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V1Amparo contra Orden de Aprehensión — Coahuila
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO CONTRA ORDEN DE APREHENSIÓN

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO DE DISTRITO EN (CIUDAD, COAHUILA)

JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN (CIUDAD, COAHUILA), COAHUILA DE ZARAGOZA.

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, COAHUILA), autorizando para tales efectos al C. (NOMBRE DEL PERSONA AUTORIZADA PARA RECIBIR NOTIFICACIONES), y haciendo del conocimiento de este Honorable Juzgado que mi número de teléfono es (NÚMERO DE TELÉFONO) y mi correo electrónico (CORREO ELECTRÓNICO), respetuosamente expongo:

I. ACTOS RECLAMADOS

Vengo a promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, en contra de los siguientes actos de autoridad:

  1. La Orden de Aprehensión librada en mi contra, con fecha (FECHA DE LA ORDEN), por el (JUEZ DE CONTROL, MINISTERIO PÚBLICO O AUTORIDAD EMISORA) del (FUERO (COMÚN/FEDERAL)), con sede en (CIUDAD, COAHUILA), dentro del expediente o carpeta de investigación número (NÚMERO DE EXPEDIENTE O CARPETA).
  2. Cualquier acto de aplicación o ejecución de dicha orden de aprehensión, incluyendo la detención, traslado, puesta a disposición o cualquier otra medida que restrinja mi libertad personal con motivo de la misma.

Considero que los actos referidos son inminentes y de ejecución próxima, configurando una violación a mis garantías individuales.

II. AUTORIDADES RESPONSABLES

Señalo como AUTORIDADES RESPONSABLES de los actos reclamados a:

  1. El (NOMBRE DEL JUEZ DE CONTROL, MAGISTRADO O TITULAR DEL ÓRGANO EMISOR), en su carácter de autoridad que emitió la orden de aprehensión.
  2. El Agente del Ministerio Público que solicitó la orden de aprehensión.
  3. Al Secretario de Seguridad Pública del Estado de Coahuila, y en general a cualquier autoridad policial estatal o municipal en el Estado de Coahuila, por ser las autoridades encargadas de ejecutar la orden de aprehensión.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO Y VIOLACIONES SEÑALADAS

Los actos de autoridad antes mencionados violan las garantías que consagran los siguientes artículos de la Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Art. 19 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los preceptos del Art. 136 Código Nacional de Procedimientos Penales, Art. 137 Código Nacional de Procedimientos Penales y Art. 138 Código Nacional de Procedimientos Penales, por las siguientes razones:

A) Violación al Principio de Exclusividad de la Acción Penal (Artículo 21 Constitucional)

La orden de aprehensión fue decretada sin que exista una averiguación previa o carpeta de investigación debidamente integrada que justifique la procedencia de la misma, o bien, se basa en datos insuficientes o contradictorios. No se cumplió con el requisito de que el Ministerio Público acredite los datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que existan datos suficientes para acreditar la probable responsabilidad del indiciado, conforme a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Tesis Jurisprudencial 1a./J. 33/2023 (11a.): "ORDEN DE APREHENSIÓN. LOS DATOS QUE LA FUNDAN DEBEN SER OBJETIVOS Y SUFICIENTES PARA ACREDITAR LA PROBABLE RESPONSABILIDAD DEL INDICIADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA)."

B) Violación al Principio de Legalidad y Motivo Fundado (Artículo 16 Constitucional)

La orden carece de los requisitos de fondo y forma exigidos por la ley. No se especifica con claridad el delito que se me imputa, o bien, el delito descrito no se encuentra tipificado en el Código Penal Federal o en el Código Penal para el Estado de Coahuila. Asimismo, no existe un motivo fundado para considerar que yo soy probable responsable, ya que los elementos aportados por el Ministerio Público son vagos, genéricos o provienen de fuentes anónimas no corroboradas.

Tesis Aislada 1a. CCCXXVII/2022 (10a.): "PROBABLE RESPONSABILIDAD. LOS DATOS QUE LA ACREDITEN DEBEN SER OBJETIVOS Y NO MERAS PRESUNCIONES O SOSPECHAS."

