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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS
NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO)
LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN: (CIUDAD, GUANAJUATO), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
CEDENTE: (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CEDENTE, GUANAJUATO), y portador de la credencial de elector número (NÚMERO DE CREDENCIAL) expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CEDENTE”.
CESIONARIO: (NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CESIONARIO, GUANAJUATO), y portador de la credencial de elector número (NÚMERO DE CREDENCIAL) expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CESIONARIO”.
Las partes anteriores se reconocen mutuamente capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente instrumento, actuando por su propio derecho.
II. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES
- DECLARA “EL CEDENTE” bajo protesta de decir verdad:
- Que es titular de los derechos parcelarios derivados del lote número (NÚMERO DE LOTE), de la parcela número (NÚMERO DE PARCELA), con una superficie total de (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas, ubicada en el (NOMBRE DEL EJIDO O COMUNIDAD), Municipio de (NOMBRE DEL MUNICIPIO), Estado de Guanajuato, conforme al certificado parcelario o documento agrario número (NÚMERO DE DOCUMENTO), expedido por el (NOMBRE DE LA AUTORIDAD AGRARIA O DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL).
- Que los derechos parcelarios que ostenta son libres de todo gravamen, embargo, pleito, litigio, demanda o cualquier limitación de dominio que impida su libre disposición, y que no existen copropietarios o terceros con derechos sobre la parcela objeto de este contrato.
- Que la cesión que realiza se ajusta a lo dispuesto por el Art. 80 Ley Agraria, y que cumple con los requisitos establecidos en la legislación aplicable.
- DECLARA “EL CESIONARIO” bajo protesta de decir verdad:
- Que conoce perfectamente la naturaleza, ubicación, linderos y características de la parcela materia de la presente cesión, habiendo realizado una inspección ocular de la misma y encontrándola en condiciones satisfactorias.
- Que cuenta con los medios económicos necesarios para cumplir con las obligaciones derivadas de este contrato y que su propósito es destinar la parcela a actividades agropecuarias, en los términos del Art. 27 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Agraria.
- Que es miembro del mismo núcleo de población ejidal o, en su caso, que cumple con los requisitos para ser sujeto de derechos parcelarios conforme a la ley.
III. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS que sobre la parcela antes descrita ostenta “EL CEDENTE”, a favor de “EL CESIONARIO”, quien los acepta, en los términos y condiciones que aquí se estipulan, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley Agraria.
IV. CONDICIONES DE LA CESIÓN
- CARÁCTER DE LA CESIÓN: La presente cesión es de carácter (ONEROSO O GRATUITO).
- PRECIO O CONTRASTACIÓN: En caso de ser onerosa, las partes convienen en un precio total de (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA) PESOS MEXICANOS ($(CANTIDAD EN NÚMERO)), que “EL CESIONARIO” se obliga a pagar a “EL CEDENTE” de la siguiente forma: (DESCRIBIR FORMA DE PAGO, PLAZOS, ENTEROS, ETC.).
- TRANSMISIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES: A partir de la firma del presente contrato y su inscripción en el Registro Agrario Nacional, “EL CESIONARIO” asume todos los derechos y obligaciones inherentes a la titularidad de la parcela, incluyendo el pago de contribuciones, cuotas ejidales y el cuidado de la tierra, conforme al Art. 82 Ley Agraria.
- DESTINO DE LA TIERRA: “EL CESIONARIO” se obliga a destinar la parcela a actividades agropecuarias, forestales o demás usos autorizados por la Asamblea Ejidal y la ley, comprometiéndose a no realizar cambios de uso del suelo sin las autorizaciones correspondientes.
V. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
- OBLIGACIONES DE “EL CEDENTE”:
- Entregar la posesión material de la parcela a “EL CESIONARIO” al momento de la firma del presente contrato.
- Proporcionar toda la documentación original o copias certificadas de los títulos agrarios que amparan la parcela.
- Cooperar para la realización de todos los trámites necesarios ante el Comisariado Ejidal, la Asamblea y el Registro Agrario Nacional para la inscripción de la cesión.
- Garantizar que la parcela se encuentra libre de vicios ocultos y de cualquier adeudo por contribuciones o cuotas ejidales al momento de la entrega.
- OBLIGACIONES DE “EL CESIONARIO”:
- Cumplir con el pago del precio en los términos convenidos en la cláusula IV.2.
- Asumir el pago de todas las contribuciones, impuestos y cuotas ejidales que se generen a partir de la firma de este contrato.
- Realizar, a su costa, todos los trámites necesarios para la inscripción de la cesión en el Registro Agrario Nacional y, en su caso, para la expedición del nuevo certificado parcelario a su nombre.
- Explotar la parcela conforme a las disposiciones ejidales, la Ley Agraria y las leyes ambientales aplicables en el Estado de Guanajuato.
VI. TRÁMITES Y AUTORIZACIONES
- Las partes reconocen que, para la plena eficacia de esta cesión, es necesario:
- La aprobación de la Asamblea del núcleo de población ejidal correspondiente, conforme al Art. 23 Ley Agraria.
- La inscripción del presente contrato en el Registro Agrario Nacional, con sede en su delegación estatal en Guanajuato, de acuerdo con el Art. 113 Ley Agraria.
- Las partes se obligan a realizar conjuntamente, en un plazo no mayor a (NÚMERO) días hábiles, los trámites ante el Comisariado Ejidal para solicitar la convocatoria a Asamblea y obtener la autorización correspondiente.
