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V1Amparo contra Prisión Preventiva Oficiosa — Sonora
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

AMPARO CONTRA PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA

EXPEDIENTE: (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN)

JUZGADO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA
MATERIA: Penal
ASUNTO: Juicio de Amparo Indirecto
ACTOR: (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
AUTORIDAD RESPONSABLE: (NOMBRE COMPLETO DEL JUEZ DE CONTROL O MAGISTRADO QUE DECRETÓ LA PRISIÓN)
DELITO IMPUTADO: (ESPECIFICAR DELITO, EJ. ROBO AGRAVADO, DELINCUENCIA ORGANIZADA, ETC.)
CAUSA PENAL: (NÚMERO DE CAUSA PENAL O EXPEDIENTE)

I. ACTOR Y DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES

Quien suscribe, (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR), mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en (DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, CIUDAD, SONORA), y autorizando para tal efecto al C. (NOMBRE DEL LICENCIADO PATROCINADOR), con cedula profesional número (NÚMERO DE CÉDULA), manifestando bajo protesta de decir verdad que todo lo expresado es cierto y que no se ha promovido otro juicio de amparo sobre el mismo acto reclamado.

II. AUTORIDADES RESPONSABLES

Señalo como autoridades responsables:

  1. AUTORIDAD RESPONSABLE DIRECTA: (NOMBRE COMPLETO DEL JUEZ DE CONTROL O MAGISTRADO), en su carácter de titular del (NOMBRE DEL JUZGADO DE CONTROL O TRIBUNAL), con domicilio en (DOMICILIO DEL TRIBUNAL O JUZGADO).
  2. AUTORIDAD RESPONSABLE INDIRECTA (MINISTRO PÚBLICO): El Agente del Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora (o de la Federación, según corresponda) que interviene en la causa penal (NÚMERO DE CAUSA), con domicilio en (DOMICILIO DE LA FISCALÍA).
  3. TERCERO PERJUDICADO: La sociedad, representada por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora (o de la Federación), con domicilio en (DOMICILIO DE LA FISCALÍA).

III. ACTOS RECLAMADOS

Se reclaman por inconstitucionales y violatorios de las garantías individuales del actor, los siguientes actos:

  1. El auto de fecha (FECHA DEL AUTO), emitido por la Autoridad Responsable Directa, mediante el cual se decretó la Prisión Preventiva Oficiosa en contra del actor, dentro de la causa penal (NÚMERO DE CAUSA).
  2. Todas las actuaciones, resoluciones y procedimientos derivados de dicho auto de Prisión Preventiva Oficiosa, incluyendo su ejecución y el mantenimiento de la privación de la libertad del actor.

Los actos reclamados violan los derechos fundamentales consagrados en los artículos 14, 16 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los principios del Código Nacional de Procedimientos Penales.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente juicio de amparo se fundamenta en lo siguiente:

  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
    • Artículo 1: Prohibición de la arbitrariedad y protección de los derechos humanos.
    • Artículo 14: Garantía de audiencia y legalidad.
    • Artículo 16: Legalidad de los actos de molestia y fundamentación de los mismos.
    • Artículo 19: Regulación de la prisión preventiva oficiosa. Este precepto establece que la prisión preventiva oficiosa solo procederá por delitos graves que la ley señale, cuando el imputado haya sido previamente condenado por delito grave, o cuando durante el proceso el juez determine que existe riesgo de fuga o peligro para la víctima, testigos o la comunidad.
  2. Ley de Amparo:
    • Artículo 1: Ámbito de protección del juicio de amparo.
    • Artículo 107 y siguientes: Reglas del juicio de amparo indirecto.
    • Artículo 116: Suspensión del acto reclamado en materia penal.
  3. Código Nacional de Procedimientos Penales:
    • Artículo 155: Definición y características de la prisión preventiva.
    • Artículo 167: Causas para decretar la prisión preventiva oficiosa.
    • Artículo 168: Requisitos y procedimiento para imponer la prisión preventiva oficiosa.
  4. Código Penal Federal (o Código Penal del Estado de Sonora, según corresponda):
    • Artículo 194 (ejemplo para robo): Definición del delito imputado para analizar si es considerado "grave" a efectos del artículo 19 constitucional. NOTA: Debe citarse el artículo específico del delito por el que se procesa al actor, ya sea del Código Penal Federal o del Código Penal para el Estado de Sonora.

