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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
CELEBRADO DE CONFORMIDAD CON EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL Y EL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
En la ciudad de (CIUDAD DE CELEBRACIÓN), Estado de San Luis Potosí, siendo las (HORA) horas del día (DÍA) del mes de (MES) del año (AÑO), comparecen a la celebración del presente contrato:
I. POR UNA PARTE, EL SEÑOR(A) (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL VENDEDOR), portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE INE DEL VENDEDOR), expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL VENDEDOR”; y
II. POR LA OTRA PARTE, EL SEÑOR(A) (NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR), mayor de edad, con domicilio en (DOMICILIO COMPLETO DEL COMPRADOR), portador de la credencial para votar con fotografía número (NÚMERO DE INE DEL COMPRADOR), expedida por el Instituto Nacional Electoral, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL COMPRADOR”.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal para obligarse en los términos del presente instrumento, manifestando que su voluntad es libre, espontánea y no mediando error, dolo, mala fe o lesión, por lo que, previa lectura y conformidad,
MANIFIESTAN
PRIMERA. DECLARACIONES DE “EL VENDEDOR”. “EL VENDEDOR” declara bajo protesta de decir verdad:
- Que es propietario único y legítimo del inmueble objeto de la presente compraventa, el cual describe a continuación:
- Superficie: (SUPERFICIE EN M²) metros cuadrados.
- Dirección: (DIRECCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE, COLONIA, C.P., CIUDAD, SAN LUIS POTOSÍ).
- Clave Catastral: (CLAVE CATASTRAL O DATOS DE IDENTIFICACIÓN REGISTRAL).
- Escritura Pública Número: (NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA DE PROPIEDAD), otorgada ante la fe del Notario Público número (NÚMERO) de (CIUDAD), San Luis Potosí, con fecha (FECHA DE LA ESCRITURA).
- El inmueble se encuentra libre de gravamen, embargo, demanda, pleito o litigio alguno, y no está afecto a ningún régimen de condominio, ni sujeto a arrendamiento o posesión por tercero.
- Que el dominio y posesión del inmueble le fueron transmitidos de manera lícita y pacífica, y que cuenta con la facultad legal para enajenarlo.
- Que el inmueble se encuentra al corriente en el pago de las contribuciones, derechos y servicios municipales correspondientes.
SEGUNDA. DECLARACIONES DE “EL COMPRADOR”. “EL COMPRADOR” declara bajo protesta de decir verdad:
- Que ha inspeccionado material y jurídicamente el inmueble objeto de este contrato, encontrándolo en el estado que actualmente guarda y conforme a la descripción anterior, por lo que lo acepta en tales condiciones.
- Que cuenta con los recursos económicos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones que contrae en este acto.
- Que conoce y acepta las cargas fiscales y notariales que deriven de la presente operación.
TERCERA. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es la transmisión de la propiedad del inmueble descrito en la cláusula PRIMERA, inciso a), de “EL VENDEDOR” a favor de “EL COMPRADOR”, quien lo adquiere a título de dueño y señor, con todas sus accesiones, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 750 Código Civil Federal y el Art. 2312 Código Civil Federal.
CUARTA. PRECIO Y FORMA DE PAGO. Las partes convienen en fijar el precio total del inmueble en la cantidad de (PRECIO EN NÚMERO) ((PRECIO EN LETRA) pesos 00/100 M.N.). Este precio será cubierto por “EL COMPRADOR” a “EL VENDEDOR” de la siguiente manera:
- Enganche: La cantidad de (MONTO DEL ENGANCHE EN NÚMERO) ((MONTO EN LETRA) pesos 00/100 M.N.), que “EL VENDEDOR” manifiesta haber recibido a su entera satisfacción al momento de la firma del presente, mediante cheque certificado número (NÚMERO DE CHEQUE) de la cuenta (NÚMERO DE CUENTA) de (NOMBRE DEL BANCO).
- Saldo: La cantidad restante de (MONTO DEL SALDO EN NÚMERO) ((MONTO EN LETRA) pesos 00/100 M.N.) será pagada directamente al Notario Público que autorice la escritura pública definitiva, para que éste lo entregue a “EL VENDEDOR” al momento de la firma de dicha escritura, salvo pacto en contrario.
Lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 2248 Código Civil Federal.
QUINTA. ESCRITURA PÚBLICA DEFINITIVA. Las partes se obligan a acudir ante el Notario Público de su elección en el Estado de San Luis Potosí, dentro de un plazo máximo de (NÚMERO) días hábiles contados a partir de la fecha de firma de este contrato, para otorgar la escritura pública correspondiente que formalice la transmisión de dominio. Todos los gastos inherentes a la formalización notarial, incluyendo pero no limitándose a honorarios notariales, impuestos, derechos registrales y certificaciones, serán cubiertos por “EL COMPRADOR”, salvo los honorarios por la gestión de cancelación de gravamen (si aplica), que correrán por cuenta de “EL VENDEDOR”.
SEXTA. ENTREGA DEL INMUEBLE. “EL VENDEDOR” se obliga a entregar materialmente el inmueble a “EL COMPRADOR”, libre de personas y ocupantes, el día de la firma de la escritura pública definitiva, haciendo entrega de las llaves y, en su caso, de los manuales y recibos de servicios. Esta obligación se rige por el principio “emptio venditio est perfecta”, reconocido en la tesis jurisprudencial 1a./J. 19/2011 (10a.) de la SCJN, que establece que la compraventa se perfecciona con el simple consentimiento, independientemente de la entrega material.
