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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE DONACIÓN DE BIENES
CONSTITUIDO EN LA CIUDAD DE (CIUDAD, CHIAPAS), MÉXICO, siendo el día (DÍA) del mes de (MES) del año (AÑO).
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DONANTE: (NOMBRE COMPLETO DEL DONANTE), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO, CHIAPAS), portador de la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP) y del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (RFC).
DONATARIO: (NOMBRE COMPLETO DEL DONATARIO), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO, CHIAPAS), portador de la Clave Única de Registro de Población (CURP) (CURP) y del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (RFC).
Las partes anteriores se reconocen mutuamente capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1798 Código Civil Federal.
II. DECLARACIONES
- Declara el DONANTE:
- Que es propietario legítimo y poseedor del bien objeto de la presente donación, libre de todo gravamen, embargo, pleito o litigio, hipoteca, usufructo, servidumbre o cualquier otro derecho real que limite su dominio.
- Que realiza la donación de forma libre, espontánea y sin vicios del consentimiento, en pleno uso de sus facultades mentales.
- Que conoce y acepta que la donación es un acto de liberalidad por el cual se obliga a transferir la propiedad del bien, sin recibir contraprestación alguna, conforme al Art. 2333 Código Civil Federal.
- Declara el DONATARIO:
- Que acepta la donación ofrecida en los términos y condiciones establecidos en el presente contrato.
- Que conoce la naturaleza gratuita del acto y se obliga a cumplir con las cargas que en su caso se establezcan.
III. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la donación pura y simple del siguiente bien:
DESCRIPCIÓN DEL BIEN DONADO: [DESCRIPCIÓN DETALLADA Y PRECISA DEL BIEN. PARA INMUEBLE: INDICAR SUPERFICIE, COLINDANCIAS, FOLIO REAL, LOCALIZACIÓN, NÚMERO DE REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, ETC. PARA MUEBLE: ESPECIFICAR MARCA, MODELO, NÚMERO DE SERIE, CARACTERÍSTICAS ÚNICAS].
El DONANTE transfiere a título gratuito a favor del DONATARIO, la propiedad plena y el dominio del bien antes descrito, con todas sus accesiones y pertenencias, de acuerdo con lo establecido en el Art. 750 Código Civil Federal y el Art. 2334 Código Civil Federal.
IV. CARGA DE LA DONACIÓN
La presente donación se realiza con la siguiente carga, la cual el DONATARIO acepta y se obliga a cumplir irrevocablemente: [ESPECIFICAR LA CARGA O MODALIDAD, POR EJEMPLO: "DESTINAR EL INMUEBLE PARA UNA ESCUELA COMUNITARIA", "CUIDAR DE (NOMBRE DE PERSONA) DURANTE SU VIDA", ETC. SI NO HAY CARGA, INDICAR: "LA PRESENTE DONACIÓN ES PURA Y SIMPLE, SIN CARGA ALGUNA."].
El incumplimiento de la carga dará derecho al DONANTE o a sus herederos para exigir la revocación de la donación, en los términos del Art. 2351 Código Civil Federal.
V. VALOR Y AVALÚO
Las partes reconocen que el valor comercial del bien donado asciende a la cantidad de (CANTIDAD EN LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMERO)) pesos mexicanos, derivado de un avalúo practicado por perito autorizado. Dicho valor se toma como referencia para los efectos legales correspondientes, incluyendo los relativos al Impuesto Sobre la Renta (ISR) que pudiera generar el acto de liberalidad a cargo del DONATARIO, conforme a la Ley del ISR.
VI. ENTREGA Y TRADICIÓN
El DONANTE se obliga a entregar material y jurídicamente el bien al DONATARIO al momento de la firma del presente contrato, o a más tardar el día (FECHA LÍMITE DE ENTREGA). En el caso de bienes inmuebles, la tradición del dominio se perfeccionará con la inscripción del presente contrato en el Registro Público de la Propiedad correspondiente en el estado de Chiapas, de acuerdo con el Art. 2345 Código Civil Federal y la legislación local aplicable.
VII. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
- Obligaciones del DONANTE:
- Garantizar la posesión pacífica y útil del bien al DONATARIO.
- Responder de la evicción y de los vicios ocultos del bien donado, en los términos de los Art. 2348 y 2349 Código Civil Federal.
- Realizar todos los actos necesarios para la efectiva transferencia del dominio, incluyendo la firma de los documentos que para tal efecto sean requeridos.
- Obligaciones del DONATARIO:
- Cumplir con las cargas establecidas en la cláusula IV del presente contrato.
- Asumir y pagar todos los impuestos, contribuciones, derechos y gastos que se generen con motivo de la presente donación, incluyendo los gastos de inscripción registral y notariales, salvo pacto en contrario.
- Respetar y no afectar los derechos de terceros que pudieran existir sobre el bien.
