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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS
CONSTITUIDO AL AMPARO DE LA LEY AGRARIA
NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO O FOLIO)
FECHA DE CELEBRACIÓN: (DÍA) DE (MES) DE (AÑO)
LUGAR DE CELEBRACIÓN: (LOCALIDAD, MUNICIPIO), MICHOACÁN.
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
CEDENTE:
En la ciudad de (LOCALIDAD, MUNICIPIO), Michoacán, comparece a la celebración del presente contrato el (la) C. (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CEDENTE), portador(a) de la Credencial de Elector número (NÚMERO DE CREDENCIAL) expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CEDENTE”; y
CESSIONARIO:
Por otra parte, comparece igualmente el (la) C. (NOMBRE COMPLETO DEL CESSIONARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CESSIONARIO), portador(a) de la Credencial de Elector número (NÚMERO DE CREDENCIAL) expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CESSIONARIO”.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos Art. 1798 Código Civil Federal y Art. 17 Ley Agraria.
II. DECLARACIONES
“EL CEDENTE” DECLARA:
- Que es ejidatario(a) con derechos parcelarios inscritos en el Registro Agrario Nacional (RAN), bajo el folio real número (FOLIO REAL O NÚMERO DE CERTIFICADO PARCELARIO), correspondiente al núcleo de población ejidal (NOMBRE DEL EJIDO), ubicado en el Municipio de (MUNICIPIO), Michoacán.
- Que es titular único y legítimo de los derechos parcelarios sobre el predio denominado (NOMBRE O DESCRIPCIÓN DE LA PARCELA), con una superficie total de (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas, linderos: al Norte con (LINDE NORTE); al Sur con (LINDE SUR); al Este con (LINDE ESTE); y al Oeste con (LINDE OESTE).
- Que la parcela objeto de este contrato se encuentra libre de gravamen, embargo, litigio, demanda o cualquier limitación al dominio que impida su cesión, conforme al artículo Art. 80 Ley Agraria.
- Que ha cumplido con el procedimiento de notificación y, en su caso, obtenido el consentimiento del Comisariado Ejidal del Ejido (NOMBRE DEL EJIDO), para realizar la presente cesión, de acuerdo con el artículo Art. 81 Ley Agraria.
“EL CESSIONARIO” DECLARA:
- Que conoce perfectamente la naturaleza, ubicación, linderos y estado que guarda la parcela objeto de la presente cesión.
- Que cuenta con los medios económicos para cubrir el precio de la cesión y asumir las obligaciones derivadas de la misma.
- Que acepta adquirir los derechos parcelarios en los términos y condiciones pactados en este instrumento.
III. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la cesión definitiva, onerosa y libre de gravamen de los derechos parcelarios que sobre el predio antes descrito ostenta “EL CEDENTE”, a favor de “EL CESSIONARIO”, quien los acepta, en los términos del artículo Art. 79 Ley Agraria y siguientes de la misma ley.
IV. PRECIO Y FORMA DE PAGO
Las partes convienen en fijar el precio total de la cesión en la cantidad de (CANTIDAD EN LETRA) PESOS MEXICANOS ($(CANTIDAD EN NÚMERO).00).
Dicha cantidad será cubierta por “EL CESSIONARIO” a “EL CEDENTE” de la siguiente forma:
- Un primer pago por la cantidad de (CANTIDAD EN LETRA) PESOS MEXICANOS ($(CANTIDAD EN NÚMERO).00), al momento de la firma del presente contrato, mismo que “EL CEDENTE” manifiesta haber recibido a su entera satisfacción.
- El saldo restante de (CANTIDAD EN LETRA) PESOS MEXICANOS ($(CANTIDAD EN NÚMERO).00), será pagado en (NÚMERO) parcialidades mensuales consecutivas, iguales y sucesivas, la primera de las cuales vencerá el día (DÍA) de (MES) de (AÑO) y las siguientes en la misma fecha de los meses subsecuentes.
Los pagos se realizarán en la cuenta bancaria número (NÚMERO DE CUENTA) a nombre de (NOMBRE DEL TITULAR DE LA CUENTA), o en el domicilio señalado por “EL CEDENTE”.
V. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
OBLIGACIONES DE “EL CEDENTE”:
- Entregar la posesión material y pacífica del predio objeto de la cesión a “EL CESSIONARIO”, al momento de la firma del presente contrato.
- Proporcionar a “EL CESSIONARIO” toda la documentación original o copias certificadas que acrediten sus derechos sobre la parcela, incluyendo el certificado parcelario, constancia de derechos y acta de asamblea que aprueba la cesión.
- Cooperar con “EL CESSIONARIO” en la realización de todos los trámites necesarios ante el Comisariado Ejidal y el Registro Agrario Nacional para la inscripción de la cesión.
- Garantizar que la parcela se encuentra libre de todo gravamen, deuda, litigio o responsabilidad de cualquier índole, al momento de la cesión.
OBLIGACIONES DE “EL CESSIONARIO”:
- Cubrir el precio pactado en los términos y plazos establecidos en la cláusula IV.
- Asumir a partir de esta fecha todas las obligaciones que como titular de derechos parcelarios correspondan, incluyendo el pago de contribuciones, cuotas ejidales y demás cargas inherentes al predio.