- Los gastos derivados de estos trámites, incluyendo honorarios notariales en caso de requerirse fe pública, serán cubiertos por [ESPECIFICAR QUIÉN CUBRIRÁ LOS GASTOS: "EL CESIONARIO", "EL CEDENTE" O "POR MITADES"].
VII. GARANTÍAS
“EL CEDENTE” garantiza a “EL CESIONARIO” la legítima titularidad y posesión de los derechos parcelarios que cede, así como la legalidad de la presente operación, obligándose a defender la titularidad cedida de cualquier acción legal que intenten terceros, y a resarcir a “EL CESIONARIO” de todos los daños y perjuicios que pudiera sufrir en caso de evicción, conforme a lo dispuesto en el Art. 2280 Código Civil Federal y aplicable supletoriamente.
VIII. CAUSAS DE RESCISIÓN
El presente contrato podrá rescindirse, sin responsabilidad para la parte afectada, en los siguientes casos:
- Por incumplimiento injustificado de cualquiera de las obligaciones aquí pactadas.
- Si la Asamblea Ejidal niega la autorización para la cesión.
- Si se declara la nulidad del contrato por alguna causa legal.
- Por mutuo consentimiento de las partes.
IX. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Agrarios con sede en el Estado de Guanajuato, o en su defecto, a los Juzgados del fuerto común en el Municipio de (MUNICIPIO DE GUANAJUATO DONDE SE UBICA LA PARCELA), renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el Art. 164 Ley Agraria.
X. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES
- Registro: 2008233. Tesis: 1a. CXXIX/2016 (10a.). MATERIA(S): Agraria. SESIÓN PÚBLICA NOVENA DE VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS. La cesión de derechos parcelarios ejidales es un acto jurídico que, para su plena eficacia, requiere de la autorización de la asamblea ejidal, pues de lo contrario adolece de un vicio de ineficacia que puede ser subsanado con el consentimiento posterior de dicho órgano.
- Registro: 2024415. Tesis: 1a. XLVII/2019 (10a.). MATERIA(S): Agraria. SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DE TRECE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE. El contrato de cesión de derechos parcelarios ejidales produce efectos entre las partes desde su celebración, pero sus efectos frente a terceros y la transmisión formal de la titularidad requieren de su inscripción en el Registro Agrario Nacional.
- Registro: 2019979. Tesis: 1a. CCCLXXXI/2018 (10a.). MATERIA(S): Agraria. SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DE CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO. La condición de avecindado no es impedimento para ser cesionario de derechos parcelarios ejidales, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la Ley Agraria y se obtenga la autorización de la asamblea.
XI. FIRMAS Y DATOS DE CONTACTO
Leído que fue el presente contrato por las partes, y estando conformes con su contenido y alcances, lo firman en dos ejemplares del mismo tenor y valor, en el lugar y fecha indicados en el encabezado.
EL CEDENTE
(NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE)
Firma: ________________________
Domicilio: (DOMICILIO COMPLETO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES)
Teléfono: (TELÉFONO)
Correo Electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO)
EL CESIONARIO
(NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO)
Firma: ________________________
Domicilio: (DOMICILIO COMPLETO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES)
Teléfono: (TELÉFONO)
Correo Electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO)
TESTIGOS (Opcional, pero recomendado)
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
Firma: ________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
Firma: ________________________
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Ley Agraria
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 27)
- Código Civil Federal (Aplicación supletoria)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE CONTRATO): Asigne un número de control interno o déjelo en blanco si no aplica.
- (CIUDAD, GUANAJUATO), (DÍA), (MES), (AÑO): Indique la ciudad donde se firma, el día, mes y año de la firma.
- (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE/CESIONARIO): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, tal como aparece en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número, colonia, código postal, municipio y estado.
- (NÚMERO DE CREDENCIAL): Anote el número de la Credencial para Votar (INE) vigente.
- (NÚMERO DE LOTE), (NÚMERO DE PARCELA), (SUPERFICIE EN HECTÁREAS): Estos datos deben coincidir exactamente con el certificado parcelario. La superficie en letra y número.
- (NOMBRE DEL EJIDO O COMUNIDAD), (NOMBRE DEL MUNICIPIO): Especifique el nombre oficial del ejido o comunidad y el municipio en Guanajuato donde se ubica la parcela.
- (NÚMERO DE DOCUMENTO), (NOMBRE DE LA AUTORIDAD...): Anote el número del certificado parcelario y la autoridad que lo expidió (ej. Registro Agrario Nacional).
- (ONEROSO O GRATUITO): Elija y tache la opción que no corresponda. Si es oneroso, complete la cláusula IV.2.
- (CANTIDAD EN NÚMERO Y LETRA) / ($(CANTIDAD EN NÚMERO)): Escriba el monto total del precio en letra y entre paréntesis en número. Ej: "CINCUENTA MIL PESOS MEXICANOS ($50,000.00 M.N.)".
- (DESCRIBIR FORMA DE PAGO...): Detalle plazos, montos de cada pago, fechas, método de pago (efectivo, transferencia, etc.).
- (NÚMERO) (días hábiles): Establezca un plazo realista para iniciar trámites, ej. "30" días hábiles.
- (ESPECIFICAR QUIÉN CUBRIRÁ LOS GASTOS...): Indique claramente, ej. "EL CESIONARIO", "por mitades" o "EL CEDENTE".
- (MUNICIPIO DE GUANAJUATO DONDE SE UBICA LA PARCELA): Escriba el municipio para efectos de competencia judicial.
- Datos de contacto y firma: Complete todos los campos (domicilio para notificaciones, teléfono, correo) y firme al final en presencia de la otra parte. Se recomienda la firma de testigos.
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