VIII. CAUSAS DE REVOCACIÓN
Las partes aceptan que la donación podrá ser revocada en los casos expresamente previstos por la ley, particularmente:
- Por ingratitud del donatario, conforme al Art. 2350 Código Civil Federal.
- Por incumplimiento de la carga impuesta, como se establece en la cláusula IV.
- Por supervivencia de hijos del donante que se ignoraban al tiempo de hacerse la donación, según el Art. 2352 Código Civil Federal.
IX. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para cualquier controversia que surja con motivo de la interpretación, cumplimiento o ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales del estado de Chiapas, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Este sometimiento se hace en estricto apego al principio de autonomía de la voluntad reconocido en el Art. 1795 Código Civil Federal.
X. RENUNCIA A BENEFICIOS LEGALES
El DONATARIO expresamente renuncia a los beneficios de ordenamiento de deudas, plazo de gracia y cualquier otro beneficio legal que pudiera favorecerlo en caso de incumplimiento, a fin de que las obligaciones aquí contraídas sean exigibles de manera inmediata.
XI. NOTIFICACIONES
Toda notificación relacionada con este contrato deberá realizarse por escrito y ser entregada personalmente o mediante correo certificado con acuse de recibo a los domicilios señalados en la cláusula I, los cuales se establecen como domicilios convencionales para todos los efectos legales.
XII. ACEPTACIÓN Y FIRMAS
Leído que fue el presente contrato por las partes, quienes manifestaron comprender su contenido y alcance legal, lo ratifican en todas sus cláusulas y lo firman de conformidad, en el lugar y fecha antes indicados, en presencia de dos testigos.
EL DONANTE
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL DONANTE)
EL DONATARIO
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL DONATARIO)
TESTIGO 1
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
TESTIGO 2
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
⚖️ FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y TESIS JURISPRUDENCIALES
El presente contrato se fundamenta, además de en los artículos citados, en las siguientes tesis jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
- DONACIÓN. ES UN ACTO JURÍDICO UNILATERAL, PERO PARA SU PERFECCIONAMIENTO SE REQUIERE LA ACEPTACIÓN DEL DONATARIO. (Tesis: 1a. CXXVII/2014 (10a.)). Esta tesis reafirma la naturaleza del contrato de donación, destacando que la aceptación es elemento esencial para su existencia.
- DONACIÓN. LA REVOCACIÓN POR INGRATITUD PROCEDE CUANDO EL DONATARIO COMETE ALGUNO DE LOS ACTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 2350 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL. (Tesis: 1a. CXXXIX/2015 (10a.)). Precisa los supuestos legales estrictos para ejercer la acción de revocación.
- REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD. LA INSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE DONACIÓN DE UN INMUEBLE ES CONSTITUTIVA Y NO DECLARATIVA, POR LO QUE EL DOMINIO SE TRANFIERE CON DICHA INSCRIPCIÓN. (Tesis aislada, pero derivada de la interpretación del Art. 3014 del Código Civil Federal aplicable en el estado). Esto subraya la importancia del registro para la tradición del dominio en bienes inmuebles.
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal (Título Décimo, Capítulo I: De la Donación).
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 17, sobre acceso a la justicia).
- Código Civil para el Estado de Chiapas (disposiciones complementarias en materia registral y de formalización).
- Ley del Impuesto Sobre la Renta (para efectos fiscales de la donación).
📋 Instrucciones de Llenado
- (CIUDAD, CHIAPAS): Escriba el nombre de la ciudad o municipio de Chiapas donde se firma el contrato (ej: Tuxtla Gutiérrez, San Cristóbal de las Casas).
- (DÍA), (MES), (AÑO): Indique la fecha de firma en formato numérico y letra (ej: 15 del mes de mayo de 2026).
- (NOMBRE COMPLETO DEL DONANTE/DONATARIO): Escriba nombres, apellidos paterno y materno completos, sin abreviaturas.
- (DOMICILIO COMPLETO, CHIAPAS): Anote calle, número, colonia, código postal, municipio y estado. Este será el domicilio para notificaciones.
- (CURP) y (RFC): Copie las claves oficiales de 18 y 12-13 posiciones, respectivamente, sin espacios.
- (DESCRIPCIÓN DETALLADA...): Describa el bien con el máximo detalle. Para inmuebles: use datos de la escritura pública o predial. Para muebles: incluya características que lo individualicen.
- (ESPECIFICAR LA CARGA...): Redacte de forma clara y medible la obligación que asume el donatario. Si no hay carga, escriba la frase indicada: "LA PRESENTE DONACIÓN ES PURA Y SIMPLE, SIN CARGA ALGUNA."
- (CANTIDAD EN LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMERO)): Escriba el valor del bien en letra y entre paréntesis en número (ej: CINCUENTA MIL (50,000)).
- (FECHA LÍMITE DE ENTREGA): Establezca un día, mes y año específico para la entrega material del bien.
- (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO X): Los testigos deben ser mayores de edad, con capacidad jurídica y no tener parentesco con las partes.
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