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V1Contrato de Cesión de Derechos Parcelarios — Nuevo León
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS

NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO)

FECHA DE CELEBRACIÓN: (DÍA) DE (MES) DE (AÑO)

I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

CEDENTE: (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CEDENTE, CIUDAD, NUEVO LEÓN), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL CEDENTE), y en su carácter de ejidatario(a) con derechos parcelarios inscritos en el Registro Agrario Nacional (RAN) bajo el folio real (FOLIO REAL DEL CEDENTE EN EL RAN), quien para los efectos del presente contrato señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el antes señalado.

CESIONARIO: (NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CESIONARIO, CIUDAD, NUEVO LEÓN), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL CESIONARIO), quien para los efectos del presente contrato señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el antes señalado.

Las partes anteriores se reconocen mutuamente capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente instrumento, declaran que su voluntad es libre y espontánea, y que actúan conforme a lo establecido en el Art. 27 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Agraria y su Reglamento.

II. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES

  1. El CEDENTE es titular de los derechos parcelarios derivados de la parcela escolar número (NÚMERO DE PARCELA), con una superficie total de (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas, ubicada en el predio conocido como (NOMBRE DEL PREDIO O EJIDO), Municipio de (MUNICIPIO), Estado de Nuevo León, inscrita en el Registro Agrario Nacional bajo el folio real (FOLIO REAL DE LA PARCELA EN EL RAN).
  2. Los derechos parcelarios del CEDENTE se encuentran libres de gravamen, embargo, pleito o litigio alguno, y no existen limitaciones al dominio que impidan la cesión que se regula en este contrato, conforme al certificado parcelario vigente expedido por el RAN.
  3. La Asamblea Ejidal del Ejido (NOMBRE DEL EJIDO), en sesión celebrada el (FECHA DE LA SESIÓN), aprobó la cesión de los derechos parcelarios que se contrata, según consta en el acta respectiva, cumpliendo con lo dispuesto por el Art. 23 Ley Agraria.
  4. El CESIONARIO conoce la naturaleza, ubicación, linderos y características de la parcela objeto de la presente cesión, y los acepta en el estado en que se encuentran.
  5. Ambas partes reconocen que la presente cesión se realiza al amparo de lo dispuesto en el Art. 80 Ley Agraria y siguientes, y que el CESIONARIO adquiere los derechos con el carácter de avecindado, sujetándose a los estatutos del ejido y a las decisiones de la Asamblea.

III. OBJETO DEL CONTRATO

El presente contrato tiene por objeto la CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS que el CEDENTE transfiere a favor del CESIONARIO, sobre la totalidad de la parcela antes descrita, con todos sus accesorios y mejoras existentes, de manera libre, pura, simple, irrevocable y definitiva.

IV. CONSIDERACIÓN Y FORMA DE PAGO

Por la presente cesión, el CESIONARIO se obliga a pagar al CEDENTE la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO) ((CANTIDAD EN LETRA)) PESOS MEXICANOS, de conformidad con el siguiente esquema de pago:

  1. Enganche: La cantidad de (MONTO DEL ENGANCHE EN NÚMERO) ((MONTO EN LETRA)) MXN, al momento de la firma del presente contrato.
  2. Saldo: La cantidad restante de (MONTO DEL SALDO EN NÚMERO) ((MONTO EN LETRA)) MXN, se pagará en (NÚMERO) pagos mensuales consecutivos y iguales de (MONTO DE MENSUALIDAD) MXN cada uno, el día (DÍA DEL MES) de cada mes, iniciando el (FECHA DEL PRIMER PAGO).

Los pagos se realizarán mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria del CEDENTE número (NÚMERO DE CUENTA) en (NOMBRE DEL BANCO), CLABE (CLABE INTERBANCARIA).

V. OBLIGACIONES DEL CEDENTE

  1. Entregar al CESIONARIO la posesión material y jurídica de la parcela, así como toda la documentación original relativa a los derechos parcelarios, incluyendo el certificado parcelario, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del presente contrato.
  2. Garantizar que los derechos cedidos se encuentran libres de todo gravamen, adeudo, litigio o controversia, y que no existen terceros con mejor derecho.
  3. Cooperar con el CESIONARIO para realizar todos los trámites necesarios ante el Registro Agrario Nacional, la Procuraduría Agraria y la Asamblea Ejidal, para la inscripción de la cesión.
  4. Entregar las tierras en el estado en que se encuentran, con las mejoras existentes al momento de la firma.

