUBSIDIARIA: Se solicita que, una vez substanciado el juicio, se otorgue el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al actor, declarando la INCONSTITUCIONALIDAD de la orden de traslado emitida el (FECHA), y en consecuencia, se ordene a las autoridades responsables ABSTENERSE de ejecutar dicho traslado, reintegrándose al actor al estado que guardaba antes de la emisión del acto reclamado, es decir, a su permanencia en el (NOMBRE DEL CENTRO PENITENCIARIO ACTUAL).

VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

  1. Documental Pública: Copia certificada de la orden de traslado emitida por el Juez de Control (acto reclamado).
  2. Documental Pública: Copia certificada del acuerdo de vinculación a proceso o auto de formal prisión.
  3. Documental Privada: Constancias de estudios, cursos o talleres terminados o en proceso dentro del centro penitenciario actual.
  4. Documental Privada: Cartas o documentos que acrediten la residencia de familiares directos en (CIUDAD/ESTADO DEL CENTRO ACTUAL) y la frecuencia de visitas.
  5. Testimonial: Se ofrecen los testimonios de (NOMBRE DE DOS TESTIGOS, PARENTESCO Y DOMICILIO), quienes declararán sobre los vínculos familiares del actor y los planes de reinserción que se estaban desarrollando.
  6. Confesional: Se solicita se requiera la confesión de la Autoridad Tercera Responsable (OADPRS) para que informe sobre los motivos administrativos o de seguridad que, en su caso, hayan dado lugar a la solicitud de traslado.

VIII. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO

Con fundamento en los artículos 124, 126 y 127 de la Ley de Amparo, se solicita la SUSPENSIÓN DEFINITIVA del acto reclamado, por tratarse de un acto que de ejecutarse causaría daños y perjuicios al actor de muy difícil reparación, consistentes en la afectación irreversible a su proceso de reinserción social, la violación a su derecho a la vida familiar y la interrupción de sus actividades educativas y laborales. No se causan perjuicios al interés social ni se contraviene la ley al concederla.

IX. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Se acude ante el Juzgado (NÚMERO) de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales con residencia en (CIUDAD, ESTADO), toda vez que las autoridades responsables son federales y los actos reclamados derivan de un proceso penal federal, por lo que dicho Juzgado es competente para conocer del presente juicio de amparo, con fundamento en los artículos 50, 73, fracción XXI, y 104 de la Constitución Federal, y 46 de la Ley de Amparo.

X. FECHA Y FIRMA

Lugar y fecha: (CIUDAD, ESTADO), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).


_________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

ACTOR


Representante Legal / Defensor: (NOMBRE DEL DEFENSOR PÚBLICO O ABOGADO PATROCINADOR, SI LO HAY)

Cédula Profesional / Nombramiento: (NÚMERO DE CÉDULA O DATOS DE NOMBRAMIENTO)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escribir nombres, apellido paterno, apellido materno.
  2. (DOMICILIO COMPLETO...): Indicar el domicilio real o el designado para recibir notificaciones legales. Incluir código postal.
  3. (NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL CENTRO PENITENCIARIO ACTUAL): Especificar el nombre oficial del penal, reclusorio o centro estatal donde se encuentra actualmente.
  4. (CIUDAD, ESTADO): En las autoridades, indicar la ciudad y estado donde radica el Juzgado de Control que conoce del proceso penal principal.
  5. (FECHA DE LA ORDEN DE TRASLADO): Colocar la fecha exacta que tenga la orden judicial de traslado.
  6. (NOMBRE DEL CEFERESO DESTINO, SI SE CONOCE): Si se tiene conocimiento, escribir el nombre completo del Centro Federal al que se pretende trasladar (ej: "Cefereso No. 1, 'Altiplano'").
  7. (NÚMERO DE EXPEDIENTE PENAL): Anotar el número de carpeta de investigación o expediente del proceso penal federal.
  8. (ESPECIFICAR DELITO...): Mencionar el delito por el cual se sigue el proceso, tal como aparece en el auto de vinculación.
  9. (FECHA DE INGRESO): Fecha en la que el actor fue ingresado al centro penitenciario actual.
  10. (ESPECIFICAR, EJ: CURSOS TERMINADOS): Describir brevemente las actividades de reinserción (estudio, trabajo, talleres) que el actor realiza o ha realizado en el penal.
  11. (NOMBRE DE DOS TESTIGOS...): Proporcionar nombre completo, parentesco (ej: cónyuge, padre, hijo) y domicilio de las personas que puedan declarar a favor del actor.
  12. (CIUDAD, ESTADO) (en Jurisdicción): Indicar la ciudad y estado donde tiene residencia el Juzgado de Distrito al que se presenta el amparo.
  13. (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha de elaboración y presentación del escrito.

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