V. TESIS JURISPRUDENCIALES

  1. PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. SU IMPOSICIÓN REQUIERE UNA VALORACIÓN INDIVIDUALIZADA DE LOS SUPUESTOS QUE LA JUSTIFICAN (Jurisprudencia 1a./J. 33/2023 (11a.)). La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que la imposición de la prisión preventiva oficiosa no es automática por el simple hecho de que el delito imputado esté listado en el artículo 19 constitucional. El juzgador debe realizar una valoración individualizada y motivada de los supuestos que justifican esta medida cautelar (riesgo de fuga, peligro para la víctima, etc.), so pena de incurrir en arbitrariedad.
  2. PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. EL PELIGRO PARA LA VÍCTIMA, OFENDIDO O TESTIGOS DEBE SER ACTUAL, ESPECÍFICO Y SUSTENTADO (Jurisprudencia 1a./J. 45/2022 (11a.)). Para decretar la prisión preventiva oficiosa bajo el supuesto de peligro para la víctima u ofendido, el Ministerio Público debe acreditar que dicho peligro es actual (no hipotético o futuro), específico (dirigido a personas concretas) y debe sustentarse en elementos objetivos, no en meras presunciones.
  3. PRISIÓN PREVENTIVA. SU IMPOSICIÓN DEBE AJUSTARSE AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD (Tesis Aislada 1a. CCCXXVII/2022 (11a.)). La medida cautelar de prisión preventiva, incluida la oficiosa, debe ser proporcional a la finalidad que persigue y a la gravedad del delito. Debe analizarse si existen medidas cautelares menos gravosas que puedan cumplir con los fines del proceso.

VI. ALEGATOS

El actor manifiesta que la Prisión Preventiva Oficiosa decretada en su contra es inconstitucional y violatoria de sus garantías fundamentales, por las siguientes razones:

  1. FALTA DE INDIVIDUALIZACIÓN Y MOTIVACIÓN: La autoridad responsable, al decretar la prisión preventiva oficiosa, incurrió en la aplicación automática de la medida sin realizar una valoración individualizada y exhaustiva de los supuestos que justifican su imposición en el caso concreto del actor, contraviniendo lo establecido en el artículo 19 constitucional, el artículo 167 del CNPP y la jurisprudencia citada. El auto reclamado se limita a señalar el delito, sin analizar probatoria y razonadamente el riesgo procesal.
  2. INEXISTENCIA DE RIESGO PROCESAL ADECUADAMENTE ACREDITADO: No existe elemento probatorio alguno que acredite, de manera objetiva y suficiente, que el actor representa un riesgo de fuga. El actor tiene arraigo en la comunidad de (CIUDAD, SONORA), con domicilio fijo, trabajo estable como (OCUPACIÓN DEL ACTOR) y familia directa. Tampoco se ha acreditado un peligro actual y específico para la víctima, testigos o la comunidad.
  3. VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD: La medida de prisión preventiva oficiosa resulta desproporcionada y más gravosa de lo necesario. Existen otras medidas cautelares menos lesivas que podrían garantizar la comparecencia del actor en el proceso, tales como la caución económica (fianza), la vigilancia electrónica o la presentación periódica, las cuales no fueron consideradas debidamente por la autoridad.
  4. POSIBLE AFECTACIÓN AL DERECHO A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: La imposición automática y no motivada de la prisión preventiva oficiosa, en los términos actuales, opera como una pena anticipada, socavando el derecho fundamental a la presunción de inocencia consagrado en el artículo 20, apartado B, fracción I, de la Constitución Federal.

VII. PETICIONES

Por tanto, al tenor de lo expuesto, al actor conviene:

  1. Que se tenga por interpuesto el presente Juicio de Amparo Indirecto en contra de los actos reclamados.
  2. Que se admita la demanda y se le dé el trámite correspondiente.
  3. Que se conceda la SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO de plano, en los términos del artículo 124 de la Ley de Amparo, a fin de que se deje sin efecto la orden de aprehensión y prisión preventiva oficiosa, ordenando la libertad inmediata del actor mientras se resuelve el presente juicio, toda vez que se cumplen los requisitos de procedencia (no se afecta el interés social ni se obstaculiza la investigación).
  4. En el supuesto de que no se conceda la suspensión de plano, se solicita se conceda mediante fianza que el actor otorgará, la cual puede calcularse en [MONTO SUGERIDO O "EL QUE ESTIME PROCEDENTE"] pesos, ofreciendo como garantía (DESCRIBIR BIEN(ES) OFRECIDOS COMO GARANTÍA).
  5. Una vez substanciado el juicio, se sirva conceder el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL al actor, declarando inconstitucionales los actos reclamados, dejándolos sin efecto y ordenando la libertad inmediata del actor, así como el cese de cualquier molestia derivada de los mismos.
  6. Se impongan las costas a la autoridad responsable.

