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V1Amparo contra Orden de Aprehensión — Puebla
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
Demanda de Amparo contra Orden de Aprehensión - Puebla

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO

EN NOMBRE DE (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO PARA NOTIFICACIONES, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, PUEBLA), y autorizando para tal efecto al C. (NOMBRE DEL PERSONA AUTORIZADA PARA RECIBIR NOTIFICACIONES), y

PROMOVIENDO

Ante este Honorable Juzgado de Distrito en el Estado de Puebla, con el debido respeto comparezco y expongo:

I. ACTOS RECLAMADOS

Vengo a promover demanda de amparo indirecto en contra de los siguientes actos de autoridad:

  1. La Orden de Aprehensión librada el día (FECHA DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN) por el Juez de Control del (NÚMERO) Juzgado de Control con sede en (CIUDAD, PUEBLA), dentro de la causa penal (NÚMERO DE CAUSA PENAL/EXPEDIENTE), seguida en contra de (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), por la probable comisión del delito de (NOMBRE DEL DELITO SEÑALADO).
  2. Todos los actos de autoridad que tengan su origen, fundamento o motivación en dicha Orden de Aprehensión, incluyendo pero no limitándose a su ejecución material (detención), su notificación, y cualquier mandamiento judicial derivado de la misma.

Considero que dichos actos son violatorios de las garantías individuales que en mi favor establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. AUTORIDADES RESPONSABLES

Señalo como autoridades responsables:

  1. AUTORIDAD RESPONSABLE PRIMERA (QUE EMITIÓ EL ACTO): El C. (NOMBRE DEL JUEZ), Juez de Control del (NÚMERO) Juzgado de Control con sede en (CIUDAD, PUEBLA).
  2. AUTORIDAD RESPONSABLE SEGUNDA (QUE PUEDE EJECUTARLO): El Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado de Puebla, con sede en (DIRECCIÓN DE LA FISCALÍA), así como cualquier elemento de las corporaciones policiales estatal o municipal que reciba el mandamiento para su ejecución.

III. GARANTÍAS INDIVIDUALES VIOLADAS

Los actos de autoridad antes referidos violan las siguientes garantías consagradas en la Constitución Federal:

  1. La garantía de legalidad y seguridad jurídica prevista en el artículo 14 constitucional, al privarme de mi libertad sin que se cumplan estrictamente los requisitos y formalidades establecidos en la ley.
  2. La garantía de detención fundada y motivada establecida en el artículo 16 constitucional, ya que la orden de aprehensión carece de los elementos de fondo y forma que exige dicho precepto, así como del artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
  3. El derecho a la presunción de inocencia reconocido en el artículo 20, apartado B, fracción I constitucional, al pretender restringir mi libertad antes de que se declare mi responsabilidad en un juicio.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Mi petición se funda en los siguientes preceptos legales:

  1. Artículo 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  2. Artículo 1, 5, 73, 76, 116, 128 y demás relativos de la Ley de Amparo.
  3. Artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece los requisitos de la orden de aprehensión.
  4. Artículo 19 del Código Penal Federal, en lo relativo a la prisión preventiva oficiosa (si aplica al delito señalado).

V. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

PRIMER CONCEPTO. Se viola el artículo 16 constitucional, en relación con el artículo 155 del CNPP, porque la orden de aprehensión carece de los requisitos de fondo y forma que la ley exige. En específico, [DETALLAR FALTA DE MOTIVACIÓN, AUSENCIA DE DATOS DE IDENTIFICACIÓN, FALTA DE ELEMENTOS PARA ACREDITAR EL CUERPO DEL DELITO O LA PROBABLE RESPONSABILIDAD, ETC.]. La jurisprudencia de la SCJN ha establecido que "LA ORDEN DE APREHENSIÓN DEBE CONTENER LOS DATOS SUFICIENTES PARA IDENTIFICAR AL INDICIADO, ASÍ COMO LA MOTIVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN LEGAL CORRESPONDIENTES" (Tesis: 1a./J. 32/2020 (10a.)).

SEGUNDO CONCEPTO. Se viola el artículo 14 constitucional, porque se pretende privar de la libertad a una persona sin que se hayan satisfecho las formalidades esenciales del procedimiento y sin estricto apego a la ley. La orden fue emitida de manera arbitraria y sin sustento en los datos de prueba aportados al proceso penal.

TERCER CONCEPTO. Se viola el artículo 20, apartado B, fracción I constitucional, al vulnerarse la presunción de inocencia. La jurisprudencia de la SCJN señala que "LA PRISIÓN PREVENTIVA, COMO MEDIDA CAUTELAR, NO DEBE CONVERTIRSE EN UN CASTIGO ANTICIPADO, Y SU APLICACIÓN DEBE SER EXCEPCIONAL Y PROPORCIONAL" (Tesis: 1a./J. 16/2019 (10a.)). La emisión de la orden de aprehensión, en las circunstancias del presente caso, constituye precisamente una afectación desproporcionada a dicho derecho fundamental.