SÉPTIMA. RESPONSABILIDADES Y GARANTÍAS.
- Evicción y Sana Posesión: “EL VENDEDOR” garantiza a “EL COMPRADOR” la posesión legal, pacífica y útil del inmueble, y responde de la evicción que pudiere sufrir, conforme a lo dispuesto en los artículos 2280 y 2281 del Código Civil Federal.
- Vicios Ocultos: “EL VENDEDOR” responde de los vicios o defectos ocultos del inmueble que lo hagan impropio para los usos a que se le destina, o que disminuyan su valor, de acuerdo con el Art. 2285 Código Civil Federal. La tesis aislada 1a. CCLXVIII/2014 (10a.) de la SCJN precisa que la acción por vicios ocultos prescribe en seis meses, contados desde la entrega.
- Contribuciones: “EL VENDEDOR” será responsable del pago de las contribuciones (predial, agua, etc.) correspondientes al inmueble hasta el día anterior a la firma de la escritura pública. A partir de dicha fecha, la responsabilidad será de “EL COMPRADOR”.
OCTAVA. INCUMPLIMIENTO. En caso de que “EL COMPRADOR” incumpla con la obligación de pago del saldo en los términos pactados, “EL VENDEDOR” podrá resolver el contrato, reteniendo a título de penalización el enganche entregado, sin perjuicio de exigir el cumplimiento forzoso o la reparación del daño y perjuicio. Si el incumplimiento fuera imputable a “EL VENDEDOR” (por ejemplo, negativa a otorgar la escritura), “EL COMPRADOR” podrá exigir el cumplimiento forzoso o la resolución del contrato con el reembolso de lo pagado más una penalización del (PORCENTAJE)% sobre el precio total. Estas estipulaciones se sujetan a lo dispuesto en los artículos 78, 79 y 2103 del Código Civil Federal.
NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y efectos del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Estado de San Luis Potosí, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles. Se aplicará supletoriamente el Código Civil Federal y, en lo no previsto por éste, el Código Civil para el Estado de San Luis Potosí.
DÉCIMA. NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones derivadas de este contrato se realizarán por escrito y se tendrán por efectuadas al ser entregadas personalmente en los domicilios señalados en el encabezado, o al ser enviadas por correo certificado con acuse de recibo a los mismos.
DÉCIMA PRIMERA. ESCRITURA PÚBLICA. Las partes reconocen que el presente instrumento privado tiene carácter preparatorio y obligatorio, pero que la transmisión del dominio del inmueble requerirá, para su plena eficacia y oponibilidad ante terceros, de su formalización en escritura pública e inscripción en el Registro Público de la Propiedad correspondiente, de conformidad con el Art. 2315 Código Civil Federal y la tesis jurisprudencial 1a./J. 64/2006 de la SCJN, que reitera la importancia del registro para la seguridad jurídica.
DÉCIMA SEGUNDA. ACEPTACIÓN Y CONFORMIDAD. Leído que fue el presente contrato por las partes, lo ratifican en todas y cada una de sus cláusulas, manifestando su conformidad y lo firman por duplicado, en el lugar y fecha indicados al inicio.
POR “EL VENDEDOR”
_________________________________________
(NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR)
POR “EL COMPRADOR”
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(NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR)
TESTIGOS (Opcional, pero recomendado)
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(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 1)
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(NOMBRE COMPLETO DEL TESTIGO 2)
⚖️ Leyes Aplicables a este Documento
- Código Civil Federal
- Código Civil para el Estado de San Luis Potosí (Ley local supletoria)
- Código Fiscal de la Federación (Aspectos fiscales como ISR)
- Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles)
- Ley del Notariado para el Estado de San Luis Potosí
📋 Instrucciones de Llenado
- (CIUDAD DE CELEBRACIÓN): Escriba el nombre de la ciudad en San Luis Potosí donde se firma el contrato (ej., San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Ciudad Valles).
- (HORA), (DÍA), (MES), (AÑO): Indique la hora y fecha completa de la firma.
- (NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR/COMPRADOR): Escriba nombres, apellidos paterno y materno, tal como aparecen en su identificación oficial.
- (DOMICILIO COMPLETO...): Incluya calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad y estado.
- (NÚMERO DE INE...): Anote el número de la credencial de elector (clave única de registro poblacional).
- (SUPERFICIE EN M²): Indique la superficie total del terreno y/o construcción, en metros cuadrados.
- (DIRECCIÓN COMPLETA DEL INMUEBLE...): Describa con precisión la ubicación del bien inmueble.
- (CLAVE CATASTRAL...): Incluya la clave catastral asignada por el municipio o los datos del folio real registral.
- (NÚMERO DE ESCRITURA PÚBLICA...): Especifique los datos de la escritura anterior que acredita la propiedad del vendedor.
- (PRECIO EN NÚMERO) y ((PRECIO EN LETRA)): Escriba el precio total acordado en cifras y entre paréntesis, con letra mayúscula. Ej: $1,500,000.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).
- (MONTO DEL ENGANCHE/SALDO...): Desglose el monto del enganche y del saldo pendiente, en número y letra.
- (NÚMERO DE DÍAS): Establezca un plazo realista (ej., 30, 45, 60) para otorgar la escritura pública.
- (PORCENTAJE): Defina un porcentaje razonable como penalización por incumplimiento (ej., 10%, 15%).
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Sobre este documento: Contrato de Compraventa de Inmueble — San Luis Potosí
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