VIII. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

Para acreditar los hechos expuestos, se ofrecen las siguientes pruebas:

  1. Documental Pública: Copia certificada del auto de Prisión Preventiva Oficiosa de fecha (FECHA DEL AUTO).
  2. Documental Privada:
    • Identificación oficial del actor.
    • Comprobante de domicilio en (CIUDAD, SONORA).
    • Constancia de empleo o documentos que acrediten medios de subsistencia lícitos.
    • Acta de nacimiento de hijos o documentos que acrediten arraigo familiar (si aplica).
  3. Confesional Judicial: Se solicita recibir la confesión de la Autoridad Responsable Directa, bajo protesta de decir verdad, sobre los motivos y fundamentos específicos que tuvo para considerar acreditados los supuestos de riesgo de fuga o peligro en el caso concreto del actor.
  4. Testimonial: Declaración de los testigos: (NOMBRE DEL TESTIGO 1), con domicilio en (DOMICILIO), quien declarará sobre el arraigo y conducta del actor; y (NOMBRE DEL TESTIGO 2), con domicilio en (DOMICILIO), quien declarará sobre (OTRO HECHO RELEVANTE).

Se solicita se sirva recibir las pruebas en el momento procesal oportuno, desahogándose la confesional en los términos del artículo 88 de la Ley de Amparo.

IX. PROTESTA Y FIRMA

Protesto lo necesario.
LUGAR Y FECHA: (CIUDAD, SONORA), a (DÍA) de (MES) de (AÑO).

_____________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR)
ACTOR

_____________________________
(NOMBRE DEL LICENCIADO PATROCINADOR)
Cédula Profesional: (NÚMERO DE CÉDULA)
PATROCINADOR

⚖️ Leyes Aplicables a este Documento

📋 Instrucciones de Llenado

  1. (NÚMERO DE EXPEDIENTE O RADICACIÓN): Déjese en blanco si es la presentación inicial. Lo asignará el Juzgado.
  2. (NOMBRE COMPLETO DEL ACTOR): Escriba el nombre completo, sin abreviaturas, de la persona que promueve el amparo (el privado de la libertad).
  3. (NOMBRE COMPLETO DEL JUEZ DE CONTROL...): Nombre del Juez o Magistrado que firmó el auto de prisión preventiva oficiosa.
  4. (ESPECIFICAR DELITO...): Indique el delito exacto por el cual se procesa al actor (ej. "Homicidio doloso", "Secuestro", "Robo con violencia").
  5. (NÚMERO DE CAUSA PENAL): Número del expediente o causa penal asignado por el juzgado de control.
  6. (DOMICILIO COMPLETO...): Domicilio real y efectivo en el estado de Sonora donde el actor recibirá notificaciones.
  7. (NOMBRE DEL LICENCIADO PATROCINADOR) y (NÚMERO DE CÉDULA): Datos del abogado que patrocina. Si el actor se representa a sí mismo, puede omitirse o poner "PROPIA".
  8. (NOMBRE DEL JUZGADO DE CONTROL O TRIBUNAL) y (DOMICILIO...): Datos completos de la autoridad que emitió el auto.
  9. (FECHA DEL AUTO): Fecha exacta que aparece en el auto de prisión preventiva oficiosa.
  10. (CIUDAD, SONORA) (en domicilio del actor): Especifique la ciudad o municipio dentro del estado de Sonora.
  11. (OCUPACIÓN DEL ACTOR): Profesión, oficio o actividad laboral del actor.
  12. (MONTO SUGERIDO...) y (DESCRIBIR BIEN(ES)...): Proponga un monto de fianza y describa los bienes (ej. "un inmueble ubicado en...", "una cuenta de ahorros") que ofrece como garantía. Puede poner "EL QUE ESTIME PROCEDENTE".
  13. (NOMBRE DEL TESTIGO 1/2) y (DOMICILIO): Nombre completo y domicilio de las personas que declararán como testigos.
  14. (CIUDAD, SONORA) (en protesta y firma) y (FECHA): Lugar y fecha de elaboración de la demanda.

📄 Plantillas Relacionadas

  • Recurso de Revisión contra Sentencia de Amparo: Para impugnar la sentencia del Juez de Distrito.
  • Incidente de Reposición de Prisión Preventiva: Para solicitar al juez de control la modificación o revocación de la prisión preventiva.
  • Solicitud de Medidas Cautelares Alternativas: Para proponer al juez de control una medida menos gravosa que la prisión (fianza, arresto domiciliario, etc.).
  • Amparo Contra Orden de Aprehensión: Para combatir una orden de aprehensión antes de la vinculación a proceso.
  • Demanda de Amparo Contra Actos de Autoridades Penitenciarias: Para proteger derechos dentro del centro de reinserción social.
Red Nacional de Abogados

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