CUARTO CONCEPTO. Se viola el artículo 16 constitucional, por haberse emitido la orden de aprehensión sin que existan elementos suficientes para acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado, requisitos exigidos por el artículo 155 del CNPP. La SCJN ha sostenido que "PARA DICTAR AUTO DE FORMAL PRISIÓN O DE SUJECIÓN A PROCESO, ES NECESARIO QUE EL MINISTERIO PÚBLICO ACREDITE TANTO EL CUERPO DEL DELITO COMO LA PROBABLE RESPONSABILIDAD DEL INDICIADO" (Tesis: 1a./J. 83/2018 (10a.)), criterio aplicable por analogía a la orden de aprehensión.

VI. PETICIONES

Por tanto, a este Honorable Juzgado respetuosamente suplico:

  1. SE SIRVA ADMITIR la presente demanda de amparo indirecto.
  2. SE SIRVA DECRETAR la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO, en los términos del artículo 124 de la Ley de Amparo, para que no se me ejecute materialmente la orden de aprehensión, bajo la protesta de sujetarme a las condiciones que este Tribunal estime pertinentes, ofreciendo como contragarantía (ESPECIFICAR CONTRAGARANTÍA, EJ. UNA CANTIDAD EN DINERO, UNA PROPIEDAD, ETC.).
  3. SE SIRVA GIRAR OFICIOS a las autoridades responsables para los efectos legales correspondientes.
  4. Una vez sustanciado el juicio, SE SIRVA CONCEDER EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, declarando la nulidad de la orden de aprehensión reclamada y de todos los actos derivados de la misma, con los efectos constitucionales y legales procedentes.
  5. En caso de que la autoridad responsable no rinda su informe justificado, SE SIRVA TENER POR CONFIGURADAS LAS VIOLACIONES ALEGADAS, en los términos del artículo 148 de la Ley de Amparo.

VII. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Este Juzgado de Distrito en el Estado de Puebla es competente para conocer del presente asunto, conforme a lo dispuesto por los artículos 50 y 73 de la Ley de Amparo, ya que los actos reclamados se proyectaron y son susceptibles de ejecutarse dentro del territorio de su jurisdicción.

VIII. ANEXOS

Se anexan para mejor proveer los siguientes documentos (copias simples):

  1. Copia de la Orden de Aprehensión reclamada (si se cuenta con ella).
  2. Copia de la identificación oficial del quejoso.
  3. Copia del poder notarial o escrito que acredite la personalidad del representante legal, en su caso.
  4. Comprobante de domicilio para oír y recibir notificaciones.
  5. Cualquier otro documento que se estime pertinente para acreditar los conceptos de violación (ej. escritos presentados en el proceso penal).

PROTESTO LO NECESARIO.

Lugar y fecha: (CIUDAD, PUEBLA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

ATENTAMENTE

(NOMBRE COMPLETO Y FIRMA DEL ACTOR O SU REPRESENTANTE LEGAL)

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco al momento de presentar la demanda. Será asignado por el Juzgado.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, de la persona contra quien se giró la orden de aprehensión (el quejoso).
  3. (DOMICILIO COMPLETO...): Indique un domicilio físico real y confiable dentro del estado de Puebla, donde el Juzgado pueda hacerle llegar notificaciones físicas.
  4. (NOMBRE DEL PERSONA AUTORIZADA...): Si el quejoso designa a alguien más para recibir notificaciones, ponga su nombre. Si las recibirá personalmente, puede poner "MÍ MISMO".
  5. (FECHA DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN): La fecha en que el Juez de Control firmó o emitió la orden.
  6. (NÚMERO) Juzgado de Control: Número o denominación del Juzgado de Control que emitió la orden (ej: "Primero", "Segundo", "Centro").
  7. (NÚMERO DE CAUSA PENAL/EXPEDIENTE): El número de expediente o carpeta de investigación asignado en el proceso penal.
  8. (NOMBRE DEL DELITO SEÑALADO): El delito por el cual se está procesando al quejoso (ej: "robo", "fraude").
  9. (NOMBRE DEL JUEZ): Nombre del Juez de Control que emitió la orden. Si no se conoce, puede ponerse "JUEZ DE CONTROL DEL (NÚMERO) JUZGADO DE CONTROL...".
  10. (DIRECCIÓN DE LA FISCALÍA): Dirección aproximada de la Fiscalía que lleva el caso.
  11. (DETALLAR FALTA DE MOTIVACIÓN...): En este espacio, redacte con claridad y precisión los defectos específicos que tiene la orden de aprehensión. Ej: "no se señalan los hechos concretos que constituyen el cuerpo del delito", "no se identifica plenamente al indiciado", "no existe relación entre las pruebas y la probable responsabilidad".
  12. (ESPECIFICAR CONTRAGARANTÍA): Proponga una garantía para obtener la suspensión (ej: "una fianza solidaria por la cantidad de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.)", "una propiedad ubicada en..."). La autoridad determinará si la acepta.
  13. (CIUDAD, PUEBLA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO): Lugar y fecha de presentación de la demanda.
  14. (NOMBRE COMPLETO Y FIRMA...): Firma autógrafa y nombre en letra de molde de quien presenta la demanda. Si es un abogado, debe firmar y anotar su número de cédula profesional.

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