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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO
CONTRA AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE PENAL O CARPETA DE INVESTIGACIÓN)
JUZGADO DE DISTRITO EN TURNO: (ESPECIFICAR JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE ZACATECAS)
MATERIA: PENAL
ASUNTO: DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DEL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO DICTADO POR EL JUZGADO DE CONTROL.
I. ACTOR (QUEJOSO)
Nombre: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
Calidad en que actúa: Imputado
Domicilio para oír y recibir notificaciones: (DOMICILIO COMPLETO EN EL ESTADO DE ZACATECAS, CON CÓDIGO POSTAL)
Correo electrónico: (CORREO ELECTRÓNICO DEL ACTOR O DE SU REPRESENTANTE)
Teléfono: (TELÉFONO DE CONTACTO)
II. AUTORIDADES RESPONSABLES
- Autoridad Primera Responsable: Juez de Control del (NÚMERO) Juzgado de Control del Estado de Zacatecas, con residencia en (CIUDAD, ZACATECAS).
- Autoridad Segunda Responsable: Ministerio Público adscrito a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas, con residencia en (CIUDAD, ZACATECAS).
III. ACTOS RECLAMADOS
Se reclama por violatorios y directamente agraviantes, el Auto de Vinculación a Proceso dictado el día (FECHA DE LA RESOLUCIÓN) por la Autoridad Primera Responsable, dentro de la Carpeta de Investigación o Expediente (NÚMERO), por el delito de (NOMBRE DEL DELITO SEÑALADO), en perjuicio del quejoso.
Asimismo, se reclaman todos los actos de autoridad que tengan su origen o fundamento en dicho auto vinculatorio, incluyendo la posible medida cautelar impuesta.
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El presente juicio de amparo se promueve con fundamento en los siguientes preceptos legales:
- Art. 103 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 107 de la misma.
- Art. 1, 5, 8, 107, 116, 128 y demás relativos de la Ley de Amparo.
- Art. 19 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), en relación con los requisitos para decretar la vinculación a proceso.
V. AGRAVIOS
El quejoso expone que el Auto de Vinculación a Proceso es violatorio de sus garantías individuales, específicamente de su derecho a la legalidad y seguridad jurídica consagrado en el Art. 14 y 16 constitucionales, así como de su derecho a una debida procuración e impartición de justicia, por las siguientes razones:
PRIMER AGRVIO. VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE LEGALIDAD Y TIPICIDAD.
La autoridad responsable vinculó a proceso al quejoso por el delito de (NOMBRE DEL DELITO), sin que en los datos de prueba aportados por el Ministerio Público se acrediten los elementos esenciales del tipo penal. En particular, no se demostró el elemento de [ESPECIFICAR ELEMENTO DEL TIPO PENAL NO ACREDITADO, EJ: EL ÁNIMO DE LUCRO, LA VIOLENCIA, LA MATERIALIDAD DEL HECHO], conforme lo exige el Art. {num} del Código Penal Federal (o el Código Penal del Estado de Zacatecas). La mera sospecha o datos insuficientes no pueden sustituir la prueba mínima necesaria para vincular a proceso, como lo ha establecido la jurisprudencia.
Tesis Jurisprudencial Aplicable: "VINCULACIÓN A PROCESO. LOS DATOS DE PRUEBA DEBEN ACREDITAR LOS ELEMENTOS OBJETIVOS Y SUBJETIVOS DEL TIPO PENAL, ASÍ COMO LA PROBABLE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 19 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS)." Registro digital: 2027293.
SEGUNDO AGRVIO. DEFICIENCIA SUSTANCIAL EN LA INTEGRACIÓN DE LA AVERIGUACIÓN.
El Ministerio Público no agotó las líneas de investigación tendientes a desvirtuar la participación del quejoso, ni recabó prueba que pudiera excluir su responsabilidad, violentando el principio de objetividad consagrado en el Art. 4 del CNPP. La investigación se condujo de manera parcial, omitiendo actos esenciales como [EJEMPLO: LA IDENTIFICACIÓN EN RUEDA DE PERSONAS, EL PERITAJE CORRESPONDIENTE, LA LOCALIZACIÓN Y ENTREVISTA DE TESTIGOS CLAVE]. Esta deficiencia vicia de origen la solicitud de vinculación y, por ende, la resolución que la decreta.
TERCER AGRVIO. VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO EN LA AUDIENCIA INICIAL.
Durante la audiencia inicial, el quejoso no contó con una defensa adecuada y efectiva por parte de su defensor público/oficial, quien no impugnó la legalidad de la detención (si aplica), no solicitó la desahogo de pruebas pertinentes ni objetó de manera fundada los argumentos del Ministerio Público, conforme al Art. 20, apartado A, fracción I y IX, constitucionales. Esta deficiencia en la asistencia técnica constituye una violación al derecho a un debido proceso legal.
Tesis Jurisprudencial Aplicable: "DEFENSA ADECUADA. SU CONTENIDO EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES)." Registro digital: 2028808. Aunque de otro estado, su criterio es aplicable al establecer los estándares mínimos de una defensa efectiva.
CUARTO AGRVIO. (SI APLICA) IMPOSICIÓN INJUSTIFICADA DE MEDIDA CAUTELAR.
De haberse impuesto una medida cautelar (prisión preventiva, medidas sustitutivas, etc.), la misma carece de fundamentación suficiente. No se acreditó el peligro de fuga conforme a los criterios del Art. 155 del CNPP, ni la necesidad de la prisión preventiva oficiosa según el Art. 167 del mismo ordenamiento. La autoridad se limitó a enunciar los supuestos legales sin relacionarlos concretamente con los datos del caso.
