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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
CELEBRADO DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DEL ESTADO DE MORELOS
En la ciudad de (CIUDAD DE CELEBRACIÓN, MORELOS), a los (NÚMERO) días del mes de (MES) del año (AÑO), comparecen:
I. POR UNA PARTE, EL SEÑOR(A) (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO DEL VENDEDOR, MORELOS), portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE INE/IFE DEL VENDEDOR), expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará "EL VENDEDOR"; y
II. POR LA OTRA PARTE, EL SEÑOR(A) (NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR), mayor de edad, con domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en (DOMICILIO COMPLETO DEL COMPRADOR, MORELOS), portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE INE/IFE DEL COMPRADOR), expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará "EL COMPRADOR".
Las partes anteriores se reconocen mutuamente capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente instrumento, y
MANIFIESTAN
Que celebran el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE, sujetándose a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
EL VENDEDOR se obliga a transferir la propiedad a favor de EL COMPRADOR, y éste a su vez se obliga a pagar el precio convenido, del inmueble descrito a continuación:
- Ubicación: (CALLE, NÚMERO, COLONIA, C.P., CIUDAD, MUNICIPIO, ESTADO DE MORELOS)
- Superficie: (SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS) metros cuadrados.
- Linderos: Al Norte con (DESCRIPCIÓN); al Sur con (DESCRIPCIÓN); al Oriente con (DESCRIPCIÓN); al Poniente con (DESCRIPCIÓN).
- Clave Catastral: (CLAVE CATASTRAL O NÚMERO DE PREDIAL)
- Registro Público de la Propiedad: Inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos, bajo el número (NÚMERO DE INSCRIPCIÓN), en el Libro (LIBRO), Volumen (VOLUMEN), Sección (SECCIÓN), Foja (FOJA), Fecha de Inscripción: (FECHA).
El presente contrato se celebra al amparo de lo dispuesto por el Art. 2248 Código Civil Federal y siguientes, que regulan el contrato de compraventa.
SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.
Las partes convienen en que el precio total del inmueble objeto de este contrato asciende a la cantidad de (CANTIDAD EN LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMERO) M.N.).
Dicho precio será cubierto por EL COMPRADOR a EL VENDEDOR de la siguiente forma:
- Enganche: La cantidad de (CANTIDAD EN LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMERO) M.N.), al momento de la firma del presente contrato, mismo que EL VENDEDOR manifiesta haber recibido a su entera satisfacción.
- Saldo: La cantidad restante de (CANTIDAD EN LETRA) ((CANTIDAD EN NÚMERO) M.N.), será pagada al momento de la firma de la escritura pública definitiva ante Fedatario Público.
Los pagos se realizarán mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta bancaria que para tal efecto designe EL VENDEDOR, o en su defecto, con cheque de caja certificado.
TERCERA. ENTREGA DEL INMUEBLE.
EL VENDEDOR se obliga a entregar el inmueble material y jurídicamente a EL COMPRADOR, libre de todo gravamen, ocupante, pensión, cargo, embargo o litigio, en el acto de la firma de la escritura pública definitiva. La entrega material se hará constar en un acta que firmarán ambas partes.
EL VENDEDOR garantiza que es legítimo propietario del inmueble y que tiene la libre disposición del mismo, conforme al Art. 2310 Código Civil Federal.
CUARTA. ENAJENACIÓN Y OBLIGACIONES PRELIMINARES.
Las partes se obligan a firmar la escritura pública correspondiente ante Notario Público o Corredor Público del Estado de Morelos, dentro de un plazo no mayor a (NÚMERO) días hábiles contados a partir de la fecha de firma del presente contrato.
Los gastos notariales, de inscripción en el Registro Público de la Propiedad, impuestos y derechos derivados de la presente operación, serán cubiertos de la siguiente manera:
- A cargo de EL VENDEDOR: Impuesto Sobre la Renta (ISR) por la enajenación, pago del avalúo, certificados de libertad de gravamen y gastos para acreditar su propiedad.
- A cargo de EL COMPRADOR: Honorarios notariales, derechos de inscripción, impuesto de adquisición de inmuebles ante el Estado de Morelos, y costo de la escritura pública.
Esta distribución se establece sin perjuicio de lo que las leyes fiscales locales y federales determinen como obligación directa de cada parte.
QUINTA. RESPONSABILIDADES Y GARANTÍAS.
EL VENDEDOR garantiza la evicción y los vicios ocultos del inmueble en los términos de los Artículos 2311 y 2314 del Código Civil Federal. En caso de evicción, EL VENDEDOR responderá por los daños y perjuicios causados a EL COMPRADOR.
En relación con la garantía de vicios ocultos, resulta aplicable la tesis jurisprudencial de la SCJN: "COMPRAVENTA. LA GARANTÍA POR VICIOS OCULTOS EN EL INMUEBLE ENAJENADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO)." (1a. CXXXVII/2014 (10a.)), la cual precisa los requisitos para su procedencia.
Asimismo, EL VENDEDOR declara bajo protesta de decir verdad que el inmueble no se encuentra afecto a ningún procedimiento de expropiación, ni es monumento arqueológico, artístico o histórico.
SEXTA. RESCISIÓN.
