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V1Contrato de Cesión de Derechos Parcelarios — Quintana Roo
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS

NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO O FOLIO)

FECHA DE CELEBRACIÓN: (DÍA) de (MES) de (AÑO)

I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

CEDENTE: (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CEDENTE, COLONIA, C.P., CIUDAD, QUINTANA ROO), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL CEDENTE) y con correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO DEL CEDENTE).

CESSIONARIO: (NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CESIONARIO, COLONIA, C.P., CIUDAD, QUINTANA ROO), identificado con la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP DEL CESIONARIO) y con correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO DEL CESIONARIO).

En lo sucesivo, individualmente se les denominará como "la Parte" y conjuntamente como "las Partes".

II. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES

  1. El CEDENTE declara ser titular legítimo de los derechos parcelarios derivados del Certificado Parcelario Número (NÚMERO DEL CERTIFICADO PARCELARIO), inscrito en el Registro Agrario Nacional (RAN) bajo el folio (FOLIO RAN), correspondiente a una parcela ubicada en el Ejido (NOMBRE DEL EJIDO), Municipio de (NOMBRE DEL MUNICIPIO), Estado de Quintana Roo.
  2. La parcela objeto de este contrato tiene una superficie total de (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas, con los linderos y colindancias descritos en el certificado parcelario antes referido. Se encuentra libre de gravamen, embargo, litigio o cualquier limitación al dominio que impida su cesión.
  3. El CEDENTE declara que la cesión que realiza se ajusta a lo dispuesto por el Art. 80 Ley Agraria, y que cumple con los requisitos establecidos en la legislación aplicable.
  4. El CESIONARIO declara conocer el estado que guarda la parcela, así como las obligaciones que como titular de derechos parcelarios adquiere, conforme al Art. 81 Ley Agraria.
  5. Ambas Partes declaran tener la capacidad legal necesaria para obligarse en los términos del presente instrumento.

III. OBJETO DEL CONTRATO

El presente contrato tiene por objeto la Cesión de Derechos Parcelarios que sobre la parcela antes descrita ostenta el CEDENTE, a favor del CESIONARIO, quien los acepta, en los términos y condiciones aquí estipulados y de conformidad con la Ley Agraria y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

IV. CONDICIONES DE LA CESIÓN

  1. Carácter de la Cesión: La presente cesión es a título (ONEROSO/GRATUITO - ELEGIR UNA OPCIÓN).
  2. Contraprestación: En caso de ser onerosa, el CESIONARIO se obliga a pagar al CEDENTE la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA) ((MONEDA)), como contraprestación total y definitiva por la cesión de derechos. Dicho pago se realizará de la siguiente forma: (DESCRIBIR FORMA DE PAGO, PLAZOS, ENTREGA, ETC.).
  3. Entrega de la Posesión: El CEDENTE se obliga a entregar la posesión material de la parcela al CESIONARIO en un plazo no mayor a (NÚMERO) días hábiles contados a partir de la firma del presente contrato, dejándola libre de ocupantes y de cualquier obstáculo que impida su uso y aprovechamiento.
  4. Transferencia de Derechos y Obligaciones: A partir de la firma del presente contrato, el CESIONARIO asume todos los derechos, cargas y obligaciones inherentes a la parcela, incluyendo, en su caso, las contribuciones y cuotas ejidales.

V. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Obligaciones del CEDENTE:

  1. Garantizar que los derechos parcelarios que cede son legítimos, libres de vicios y plenamente transmisibles.
  2. Entregar al CESIONARIO copia certificada del Certificado Parcelario, así como toda la documentación relacionada con la parcela.
  3. Cooperar con el CESIONARIO en la realización de todos los trámites necesarios ante el Comisariado Ejidal y el Registro Agrario Nacional para la inscripción de la cesión.
  4. Responder por evicción y por vicios ocultos de la parcela, conforme a lo establecido en el Código Civil Federal.

Obligaciones del CESIONARIO:

  1. Cumplir con el pago de la contraprestación en los términos pactados en la Cláusula IV.
  2. Destinar la parcela al uso y aprovechamiento para el cual fue asignada originalmente, salvo que obtenga la autorización correspondiente para su cambio, de acuerdo con el Art. 82 Ley Agraria.
  3. Asumir y cumplir con todas las obligaciones que como titular de derechos parcelarios le corresponden frente al núcleo de población ejidal y las autoridades agrarias.
  4. Solicitar y gestionar la inscripción de la presente cesión ante el Registro Agrario Nacional, con la asistencia del CEDENTE.

VI. AUTORIZACIÓN EJIDAL Y TRÁMITES REGISTRALES

  1. Las Partes reconocen que, para la validez de la cesión frente al núcleo ejidal, se requiere la autorización de la Asamblea Ejidal o del Comisariado Ejidal, según corresponda, de conformidad con el Art. 80 Ley Agraria.
  2. Las Partes se obligan a presentar este contrato ante el Comisariado Ejidal del Ejido (NOMBRE DEL EJIDO) dentro de los (NÚMERO) días hábiles siguientes a su firma, a fin de obtener la autorización correspondiente.
  3. Una vez obtenida la autorización ejidal, el CESIONARIO deberá solicitar la inscripción de la cesión ante la Oficina Regional del Registro Agrario Nacional en Quintana Roo, con sede en (CIUDAD, E.J. CHETUMAL O CANCÚN), dentro del plazo legalmente establecido.

