📍 ¿En qué estado estás?
La plantilla se adaptará a las leyes de tu entidad.
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
CELEBRADO DE CONFORMIDAD CON EL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO Y EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL
En la ciudad de (CIUDAD DE CELEBRACIÓN), Estado de Guanajuato, siendo las (HORA) horas del día (DÍA) del mes de (MES) del año (AÑO), comparecen:
I. POR UNA PARTE, EL SEÑOR(A) (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL VENDEDOR), portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE CREDENCIAL DEL VENDEDOR), expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará "EL VENDEDOR"; y
II. POR LA OTRA PARTE, EL SEÑOR(A) (NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL COMPRADOR), portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE CREDENCIAL DEL COMPRADOR), expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará "EL COMPRADOR".
Las partes anteriores se reconocen recíprocamente capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente instrumento, y
MANIFIESTAN
Que celebran el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES.
1.1. "EL VENDEDOR" declara bajo protesta de decir verdad:
- Que es propietario único y legítimo del inmueble objeto de este contrato, identificado como: Predio ubicado en (DIRECCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE), con una superficie total de (SUPERFICIE EN M²) metros cuadrados, inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Guanajuato bajo el folio real número (FOLIO REAL O NÚMERO DE INSCRIPCIÓN).
- Que el inmueble se encuentra libre de todo gravamen, embargo, hipoteca, usufructo, servidumbre, pleito o litigio alguno, y que no existe impedimento legal para su enajenación.
- Que el inmueble no es bien mancomunado ni forma parte de una sucesión, y que su enajenación no requiere del consentimiento de tercero alguno.
1.2. "EL COMPRADOR" declara:
- Que ha inspeccionado el inmueble a su entera satisfacción, conociendo su estado físico, legal y ubicación.
- Que cuenta con los recursos económicos necesarios para cumplir con las obligaciones de pago que asume en este contrato.
SEGUNDA. OBJETO DEL CONTRATO.
Por el presente contrato, "EL VENDEDOR" se obliga a transferir la propiedad del inmueble descrito en la cláusula Primera a favor de "EL COMPRADOR", y éste se obliga a pagar por dicho inmueble el precio convenido en la cláusula siguiente, en los términos y condiciones aquí pactados, conforme a lo dispuesto por el Art. 2248 Código Civil Federal y el Art. 2249 Código Civil Federal.
TERCERA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.
Las partes convienen en fijar el precio total del inmueble en la cantidad de (PRECIO EN NÚMEROS) ((PRECIO EN LETRA)) PESOS MEXICANOS. Dicho precio será cubierto por "EL COMPRADOR" de la siguiente forma:
- Enganche: La cantidad de (MONTO DEL ENGANCHE EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA)) pesos mexicanos, los cuales serán entregados a "EL VENDEDOR" al momento de la firma del presente contrato, mediante (ESPECIFICAR MÉTODO DE PAGO: TRANSFERENCIA, CHEQUE, EFECTIVO, ETC.).
- Saldo: El saldo restante de (MONTO DEL SALDO EN NÚMEROS) ((MONTO EN LETRA)) pesos mexicanos, será pagado al momento de la firma de la escritura pública ante Fedatario Público, en el otorgamiento del título definitivo de propiedad.
En relación con las obligaciones fiscales derivadas de esta operación, se estará a lo dispuesto en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
CUARTA. ESCRITURACIÓN Y GASTOS.
Las partes se obligan a otorgar la escritura pública correspondiente ante Notario Público o Corredor Público del Estado de Guanajuato, dentro de un plazo máximo de (NÚMERO) días hábiles contados a partir de la firma del presente contrato. Los gastos inherentes a la escrituración, incluyendo pero no limitándose a honorarios del fedatario, impuestos, derechos registrales y certificaciones, serán cubiertos de la siguiente manera:
- A cargo de "EL VENDEDOR": El Impuesto Sobre la Renta (ISR) que genere la enajenación, y los gastos por la cancelación de gravámenes en su caso.
- A cargo de "EL COMPRADOR": Los honorarios del fedatario público, los derechos por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los honorarios, y el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) del Estado de Guanajuato.
QUINTA. ENTREGA DEL INMUEBLE.
