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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PARCELARIOS
NÚMERO DE CONTRATO: (NÚMERO DE CONTRATO)
FECHA DE CELEBRACIÓN: (DÍA) DE (MES) DE (AÑO)
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
CEDENTE: (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CEDENTE), y titular de la credencial de elector número (NÚMERO DE CREDENCIAL) expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CEDENTE”.
CESIONARIO: (NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL CESIONARIO), y titular de la credencial de elector número (NÚMERO DE CREDENCIAL) expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CESIONARIO”.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse en los términos del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1794 Código Civil Federal.
II. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES
- DECLARA “EL CEDENTE” que es ejidatario del Ejido (NOMBRE DEL EJIDO), ubicado en el Municipio de (NOMBRE DEL MUNICIPIO), Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, debidamente inscrito en el Registro Agrario Nacional (RAN) bajo el folio ejidal número (FOLIO EJIDAL).
- Que es titular de los derechos parcelarios sobre el predio denominado “(NOMBRE O DESCRIPCIÓN DE LA PARCELA)”, con una superficie total de (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas, identificada con el número parcelario (NÚMERO PARCELARIO) y asentada en el Padrón de la Zona de Parcelas Ejidales del mencionado ejido.
- Que los derechos parcelarios que ostenta son libres de gravamen, embargo, pleito, litigio o cualquier limitación de dominio que impida su cesión, comprometiéndose a garantizar la legítima procedencia y titularidad de los mismos.
- DECLARA “EL CESIONARIO” que conoce el estado que guarda la parcela objeto de este contrato y acepta recibir los derechos sobre la misma en los términos y condiciones aquí pactados.
- Ambas partes reconocen que la presente cesión se realiza al amparo de lo establecido en el Art. 80 Ley Agraria y siguientes, así como en el Art. 27 Constitucional y su régimen reglamentario.
III. OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente instrumento, “EL CEDENTE” transfiere a título oneroso y de manera irrevocable a favor de “EL CESIONARIO”, la totalidad de los derechos parcelarios que le corresponden sobre la parcela antes descrita, incluyendo las mejoras existentes en la misma, tales como: [DESCRIBIR MEJORAS: CONSTRUCCIONES, POZOS, PLANTACIONES, ETC. O INDICAR "NINGUNA"].
La cesión comprende todos los derechos y obligaciones inherentes a la titularidad parcelaria, de conformidad con la Ley Agraria.
IV. DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL INMUEBLE
- Ejido: (NOMBRE DEL EJIDO)
- Municipio: (MUNICIPIO), Veracruz.
- Superficie: (SUPERFICIE EN HECTÁREAS) hectáreas.
- Linderos:
- Al Norte: con (LINDERO NORTE)
- Al Sur: con (LINDERO SUR)
- Al Este: con (LINDERO ESTE)
- Al Oeste: con (LINDERO OESTE)
- Clave Catastral o Número de Folio RAN: (CLAVE O FOLIO)
- Destino Actual: (AGRÍCOLA, GANADERO, FORESTAL, ETC.)
V. PRECIO Y FORMA DE PAGO
Las partes fijan en la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMEROS) ((CANTIDAD EN LETRA)) pesos mexicanos, el precio total por la cesión de los derechos parcelarios.
Dicho precio será cubierto por “EL CESIONARIO” a “EL CEDENTE” de la siguiente forma: (DESCRIBIR FORMA DE PAGO: CONTADO, PORCENTAJE DE ENGANCHE Y SALDO A PLAZOS, ETC.). El pago se entenderá realizado en el momento de la entrega de los recibos correspondientes.
VI. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
A) OBLIGACIONES DE “EL CEDENTE”:
- Entregar la posesión material de la parcela al “CESIONARIO” en el acto de la firma del presente contrato.
- Proporcionar toda la documentación original o copia certificada que acredite su titularidad, incluyendo certificado parcelario, constancia de derechos agrarios del RAN y actas de asamblea que autoricen la cesión.
- Garantizar la tranquilidad y el libre disfrute de la parcela, respondiendo de evicción y vicios ocultos conforme al Art. 2121 Código Civil Federal y supletoriamente el Art. 2280 del mismo ordenamiento.
- Gestionar y cooperar en la inscripción del presente contrato ante el Registro Agrario Nacional.
B) OBLIGACIONES DE “EL CESIONARIO”:
- Cubrir el precio pactado en los términos establecidos en la cláusula V.
- Asumir todas las obligaciones fiscales, ejidales y de contribuciones que genere la parcela a partir de la firma de este contrato.
- Cumplir con el destino de la tierra establecido en el programa de desarrollo del ejido y no realizar cambios de uso sin la autorización correspondiente de la Asamblea Ejidal y las autoridades competentes, según el Art. 56 Ley Agraria.
- Realizar las gestiones necesarias y sufragar los gastos para la inscripción de la cesión ante el RAN.