El presente contrato podrá rescindirse por voluntad de ambas partes, mediante acuerdo por escrito. Además, tendrá derecho a solicitar la rescisión, sin responsabilidad para la parte cumplida:
- EL COMPRADOR, si EL VENDEDOR incumple con la obligación de firmar la escritura pública en el plazo estipulado, o no acredita su plena propiedad libre de gravámenes.
- EL VENDEDOR, si EL COMPRADOR incumple con el pago del saldo en la forma y fecha convenidas para la firma de la escritura.
En caso de rescisión por incumplimiento, la parte incumplida pagará a la otra una pena convencional equivalente al (PORCENTAJE, EJ. 20%)% del valor total del contrato, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios. Lo anterior se sujeta a lo dispuesto por el Art. 2295 Código Civil Federal.
SÉPTIMA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de Morelos, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.
Se aplica supletoriamente el Código Civil Federal y, en lo no previsto por éste, el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos. Es aplicable la tesis jurisprudencial de la SCJN: "CONTRATOS. LAS PARTES PUEDEN PACTAR LA LEY APLICABLE Y LA SUMISIÓN A LA JURISDICCIÓN DE TRIBUNALES ESPECÍFICOS, SIEMPRE QUE EXISTA UNA CONEXIÓN RAZONABLE CON ESOS ELEMENTOS DE LOCALIZACIÓN." (1a. LXX/2015 (9a.)).
OCTAVA. NOTIFICACIONES.
Toda notificación derivada del presente contrato deberá realizarse por escrito y ser entregada personalmente en los domicilios señalados en el encabezado, o enviada por correo certificado con acuse de recibo al mismo domicilio. Las partes se obligan a notificar cualquier cambio de domicilio.
NOVENA. ENAJENACIÓN PARCIAL Y ACCESIÓN.
Queda prohibida la enajenación parcial del inmueble objeto de este contrato. Cualquier obra, mejora o construcción que se realice en el inmueble después de la firma de la escritura pública, se regirá por lo dispuesto en el Art. 840 y siguientes del Código Civil Federal, sobre la accesión.
Al respecto, es aplicable la tesis: "ACCESIÓN DE INMUEBLES. EL PROPIETARIO DEL SUELO LO ES DE LO INCORPORADO EN ÉL POR NATURALEZA O POR LA MANO DEL HOMBRE (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL)." (1a. CXXI/2008 (9a.)).
DÉCIMA. ACEPTACIÓN Y RATIFICACIÓN.
Las partes manifiestan haber leído íntegramente el presente contrato, estar conformes con todas y cada una de sus cláusulas, y lo firman en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.
POR EL VENDEDOR
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR)
POR EL COMPRADOR
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR)
TESTIGO
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
TESTIGO
_________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos.
- Ley de Ingresos del Estado de Morelos (Impuesto de Adquisición).
- Ley del Impuesto Sobre la Renta (Federal).
- Ley del Notariado para el Estado de Morelos.
📋 Instrucciones de Llenado
- (CIUDAD DE CELEBRACIÓN, MORELOS): Indicar la ciudad dentro del estado de Morelos donde se firma físicamente el contrato (ej. Cuernavaca, Jiutepec).
- (NÚMERO), (MES), (AÑO): Día, mes y año en número de la firma.
- (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR/COMPRADOR): Nombre(s), apellido paterno y apellido materno, tal como aparecen en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
- (NÚMERO DE INE/IFE...): Clave de la credencial para votar. Se puede anotar también "pasaporte número XXXX".
- (CALLE, NÚMERO... ESTADO DE MORELOS): Describir con todo detalle la ubicación del inmueble que se vende.
- (SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS): Superficie del terreno. Si incluye construcción, especificar también la superficie construida.
- (DESCRIPCIÓN) (en Linderos): Indicar con qué colinda cada lado (ej. "calle Juárez", "propiedad de Juan Pérez").
- (CLAVE CATASTRAL O NÚMERO DE PREDIAL): Número asignado por el catastro municipal. Es fundamental.
- (NÚMERO DE INSCRIPCIÓN, LIBRO... FECHA): Datos de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad. Si no se conoce, dejar en blanco pero es altamente recomendable obtenerlos.
- (CANTIDAD EN LETRA) / ((CANTIDAD EN NÚMERO)): Precio total acordado. Ej: "CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N. ($50,000.00 M.N.)". Repetir para el enganche y el saldo.
- (NÚMERO) (en cláusula CUARTA): Plazo en días hábiles para firmar la escritura (ej. 30, 60).
- (PORCENTAJE, EJ. 20%) (en cláusula SEXTA): Porcentaje acordado como pena convencional por incumplimiento.
📄 Plantillas Relacionadas
- Contrato de Promesa de Compraventa de Inmueble: Para pactar las condiciones previas a la compraventa definitiva.
- Contrato de Comodato: Para establecer el uso gratuito del inmueble en el periodo entre la firma del contrato y la escritura.
- Acta de Entrega-Recepción de Inmueble: Para documentar formalmente la entrega material de la propiedad.
- Contrato de Mandato con Representación: Para autorizar a un tercero (ej. abogado, familiar) a firmar la escritura en representación.
- Declaración Jurada de No Adeudo: Para que el vendedor declare bajo protesta la libertad de gravámenes y adeudos.
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