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V1Amparo contra Traslado a Cefereso — Yucatán
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO CONTRA TRASLADO A CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL (CEFERESO) — YUCATÁN

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO DE DISTRITO EN TURNO: [ESPECIFICAR JUZGADO DE DISTRITO EN YUCATÁN, EJM: "JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE YUCATÁN"]

MATERIA: PENAL

ASUNTO: AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DE RESOLUCIÓN QUE ORDENA TRASLADO A CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL (CEFERESO), POR VIOLACIÓN A LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD, DETERMINACIÓN JURISDICCIONAL DE LA PENA Y PRINCIPIO DE INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA.

I. ACTOR

Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

Calidad en que actúa: Sentenciado / Procesado.

Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE YUCATÁN, INCLUYENTE CÓDIGO POSTAL)

Centro de Reclusión: [NOMBRE DEL CENTRO PENITENCIARIO DONDE SE ENCUENTRA ACTUALMENTE, EJM: "CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE YUCATÁN"]

II. AUTORIDADES RESPONSABLES

  1. AUTORIDAD PRIMERA RESPONSABLE: (NOMBRE DEL JUEZ DE CONTROL O TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO QUE DICTÓ LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA)
  2. AUTORIDAD SEGUNDA RESPONSABLE: [NOMBRE DEL DIRECTOR O REPRESENTANTE LEGAL DEL CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL (CEFERESO) AL QUE SE ORDENA EL TRASLADO]
  3. AUTORIDAD TERCERA RESPONSABLE: (NOMBRE DEL DIRECTOR O REPRESENTANTE LEGAL DEL CENTRO PENITENCIARIO DE ORIGEN)

III. ACTOS RECLAMADOS

Se reclama la resolución definitiva dictada por la (AUTORIDAD PRIMERA RESPONSABLE), con fecha (FECHA DE LA RESOLUCIÓN), expediente (NÚMERO DE EXPEDIENTE DE LA CAUSA PENAL), mediante la cual se ordena el traslado del quejoso del Centro de Reinserción Social donde actualmente se encuentra, al Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) ubicado en (UBICACIÓN DEL CEFERESO), específicamente la parte resolutiva que dice: "(TRANSCRIBIR TEXTO LITERAL DE LA PARTE DE LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA EL TRASLADO)".

Asimismo, se reclaman todos los actos de ejecución y preparatorios derivados de dicha resolución, incluyendo cualquier orden de traslado material emitida por las autoridades penitenciarias responsables.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente juicio de amparo se fundamenta en los siguientes preceptos legales:

  1. Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Nadie podrá ser privado de la libertad, ni de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
  2. Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
  3. Art. 18 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir... Sólo se podrá trasladar a los sentenciados a los centros penitenciarios más cercanos a su domicilio, para propiciar su reintegración a la comunidad como forma de reinserción social.
  4. Art. 1 Ley de Amparo: El juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite...
  5. Art. 107 Ley de Amparo: El juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada...
  6. Art. 7 Código Penal Federal: Las penas se determinarán en la sentencia que se pronuncie, dentro de los límites fijados por la ley...
  7. Art. 136 Código Nacional de Procedimientos Penales: El Juez de ejecución resolverá sobre la individualización de la pena, sustitutivos penales, beneficios penitenciarios, libertad anticipada y traslados, atendiendo a las circunstancias personales del sentenciado y a la evolución de su tratamiento penitenciario.
  8. Art. 137 Código Nacional de Procedimientos Penales: Corresponde al Juez de ejecución, entre otras atribuciones: ... IV. Resolver sobre los traslados de los sentenciados, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

