📍 ¿En qué estado estás?
La plantilla se adaptará a las leyes de tu entidad.
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
JUICIO DE AMPARO
EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)
ACTO RECLAMADO: ORDEN DE APREHENSIÓN
I. ANTECEDENTES Y DATOS GENERALES
JUZGADO DE DISTRITO EN TURNO EN EL ESTADO DE NAYARIT
Presente.
QUEJOSO (ACTOR): (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES: (DOMICILIO COMPLETO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, NAYARIT)
CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN (CURP): (CURP DEL QUEJOSO)
NACIONALIDAD: Mexicana
ESTADO CIVIL: (ESTADO CIVIL DEL QUEJOSO)
OCUPACIÓN: (OCUPACIÓN DEL QUEJOSO)
AUTORIDAD RESPONSABLE: (NOMBRE COMPLETO DEL JUEZ DE CONTROL O MAGISTRADO QUE DICTÓ LA ORDEN)
DOMICILIO DE LA AUTORIDAD: (DOMICILIO DEL TRIBUNAL O JUZGADO EMISOR, TEPIC, NAYARIT O LA CIUDAD CORRESPONDIENTE)
III. HECHOS
- El día (FECHA), la Autoridad Responsable, con fundamento en el expediente penal número (NÚMERO DE EXPEDIENTE PENAL), radicado ante el Juzgado de Control del (NÚMERO) Distrito Judicial en el Estado de Nayarit, dictó una Orden de Aprehensión en contra del quejoso, por la probable comisión del delito de (NOMBRE DEL DELITO, EJ. ROBO), previsto en el Art. 289 Código Penal Federal (o el artículo aplicable del Código Penal del Estado de Nayarit).
- Dicha orden fue librada sin que se hubiera agotado el plazo constitucional para el ejercicio de la acción penal, violando el principio de presunción de inocencia consagrado en el Art. 20, apartado A, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- La orden carece de los elementos mínimos de fundamentación y motivación, ya que no se especifican los datos de prueba que acrediten el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del quejoso, requisitos indispensables establecidos en el Art. 161 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
- El quejoso no se encuentra fugado, tiene domicilio conocido y ha comparecido voluntariamente ante este Juzgado de Distrito para promover el presente juicio de amparo, por lo que no existe riesgo alguno de que se sustraiga a la acción de la justicia.
IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS (AGRAVIOS)
El quejoso acude a este Juicio de Amparo, ejerciendo la acción constitucional prevista en los artículos 103 y 107 de la Constitución Federal, así como en los artículos 1°, 5°, 73 y 116 de la Ley de Amparo, en contra del acto de autoridad antes descrito, por considerar que viola sus garantías individuales en los siguientes términos:
- VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: La orden de aprehensión fue decretada sin que se hubiera demostrado plenamente la responsabilidad penal del quejoso, tratándolo como culpable antes de una sentencia condenatoria firme, en contra de lo dispuesto por el Art. 20, apartado A, fracción I, constitucional. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la prisión preventiva oficiosa no debe convertirse en una regla general que anule este principio (Tesis: 1a. CCCXXI/2019 (10a.), "PRESIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. SU APLICACIÓN NO DEBE CONVERTIRSE EN LA REGLA GENERAL, PUES ELLO TRANSGREDIRÍA EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA").
- FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN: El auto de formal prisión (o en su caso, la orden de aprehensión) no cumple con los requisitos del Art. 161 del Código Nacional de Procedimientos Penales, al no expresar claramente los datos que acrediten el cuerpo del delito y la probable responsabilidad. La SCJN ha sostenido que la falta de motivación en una orden de aprehensión la hace inconstitucional (Tesis: 1a. CXXV/2018 (10a.), "ORDEN DE APREHENSIÓN. LA FALTA DE MOTIVACIÓN EN LA MISMA CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD Y DEBIDO PROCESO").
- VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO Y A LA GARANTÍA DE LEGALIDAD: La autoridad responsable actuó fuera de los supuestos y procedimientos legalmente establecidos para decretar una medida cautelar de tal gravedad, violentando el Art. 14 constitucional y el Art. 16 constitucional. Se vulnera el derecho a una tutela judicial efectiva.
- NO SE CUMPLEN LOS SUPUESTOS PARA LA PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA (si aplica): En caso de que el delito imputado esté catalogado como de prisión preventiva oficiosa, la orden no justifica cómo se acreditan los supuestos de peligro de fuga o riesgo para la víctima, ofendido o la comunidad, conforme al Art. 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales. La jurisprudencia señala que la mera enunciación del tipo penal no basta (Tesis: P. XV/2022 (10a.), "PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. LA SOLA ACREDITACIÓN DEL CUERPO DEL DELITO EN LOS DELITOS ENUMERADOS EN EL ARTÍCULO 19 CONSTITUCIONAL, NO SUSTITUYE LA NECESIDAD DE MOTIVAR EL PELIGRO PROCESAL").
V. PETICIONES
Por lo expuesto y fundado, al quejoso le asiste pleno derecho para solicitar a este Honorable Juzgado de Distrito:
- Que se tenga por interpuesto el presente escrito de demanda de amparo, en los términos del Art. 116 de la Ley de Amparo.
- Que se admita la demanda y se reclame el informe previo a la Autoridad Responsable.
- Que en virtud de la violación de garantías constitucionales expuestas, se CONCEDA EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al quejoso.