- Destinar el predio a actividades acordes con el uso del suelo autorizado por el plan de desarrollo urbano o ejidal correspondiente y la Ley Agraria.
- Realizar, a su costa, los trámites necesarios para inscribir la presente cesión en el Registro Agrario Nacional, en un plazo no mayor a (NÚMERO) días hábiles contados a partir de la fecha de firma.
VI. CARGA TRIBUTARIA
Los impuestos, derechos, contribuciones y gastos notariales que se generen con motivo de la presente cesión, serán cubiertos por “EL CESSIONARIO”. El impuesto sobre la renta que deba causarse por la enajenación, será responsabilidad de “EL CEDENTE”, conforme a lo dispuesto en el Art. 1 Código Fiscal de la Federación y la Ley del Impuesto sobre la Renta.
VII. RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO
En caso de que “EL CESSIONARIO” incumpla con el pago de dos parcialidades consecutivas del precio pactado, “EL CEDENTE” tendrá derecho a resolver de pleno derecho el presente contrato, debiendo “EL CESSIONARIO” devolver la posesión del predio y los documentos entregados, sin derecho a reclamar reintegro de cantidades pagadas, las cuales se considerarán como indemnización por daños y perjuicios. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar, conforme al artículo Art. 2066 Código Civil Federal.
VIII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Agrarios con competencia en el Estado de Michoacán, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el artículo Art. 164 Ley Agraria y la Art. 27 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
IX. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES
- Registro: 2008233. Tesis: 1a. CXXIX/2016 (10a.). DERECHOS PARCELARIOS EJIDALES. SU CESIÓN A TERCEROS NO EJIDATARIOS ES VÁLIDA, SIEMPRE QUE SE CUMPLAN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY AGRARIA. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la cesión de derechos parcelarios a favor de personas que no tienen la calidad de ejidatarios es válida jurídicamente, siempre que se cumpla con el procedimiento establecido en los artículos 80 y 81 de la Ley Agraria, particularmente la notificación al Comisariado Ejidal.
- Registro: 2020654. Tesis: 1a. XLVII/2020 (10a.). CONTRATOS AGRARIOS. LA ESCRITURA PÚBLICA NO ES REQUISITO DE VALIDEZ PARA LA CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS, AUNQUE SÍ PARA SU OPONIBILIDAD ANTER TERCEROS. Se precisa que la cesión de derechos parcelarios es válida entre las partes mediante contrato privado, pero para que sea oponible a terceros y se pueda inscribir en el RAN, se requiere su protocolización ante notario público o corredor.
- Registro: 2012547. Tesis: 1a. CCCXLII/2018 (10a.). EJIDOS. EL ACUERDO DE LA ASAMBLEA EJIDAL NO ES UN REQUISITO DE VALIDEZ PARA LA CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS, SINO UN ACTO DE NOTIFICACIÓN AL ÓRGANO DE REPRESENTACIÓN. La SCJN ha determinado que el artículo 81 de la Ley Agraria no exige la autorización de la asamblea, sino únicamente la notificación al Comisariado Ejidal, quien a su vez informará a la asamblea.
X. FIRMAS Y HUELLAS
Leído que fue el presente contrato por las partes, quienes manifestaron comprender su contenido y estar conformes con todas y cada una de sus cláusulas, lo firman por duplicado en el lugar y fecha señalados en el encabezado.
EL CEDENTE
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE)
Huella digital del pulgar derecho:
(ESPACIO PARA HUELLA)
EL CESSIONARIO
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL CESSIONARIO)
Huella digital del pulgar derecho:
(ESPACIO PARA HUELLA)
TESTIGO
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
Domicilio: (DOMICILIO DEL TESTIGO 1)
TESTIGO
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
Domicilio: (DOMICILIO DEL TESTIGO 2)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Ley Agraria
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 27
- Código Civil Federal
- Código Fiscal de la Federación
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE CONTRATO O FOLIO): Inserte un número de control interno o el folio que asigne el notario o corredor público.
- (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE/CESSIONARIO): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, tal como aparece en la credencial de elector.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, localidad y municipio.
- (NÚMERO DE CREDENCIAL): Anote la Clave Única de Registro de Población (CURP) o el número de la credencial de elector.
- (FOLIO REAL O NÚMERO DE CERTIFICADO PARCELARIO): Copie el número de folio real del RAN o el número del certificado parcelario que acredita la propiedad.
- (NOMBRE DEL EJIDO): Escriba el nombre oficial del ejido al que pertenece la parcela.
- (NOMBRE O DESCRIPCIÓN DE LA PARCELA): Indique el nombre con el que se conoce la parcela (ej. "El Capulín") o una breve descripción.
- (SUPERFICIE EN HECTÁREAS): Anote la superficie total en hectáreas, áreas y centiáreas, con números y letra.
- (LINDE NORTE/SUR/ESTE/OESTE): Describa con precisión los linderos de la parcela (ej. "Camino vecinal a la comunidad X", "Parcela de Juan Pérez").
- (CANTIDAD EN LETRA/NÚMERO): El precio debe escribirse en letra y número. Asegúrese de que coincidan.
- (NÚMERO DE CUENTA) y (NOMBRE DEL TITULAR...): Proporcione los datos bancarios completos para los pagos.
- (NÚMERO) (días hábiles/parcialidades): Especifique el plazo concreto para trámites o el número de pagos parciales.
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