Tesis Jurisprudencial Aplicable: "PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. LOS JUECES DEBEN FUNDAMENTAR Y MOTIVAR SU DECISIÓN DE MANTENERLA O DECRETARLA, AÚN EN LOS DELITOS ENUMERADOS EN EL ARTÍCULO 19 CONSTITUCIONAL." Registro digital: 2026605.
VI. PETICIONES
Por lo expuesto, al Juez de Distrito en Zacatecas competente, respetuosamente solicito:
- PRIMERA. Se tenga por interpuesta la presente demanda de amparo indirecto en todos sus términos.
- SEGUNDA. Se admita la demanda y se reclamen los autos originales del procedimiento penal.
- TERCERA. Se conceda al quejoso el amparo y protección de la Justicia Federal.
- CUARTA. En virtud de las violaciones señaladas, se revoque el Auto de Vinculación a Proceso de fecha (FECHA), dictado por la Autoridad Primera Responsable, dejándolo sin efectos legales.
- QUINTA. En consecuencia, se ordene el sobreseimiento de la causa penal o, en su defecto, la liberación inmediata del quejoso si se encuentra privado de la libertad, y el cese de cualquier medida cautelar impuesta.
- SEXTA. Se impongan las sanciones legales procedentes a las autoridades responsables por las violaciones cometidas.
VII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS
Para acreditar los agravios expuestos, ofrezco las siguientes pruebas:
- Documental Pública: Copia certificada del Auto de Vinculación a Proceso reclamado.
- Documental Pública: Copia simple de la Carpeta de Investigación o expediente penal.
- Documental Pública: Copia de la constancia de la defensoría pública o privada que me asistió en la audiencia inicial.
- Confesional Judicial: Solicito se cite a declarar al Juez de Control responsable, para que rinda su informe justificado.
- Instrumental de Actuaciones: Solicito se traigan los autos originales del procedimiento penal para su análisis por este Honorable Juzgado.
VIII. FIANZA (ART. 116 DE LA LEY DE AMPARO)
En los términos del Art. 116 de la Ley de Amparo, otorgo fianza bastante a juicio de este Honorable Juzgado para garantizar mi comparecencia en el juicio y el pago de las costas y daños y perjuicios en caso de ser condenado en ellos. Propongo como fiador(es) a:
Nombre del Fiador: (NOMBRE COMPLETO DEL FIADOR)
Domicilio del Fiador: (DOMICILIO COMPLETO DEL FIADOR)
Datos de Identificación: (CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN (CURP) O NÚMERO DE PASAPORTE)
O bien, me allano a que se me imponga la fianza que este Juzgado estime pertinente, comprometiéndome a constituirla en el término legal.
IX. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Este Juzgado de Distrito en el Estado de Zacatecas es competente para conocer del presente amparo, dado que los actos reclamados se han ejecutado o pretenden ejecutarse dentro de su circunscripción territorial, conforme al Art. 107, fracción I, de la Constitución Federal y Art. 38 de la Ley de Amparo.
X. PROTESTA DE LEY
Protesto lo necesario bajo la protesta de decir verdad.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, ZACATECAS), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO O REPRESENTANTE LEGAL
(_________________________________________)
NOMBRE Y FIRMA DEL DEFENSOR (SI APLICA)
(_________________________________________)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Penal Federal (o Código Penal del Estado de Zacatecas)
- Código Nacional de Procedimientos Penales
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE PENAL O CARPETA DE INVESTIGACIÓN): Anotar el número completo de la carpeta de investigación o expediente penal asignado por el Ministerio Público o Juzgado de Control.
- (ESPECIFICAR JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE ZACATECAS): Indicar, de ser posible, el número y ubicación del Juzgado de Distrito al que se dirige (ej: "Primer Juzgado de Distrito en el Estado de Zacatecas, con residencia en Zacatecas, Zac.").
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escribir nombre(s), apellido paterno, apellido materno.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Proporcionar calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
- (FECHA DE LA RESOLUCIÓN): Colocar la fecha exacta en que se dictó el Auto de Vinculación a Proceso.
- (NOMBRE DEL DELITO SEÑALADO): Escribir el nombre exacto del delito por el cual se vinculó a proceso, tal como aparece en el auto.
- (ESPECIFICAR ELEMENTO DEL TIPO PENAL...): Describir con precisión qué elemento del delito (ej: el dolo, el daño, la cuantía) no fue acreditado con los datos de prueba.
- (EJEMPLO: LA IDENTIFICACIÓN EN RUEDA...): Sustituir por las diligencias específicas que el Ministerio Público omitió en el caso concreto.
- (NOMBRE COMPLETO DEL FIADOR): Si se otorga fianza, llenar con los datos completos del fiador. En caso contrario, se puede tachar esta sección o escribir "NO APLICA".
- (CIUDAD, ZACATECAS) y (DÍA) (MES) (AÑO): Lugar y fecha de firma de la demanda.
📄 Plantillas Relacionadas
- Amparo Contra Prisión Preventiva Oficiosa (Complementario al presente, si se impuso esa medida).
- Amparo Contra Orden de Aprehensión o Detención (Para actos previos a la vinculación).
- Recurso de Revisión en Amparo Indirecto (Para impugnar la sentencia del Juez de Distrito).
- Solicitud de Libertad por Desvanecimiento de Datos (Procedimiento penal ordinario ante el Juez de Control).
- Demanda de Amparo Contra Cateo o Allanamiento (Si el caso involucra actos de investigación violatorios).
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