"EL VENDEDOR" se obliga a entregar el inmueble materialmente a "EL COMPRADOR", libre de ocupantes y de toda posesión, en el acto de la firma de la escritura pública, haciendo entrega de las llaves y de la documentación original relacionada con el predio. La entrega se realizará en el estado en que se encuentra al momento de la firma de este contrato, conforme al principio "lo vendido es lo visto" establecido en el Art. 2251 Código Civil Federal.
SEXTA. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS.
"EL VENDEDOR" responde frente a "EL COMPRADOR" de los vicios o defectos ocultos que tuviere el inmueble, de conformidad con lo establecido en los Art. 2266 y 2267 Código Civil Federal. La responsabilidad por evicción se rige por lo dispuesto en los Art. 2272 y siguientes del mismo ordenamiento. En este sentido, es aplicable la tesis jurisprudencial: "COMPRAVENTA. EL VENDEDOR RESPONDE ANTE EL COMPRADOR POR LOS VICIOS OCULTOS DE LA COSA VENDIDA, AUN CUANDO LOS IGNORASE, SIEMPRE QUE ESOS DEFECTOS LA HAGAN INÚTIL PARA SU DESTINO NORMAL O DISMINUYAN DE TAL MODO SU UTILIDAD QUE, DE HABERLOS CONOCIDO, EL ADQUIRENTE NO LA HUBIERE COMPRADO O HUBIERE DADO MENOS PRECIO POR ELLA" (Registro Digital: 2021554).
SÉPTIMA. OBLIGACIONES PENDIENTES.
Hasta la fecha de la firma de la escritura pública, las contribuciones y servicios (agua, energía eléctrica, predial) correrán por cuenta de "EL VENDEDOR". A partir de dicha fecha, serán responsabilidad de "EL COMPRADOR".
OCTAVA. RESCISIÓN.
En caso de que "EL COMPRADOR" incumpla con el pago del saldo en los términos pactados, "EL VENDEDOR" tendrá derecho a resolver el contrato, quedándose con las cantidades entregadas a título de arras o penalización, sin perjuicio de exigir el cumplimiento forzoso. Por otro lado, si "EL VENDEDOR" incumple su obligación de transferir la propiedad, "EL COMPRADOR" podrá exigir el cumplimiento forzoso o la resolución del contrato con el reembolso de lo pagado más daños y perjuicios. Estas estipulaciones se sujetan a lo dispuesto en el Art. 2256 Código Civil Federal.
NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales del Estado de Guanajuato, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se aplica supletoriamente el Código Civil Federal. Es aplicable la tesis jurisprudencial: "COMPETENCIA. LAS PARTES PUEDEN PRORROGARLA A FAVOR DE JUECES O TRIBUNALES DISTINTOS DE LOS SEÑALADOS POR LAS LEYES PROCESALES RESPECTIVAS, SIEMPRE QUE SE TRATE DE DERECHOS DISPONIBLES Y EL CONVENIO SE CELEBRE POR ESCRITO, SEA ANTERIOR O POSTERIOR A LA CONTROVERSIA, Y SEÑALE UN TERRITORIO ESPECÍFICO PARA LA RESOLUCIÓN DE LA LITIS" (Registro Digital: 2018398).
DÉCIMA. NOTIFICACIONES.
Toda notificación relacionada con este contrato deberá realizarse por escrito y ser entregada personalmente o mediante correo certificado con acuse de recibo, a los domicilios señalados en el encabezado del presente documento, los cuales se señalan como domicilios convencionales para todos los efectos legales.
DÉCIMA PRIMERA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO.
Este instrumento constituye el acuerdo total entre las partes y sustituye a cualquier otro acuerdo, promesa o representación, verbal o escrita, anterior relacionada con el objeto del mismo. Cualquier modificación a este contrato deberá realizarse por escrito y firmarse por ambas partes.
DÉCIMA SEGUNDA. CESIONES.
Ninguna de las partes podrá ceder sus derechos u obligaciones derivados de este contrato sin el consentimiento previo, por escrito, de la otra parte.
DÉCIMA TERCERA. ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES Y FORMA DE LOS CONTRATOS.
Las partes reconocen que, para que la transmisión de la propiedad del inmueble sea oponible a terceros, deberá constar en escritura pública e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad, de acuerdo con lo establecido en el Art. 2315 Código Civil Federal. La tesis jurisprudencial aplicable señala: "ESCRITURA PÚBLICA. SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD NO ES REQUISITO DE VALIDEZ DEL ACTO JURÍDICO RESPECTIVO, SINO UN MEDIO PARA HACERLO OPONIBLE ANTER TERCEROS" (Registro Digital: 2009672).
