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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS
NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO)
LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN: (CIUDAD, MUNICIPIO), San Luis Potosí, a (DÍA) de (MES) de (AÑO).
I. DE LAS PARTES
CEDENTE: (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CEDENTE), y titular de la credencial de elector número (NÚMERO DE CREDENCIAL) expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien para efectos del presente contrato se le denominará “EL CEDENTE”.
CESIONARIO: (NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CESIONARIO), y titular de la credencial de elector número (NÚMERO DE CREDENCIAL) expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien para efectos del presente contrato se le denominará “EL CESIONARIO”.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente instrumento, actuando por derecho propio y sin representar a tercero alguno.
II. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES
- DECLARA “EL CEDENTE” bajo protesta de decir verdad:
- Que es ejidatario/a del Ejido “(NOMBRE DEL EJIDO)”, ubicado en el Municipio de (MUNICIPIO), San Luis Potosí, debidamente inscrito en el Registro Agrario Nacional (RAN) bajo el folio ejidal número (FOLIO EJIDAL).
- Que es titular de los derechos parcelarios sobre el predio denominado “(NOMBRE O DESCRIPCIÓN DE LA PARCELA)”, con una superficie total de (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas, identificada con el número parcelario (NÚMERO PARCELARIO) y asentada en el Padrón de la Unidad Agrícola Industrial de la Mujer (PAIM) o padrón correspondiente bajo la clave (CLAVE DE INSCRIPCIÓN EN EL RAN).
- Que los derechos sobre dicha parcela se encuentran libres de gravamen, embargo, pleito o litigio alguno, y no han sido cedidos, enajenados o comprometidos a favor de tercero alguno.
- Que cuenta con la autorización expresa de la Asamblea Ejidal del Ejido “(NOMBRE DEL EJIDO)”, celebrada el (FECHA DE LA ASAMBLEA), para llevar a cabo la cesión de los derechos parcelarios que objeto del presente contrato, conforme al acta de asamblea número (NÚMERO DE ACTA), debidamente certificada por el Comisariado Ejidal.
- DECLARA “EL CESIONARIO” bajo protesta de decir verdad:
- Que conoce perfectamente la naturaleza, ubicación, linderos y características del predio materia de la cesión, habiéndolo inspeccionado físicamente y estando conforme con su estado actual.
- Que acepta la cesión de los derechos parcelarios en los términos y condiciones aquí pactados, asumiendo todas las obligaciones inherentes a la titularidad de dichos derechos a partir de la firma del presente contrato.
- Que se obliga a destinar el predio a actividades acordes con el Art. 74 Ley Agraria y el plan de desarrollo ejidal o comunal respectivo.
III. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS que sobre el predio antes descrito ostenta “EL CEDENTE”, a favor de “EL CESIONARIO”, quien los acepta, en los términos del Art. 80 Ley Agraria y siguientes de la misma ley.
DESCRIPCIÓN COMPLETA DEL PREDIO: Parcela número (NÚMERO PARCELARIO), con una superficie de (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas, ubicada en el Ejido “(NOMBRE DEL EJIDO)”, Municipio de (MUNICIPIO), San Luis Potosí. Colinda al Norte con (DESCRIPCIÓN); al Sur con (DESCRIPCIÓN); al Este con (DESCRIPCIÓN); y al Oeste con (DESCRIPCIÓN).
CLAVE ÚNICA DE INSCRIPCIÓN EN EL RAN: (CLAVE ÚNICA DE REGISTRO).
IV. CONSIDERACIÓN Y FORMA DE PAGO
Por la presente cesión de derechos, “EL CESIONARIO” se obliga a pagar a “EL CEDENTE” la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMEROS) ((CANTIDAD EN LETRA)) pesos mexicanos, de conformidad con lo establecido en el Art. 2248 Código Civil Federal.
Dicha cantidad será cubierta de la siguiente forma:
- Un primer pago por la cantidad de (MONTO DEL ENGANCHE) al momento de la firma del presente contrato.
