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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS
Número de Contrato: (NÚMERO DE CONTRATO)
Fecha de Celebración: (DÍA) de (MES) de (AÑO)
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
CEDENTE: (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CEDENTE, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, COLIMA), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL CEDENTE), miembro del núcleo de población ejidal o comunal denominado (NOMBRE DEL EJIDO O COMUNIDAD), ubicado en (DOMICILIO DEL EJIDO O COMUNIDAD, MUNICIPIO, COLIMA), e inscrito en el Registro Agrario Nacional bajo el número (NÚMERO DE FOLIO O INSCRIPCIÓN DEL CEDENTE EN EL RAN).
CESSIONARIO: (NOMBRE COMPLETO DEL CESSIONARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CESSIONARIO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, COLIMA), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL CESSIONARIO).
II. DECLARACIONES
DECLARA EL CEDENTE:
- Que es titular de los derechos parcelarios que se detallan en el presente contrato, los cuales le fueron asignados legalmente y se encuentran debidamente inscritos en el Registro Agrario Nacional.
- Que los derechos parcelarios objeto de este contrato se encuentran libres de gravamen, embargo, pleito, litigio o cualquier otra limitación de dominio que impida su cesión.
- Que cuenta con la autorización expresa de la Asamblea Ejidal o de los órganos de representación de la comunidad, según corresponda, para realizar la cesión de los derechos parcelarios, de conformidad con lo establecido en el Art. 80 de la Ley Agraria.
- Que no está incurso en ninguna de las causales de pérdida de los derechos sobre la parcela previstas en la Art. 83 de la Ley Agraria.
DECLARA EL CESSIONARIO:
- Que conoce el estado que guardan los derechos parcelarios que se le ceden y acepta recibirlos en los términos y condiciones pactados en este instrumento.
- Que se obliga a dar cumplimiento a las obligaciones que como titular de derechos parcelarios le impone la Ley Agraria, los estatutos del núcleo de población y los acuerdos de la Asamblea.
- Que es miembro del mismo núcleo de población ejidal o comunal, o en su defecto, que cumple con los requisitos para ser sujeto de derechos parcelarios conforme a la ley, especialmente lo dispuesto en el Art. 47 de la Ley Agraria.
III. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS que el CEDENTE realiza a favor del CESSIONARIO, sobre el siguiente predio:
- Nombre o Denominación de la Parcela: (NOMBRE O CLAVE DE LA PARCELA)
- Superficie: (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas.
- Linderos: Al Norte con (LINDERO NORTE); al Sur con (LINDERO SUR); al Este con (LINDERO ESTE); al Oeste con (LINDERO OESTE).
- Clave Catastral: (CLAVE CATASTRAL O DATOS DE LOCALIZACIÓN).
- Folio Real del Registro Agrario Nacional (RAN): (FOLIO REAL O NÚMERO DE INSCRIPCIÓN EN EL RAN).
- Destino o Uso: (AGRÍCOLA, GANADERO, FORESTAL, OTRO (ESPECIFICAR)).
La cesión se realiza con todos sus accesorios, mejoras y frutos pendientes.
IV. CONSIDERACIÓN O PRECIO
Las partes convienen en que la cesión de los derechos parcelarios se realiza a título (ONEROSO/GRATUITO).
En caso de ser onerosa, el CESSIONARIO se obliga a pagar al CEDENTE la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO) ((CANTIDAD EN LETRA)) PESOS MEXICANOS, los cuales serán cubiertos de la siguiente forma: (DESCRIBIR FORMA DE PAGO: CONTADO, PARCIALIDADES, PLAZOS, ETC.).
Este precio es definitivo y no está sujeto a revisión, salvo pacto en contrario.
V. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
OBLIGACIONES DEL CEDENTE:
- Entregar al CESSIONARIO la posesión material y jurídica de los derechos parcelarios objeto de este contrato.
- Proporcionar toda la documentación original o copias certificadas que acrediten su titularidad y la legal procedencia de los derechos cedidos.
- Cooperar con el CESSIONARIO para realizar los trámites necesarios ante el Registro Agrario Nacional y el Comisariado Ejidal o Consejo de Vigilancia, a fin de inscribir la presente cesión.
- Garantizar al CESSIONARIO el goce pacífico de los derechos cedidos, respondiendo de evicción y de vicios ocultos conforme a lo establecido en el Art. 2128 del Código Civil Federal y supletoriamente aplicable.
OBLIGACIONES DEL CESSIONARIO:
- Cumplir con el pago del precio en los términos pactados en la cláusula IV, si aplica.
- Asumir todas las obligaciones inherentes a la titularidad de los derechos parcelarios, incluyendo el pago de contribuciones, cuotas ejidales y el cuidado del predio.
- Destinar el predio al uso pactado y no cambiarlo sin la autorización correspondiente de la Asamblea, so pena de incurrir en las causales del Art. 83 de la Ley Agraria.