Leído que fue el presente contrato por las partes, manifestando su conformidad con todas y cada una de sus cláusulas, lo firman por duplicado en el lugar y fecha antes indicados.
EL VENDEDOR
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR)
EL COMPRADOR
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR)
TESTIGO
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
TESTIGO
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Código Civil para el Estado de Guanajuato
- Ley del Impuesto Sobre la Renta
- Ley del Impuesto al Valor Agregado
- Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato (para el ISAI)
📋 Instrucciones de Llenado
- (CIUDAD DE CELEBRACIÓN): Escriba el nombre de la ciudad de Guanajuato donde se firma el contrato (ej. León, Irapuato, Celaya).
- (HORA), (DÍA), (MES), (AÑO): Indique la fecha y hora exacta de la firma.
- (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR/COMPRADOR): Escriba nombres, apellidos paterno y materno completos, tal como aparecen en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
- (NÚMERO DE CREDENCIAL...): Anote el número de la credencial de elector (INE) vigente.
- (DIRECCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE): Describa con detalle la ubicación del predio.
- (SUPERFICIE EN M²): Señale la superficie total del terreno y construcción, según el documento de propiedad.
- (FOLIO REAL O NÚMERO DE INSCRIPCIÓN): Copie este dato de la escritura pública o certificado registral.
- (PRECIO EN NÚMEROS) ((PRECIO EN LETRA)): Escriba el monto total acordado en números y entre paréntesis en letra (ej. $1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.)).
- (MONTO DEL ENGANCHE...) y (MONTO DEL SALDO...): Desglose los montos parciales en números y letra, igual que el precio total.
- (ESPECIFICAR MÉTODO DE PAGO): Describa la forma de pago (ej. "transferencia electrónica a la cuenta CLABE XXXX", "cheque certificado a nombre de...").
- (NÚMERO): Indique el plazo en días hábiles para realizar la escrituración (ej. 30, 60).
- (NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1/2): Dos testigos mayores de edad, con sus nombres completos. Es recomendable que también incluyan su firma y datos de identificación.
📄 Plantillas Relacionadas
¿Este documento superó tus conocimientos legales?
Un error de redacción puede costarte tu patrimonio. Contacta a un abogado experto y verificado en tu estado ahora mismo. Ellos harán el trabajo pesado por ti.
Sobre este documento: Contrato de Compraventa de Inmueble — Guanajuato
Formato gratuito de contrato de compraventa de inmueble — guanajuato. Incluye jurisprudencia de la SCJN, artículos de ley con hipervínculo y guía de llenado paso a paso.
Fundamentado en: codigo-civil-federal.
Más de 15,000+ descargas exitosas
Únete a miles de ciudadanos, abogados y empresarios mexicanos que protegen su patrimonio sin pagar honorarios excesivos.
Mostrando 9 de 542 reseñas recientes
Preguntas Frecuentes
Resuelve tus dudas antes de descargar tu formato legal.
Sí. Todos nuestros formatos están redactados con base en el Código Civil Federal, Código de Comercio y leyes generales aplicables. En caso de legislaciones estatales, la estructura es 100% compatible y solo debes adaptar la entidad federativa en los espacios indicados.
No obligatoriamente. Están diseñadas para que cualquier ciudadano pueda rellenarlas y presentarlas. Sin embargo, para juicios complejos (como amparos o divorcios contenciosos), siempre recomendamos que un profesional titulado revise el documento final antes de ingresarlo al juzgado.
Al descargar la versión completa, obtienes el formato listo para usarse. Deberás llenar los espacios en blanco resaltados (como NOMBRES, FECHAS y CANTIDADES) en tu procesador de textos favorito (Word, Google Docs, etc.) y posteriormente imprimirlo para su firma.
Nuestro equipo legal revisa constantemente las tesis de jurisprudencia de la SCJN y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para garantizar que no utilices artículos derogados.
Nuestra prioridad es que resuelvas tu situación legal. Si consideras que el formato no cumple con los estándares descritos, tienes 7 días para solicitar la revisión y te ofreceremos una solución o devolución del 100%.