- El saldo restante de (MONTO DEL SALDO) será pagado en (NÚMERO) mensualidades sucesivas, iguales y consecutivas de (MONTO DE LA MENSUALIDAD) cada una, la primera de las cuales vencerá el día (DÍA) del mes de (MES) de (AÑO), y las subsecuentes en la misma fecha de los meses siguientes.
Los pagos se realizarán mediante depósito bancario a la cuenta número (NÚMERO DE CUENTA) a nombre de (NOMBRE DEL TITULAR DE LA CUENTA), en el banco (NOMBRE DEL BANCO).
V. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
A) OBLIGACIONES DE “EL CEDENTE”:
- Entregar material y jurídicamente el predio objeto de la cesión, libre de todo gravamen, posesión y ocupante, en un plazo no mayor a (NÚMERO) días hábiles contados a partir de la firma del presente contrato.
- Proporcionar a “EL CESIONARIO” copia certificada del acta de asamblea que aprueba la cesión, así como de toda la documentación que acredite su titularidad sobre los derechos parcelarios.
- Cooperar con “EL CESIONARIO” en la realización de todos los trámites necesarios ante el Registro Agrario Nacional para la inscripción de la cesión.
- Responder de la evicción y de los vicios ocultos del predio, conforme a lo dispuesto en el Art. 2129 Código Civil Federal.
B) OBLIGACIONES DE “EL CESIONARIO”:
- Cumplir puntualmente con las obligaciones de pago establecidas en la cláusula IV.
- Destinar el predio a los fines agrícolas, pecuarios, forestales o demás actividades productivas autorizadas por la Asamblea Ejidal y la Ley.
- Asumir el pago de las contribuciones, derechos y cualquier otra carga fiscal que grave el predio a partir de la fecha de firma del contrato.
- Cumplir con las obligaciones que como titular de derechos parcelarios le impone la Art. 79 Ley Agraria, así como el reglamento interno y los acuerdos de la Asamblea del Ejido.
- Solicitar y costear la inscripción del presente contrato en el Registro Agrario Nacional, en el plazo máximo de (NÚMERO) días hábiles posteriores a su firma.
VI. RESOLUCIÓN Y PENAS CONVENCIONALES
En caso de que “EL CESIONARIO” incumpla con el pago de dos o más mensualidades consecutivas, “EL CEDENTE” tendrá derecho a resolver el presente contrato de pleno derecho, mediante notificación por escrito, sin necesidad de declaración judicial, debiendo “EL CESIONARIO” desalojar inmediatamente el predio y restituirlo en el estado en que lo recibió. Los pagos realizados se aplicarán como indemnización por daños y perjuicios a favor de “EL CEDENTE”, sin perjuicio de la acción para exigir el pago de las mensualidades vencidas y no pagadas.
Esta cláusula se establece sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 2394 Código Civil Federal.
VII. NOTIFICACIONES
Toda notificación o comunicación relacionada con el presente contrato deberá realizarse por escrito y ser entregada personalmente en los domicilios señalados en la cláusula I, o enviada por correo certificado con acuse de recibo al mismo domicilio. Las partes se obligan a notificar cualquier cambio de domicilio con al menos cinco días hábiles de anticipación.
VIII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Agrarios con sede en el Estado de San Luis Potosí, en específico al Tribunal Unitario Agrario del Distrito (NÚMERO DEL DISTRITO), renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, de conformidad con el Art. 164 Ley Agraria.
IX. CONFORMIDAD Y ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, que comprenden su alcance y contenido, y que están conformes con todas y cada una de sus cláusulas, obligándose a su fiel cumplimiento, firmando al calce en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad, fecha y lugar antes señalados.
X. TESIS JURISPRUDENCIALES APLICABLES
- Registro: 2008233. EJIDOS. LA CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS A TÍTULO ONEROSO, PARA QUE SEA VÁLIDA, REQUIERE AUTORIZACIÓN DE LA ASAMBLEA EJIDAL. Tesis Aislada (Novena Época). Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXV, Febrero de 2007, Página 1892. Aplica al requisito de autorización asamblearia establecido en la cláusula II.