V. TESIS JURISPRUDENCIALES

  1. TRASLADOS PENITENCIARIOS. EL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, AL ESTABLECER QUE SÓLO SE PODRÁN REALIZAR A LOS CENTROS PENITENCIARIOS MÁS CERCANOS AL DOMICILIO DEL SENTENCIADO, CONSTITUYE UNA GARANTÍA INDIVIDUAL. (Tesis: 1a. CXLVIII/2016 (10a.), Décima Época, SCJN). Esta tesis establece que la regla de cercanía al domicilio es una garantía constitucional autónoma, cuyo propósito es propiciar la reinserción social del sentenciado, por lo que su violación es reclamable en juicio de amparo.
  2. TRASLADO DE SENTENCIADOS. LA AUTORIDAD JUDICIAL DEBE FUNDAR Y MOTIVAR SU DECISIÓN, ATENDIENDO A LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECÍFICAS DEL CASO Y AL PRINCIPIO DE INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA. (Tesis: I.10o.P.18 P (10a.), Décima Época, SCJN). La resolución que ordene un traslado no puede ser genérica; debe analizar las condiciones personales del sentenciado, su tratamiento penitenciario y demostrar que el traslado es necesario y proporcional para los fines de la reinserción.
  3. EJECUCIÓN DE PENAS. EL TRASLADO DE UN SENTENCIADO A UN CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL (CEFERESO) DEBE JUSTIFICARSE PLENAMENTE, YA QUE IMPLICA UN CAMBIO SUSTANCIAL EN LAS CONDICIONES DE SU INTERNAMIENTO Y EN SUS POSIBILIDADES DE REINSERCIÓN SOCIAL. (Tesis: XV.P. J/5 (10a.), Décima Época, SCJN). Los Ceferesos están diseñados para sentenciados de alto perfil o riesgo, por lo que un traslado a ellos sin una justificación específica y personalizada viola el principio de individualización de la ejecución penal.

VI. HECHOS Y AGRABIOS

1. El quejoso, (NOMBRE DEL ACTOR), se encuentra actualmente recluido en el (NOMBRE DEL CENTRO PENITENCIARIO DE ORIGEN), ubicado en (CIUDAD, YUCATÁN), cumpliendo una sentencia por el delito de (ESPECIFICAR DELITO), con número de expediente (NÚMERO).

2. El día (FECHA DE LA RESOLUCIÓN), la (AUTORIDAD PRIMERA RESPONSABLE) emitió la resolución impugnada, ordenando el traslado del quejoso al Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) de (UBICACIÓN), sin que en dicha resolución se funde y motive de manera específica y personalizada la necesidad de dicho traslado, limitándose a argumentos genéricos como "[TRANSCRIBIR ARGUMENTO GENÉRICO, EJM: 'seguridad del centro', 'disponibilidad de espacio']".

3. El traslado ordenado viola el artículo 18 constitucional, ya que el Cefereso de destino NO es el centro penitenciario más cercano al domicilio del quejoso, el cual tiene su domicilio familiar en (CIUDAD O LOCALIDAD EN YUCATÁN), siendo el centro actual de reclusión el más adecuado para mantener el vínculo familiar, esencial para su reinserción social.

4. La resolución impugnada omite realizar un análisis individualizado del caso del quejoso, desconociendo su evolución positiva en el tratamiento penitenciario, su conducta intachable, su participación en talleres educativos y laborales, así como los informes psicológicos y criminológicos favorables ((ANEXAR COPIA SIMPLE DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN ESTO, SI SE CUENTAN)). Viola así el principio de individualización de la pena en su etapa de ejecución, consagrado en el artículo 136 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

5. El traslado a un Cefereso, por sus características de seguridad máxima y lejanía geográfica, representa un agravio desproporcionado que obstaculizará gravemente las visitas familiares, el acceso a programas de reinserción comunitaria y, en consecuencia, el derecho fundamental a la reinserción social del quejoso.

6. La autoridad responsable incurrió en arbitrariedad al no seguir el procedimiento legalmente establecido para decretar un traslado de esta naturaleza, violando las formalidades esenciales del procedimiento garantizadas por el artículo 14 constitucional.

VII. PETICIONES

Por tanto, a Usted, Juez de Distrito competente, respetuosamente solicito:

  1. SE CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso (NOMBRE DEL ACTOR), contra la resolución de traslado descrita en los actos reclamados.
  2. SE SUSPENDA DE FORMA INMEDIATA LA EJECUCIÓN del acto reclamado, en virtud de que su consumación haría imposible restituir al quejoso en el goce de la garantía violada, al materializarse el traslado a un centro penitenciario federal lejano, con los graves perjuicios ya descritos.
  3. En caso de concederse la suspensión, SE FIJE CAUCIÓN para garantizar los daños y perjuicios que pudiera ocasionar la misma, la cual ofrezco constituir en la forma que este Juzgado estime pertinente.
  4. Una vez substanciado el juicio, SE REVOCQUE LA RESOLUCIÓN RECLAMADA y, en consecuencia, SE DEJE SIN EFECTO LA ORDEN DE TRASLADO al Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso), ordenando a las autoridades responsables mantener al quejoso en el centro penitenciario donde actualmente se encuentra, o en su defecto, en el más cercano a su domicilio en el Estado de Yucatán.
  5. SE IMPONGAN LAS SANCIONES LEGALES correspondientes a las autoridades responsables en caso de desobediencia.

