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V1Contrato de Donación de Bienes — Sonora
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

CONTRATO DE DONACIÓN DE BIENES

QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, (NOMBRE COMPLETO DEL DONANTE), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL DONANTE”; Y POR LA OTRA PARTE, (NOMBRE COMPLETO DEL DONATARIO), A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL DONATARIO”; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

I. Declara “EL DONANTE”:

  1. Que es una persona (FÍSICA/MORAL) de nacionalidad mexicana, mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales.
  2. Que su domicilio para todos los efectos derivados del presente contrato es el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL DONANTE, CIUDAD, SONORA).
  3. Que es propietario legítimo y poseedor del bien objeto de la presente donación, libre de todo gravamen, embargo, pleito o litigio, conforme lo acredita con el documento (ESPECIFICAR TÍTULO DE PROPIEDAD, ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO, ETC.).
  4. Que actúa con la más amplia libertad y sin vicios en su consentimiento, manifestando su voluntad expresa de realizar la donación.

II. Declara “EL DONATARIO”:

  1. Que es una persona (FÍSICA/MORAL) de nacionalidad mexicana, mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales.
  2. Que su domicilio para todos los efectos derivados del presente contrato es el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO DEL DONATARIO, CIUDAD, SONORA).
  3. Que acepta de manera expresa, pura y simple la donación que le es conferida mediante el presente instrumento.

III. Declaran “LAS PARTES”:

  1. Que tienen la capacidad legal necesaria para obligarse conforme a lo establecido en el Art. 1798 Código Civil Federal.
  2. Que el presente contrato se celebra de conformidad con lo dispuesto por los Art. 2332 al 2350 del Código Civil Federal, y las disposiciones aplicables del Código Civil para el Estado de Sonora.
  3. Que reconocen la jurisdicción y competencia de los tribunales del Estado de Sonora para resolver cualquier controversia derivada de este contrato.

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

El objeto del presente contrato es la donación pura, irrevocable y onerosa que “EL DONANTE” hace a favor de “EL DONATARIO” del siguiente bien:

DESCRIPCIÓN DEL BIEN DONADO: [DESCRIBIR DETALLADAMENTE EL BIEN INMUEBLE O MUEBLE. PARA INMUEBLES: INDICAR SUPERFICIE, COLINDANCIAS, FOLIO REAL, NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA, LOCALIZACIÓN, ETC. PARA MUEBLES: ESPECIFICAR MARCA, MODELO, NÚMERO DE SERIE, CARACTERÍSTICAS ÚNICAS].

SEGUNDA. CARÁCTER DE LA DONACIÓN.

La donación celebrada en este acto es ONEROSA, por lo que “EL DONATARIO” se obliga a cumplir con los cargos y modalidades establecidas en la CLÁUSULA CUARTA del presente instrumento, de conformidad con lo previsto en el Art. 2343 Código Civil Federal.

TERCERA. AVALUÓ Y VALOR FISCAL.

Las partes reconocen que el valor comercial del bien donado es la cantidad de (CANTIDAD EN LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMERO)) PESOS MEXICANOS, el cual servirá como base para los efectos fiscales correspondientes. Para los fines del Impuesto Sobre la Renta, este valor deberá considerarse como ingreso acumulable para “EL DONATARIO”, salvo que se trate de una donación entre cónyuges o ascendientes/descendientes en línea recta, conforme a la Ley del ISR.

CUARTA. CARGOS Y MODALIDADES.

Como carga de la presente donación onerosa, “EL DONATARIO” se obliga a:

  1. (ESPECIFICAR OBLIGACIÓN 1, EJ: DAR ALIMENTOS AL DONANTE POR UN PLAZO DE X AÑOS).
  2. (ESPECIFICAR OBLIGACIÓN 2, EJ: REALIZAR UNA OBRA O SERVICIO ESPECÍFICO).
  3. [ESPECIFICAR OBLIGACIÓN 3, EJ: CONSERVAR EL BIEN DESTINÁNDOLO A UN FIN ESPECÍFICO, COMO UN HOSPITAL O ESCUELA].

El incumplimiento de estas cargos podrá dar lugar a la revocación de la donación, según lo establecido en la CLÁUSULA SÉPTIMA y el Art. 2347 Código Civil Federal.

QUINTA. ENTREGA Y TRADICIÓN.

“EL DONANTE” se obliga a entregar materialmente el bien donado a “EL DONATARIO” en el acto de la firma del presente contrato o, en su defecto, a más tardar el día (FECHA LÍMITE DE ENTREGA). En el caso de bienes inmuebles, la tradición del dominio se perfeccionará con la inscripción del presente contrato en el Registro Público de la Propiedad correspondiente en el Estado de Sonora, sin perjuicio de la entrega material.