VII. CAUSAS DE RESCISIÓN

El presente contrato podrá rescindirse, sin responsabilidad para la Parte que la invoque, en los siguientes casos:

  1. Por incumplimiento injustificado de cualquiera de las obligaciones aquí pactadas.
  2. Por la negativa injustificada de la Asamblea o Comisariado Ejidal para autorizar la cesión.
  3. Por declararse la nulidad del Certificado Parcelario por autoridad competente.
  4. Por mutuo consentimiento de las Partes.

VIII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las Partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Agrarios con competencia en el Estado de Quintana Roo, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el Art. 164 Ley Agraria.

IX. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES

  1. Registro: 2003676 | Tesis: I.9o.A. A (10a.) "CERTIFICADOS PARCELARIOS EJIDALES. SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL ES DECLARATIVA Y NO CONSTITUTIVA DEL DERECHO PARCELARIO." La inscripción en el RAN no crea el derecho, lo reconoce. La validez del derecho nace del acto de asignación por la Asamblea Ejidal.
  2. Registro: 2016557 | Tesis: I.9o.A. J/10 (10a.) "CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS EJIDALES. LA AUTORIZACIÓN DEL COMISARIADO EJIDAL, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 80 DE LA LEY AGRARIA, ES REQUISITO DE VALIDEZ DEL ACTO JURÍDICO RESPECTIVO." Ratifica la obligatoriedad de la autorización ejidal para la validez de la cesión.
  3. Registro: 2025673 | Tesis: I.9o.A. K (10a.) "EJIDATARIO. LA CALIDAD DE TALES SE ADQUIERE CON LA ASIGNACIÓN DE PARCELAS O DERECHOS COMUNES HECHAS POR LA ASAMBLEA EJIDAL Y NO POR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL." Reitera que el origen del derecho es la Asamblea, no el registro.

X. FIRMAS Y DATOS DE CONTACTO

Leído que fue el presente contrato, y estando conformes las Partes con su contenido y alcances, lo firman en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezado.



EL CEDENTE

Nombre y Firma: ______________________________

Testigo: (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)

Firma: ______________________________

Domicilio: (DOMICILIO DEL TESTIGO 1)


EL CESIONARIO

Nombre y Firma: ______________________________

Testigo: (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)

Firma: ______________________________

Domicilio: (DOMICILIO DEL TESTIGO 2)


ACUSE DE AUTORIZACIÓN EJIDAL

El que suscribe, (NOMBRE DEL COMISARIADO EJIDAL O SECRETARIO), en mi carácter de (CARGO) del Ejido (NOMBRE DEL EJIDO), hago constar que la Asamblea/Comisariado Ejidal, en sesión celebrada el (FECHA DE SESIÓN), autorizó la cesión de derechos parcelarios objeto del presente contrato.

Nombre y Firma: ______________________________

Sello del Ejido

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE CONTRATO O FOLIO): Asigne un número interno de control para el contrato.
  2. (DÍA) de (MES) de (AÑO): Fecha exacta de la firma del contrato.
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE/CESIONARIO): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno, tal como aparecen en la CURP.
  4. (DOMICILIO COMPLETO...): Calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado (Quintana Roo).
  5. (CURP...): Clave Única de Registro de Población de cada parte.
  6. (CORREO ELECTRÓNICO...): Dirección de correo electrónico vigente para notificaciones.
  7. (NÚMERO DEL CERTIFICADO PARCELARIO): Número impreso en el certificado parcelario expedido por el RAN.
  8. (FOLIO RAN): Número de folio de inscripción en el Registro Agrario Nacional.
  9. (NOMBRE DEL EJIDO): Nombre oficial del núcleo ejidal donde se ubica la parcela.
  10. (NOMBRE DEL MUNICIPIO): Municipio de Quintana Roo donde se ubica el ejido (ej. Benito Juárez, Othón P. Blanco, Solidaridad).
  11. (SUPERFICIE EN HECTÁREAS): Superficie total de la parcela en hectáreas, con fracción si la hay.
  12. (ONEROSO/GRATUITO): Tachar o borrar la opción que no corresponda.
  13. (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA) ((MONEDA)): Ejemplo: $150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).
  14. (DESCRIBIR FORMA DE PAGO...): Detallar si es en una sola exhibición, en parcialidades, mediante cheque, transferencia, etc.
  15. (NÚMERO) días hábiles: Definir un plazo razonable (ej. 5, 10, 15 días).
  16. (CIUDAD, E.J. CHETUMAL O CANCÚN): Especificar la ciudad donde se encuentra la Oficina Regional del RAN en Quintana Roo.
  17. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO...): Datos de dos testigos mayores de edad, preferentemente no familiares directos.
  18. (FECHA DE SESIÓN): Fecha en la que la Asamblea o Comisariado Ejidal autorizó la cesión.
  19. (CARGO): Especificar si es Comisariado Ejidal, Secretario del Comisariado, o el cargo de quien autoriza.

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