VII. ASAMBLEA EJIDAL Y AUTORIZACIONES
Las partes declaran que la presente cesión cuenta con la autorización de la Asamblea Ejidal del Ejido (NOMBRE DEL EJIDO), celebrada el (FECHA DE LA ASAMBLEA), según consta en el Acta Número (NÚMERO DE ACTA), la cual se anexa al presente contrato como Anexo “A”. Esta autorización es requisito indispensable para la validez de la transmisión, de acuerdo con el Art. 23 Ley Agraria y la jurisprudencia de la SCJN (Tesis: 2a. XLVII/2016, Décima Época, Materia Agraria).
VIII. GASTOS E IMPUESTOS
Todos los gastos derivados de la formalización, inscripción y registro de este contrato, incluyendo honorarios notariales en su caso, impuestos federales y derechos registrales, serán cubiertos por “EL CESIONARIO”, salvo pacto en contrario.
IX. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y JURISDICCIÓN
Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes se someten expresamente a las leyes mexicanas y a la jurisdicción de los Tribunales Agrarios competentes en el Estado de Veracruz, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, conforme al Art. 164 Ley Agraria. Se establece como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones los señalados al inicio del presente documento.
En caso de controversia, las partes acuerdan agotar un procedimiento de mediación ante el Centro de Justicia Agraria de la Procuraduría Agraria en Veracruz, antes de acudir a la vía jurisdiccional.
X. INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí pactadas por alguna de las partes, facultará a la otra para exigir judicialmente el cumplimiento forzoso o la resolución del contrato, con el pago de daños y perjuicios, sin perjuicio de las acciones penales que pudieran corresponder.
XI. PROPIEDAD Y RIESGO
Los riesgos sobre la parcela y sus mejoras serán transferidos al “CESIONARIO” desde el momento de la firma del presente contrato y la entrega material de la posesión.
XII. ACEPTACIÓN DE LA CESIÓN Y CONFORMIDAD
“EL CESIONARIO” manifiesta su total conformidad con la superficie, linderos, calidad y estado actual de la parcela, aceptándola tal y como se encuentra.
XIII. ANEXOS
Forman parte integral de este contrato los siguientes anexos:
- Anexo “A”: Copia certificada del Acta de Asamblea Ejidal que autoriza la cesión.
- Anexo “B”: Copia de la documentación que acredita la titularidad de “EL CEDENTE” (Certificado Parcelario, Constancia de Derechos Agrarios).
- Anexo “C”: Croquis o plano de localización de la parcela.
XIV. FIRMAS Y DATOS DE IDENTIFICACIÓN
Leído que fue el presente contrato por las partes, manifestando su conformidad total con su contenido y alcance legal, lo firman en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al inicio.
EL CEDENTE
Nombre y Firma: ______________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE)
RFC: (RFC DEL CEDENTE)
Domicilio: (DOMICILIO COMPLETO)
Testigo: ______________________________
Nombre: (NOMBRE DEL TESTIGO 1)
EL CESIONARIO
Nombre y Firma: ______________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL CESIONARIO)
RFC: (RFC DEL CESIONARIO)
Domicilio: (DOMICILIO COMPLETO)
Testigo: ______________________________
Nombre: (NOMBRE DEL TESTIGO 2)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Ley Agraria
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículo 27
- Código Civil Federal (aplicación supletoria)
- Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria.
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE CONTRATO): Asignar un número de control interno o dejar en blanco para asignación notarial.
- (NOMBRE COMPLETO DEL CEDENTE/CESIONARIO): Escribir nombres, apellidos paterno y materno completos, tal como aparecen en la credencial de elector.
- (DOMICILIO COMPLETO): Indicar calle, número exterior e interior, colonia, código postal, municipio y estado.
- (NÚMERO DE CREDENCIAL): Anotar el número de la Credencial para Votar (INE) vigente.
- (NOMBRE DEL EJIDO) y (NOMBRE DEL MUNICIPIO): Especificar el nombre oficial del núcleo agrario y el municipio veracruzano donde se ubica.
- (FOLIO EJIDAL) y (NÚMERO PARCELARIO): Estos datos se obtienen del Certificado Parcelario o Constancia del RAN. Son fundamentales para la identificación.
- (SUPERFICIE EN HECTÁREAS): Anotar la superficie exacta en hectáreas, áreas y centiáreas si se conoce.
- (LINDEROS): Describir con precisión los colindantes actuales de la parcela (nombres de otros ejidatarios, caminos, ríos, etc.).
- (CLAVE O FOLIO): Incluir la Clave Catastral asignada por el municipio o el número de folio del RAN.
- (DESCRIBIR MEJORAS): Listar detalladamente todas las construcciones, árboles, instalaciones, etc., o escribir "NINGUNA".
- (CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRA): El precio del contrato. Asegurarse de que coincidan el número y la letra.
- (DESCRIBIR FORMA DE PAGO): Detallar montos, fechas y formas de pago (efectivo, transferencia, etc.).
- (FECHA DE LA ASAMBLEA) y (NÚMERO DE ACTA): Datos que deben coincidir exactamente con el acta de asamblea ejidal que autoriza la cesión.
- (RFC DEL CEDENTE/CESIONARIO): Registrar el Registro Federal de Contribuyentes de cada parte.
- (NOMBRE DEL TESTIGO): Preferentemente personas mayores de edad con credencial de elector, que no sean familiares directos de las partes.
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