- Registro: 2011178. EJIDOS. LA CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS CONSTITUYE UN ACTO JURÍDICO QUE TRANSFIERE LA TITULARIDAD DE AQUELLOS, POR LO QUE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL ES OBLIGATORIA PARA QUE SURTA EFECTOS FRENTE A TERCEROS. Tesis Aislada (Novena Época). Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXVI, Diciembre de 2007, Página 2095. Refuerza la obligación de inscripción en el RAN establecida en la cláusula V.
- Registro: 2009755. NULIDAD DE ACTOS JURÍDICOS AGRARIOS. LA AUSENCIA DE AUTORIZACIÓN DE LA ASAMBLEA EJIDAL O COMUNAL PARA LA ENAJENACIÓN O CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS O DE USO COMÚN, CONSTITUYE CAUSA DE NULIDAD ABSOLUTA. Tesis Aislada (Novena Época). Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXIV, Agosto de 2006, Página 1641. Subraya la importancia crítica del acta de asamblea como requisito de validez.
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Ley Agraria
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 27
- Código Civil Federal (Disposiciones Supletorias)
- Reglamento Interior del Ejido “(NOMBRE DEL EJIDO)” (Documento Local).
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE CONTRATO): Asigne un número de control interno para el contrato.
- (CIUDAD, MUNICIPIO), (DÍA) de (MES) de (AÑO): Lugar y fecha exactos de la firma.
- (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE/CESIONARIO): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno, tal como aparecen en la credencial de elector.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Calle, número, colonia, código postal, ciudad, municipio y estado.
- (NÚMERO DE CREDENCIAL): Clave de Elector (INE).
- (NOMBRE DEL EJIDO): Nombre oficial del núcleo ejidal según el RAN.
- (FOLIO EJIDAL): Número de folio del ejido en el Registro Agrario Nacional.
- (NOMBRE O DESCRIPCIÓN...), (SUPERFICIE...), (NÚMERO PARCELARIO), (CLAVE DE INSCRIPCIÓN...): Datos exactos de la parcela según certificado parcelario o documento del RAN.
- (FECHA DE LA ASAMBLEA), (NÚMERO DE ACTA): Fecha y número del acta de la Asamblea Ejidal que autorizó la cesión.
- (DESCRIPCIÓN) (linderos): Describa claramente con qué o con quién colinda cada punto cardinal (ej. "calle principal", "parcela de Juan Pérez", "cerro").
- (CLAVE ÚNICA...): Clave de 19 dígitos que identifica la parcela en el RAN.
- (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA): Precio total acordado por la cesión.
- (MONTO DEL ENGANCHE), (MONTO DEL SALDO), (NÚMERO), (MONTO DE LA MENSUALIDAD), (DÍA), (MES), (AÑO): Detalle completo del plan de pagos.
- (NÚMERO DE CUENTA), (NOMBRE DEL TITULAR...), (NOMBRE DEL BANCO): Datos bancarios para realizar los pagos.
- (NÚMERO) (días hábiles para entrega/trámites): Defina plazos realistas, por ejemplo, "5" o "10" días.
- (NÚMERO DEL DISTRITO): Identifique el Distrito del Tribunal Unitario Agrario competente en San Luis Potosí (ej. "33").
📄 Plantillas Relacionadas
- Acta de Asamblea Ejidal para Autorización de Cesión de Derechos
- Solicitud de Inscripción de Cesión ante el RAN
- Contrato de Arrendamiento de Parcela Ejidal
- Poder Especial para Trámites Agrarios
- Convenio de Confidencialidad para Negocios Agrarios
FIRMAS DE CONFORMIDAD
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“EL CEDENTE”
(NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE)
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“EL CESIONARIO”
(NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO)
TESTIGOS
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
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Sobre este documento: Contrato de Cesión de Derechos Parcelarios — San Luis Potosí
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