SEXTA. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Y EVICCIÓN.

“EL DONANTE” responde de los vicios ocultos que tuviere la cosa donada, así como de la evicción, en los términos establecidos por los Art. 2349 y 2350 Código Civil Federal, salvo que en el contrato se haya estipulado lo contrario. En la presente donación, (SÍ/NO) se exonera al donante de dicha responsabilidad.

SÉPTIMA. REVOCACIÓN.

Las partes están enteradas de que, conforme a derecho, la donación podrá ser revocada, entre otros supuestos, por ingratitud del donatario o por incumplimiento de los cargos impuestos, según lo dispuesto en los Art. 2346 y 2347 Código Civil Federal. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la acción de revocación por ingratitud es imprescriptible mientras viva el donante (Tesis: 1a. CXXVII/2014 (10a.)).

OCTAVA. GASTOS E IMPUESTOS.

Todos los gastos notariales, de registro, así como los impuestos federales y estatales que se generen con motivo de la presente donación, incluyendo pero no limitándose al Impuesto Sobre la Renta del donatario, serán cubiertos por [ESPECIFICAR QUIÉN PAGA: "EL DONANTE", "EL DONATARIO" O "POR MITADES"].

NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción y competencia de los tribunales del Estado de Sonora, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.

DÉCIMA. NOTIFICACIONES.

Toda notificación relacionada con este contrato deberá realizarse por escrito y ser entregada personalmente o mediante correo certificado con acuse de recibo a los domicilios señalados en las Declaraciones. Cualquier cambio de domicilio deberá ser notificado por escrito a la otra parte.

DÉCIMA PRIMERA. ACEPTACIÓN.

“EL DONATARIO” manifiesta su aceptación expresa, pura y simple de la donación aquí contenida, así como de todas sus cláusulas, cargos y obligaciones.

DÉCIMA SEGUNDA. CONFORMIDAD Y FIRMAS.

Leído que fue el presente contrato por las partes, quienes manifestaron entenderlo en su totalidad y estar conformes con su contenido, lo firman por duplicado ejemplar en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA, SONORA), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).



_________________________
EL DONANTE
(NOMBRE COMPLETO DEL DONANTE)



_________________________
EL DONATARIO
(NOMBRE COMPLETO DEL DONATARIO)



TESTIGOS

En mi presencia, siendo testigos de conocimiento de las partes, firman al calce.


_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
(DOMICILIO)


_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
(DOMICILIO)

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⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

  • Código Civil Federal (Título Décimo Tercero, Del Contrato de Donación).
  • Código Civil para el Estado de Sonora (Disposiciones supletorias y de procedimiento).
  • Ley del Impuesto Sobre la Renta (Capítulo de Ingresos por Adquisición de Bienes).
  • Ley de Notariado para el Estado de Sonora (para su protocolización).

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NOMBRE COMPLETO DEL DONANTE): Escribir el nombre completo, sin abreviaturas, tal como aparece en la identificación oficial. Si es moral, el nombre de la sociedad y el representante legal con sus poderes.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL DONATARIO): Igual que el anterior, nombre completo del beneficiario de la donación.
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Indicar calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
  4. (ESPECIFICAR TÍTULO DE PROPIEDAD...): Describir el documento que acredita la propiedad (ej: "Escritura Pública número 45,890 otorgada ante la fe del Notario Público número 10 de Hermosillo, Sonora").
  5. (DESCRIBIR DETALLADAMENTE EL BIEN...): Ser extremadamente específico. Para inmuebles: usar datos del registro público. Para muebles: incluir características que lo individualicen.
  6. (CANTIDAD EN LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMERO)): El valor comercial del bien. Ej: "CINCUENTA MIL ($50,000.00)".
  7. (ESPECIFICAR OBLIGACIÓN...): Describir con claridad y precisión cada carga que debe cumplir el donatario. Son obligaciones jurídicamente exigibles.
  8. (FECHA LÍMITE DE ENTREGA): Establecer un día, mes y año concretos.
  9. (SÍ/NO) (en responsabilidad): Elegir una opción, tachando la que no corresponda.
  10. (ESPECIFICAR QUIÉN PAGA): Indicar claramente la parte responsable de los gastos.
  11. (CIUDAD DE FIRMA, SONORA): Ciudad donde se firma físicamente el contrato.
  12. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha de la firma.
  13. (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO...): Nombres completos y domicilios de dos testigos mayores de edad.

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