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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS
NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO)
FECHA DE CELEBRACIÓN: (DÍA) DE (MES) DE (AÑO)
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
CEDENTE: (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CEDENTE, DURANGO), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL CEDENTE) y con correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO DEL CEDENTE).
CESSIONARIO: (NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CESIONARIO, DURANGO), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL CESIONARIO) y con correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO DEL CESIONARIO).
En lo sucesivo, individualmente se les denominará como "la Parte" y conjuntamente como "las Partes".
II. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES
- El CEDENTE declara ser titular legítimo de los derechos parcelarios derivados del Certificado Parcelario Número (NÚMERO DE CERTIFICADO), inscrito en el Registro Agrario Nacional (RAN) bajo el folio real (FOLIO REAL DEL RAN), correspondiente a una parcela de (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas, ubicada en el predio conocido como (NOMBRE DEL PREDIO O PARCELA), dentro del Ejido "(NOMBRE DEL EJIDO)", Municipio de (MUNICIPIO), Estado de Durango.
- El CEDENTE declara que los derechos parcelarios objeto de este contrato se encuentran libres de gravamen, embargo, pleito o litigio alguno, y que no ha celebrado contrato alguno de cesión, arrendamiento o cualquier otro acto jurídico que traslade su goce o disposición a favor de tercero.
- El CESIONARIO declara conocer el estado que guarda la parcela y los derechos que sobre ella se ceden, y acepta recibirlos en los términos y condiciones pactados en el presente instrumento.
- Ambas Partes declaran que el presente contrato se celebra al amparo de lo dispuesto por el Art. 27 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Agraria y su Reglamento, así como por el Reglamento Interno del Ejido "(NOMBRE DEL EJIDO)", debidamente inscrito en el RAN.
III. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS que sobre la parcela antes descrita ostenta el CEDENTE, a favor del CESIONARIO, quien los acepta. La cesión incluye todos los derechos de uso, disfrute y aprovechamiento de la parcela, así como las mejoras existentes en la misma, consistentes en: [DESCRIBIR DETALLADAMENTE LAS MEJORAS, EJ. POZOS, CONSTRUCCIONES, CERCOS, PLANTACIONES, ETC. O INDICAR "NINGUNA"].
IV. PLAZO DE LA CESIÓN
La cesión de derechos se pacta por un plazo de (NÚMERO) AÑOS, que dará inicio el día (DÍA) de (MES) de (AÑO) y concluirá el día (DÍA) de (MES) de (AÑO).
V. CONSIDERACIÓN O PRECIO
Por concepto de la presente cesión, el CESIONARIO se obliga a pagar al CEDENTE la cantidad de (CANTIDAD EN LETRA) PESOS MEXICANOS ($(CANTIDAD EN NÚMERO).00), de conformidad con el siguiente esquema de pagos:
- Un primer pago por la cantidad de $(MONTO) al momento de la firma del presente contrato.
- El saldo restante de $(MONTO) en (NÚMERO) pagos mensuales/consecutivos de $(MONTO) cada uno, a partir del día (DÍA) del mes de (MES) de (AÑO).
Los pagos se realizarán mediante (ESPECIFICAR MÉTODO DE PAGO, EJ. TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, DEPÓSITO BANCARIO, ETC.) a la cuenta/beneficiario que para tal efecto designe el CEDENTE.
VI. OBLIGACIONES DEL CEDENTE
- Entregar al CESIONARIO la posesión material de la parcela al momento de la firma del presente contrato.
- Proporcionar al CESIONARIO copia certificada del Certificado Parcelario, así como del acta de la Asamblea Ejidal que aprueba la presente cesión.
- Garantizar que la parcela se encuentra libre de todo gravamen y deuda a favor del núcleo agrario o de terceros al momento de la entrega.
- Notificar por escrito al Comisariado Ejidal de la celebración del presente contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a su firma.
VII. OBLIGACIONES DEL CESIONARIO
- Pagar el precio de la cesión en los términos y plazos convenidos en la cláusula V.
- Destinar la parcela al uso o cultivo de (ESPECIFICAR DESTINO AGRÍCOLA, GANADERO, FORESTAL, ETC.), de conformidad con el plan de desarrollo del ejido y la zonificación correspondiente.
- Asumir el pago de las contribuciones, cuotas ejidales y cualquier otro impuesto o derecho que grave la parcela a partir de la fecha de inicio de la cesión.
- Cumplir con el Reglamento Interno del Ejido y las disposiciones que emita la Asamblea Ejidal.
- No subarrendar, ceder o transmitir los derechos objeto de este contrato a un tercero sin la autorización previa, por escrito, del CEDENTE y de la Asamblea Ejidal, según lo establece el Art. 79 Ley Agraria.
- Al término del contrato, devolver la parcela en el estado en que la recibió, salvo el deterioro natural, y respetando las mejoras permanentes que hubiere realizado, sujeto a lo que al respecto pacten las Partes o determine la ley.
VIII. CAUSAS DE TERMINACIÓN ANTICIPADA
El presente contrato terminará anticipadamente, sin responsabilidad para la Parte que la ejerza, por causa imputable a la otra, en los siguientes casos:
- Por el incumplimiento reiterado (dos o más veces) de las obligaciones de pago por parte del CESIONARIO.
- Por el incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones establecidas en las cláusulas VI y VII.
- Por la destinación de la parcela a un uso distinto al pactado en la cláusula VII sin autorización.
