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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
JUICIO DE AMPARO
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
ACTO RECLAMADO: Orden de Aprehensión
AUTORIDAD RESPONSABLE: Juez de Control del (NÚMERO) Juzgado de Distrito en el Estado de Jalisco / Juez de Distrito en el Estado de Jalisco
QUEJOSO: (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO)
TERCERO INTERESADO: Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado de Jalisco
I. ANTECEDENTES Y HECHOS
El quejoso, (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO), con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, JALISCO), señalando como autoridad responsable al Juez de Control del (NÚMERO) Juzgado de Distrito en el Estado de Jalisco (o en su caso, al Juez de Distrito que haya conocido del asunto), y como tercero interesado al Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado de Jalisco, comparece a promover JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, en contra de la ORDEN DE APREHENSIÓN girada en su contra, derivada del expediente penal con número de carpeta de investigación: (NÚMERO DE CARPETA DE INVESTIGACIÓN O CAUSA PENAL), radicado ante el órgano jurisdiccional antes mencionado.
Los hechos son los siguientes: El día (FECHA DE NOTIFICACIÓN O CONOCIMIENTO) el quejoso tuvo conocimiento, mediante (FORMA DE CONOCIMIENTO: NOTIFICACIÓN PERSONAL, PUBLICACIÓN, ETC.), de que en su contra se había librado orden de aprehensión por el delito de (NOMBRE DEL DELITO SEÑALADO), orden que fue decretada con fecha (FECHA DE LA ORDEN) por la autoridad responsable. Dicha orden carece de los requisitos de fondo y forma exigidos por la ley, violando con ello las garantías de legalidad y seguridad jurídica del quejoso.
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El presente juicio de amparo se fundamenta en los siguientes preceptos legales:
- El Art. 16 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
- El Art. 14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consagra el principio de legalidad y la garantía de audiencia.
- El Art. 1 Ley de Amparo, que regula el juicio de amparo como medio de control de la constitucionalidad y convencionalidad.
- El Art. 107 Ley de Amparo, en lo relativo a las reglas de procedencia del amparo indirecto.
- El Art. 155 Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece los requisitos y causales para el libramiento de una orden de aprehensión.
- El Art. 156 Código Nacional de Procedimientos Penales, que señala los requisitos formales que debe contener la orden de aprehensión.
- El Art. 19 Código Penal Federal (o el artículo aplicable del Código Penal del Estado de Jalisco, en su caso), en relación con la tipificación del delito y las penas aplicables.
III. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN
Se formulan los siguientes conceptos de violación, solicitando a este Honorable Juzgado de Distrito en el Estado de Jalisco, se sirva analizarlos de manera conjunta y subsidiaria:
- Violación al Artículo 16 Constitucional. Se viola este precepto porque la orden de aprehensión reclamada no se funda en los supuestos taxativamente establecidos en el Artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ya que [EXPLICAR BREVEMENTE POR QUÉ NO SE CUMPLEN LOS SUPUESTOS: EJ. NO HAY RIESGO DE FUGA, NO EXISTEN ELEMENTOS PARA ACREDITAR EL CUERPO DEL DELITO, ETC.]. Asimismo, la orden adolece de motivación suficiente y lógica, limitándose a reproducir los datos de la investigación sin realizar un análisis jurídico que justifique la privación de la libertad.
- Violación al Artículo 14 Constitucional. Se transgrede este artículo porque la autoridad responsable incurrió en una incorrecta subsunción de la conducta atribuida al quejoso dentro del tipo penal de (NOMBRE DEL DELITO), ya que los hechos narrados en la investigación no constituyen, ni aun de manera prima facie, los elementos objetivos y subjetivos del delito señalado, violentando el principio de exacta aplicación de la ley.
- Violación a las formalidades esenciales del procedimiento. La orden de aprehensión no cumple con todos los requisitos formales exigidos por el Artículo 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales, específicamente en lo relativo a [SEÑALAR QUÉ REQUISITO FALTA: EJ. NO SEÑALA CON CLARIDAD EL DELITO, NO ESPECIFICA EL FUNDAMENTO JURÍDICO, CARECE DE FIRMA AUTÓGRAFA O SELLO, ETC.], lo que la torna en un acto irregular y violatorio de las garantías del quejoso.
IV. TESIS JURISPRUDENCIALES
Se invocan las siguientes tesis jurisprudenciales emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las cuales resultan aplicables al caso concreto:
- Registro Digital: 2017292 (Tesis Aislada). "ORDEN DE APREHENSIÓN. LA AUSENCIA DE MOTIVACIÓN EN SU LIBRAMIENTO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL." Esta tesis sostiene que la autoridad judicial debe expresar las razones que justifican la procedencia de la orden, más allá de la simple reproducción de datos, lo cual no ocurrió en el presente caso.
