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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
EN EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA: (NÚMERO DE ESCRITURA)
FECHA DE OTORGAMIENTO: (DÍA) DE (MES) DE (AÑO)
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte como VENDEDOR, el señor(a) (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO DEL VENDEDOR), identificado con la credencial para votar número (NÚMERO DE INE/IFE DEL VENDEDOR), expedida por el Instituto Nacional Electoral; y por la otra parte, como COMPRADOR, el señor(a) (NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO DEL COMPRADOR), identificado con la credencial para votar número (NÚMERO DE INE/IFE DEL COMPRADOR), expedida por el Instituto Nacional Electoral. Ambos comparecientes, en lo sucesivo denominados individualmente como “LA PARTE” y conjuntamente como “LAS PARTES”, sujetándose a las siguientes:
DECLARACIONES
I. Declara el VENDEDOR:
- Que es propietario único, libre y legítimo del inmueble objeto de este contrato, el cual describe a continuación:
- SUPERFICIE: (SUPERFICIE EN M²) metros cuadrados.
- UBICACIÓN: Se encuentra ubicado en (CALLE, NÚMERO, COLONIA), en la ciudad de (CIUDAD), municipio de (MUNICIPIO), Estado de Michoacán de Ocampo.
- CLAVE CATASTRAL: (CLAVE CATASTRAL O NÚMERO DE PREDIAL).
- REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD: Inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Michoacán, bajo el número de inscripción (NÚMERO DE INSCRIPCIÓN), en el tomo (TOMO), volumen (VOLUMEN), sección (SECCIÓN), libro (LIBRO), partida (PARTIDA), finca (FINCA), fecha (FECHA DE INSCRIPCIÓN).
- LÍMITES Y COLINDANCIAS: Al Norte con (COLINDANCIA NORTE); al Sur con (COLINDANCIA SUR); al Oriente con (COLINDANCIA ESTE); y al Poniente con (COLINDANCIA OESTE).
- Que el inmueble se encuentra libre de todo gravamen, embargo, hipoteca, usufructo, servidumbre, arrendamiento, litigio, adeudo fiscal municipal o estatal, o cualquier otro derecho real o personal que limite el dominio pleno sobre el mismo, conforme a lo establecido en el Art. 2448 Código Civil Federal.
- Que tiene la capacidad jurídica plena para enajenar el bien inmueble, de conformidad con el Art. 1794 Código Civil Federal.
II. Declara el COMPRADOR:
- Que ha inspeccionado material y jurídicamente el inmueble objeto de este contrato, encontrándolo en el estado físico y legal que satisface sus intereses.
- Que cuenta con la capacidad jurídica y los recursos económicos necesarios para adquirir el inmueble y asumir las obligaciones derivadas de este contrato, de acuerdo con el Art. 1795 Código Civil Federal.
- Que conoce y acepta las condiciones de la operación, así como las obligaciones fiscales que de ella se derivan.
Atendiendo a las declaraciones anteriores, las cuales se tienen por reproducidas en todas y cada una de las cláusulas del presente instrumento, las Partes convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA, sujetándose a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
Por medio del presente contrato, el VENDEDOR transfiere a título oneroso, en favor del COMPRADOR, el dominio pleno y la posesión del inmueble descrito en la Declaración I, inciso A, quien lo adquiere a su entera satisfacción. La compraventa se rige por lo dispuesto en el Art. 2248 Código Civil Federal y siguientes.
SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.
- Las Partes fijan el precio total de la operación en la cantidad de (CANTIDAD EN NÚMERO) ((CANTIDAD EN LETRA) PESOS 00/100 M.N.).
- El COMPRADOR declara que ha cubierto la totalidad del precio pactado al VENDEDOR en la siguiente forma y fecha:
- FORMA DE PAGO: (ESPECIFICAR: PAGO EN EFECTIVO, TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, CHEQUE, ETC.)
- FECHA DE PAGO TOTAL: (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).
- COMPROBANTE: El pago se acredita con el comprobante con folio (FOLIO O NÚMERO DE COMPROBANTE).