- Por la declaración de nulidad del Certificado Parcelario por parte de una autoridad competente, siempre que sea imputable al CEDENTE.
- Por mutuo consentimiento de las Partes, el cual deberá constar por escrito y notificarse al Comisariado Ejidal.
IX. AUTORIZACIÓN EJIDAL Y REGISTRO
- Las Partes reconocen que la validez de este acto está sujeta a la autorización de la Asamblea Ejidal del Ejido "(NOMBRE DEL EJIDO)", de conformidad con el Art. 23 Ley Agraria.
- El CEDENTE se obliga a gestionar y obtener el acta de la Asamblea que apruebe esta cesión dentro de los (NÚMERO) días hábiles siguientes a la firma del presente contrato. Los costos derivados de esta gestión serán por cuenta del (CEDENTE/CESIONARIO).
- Una vez obtenida la autorización ejidal, las Partes gestionarán conjuntamente la inscripción del presente contrato en el Registro Agrario Nacional, con sede en Durango, para que surta efectos contra terceros, según lo dispuesto por el Art. 109 Ley Agraria.
X. CONFIDENCIALIDAD
Las Partes se obligan a mantener confidencialidad respecto de los términos de este contrato, excepto cuando su divulgación sea necesaria para cumplir con las obligaciones legales o ejidales aquí pactadas, o para la defensa de sus derechos en un procedimiento judicial.
XI. PROPEDÉUTICA PROCESAL Y DOMICILIOS
- Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y ejecución de este contrato, las Partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Agrarios competentes en el Estado de Durango, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.
- Se establecen como domicilios para oír y recibir toda clase de notificaciones los consignados en el encabezado de este contrato. Cualquier cambio de domicilio deberá notificarse por escrito a la otra Parte con al menos 5 días hábiles de anticipación.
XII. LEGISLACIÓN APLICABLE
Este contrato se regirá por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Agraria, su Reglamento, el Reglamento Interno del Ejido "(NOMBRE DEL EJIDO)" y, en lo no previsto por estas, por el Código Civil Federal en materia de arrendamiento y cesión de derechos, en cuanto sean aplicables.
XIII. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES
Las Partes reconocen la aplicabilidad, como criterios de interpretación, de las siguientes tesis jurisprudenciales emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
- Contratos agrarios. Su validez está sujeta a la autorización de la asamblea ejidal (Tesis: 1a. CCCXXI/2014 (10a.)). Ratifica que los actos de disposición sobre derechos parcelarios requieren la aprobación de la Asamblea para ser válidos.
- Derechos parcelarios. El certificado respectivo es título suficiente para acreditar su titularidad (Tesis: 1a. CXXV/2007 (9a.)). Reconoce al Certificado Parcelario como documento formal que acredita la propiedad de los derechos.
- Ejidos. La cesión de derechos parcelarios a favor de ejidatarios o avecindados no requiere la autorización de la asamblea cuando el reglamento interno así lo establece (Tesis: 1a. X/2011 (9a.)). Destaca la importancia del Reglamento Interno del Ejido para modular el requisito de autorización asamblearia.
XIV. ACEPTACIÓN Y FIRMAS
Leído que fue el presente contrato por las Partes, quienes manifestaron comprender su alcance y conformarse en todos sus términos, lo firman en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de (CIUDAD, DURANGO), a los (DÍA) días del mes de (MES) de (AÑO).
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE)
CEDENTE
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO)
CESIONARIO
TESTIGO
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
CURP: (CURP DEL TESTIGO 1)
TESTIGO
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
CURP: (CURP DEL TESTIGO 2)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Ley Agraria
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 27
- Código Civil Federal (Disposiciones Supletorias)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE CONTRATO): Asigne un número de control interno para el contrato.
- (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE/CESIONARIO): Escriba nombres, apellidos paterno y materno.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Calle, número, colonia, código postal, municipio y estado (Durango).
- (CURP...): Clave Única de Registro de Población de cada parte y testigos.
- (CORREO ELECTRÓNICO...): Dirección de correo electrónico vigente.
- (NÚMERO DE CERTIFICADO) / (FOLIO REAL DEL RAN): Datos exactos del Certificado Parcelario.
- (SUPERFICIE EN HECTÁREAS): Extensión de la parcela en hectáreas, con fracción si la hay.
- (NOMBRE DEL PREDIO O PARCELA) / (NOMBRE DEL EJIDO) / (MUNICIPIO): Datos de localización de la parcela y el ejido en Durango.
- (DESCRIBIR DETALLADAMENTE LAS MEJORAS...): Liste todas las construcciones, instalaciones, plantaciones, etc., o escriba "NINGUNA".
- (NÚMERO) AÑOS / FECHAS DE INICIO Y TÉRMINO: Defina la duración total y las fechas exactas.
- (CANTIDAD EN LETRA) / ($(CANTIDAD EN NÚMERO).00): Precio total en letra y número. Complete también los montos y detalles del esquema de pagos.
- (ESPECIFICAR DESTINO AGRÍCOLA...): Ej. "cultivo de maíz", "pastoreo de ganado bovino", "conservación forestal".
- (NÚMERO) días hábiles: Plazo para gestionar la autorización ejidal (ej. 30 días).
- (CEDENTE/CESIONARIO): Tache la opción no aplicable para los costos de gestión.
- (CIUDAD, DURANGO): Lugar de firma (ej. Durango, Gómez Palacio, Lerdo).
- Firmas: Deben firmar el Cedente, el Cesionario y dos Testigos (con sus nombres y CURP).
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