- Registro Digital: 2025678 (Tesis de Jurisprudencia). "PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. SU DETERMINACIÓN REQUIERE UNA VALORACIÓN ESPECÍFICA Y PARTICULARIZADA DE LOS SUPUESTOS QUE LA AUTORIZAN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO)." Aunque el caso versa sobre prisión preventiva, el principio de motivación particularizada es extensivo al libramiento de la orden de aprehensión, exigiendo un análisis concreto de los riesgos procesales.
- Registro Digital: 2011555 (Tesis Aislada). "AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. PROCEDE CONTRA LA ORDEN DE APREHENSIÓN CUANDO SE ALEGUE SU EMISIÓN CON INOBSERVANCIA DE LAS CAUSALES LEGALES." Esta tesis confirma la procedencia del medio de defensa elegido cuando, como aquí, se alega que la orden no se funda en las causales del artículo 155 del CNPP.
V. PETICIONES
Por tanto, al quejoso le asisten los derechos y fundamentos antes expuestos, por lo que respetuosamente suplico a este Honorable Juzgado de Distrito en el Estado de Jalisco:
- Se sirva admitir la presente demanda de amparo.
- Se tenga por interpuesta en tiempo y forma.
- En virtud de la suspensión de plano que de conformidad con el Artículo 128 de la Ley de Amparo procede contra actos que importen peligro de la privación de la vida, ataques a la libertad personal, etc., se conceda LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL ACTO RECLAMADO (la orden de aprehensión), para que no sea ejecutada en perjuicio del quejoso, mientras se resuelve sobre el fondo del presente juicio.
- En el fondo del asunto, se conceda EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso, para los efectos de que se deje sin efectos la orden de aprehensión reclamada, restituyéndolo en el pleno goce de la garantía individual violada.
- Se requiera a la autoridad responsable para que rinda el informe justificado con las constancias que obren en el expediente penal.
- Se emplacen a las partes para los efectos legales correspondientes.
- Se dicten todas las providencias necesarias para el estricto cumplimiento de lo solicitado.
VI. PROTESTA Y FIRMA
Protesto lo necesario bajo la protesta de decir verdad. (LUGAR, JALISCO), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
_____________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO O DE SU REPRESENTANTE LEGAL)
Quejoso / (NOMBRE DEL DEFENSOR, EN SU CASO)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA, SI ES ABOGADO)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley de Amparo
Código Penal Federal
Código Nacional de Procedimientos Penales
(Nota: Debe también considerarse el Código Penal del Estado de Jalisco, según el delito imputado).
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. El juzgado federal lo asignará.
- (NOMBRE COMPLETO DEL QUEJOSO): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, tal como aparece en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, municipio y estado (Jalisco). Este será el domicilio para recibir notificaciones.
- (NÚMERO DE CARPETA DE INVESTIGACIÓN O CAUSA PENAL): Anote el número completo de la carpeta de investigación o causa penal proporcionado por el Ministerio Público o el Juzgado de Control.
- (FECHA DE NOTIFICACIÓN O CONOCIMIENTO) y (FORMA DE CONOCIMIENTO): Especifique la fecha en que supo de la orden y cómo se enteró (ej. "notificación personal", "publicación en el periódico oficial", "consulta en el sistema").
- (FECHA DE LA ORDEN): Incluya la fecha que aparece en la propia orden de aprehensión.
- (NOMBRE DEL DELITO SEÑALADO): Escriba el nombre exacto del delito por el cual se libró la orden (ej. "robo", "fraude", "lesiones").
- (EXPLICAR BREVEMENTE...): En este párrafo debe argumentar, de manera concisa, por qué la orden no cumple con los requisitos legales. Sea específico (ej. "porque el quejoso tiene domicilio conocido y arraigo familiar y laboral en la entidad, no existiendo riesgo de fuga").
- (SEÑALAR QUÉ REQUISITO FALTA): Indique cuál de los requisitos del Art. 156 CNPP no se cumple en la orden física que tiene en su poder.
- (LUGAR, JALISCO), (DÍA), (MES), (AÑO): Complete con la ciudad donde se presenta el escrito, y la fecha actual de presentación.
📄 Plantillas Relacionadas
- Amparo Contra Auto de Vinculación a Proceso (Complementario al amparo contra orden de aprehensión).
- Amparo Contra Prisión Preventiva Oficiosa (Para cuando se haya decretado la prisión preventiva).
- Solicitud de Medidas Cautelares (Suspensión) en Amparo Penal (Para profundizar en la solicitud de suspensión).
- Recurso de Revisión en Amparo (Para impugnar la sentencia del Juez de Distrito).
- Formato de Poder General para Pleitos y Cobranzas (Si el quejoso actúa mediante representante legal).
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Sobre este documento: Amparo contra Orden de Aprehensión — Jalisco
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