- Ambas Partes reconocen que el precio ha sido íntegramente cubierto y que no existe adeudo alguno pendiente, liberándose mutuamente de cualquier responsabilidad al respecto.
TERCERA. ENAJENACIÓN Y TRADICIÓN.
El VENDEDOR enajena y se obliga a entregar, y el COMPRADOR adquiere y se obliga a recibir, el inmueble objeto de este contrato. La tradición o entrega material del inmueble se efectuará en el acto de la firma del presente instrumento, entregando el VENDEDOR al COMPRADOR todas las llaves del inmueble. La tradición jurídica se perfecciona con la inscripción de este contrato en el Registro Público de la Propiedad, conforme al Art. 2295 Código Civil Federal.
CUARTA. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR.
El VENDEDOR se obliga a:
- Entregar el inmueble libre de todo gravamen, ocupante y posesión extraña, en los términos del Art. 2311 Código Civil Federal.
- Garantizar al COMPRADOR el saneamiento por evicción y por vicios ocultos, de acuerdo con los Art. 2318 y 2329 Código Civil Federal.
- Proporcionar toda la documentación original necesaria para la inscripción registral y la formalización notarial del presente contrato, incluyendo pero no limitándose a: título de propiedad, certificado de libertad de gravamen, pago de contribuciones prediales y agua, identificación oficial y CURP.
- Cubrir los impuestos y gastos que le correspondan por la enajenación, en los términos de la cláusula Séptima.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR.
El COMPRADOR se obliga a:
- Recibir el inmueble en el estado en que se encuentra al momento de la firma.
- Asumir a su cargo, a partir de la fecha de entrega material, el pago de los servicios (agua, luz, gas), contribuciones prediales y cualquier otro gasto inherente al inmueble.
- Realizar, a su costa, los trámites necesarios para la inscripción del presente contrato en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Michoacán.
- Cubrir los impuestos y gastos que le correspondan por la adquisición, en los términos de la cláusula Séptima.
SEXTA. GASTOS, IMPUESTOS Y HONORARIOS.
- GASTOS NOTARIALES Y REGISTRALES: Serán cubiertos por el (COMPRADOR / VENDEDOR / MITAD POR CADA PARTE).
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR) por enajenación: Será cubierto por el VENDEDOR, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- IMPUESTO DE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES (IAI) del Estado de Michoacán: Será cubierto por el COMPRADOR, de acuerdo con la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán.
- HONORARIOS DE PERITOS, AVALÚOS O GESTORES: Serán cubiertos por la parte que los contrate.
SÉPTIMA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, las Partes se someten expresa e irrevocablemente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Michoacán de Ocampo, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Lo anterior, en concordancia con el principio de autonomía de la voluntad reconocido en el Art. 1794 Código Civil Federal y la tesis jurisprudencial de la SCJN: “CONTRATOS. LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES PARA SOMETER LAS CONTROVERSIAS DERIVADAS DE SU INTERPRETACIÓN O CUMPLIMIENTO A TRIBUNALES ESPECÍFICOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN).” (1a./J. 15/2016 (10a.)).
OCTAVA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Las Partes se obligan a resolver cualquier controversia derivada de este contrato primero a través de un procedimiento de mediación, ante el Centro de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de Michoacán. De no lograrse un acuerdo, se acudirá a la vía jurisdiccional ante los tribunales competentes señalados en la cláusula anterior. Se aplica el principio de conservación del contrato, conforme a la tesis jurisprudencial de la SCJN: “PRINCIPIO DE CONSERVACIÓN DEL CONTRATO. SU ALCANCE.” (1a./J. 46/2007 (9a.)).
NOVENA. GARANTÍA DE SANEAMIENTO.