- Realizar, a su costa, todos los trámites necesarios para la inscripción de este contrato en el Registro Agrario Nacional.
VI. PLAZO Y VIGENCIA
La cesión de derechos parcelarios regulada en este contrato tendrá una vigencia de (DURACIÓN EN AÑOS, MESES O INDETERMINADO). En caso de pactarse un plazo determinado, al término del mismo los derechos parcelarios se revertirán automáticamente al CEDENTE, salvo que las partes pacten su renovación.
Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Art. 81 de la Ley Agraria, respecto a la transmisión de derechos.
VII. RESOLUCIÓN Y PENAS CONVENCIONALES
En caso de incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones aquí pactadas, la parte afectada podrá exigir, a su elección, el cumplimiento forzoso o la resolución del contrato, con responsabilidad para la parte incumplida, sin perjuicio de la indemnización de daños y perjuicios.
Las partes establecen como pena convencional por mora en el pago, si aplica, un interés moratorio del (PORCENTAJE)% anual sobre el monto adeudado.
VIII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución de este contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Agrarios con competencia en el Estado de Colima, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 164 de la Ley Agraria y la fracción XIX del artículo 27 constitucional.
IX. NOTIFICACIONES
Toda notificación o comunicación relacionada con este contrato deberá realizarse por escrito y será válida si se envía a los domicilios señalados en la cláusula I, o a cualquier otro que las partes notifiquen por escrito con posterioridad.
X. ACEPTACIÓN Y CONFORMIDAD
Las partes manifiestan que leen, entienden y están conformes con la totalidad de las cláusulas de este contrato, el cual firman en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.
CEDENTE
_______________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE)
CESSIONARIO
_______________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL CESSIONARIO)
TESTIGOS (de conocimiento de las partes)
_______________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
_______________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
XI. AUTORIZACIÓN DE LA ASAMBLEA O ÓRGANO DE REPRESENTACIÓN
En mi carácter de (COMISARIADO EJIDAL / PRESIDENTE DEL CONSEJO DE VIGILANCIA / AUTORIDAD COMUNAL), certifico que la Asamblea del núcleo de población (NOMBRE DEL EJIDO O COMUNIDAD), en sesión celebrada el (FECHA DE LA ASAMBLEA), autorizó la cesión de derechos parcelarios que ampara el presente contrato, de conformidad con el Art. 23 y 80 de la Ley Agraria.
_______________________________________
(NOMBRE Y CARGO DEL AUTORIZANTE)
(SELLO DEL EJIDO O COMUNIDAD)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Ley Agraria
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 27
- Código Civil Federal (aplicación supletoria)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE CONTRATO): Asignar un número de control interno o dejar en blanco para asignación posterior.
- (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha exacta de firma del contrato.
- (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE): Nombre(s) y apellidos del titular de los derechos parcelarios que los cede.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio particular completo, incluyendo código postal y municipio en Colima.
- (CURP...): Clave Única de Registro de Población de cada parte.
- (NOMBRE DEL EJIDO O COMUNIDAD): Denominación oficial del núcleo de población agraria al que pertenece el cedente.
- (NÚMERO DE FOLIO...): Número de inscripción del cedente en el Registro Agrario Nacional (RAN).
- (NOMBRE O CLAVE DE LA PARCELA): Nombre con el que se conoce la parcela o clave interna del ejido.
- (SUPERFICIE EN HECTÁREAS): Extensión superficial del predio en hectáreas, con fracción si la hay.
- (LINDERO NORTE)...: Describir con precisión los linderos de la parcela (ej. "parcela de Juan Pérez", "camino vecinal").
- (CLAVE CATASTRAL...): Clave proporcionada por el catastro municipal o estatal, o en su defecto, una descripción precisa de la ubicación.
- (FOLIO REAL...): Número de folio real de la parcela en el RAN.
- (AGRÍCOLA...): Especificar el uso principal del suelo (ej. agrícola de riego, agostadero, forestal).
- (ONEROSO/GRATUITO): Tachar la opción que no corresponda.
- (CANTIDAD EN NÚMERO) ((CANTIDAD EN LETRA)): Precio total de la cesión. Ej: $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
- (DESCRIBIR FORMA DE PAGO...): Detallar modalidad de pago (ej. "De contado al momento de la firma", "En tres pagos mensuales iguales").
- (DURACIÓN...): Indicar el plazo (ej. "5 años", "Por tiempo indeterminado").
- (PORCENTAJE): Establecer el porcentaje de interés moratorio anual (debe ser razonable).
- (FECHA DE LA ASAMBLEA): Fecha en que la Asamblea ejidal o comunal autorizó la cesión.
- (NOMBRE Y CARGO DEL AUTORIZANTE): Nombre completo y cargo (Comisariado Ejidal, etc.) de quien certifica la autorización.
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