C) Violación al Debido Proceso y Derecho de Defensa (Artículos 14 y 20 Constitucionales)

La orden fue decretada sin haberme brindado la oportunidad de ser oído y de ofrecer pruebas en mi defensa, en violación al principio de contradicción. En caso de que exista una causa pendiente, no se me ha notificado formalmente ni se me ha dado la oportunidad de conocer los elementos de la investigación en mi contra, imposibilitando mi defensa adecuada.

D) Improcedencia de la Orden por Falta de Requisitos Legales

La orden de aprehensión no cumple con los requisitos del Art. 138 Código Nacional de Procedimientos Penales, tales como la individualización de mi persona, la expresión clara del delito, la pena que se estima, el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, entre otros. Una orden viciada en su emisión carece de validez jurídica.

Tesis Jurisprudencial 1a./J. 45/2021 (11a.): "ÓRDENES DE APREHENSIÓN. SU VALIDEZ DEPENDE DEL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE ESTABLEZCA LA LEY."

IV. PETICIONES

Por lo expuesto y fundado, respetuosamente SUPLICO A USTED, SEÑOR JUEZ, se sirva:

  1. ADMITIR la presente demanda de amparo.
  2. Decretar la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO (la orden de aprehensión y su ejecución), en los términos del Art. 124 Ley de Amparo y siguientes, por tratarse de un acto que provoca daños de difícil reparación (la privación de la libertad).
  3. Una vez admitida la demanda y concedida la suspensión, SEÑALAR AUDIENCIA CONSTITUCIONAL en los términos de la ley.
  4. Al efecto de lo anterior, REQUERIR a las autoridades responsables para que rindan su informe justificado y remitan el expediente original.
  5. Finalmente, una vez substanciado el juicio, OTORGARME LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, para el efecto de que se dejen sin efectos la orden de aprehensión reclamada y todos sus actos de ejecución, restituyéndome en el pleno goce de mi libertad personal y garantías constitucionales violadas.

V. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Este Juzgado de Distrito es competente para conocer del presente juicio de amparo, con fundamento en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 46, fracción I, de la Ley de Amparo, ya que los actos reclamados se proyectaron y son susceptibles de ejecutarse dentro del territorio del Estado de Coahuila, que forma parte de la jurisdicción de este órgano jurisdiccional federal.

VI. ANEXOS

Para los fines legales procedentes, anexo los siguientes documentos:

  1. Copia simple de la Orden de Aprehensión (si se cuenta con ella).
  2. Copia certificada o simple de mi Identificación Oficial (INE o Pasaporte).
  3. Copia simple del Comprobante de Domicilio.
  4. Documento que acredite el Poder o Autorización de la persona señalada para recibir notificaciones (en su caso).

Protesto lo necesario.

LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, COAHUILA), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).

ATENTAMENTE

(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)

FIRMA: ___________________________

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Dejar en blanco si es la primera vez que se presenta. El Juzgado lo asignará.
  2. (CIUDAD, COAHUILA): Indicar la ciudad donde se encuentra el Juzgado de Distrito competente (ej. Saltillo, Torreón, Monclova, Piedras Negras).
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno de la persona que promueve el amparo.
  4. (CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, COAHUILA): Domicilio completo para recibir notificaciones dentro del Estado de Coahuila.
  5. (NOMBRE DEL PERSONA AUTORIZADA PARA RECIBIR NOTIFICACIONES): Nombre de un familiar o persona de confianza que pueda recibir notificaciones en el domicilio señalado.
  6. (NÚMERO DE TELÉFONO) y (CORREO ELECTRÓNICO): Datos de contacto del actor.
  7. (FECHA DE LA ORDEN): Fecha que aparece en la orden de aprehensión (si se conoce).
  8. (JUEZ DE CONTROL, MINISTERIO PÚBLICO O AUTORIDAD EMISORA): Nombre del órgano que expidió la orden (ej. "Juez de Control del Distrito Judicial de Saltillo").
  9. (FUERO (COMÚN/FEDERAL)): Especificar si la orden es por delitos del fuero común (estatal) o federal.
  10. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O CARPETA): Número de la carpeta de investigación o expediente penal proporcionado en la orden.
  11. (NOMBRE DEL JUEZ DE CONTROL, MAGISTRADO O TITULAR DEL ÓRGANO EMISOR): Nombre del titular de la autoridad que firmó la orden.
  12. (DÍA), (MES), (AÑO): Fecha en que se firma la demanda de amparo.

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