- Que en consecuencia, se DECLARE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN dictada el día (FECHA DE LA ORDEN), y se ordene su INEFICACIA Y CANCELACIÓN en todos los registros correspondientes, dejándola sin efecto alguno.
- Que se notifique la sentencia a la autoridad responsable para su estricto cumplimiento.
- Se protesta lo necesario.
VI. SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO
Conforme a lo dispuesto por los artículos 124 y 128 de la Ley de Amparo, se solicita de manera incidental la SUSPENSIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL ACTO RECLAMADO (la orden de aprehensión), en virtud de que su ejecución causaría al quejoso daños y perjuicios de imposible o difícil reparación, al privarlo de su libertad personal de manera irreparable. El quejoso ofrece contracautela mediante FIANZA por la cantidad que este Honorable Juzgado estime pertinente, o bajo protesta de decir verdad.
VII. ANEXOS
- Copia certificada de la Orden de Aprehensión reclamada.
- Copia simple de la identificación oficial del quejoso (INE/IFE).
- Copia simple de la Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio reciente del quejoso.
- Lista de testigos (si los hubiera): (NOMBRE, DOMICILIO Y TELÉFONO).
VIII. DECLARACIÓN DE VERACIDAD
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los hechos expuestos en el presente escrito son ciertos y exactos.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, NAYARIT), a los (DÍA) días del mes de (MES) del año (AÑO).
NOMBRE Y FIRMA DEL QUEJOSO O SU REPRESENTANTE LEGAL
(___________________________________)
(NOMBRE COMPLETO)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Amparo
- Código Penal Federal
- Código Nacional de Procedimientos Penales
- Código Penal para el Estado de Nayarit (consulta local)
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. El Juzgado lo asignará.
- (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, tal como aparece en su acta de nacimiento o INE.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado (Nayarit). Este será el domicilio para recibir notificaciones.
- (CURP DEL QUEJOSO): Copie su Clave Única de Registro de Población de su documento oficial.
- (ESTADO CIVIL DEL QUEJOSO) / (OCUPACIÓN DEL QUEJOSO): Especifique (Soltero, Casado, etc.) y su profesión u oficio.
- (NOMBRE COMPLETO DEL JUEZ...): Investigue el nombre del Juez de Control o Magistrado que firmó la orden de aprehensión.
- (DOMICILIO DEL TRIBUNAL...): Coloque la dirección del Juzgado o Tribunal que emitió la orden.
- (FECHA) / (NÚMERO DE EXPEDIENTE PENAL) / (NOMBRE DEL DELITO): Transcriba estos datos exactamente como aparecen en la orden de aprehensión.
- (FECHA DE LA ORDEN): La fecha en que se dictó la orden de aprehensión.
- (CIUDAD, NAYARIT) / (DÍA) / (MES) / (AÑO): Lugar y fecha de elaboración de esta demanda.
- (NOMBRE COMPLETO): Firma y nombre al final del documento.
📄 Plantillas Relacionadas
- Amparo Indirecto contra Auto de Vinculación a Proceso – Para impugnar la resolución que inicia el proceso penal.
- Incidente de Reposición de Fianza – Para solicitar la modificación o sustitución de una medida cautelar.
- Demanda de Amparo contra Prisión Preventiva Oficiosa – Especializada en delitos con prisión preventiva obligatoria.
- Solicitud de Libertad por Desvanecimiento de Datos – Para cuando las pruebas de cargo han perdido fuerza.
- Recurso de Revisión en Amparo Penal – Para impugnar una sentencia de amparo desfavorable.
¿Este documento superó tus conocimientos legales?
Un error de redacción puede costarte tu patrimonio. Contacta a un abogado experto y verificado en tu estado ahora mismo. Ellos harán el trabajo pesado por ti.
Sobre este documento: Amparo contra Orden de Aprehensión — Nayarit
Formato gratuito de amparo contra orden de aprehensión — nayarit. Incluye jurisprudencia de la SCJN, artículos de ley con hipervínculo y guía de llenado paso a paso.
Fundamentado en: codigo-penal-federal, codigo-nacional-de-procedimientos-penales.
Más de 15,000+ descargas exitosas
Únete a miles de ciudadanos, abogados y empresarios mexicanos que protegen su patrimonio sin pagar honorarios excesivos.
Mostrando 9 de 542 reseñas recientes
Preguntas Frecuentes
Resuelve tus dudas antes de descargar tu formato legal.
Sí. Todos nuestros formatos están redactados con base en el Código Civil Federal, Código de Comercio y leyes generales aplicables. En caso de legislaciones estatales, la estructura es 100% compatible y solo debes adaptar la entidad federativa en los espacios indicados.
No obligatoriamente. Están diseñadas para que cualquier ciudadano pueda rellenarlas y presentarlas. Sin embargo, para juicios complejos (como amparos o divorcios contenciosos), siempre recomendamos que un profesional titulado revise el documento final antes de ingresarlo al juzgado.
Al descargar la versión completa, obtienes el formato listo para usarse. Deberás llenar los espacios en blanco resaltados (como NOMBRES, FECHAS y CANTIDADES) en tu procesador de textos favorito (Word, Google Docs, etc.) y posteriormente imprimirlo para su firma.
Nuestro equipo legal revisa constantemente las tesis de jurisprudencia de la SCJN y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para garantizar que no utilices artículos derogados.
Nuestra prioridad es que resuelvas tu situación legal. Si consideras que el formato no cumple con los estándares descritos, tienes 7 días para solicitar la revisión y te ofreceremos una solución o devolución del 100%.