VI. OBLIGACIONES DEL CESIONARIO

  1. Cumplir puntualmente con el pago del precio en los términos establecidos en la cláusula IV.
  2. Destinar la parcela a actividades agropecuarias, salvo que la Asamblea Ejidal y la autoridad competente autoricen un cambio de uso de suelo, conforme al Art. 67 Ley Agraria.
  3. Asumir todas las contribuciones, impuestos, derechos y cargas que recaigan sobre la parcela a partir de la fecha de entrega de la posesión.
  4. Sujetarse a los estatutos del ejido, a las decisiones de la Asamblea General y a las disposiciones de la Ley Agraria.
  5. Realizar, a su costa, los trámites de inscripción de la cesión ante el RAN.

VII. RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO

En caso de que el CESIONARIO incurra en mora en el pago de dos mensualidades consecutivas, el CEDENTE tendrá derecho a resolver de pleno derecho el presente contrato, mediante notificación por escrito, requiriendo la restitución de la posesión de la parcela y quedando a favor del CEDENTE las cantidades pagadas a título de arras o indemnización por daños y perjuicios, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes. Lo anterior sin contravenir lo establecido en el Art. 2444 Código Civil Federal en materia de cláusulas penales.

VIII. PROPIEDAD Y RIESGOS

Los riesgos sobre la parcela y sus mejoras serán por cuenta del CESIONARIO a partir de la fecha de entrega de la posesión material. La propiedad de los derechos se transferirá al CESIONARio una vez que se haya cubierto la totalidad del precio y se haya inscrito la cesión en el Registro Agrario Nacional.

IX. NOTIFICACIONES

Toda notificación relacionada con este contrato deberá realizarse por escrito y entregarse personalmente en los domicilios señalados por las partes, o mediante correo certificado con acuse de recibo. Cualquier cambio de domicilio deberá notificarse a la otra parte dentro de los cinco días hábiles siguientes.

X. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Para cualquier controversia que surja con motivo de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Agrarios con competencia en el Estado de Nuevo León, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el Art. 164 Ley Agraria.

XI. CONFORMIDAD Y ACEPTACIÓN

Las partes manifiestan que han leído íntegramente este contrato, que comprenden su alcance y contenido, y que están conformes con todas y cada una de sus cláusulas, obligándose a su fiel cumplimiento.

Se firma por duplicado en (LUGAR DE FIRMA, MUNICIPIO), Nuevo León, a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).


_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE)
CEDENTE



_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO)
CESIONARIO



TESTIGOS

_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
CURP: (CURP DEL TESTIGO 1)


_________________________________________

(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
CURP: (CURP DEL TESTIGO 2)

XII. ANEXOS

  1. Copia certificada del Acta de Asamblea que aprueba la cesión.
  2. Copia del certificado parcelario vigente.
  3. Copia de identificación oficial de las partes y testigos.
  4. Croquis de ubicación de la parcela.
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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE CONTRATO): Asigne un número de control interno para el contrato.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE/CESIONARIO): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, tal como aparece en su identificación oficial.
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, municipio y estado.
  4. (CURP...): Copie la Clave Única de Registro de Población de cada persona.
  5. (FOLIO REAL...): Inserte el número de folio real asignado por el Registro Agrario Nacional (RAN) al ejidatario y a la parcela.
  6. (NÚMERO DE PARCELA) y (SUPERFICIE...): Consulte el certificado parcelario para estos datos exactos.
  7. (NOMBRE DEL PREDIO O EJIDO) y (MUNICIPIO): Nombre oficial del ejido y municipio en Nuevo León donde se ubica la tierra.
  8. (FECHA DE LA SESIÓN): Fecha de la asamblea ejidal que aprobó la cesión (dd/mm/aaaa).
  9. (CANTIDAD EN NÚMERO/LETRA): El precio total acordado. Escriba el número y la cantidad con letra.
  10. (MONTO DEL ENGANCHE...), (MONTO DEL SALDO...), (NÚMERO) y (MONTO DE MENSUALIDAD): Detalle el esquema de pagos pactado.
  11. (DÍA DEL MES) y (FECHA DEL PRIMER PAGO): Día de cada mes para pagar y fecha del primer pago del saldo.
  12. (NÚMERO DE CUENTA), (NOMBRE DEL BANCO), (CLABE INTERBANCARIA): Datos bancarios del CEDENTE para transferencias.
  13. (LUGAR DE FIRMA, MUNICIPIO): Localidad y municipio en Nuevo León donde se firma físicamente el contrato.
  14. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de firma del contrato.
  15. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO...) y (CURP DEL TESTIGO...): Datos de dos testigos mayores de edad.

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