VIII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los hechos antes expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública: Copia certificada de la resolución impugnada que ordena el traslado.
  2. Documental Pública: Copia certificada de la sentencia condenatoria.
  3. Documental: Copias simples de informes penitenciarios, psicológicos, criminológicos y de conducta que acrediten la evolución favorable del quejoso.
  4. Documental: Comprobante de domicilio del quejoso o de su familia en el Estado de Yucatán.
  5. Confesional: La del quejoso, para que bajo protesta de decir verdad manifieste lo que le convenga acerca de los hechos expuestos en este escrito.

Medios para hacerlas valer: Presentación de documentos ante este Juzgado, solicitud de oficios a las autoridades correspondientes para el desahogo de la confesional.

IX. ANEXOS

  1. Original del poder notarial o carta poder con firma autógrafa reconocida que acredite la personalidad del representante legal, si es el caso.
  2. Copia simple para correr traslado a la autoridad responsable.
  3. Copia simple de identificación oficial del quejoso.
  4. Las copias simples de documentos ofrecidos como prueba.

PROTESTO LO NECESARIO.

LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, YUCATÁN), A (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).

NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL
(NOMBRE COMPLETO Y FIRMA AUTÓGRAFA)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Si ya tiene un número de expediente en el Juzgado de Distrito, anótelo. Si es una demanda nueva, déjelo en blanco o ponga "NUEVO INGRESO".
  2. (ESPECIFICAR JUZGADO DE DISTRITO EN YUCATÁN): Indique el nombre completo del Juzgado de Distrito al que se dirige, ejm: "Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán". Consulte el directorio del Poder Judicial de la Federación.
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba el nombre completo del interno (quejoso) tal como aparece en su sentencia o identificación oficial.
  4. (DOMICILIO COMPLETO...): Proporcione un domicilio físico dentro de Yucatán donde puedan llegar notificaciones postales. Puede ser el de un familiar o del defensor.
  5. (NOMBRE DEL CENTRO PENITENCIARIO...): Escriba el nombre oficial del centro donde está recluido actualmente el quejoso.
  6. (AUTORIDADES RESPONSABLES): Investigue y anote los nombres completos y cargos de las autoridades que emitieron la orden de traslado (Juez) y las que la ejecutarán (directores de los centros penitenciarios).
  7. (FECHA DE LA RESOLUCIÓN) y (TRANSCRIBIR TEXTO...): Transcriba con exactitud la fecha y el texto de la parte resolutiva de la orden de traslado que está impugnando.
  8. (UBICACIÓN DEL CEFERESO): Especifique la ciudad y estado donde se encuentra el Cefereso al que lo quieren trasladar (ejm: "Cefereso No. 11, Hermosillo, Sonora").
  9. (ESPECIFICAR DELITO): Anote el delito por el cual fue sentenciado el quejoso.
  10. (TRANSCRIBIR ARGUMENTO GENÉRICO...): Copie el fundamento que dio la autoridad para ordenar el traslado, si es genérico y no individualizado.
  11. (CIUDAD O LOCALIDAD EN YUCATÁN): Indique la localidad yucateca donde el quejoso o su familia nuclear tienen su domicilio.
  12. (ANEXAR COPIA SIMPLE...): En este punto, solo se describe. Asegúrese de anexar copias de los informes penitenciarios favorables si los tiene.
  13. (CIUDAD, YUCATÁN) y (FECHA): Escriba la ciudad donde se presenta el amparo (ejm: Mérida, Yucatán) y la fecha actual.
  14. (NOMBRE COMPLETO Y FIRMA AUTÓGRAFA): El quejoso o su representante legal debe firmar el documento. Si el quejoso está interno, la firma puede ser mediante huella dactilar en presencia de dos testigos o a través de su defensor con poder.

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