El VENDEDOR garantiza al COMPRADOR el saneamiento por evicción total o parcial, conforme a los Art. 2318 a 2328 Código Civil Federal. Asimismo, garantiza el saneamiento por vicios ocultos conforme a los Art. 2329 a 2334 del mismo ordenamiento. La responsabilidad por vicios ocultos opera incluso cuando el VENDEDOR los ignoraba, en términos de la tesis jurisprudencial de la SCJN: “COMPRAVENTA. EL VENDEDOR RESPONDE DE LOS VICIOS OCULTOS DE LA COSA VENDIDA, AUN CUANDO LOS HAYA IGNORADO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).” (1a./J. 35/2006 (9a.)).
DÉCIMA. NOTIFICACIONES.
Toda notificación relacionada con este contrato deberá realizarse por escrito y ser entregada personalmente o mediante correo certificado con acuse de recibo, a los domicilios señalados en el encabezado del presente documento, los cuales se reconocen como válidos para todos los efectos legales.
DÉCIMA PRIMERA. INTEGRIDAD DEL CONTRATO.
El presente instrumento constituye el acuerdo total entre las Partes y sustituye a cualquier otro acuerdo, promesa o negociación previa, ya sea oral o escrita. Cualquier modificación a este contrato deberá realizarse por escrito y firmarse por ambas Partes.
DÉCIMA SEGUNDA. ACEPTACIÓN Y CONFORMIDAD.
Las Partes manifiestan que leen, entienden y están conformes con la totalidad de las cláusulas del presente contrato, obligándose a su fiel cumplimiento, bajo el apercibimiento de hacerse acreedoras a las sanciones legales correspondientes en caso de incumplimiento.
Se firma por duplicado en la ciudad de (CIUDAD DE FIRMA), Michoacán, a los (DÍA) días del mes de (MES) de (AÑO).
EL VENDEDOR
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR)
EL COMPRADOR
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR)
TESTIGOS
(En caso de que el Notario Público lo requiera)
TESTIGO 1: _________________________________________
Nombre: (NOMBRE COMPLETO TESTIGO 1)
Identificación: (TIPO Y NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN)
TESTIGO 2: _________________________________________
Nombre: (NOMBRE COMPLETO TESTIGO 2)
Identificación: (TIPO Y NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Ley del Impuesto sobre la Renta (Federal)
- Ley de Hacienda del Estado de Michoacán (para el IAI)
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán
- Ley del Notariado para el Estado de Michoacán
📋 Instrucciones de Llenado
- (NÚMERO DE ESCRITURA): Déjese en blanco, lo asignará el Notario Público.
- (DÍA) DE (MES) DE (AÑO): Inserte la fecha de firma del contrato ante Notario.
- (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR/COMPRADOR): Escriba nombres, apellidos paterno y materno, tal como aparecen en la identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
- (NÚMERO DE INE/IFE...): Anote el número de la credencial para votar vigente.
- (SUPERFICIE EN M²): Inserte la superficie del terreno y/o construcción según el título de propiedad.
- (CALLE, NÚMERO, COLONIA), (CIUDAD), (MUNICIPIO): Datos exactos de la ubicación del inmueble.
- (CLAVE CATASTRAL O NÚMERO DE PREDIAL): Localice este dato en el recibo predial.
- (NÚMERO DE INSCRIPCIÓN)... (FINCA): Copie estos datos literalmente del certificado de libertad de gravamen o título de propiedad.
- (COLINDANCIA NORTE)... (OESTE): Describa con qué o con quién colinda cada lado del predio.
- (CANTIDAD EN NÚMERO) y (CANTIDAD EN LETRA): El precio total del inmueble. Ej: $1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
- (ESPECIFICAR: PAGO...): Describa cómo se realizó el pago (ej: "Transferencia electrónica a la cuenta CLABE XXXX del banco YYYY").
- (FOLIO O NÚMERO DE COMPROBANTE): Número del recibo, folio de transferencia o cheque.
- (COMPRADOR / VENDEDOR / MITAD POR CADA PARTE): Seleccione y deje solo una opción, tachando las otras, según lo acordado.
- (CIUDAD DE FIRMA): Ciudad donde se firma el contrato ante Notario.
- (NOMBRE COMPLETO TESTIGO...): Solo llénese si el Notario lo solicita. Usar identificación oficial.
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